Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 6 de 11/01/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 23 de diciembre de 2004, por la que se dispone la publicación de la de 29 de junio de 2004, por la que se aprueba la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga en calle Máximo Gorki y avenida Valle Inclán.

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Para general conocimiento y tras haberse procedido previamente a la inscripción y depósito del Instrumento urbanístico de referencia en el Registro Municipal del Excmo. Ayun-tamiento de Málaga y en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.1 y 2 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, a continuación se procede a la publicación de la Resolución y Normativa Urbanística correspondiente al citado instrumento urbanístico:

I. Resolución de 29 de junio de 2004, de la Consejería de Obras Públicas y Transportes por la que se aprueba la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga en calle Máximo Gorki y avenida Valle Inclán:

"El Ayuntamiento de Málaga ha tramitado la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de dicho municipio que tiene por objeto la reordenación de una manzana situada en la calle Máximo Gorki y avenida Valle Inclán dentro del ámbito del PA- R.2 PERI RT-R.5 "La Roca", en suelo clasificado como urbano, mediante el cambio de calificación de unas parcelas destinadas a equipamiento y zonas verdes, con el fin de posibilitar la implantación de un Centro de Salud. La citada modificación ha sido aprobada inicialmente por Pleno del Ayuntamiento de 30 de abril de 2003 y provisionalmente en sesión de 26 de septiembre de 2003.

El artículo 5.3.d) del Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en relación con el artículo 31 y 36.2.c.2.ª de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, atribuye al titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes la competencia para aprobar las modificaciones de los instrumentos de planeamiento urbanístico que, siendo competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía, tengan por objeto una diferente zonificación o uso urbanístico de parques, jardines o espacios libres, dotaciones o equipamientos, todo ello previo informe del titular de la Dirección General de Urbanismo y dictamen favorable del Consejo Consultivo de Andalucía.

La Ley 8/1993, de 19 de octubre, de creación del Consejo Consultivo de Andalucía, determina en su artículo 16.8.d la consulta preceptiva a este órgano en este tipo de modificaciones del planeamiento urbanístico.

En desarrollo de los anteriores preceptos, con fecha 14 de abril de 2004 la Directora General de Urbanismo ha emitido un informe con carácter favorable sobre la presente modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga y con fecha 25 de mayo de 2004, el Consejo Consultivo de Andalucía ha emitido dictamen favorable.

Vistos los referidos informes, las disposiciones legales de aplicación y de acuerdo con las competencias que tengo atribuidas por el art. 5.3.d) del Decreto 193/2003,

R E S U E L V O

Primero. Aprobar definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana de Málaga en calle Máximo Gorki y avenida Valle Inclán, por cuanto su contenido, determinaciones y tramitación son acordes con la legislación urbanística vigente.

Segundo. Este Acuerdo se notificará al Ayuntamiento de Málaga y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, según lo previsto en el artículo 41.1 y 2 de la Ley 7/2002, previo depósito en los registros administrativos de

instrumentos de planeamiento del citado Ayuntamiento y de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, respectivamente.

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía

administrativa, cabe interponer recurso contencioso-

administrativo, ante la correspondiente Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la notificación o, en su caso, publicación de esta Resolución, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,

reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa."

II. Normas Urbanísticas del referido instrumento de

planeamiento, recogidas en el Anexo de la presente Resolución.

Sevilla, 23 de diciembre de 2004

CONCEPCION GUTIERREZ DEL CASTILLO

Consejera de Obras Públicas y Transportes

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