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NIG: 0407942C20040002913.
Procedimiento: J. Verbal (N) 662/2004. Negociado: CN.
Sobre: Regulación de medidas paterno filiares.
De: Doña Jenny Marxela Velásquez Atehortua.
Procurador: Sr. Jesús Guijarro Martínez.
Letrada: Sra. Rosa-María Mascaraque Fontecha.
Contra: Don Jeason René Pedraza y Alemán.
EDICTO
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento J. Verbal (N) 662/2004 seguido en el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción núm. Tres de Roquetas de Mar a instancia de Jenny Marxela Velásquez Atehortua contra Jeason René Pedraza y Alemán sobre regulación de medidas paterno filiares, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
"SENTENCIA
En la Ciudad de Roquetas de Mar, a 2 de marzo de 2005.
Vistos por Luis Durbán Sicilia, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de los de esta ciudad, los presentes autos de Juicio Verbal sobre guarda y custodia de hijos menores, registrados con el número 662/04 de los asuntos civiles de este Juzgado, que han sido promovidos por doña Jenny Marxela Velásquez Atehortua, representada por el Procurador Sr. Guijarro Martínez y defendida por la Letrada Sra. Mascaraque Fontecha, frente a don Jeason René Pedraza y Alemán, que ha permanecido en rebeldía procesal, en los que ha sido parte el Ministerio Fiscal.
FALLO
Que, estimando la demanda interpuesta por doña Jenny Marxela Velásquez Atehortua frente a don Jeason René Pedraza y Alemán, vengo a atribuir a la Sra. Velásquez la guarda y custodia de la hija menor común de ambos, F.V., quedando la patria potestad compartida por ambos progenitores, y estableciendo un régimen de visitas en virtud del cual el Sr. Pedraza podrá estar en compañía de la citada menor los fines de semana alternos desde las 10,00 horas del sábado hasta las 20,00 horas del domingo, sin hacer expresa imposición de las costas.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a la misma cabe interponer recurso de apelación, que deberá prepararse en este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente al de su notificación, y del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Almería.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Jeason René Pedraza y Alemán, extiendo y firmo la presente en Roquetas de Mar a tres de marzo de dos mil cinco. El/La Secretario.
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