Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 61 de 30/03/2005

1. Disposiciones generales

Universidades

RESOLUCION de 15 de marzo de 2005, de la Universidad de Almería, por la que se convocan a concurso público seis becas financiadas con los fondos del convenio suscrito entre la UAL y el CIEMAT.

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La Universidad de Almería convoca a concurso público seis becas financiadas con los fondos del convenio suscrito entre la UAL y el CIEMAT para desarrollar líneas de investigación en la Plataforma Solar de Almería.

Primero. Solicitantes.

Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca. Los solicitantes deberán haber finalizado los estudios con posterioridad al 1 de julio de 2000. El resto de requisitos se contemplan en Anexo I. Segundo. Dotación de las becas.

Para las becas de doctorado la asignación mensual bruta es de

1.026 euros. Para las becas de empresa es de 545 euros brutos mensuales. Además, la dotación comprenderá de un seguro combinado de accidentes individuales y asistencia sanitaria, este último extensible en su caso, al cónyuge e hijos del beneficiario cuando éstos carezcan de cobertura de la Seguridad Social. Serán incompatibles con la percepción de cualquier otra retribución, beca o ayuda no autorizadas expresamente por el Vicerrectorado de Investigación y Desarrollo Tecnológico, en el caso de becas a tiempo completo. Tercero. Duración de las becas.

Las becas de doctorado se conceden por un período de hasta doce meses, pudiéndose prorragar hasta un máximo de tres años y, excepcionalmente, hasta cuatro años para la finalización del trabajo de tesis, dependiendo de la disponibilidad económica para estos fines. Las becas de empresa tendrán una duración mínima de seis meses. La duración de cada una de las becas convocadas se establece en el Anexo I. Cuarto. Obligaciones del becario:

a) La aceptación de la beca por parte del beneficiario implica la de las normas fijadas en esta convocatoria y las determinadas por el tutor de la beca, quien fijará el horario, el lugar de desarrollo de su formación y demás circunstancias de su trabajo, dentro de la normativa vigente en la Universidad de Almería y en la Plataforma Solar de Almería y Resoluciónes emanadas de los órganos de gobierno de éstas y del Convenio establecido entre las instituciones firmantes.

b) Cada becario de doctorado, para el trabajo que desarrolle en la PSA, tendrá asignado un tutor que pertenecerá al CIEMAT y que será responsable de definir su participación en los proyectos en curso. Corresponde al tutor de la UAL, en su caso, velar por el cumplimiento de las obligaciones académicas y docentes del becario homologado.

c) Cada becario deberá poner a disposición de la UAL y del CIEMAT, a través de su tutor, los datos e información científica que pudiera obtener en el desarrollo de su formación o en la elaboración de la tesis doctoral. También deberán presentar un mes antes de finalizar el período de duración de la beca informe sobre la labor realizada y los resultados obtenidos, incluyendo la conformidad o visto bueno del correspondiente tutor.

d) Los beneficiarios de estas becas deberán poner en conocimiento de la UAL y del CIEMAT, con carácter inmediato, la obtención de cualquier resultado susceptible de protección conforme a la normativa de propiedad industrial. Además están obligados a hacer constar su condición de becario en cualquier publicación que sea consecuencia directa de las mismas, así como que fueron financiados por el CIEMAT.

e) Los becarios han de comunicar a la UAL, en su caso, la obtención de cualquier otra ayuda o subvención para la misma finalidad procedente de cualesquiera Administraciones, entes públicos nacionales o internacionales o entidades privadas.

f) Los beneficiarios deberán facilitar cuanta información le sea requerida por la Intervención General de la Administración del Estado y por el Tribunal de Cuentas.

g) Los becarios seleccionados tendrán que someterse a las normas de régimen interior aplicables en la PSA, mientras permanezcan en estas instalaciones, siendo su incumplimiento causa de rescisión o suspensión de la beca.

h) Será obligación del becario solicitar autorización del Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico para cualquier cambio de centro, director, proyecto de

investigación o interrupción razonada de la beca, previo informe del tutor/a, así como informar de la renuncia de la misma.

i) Para los becarios de doctorado aquéllas recogidas en el artículo 3 del Estatuto del Becario publicado en el BOE núm.

263 de 3 de noviembre de 2003.

j) La no observancia de estas normas supondrá la anulación de la beca concedida.

Quinto. Derechos del becario.

Los contemplados en el artículo 2 del Estatuto del Becario. En cuanto al apartado 2.c) se convertirá en un derecho si el CIEMAT y la UAL deciden registrar esta convocatoria en el Registro de Becas de Investigación.

Sexto. Características de las becas:

a) La concesión y disfrute de estas becas no establece

relación contractual o estatutaria alguna entre el becario, el CIEMAT y/o la Universidad de Almería, ni implica compromiso alguno en cuanto a la posterior incorporación del interesado a la plantilla de los mismos. Su disfrute exige dedicación exclusiva.

b) A efectos de oposiciones y concursos, se considerará como función investigadora la correspondiente al disfrute de la beca.

c) Los becarios de doctorado, en caso de ser homologados, tendrán derecho a disfrutar de todos los beneficios que para los mismos establece la UAL en cuanto a exención de tasas y ayudas del Plan Propio de Investigación.

d) Los resultados científicos y posibles invenciones que sean obtenidos como consecuencia de la actividad desarrollada por el beneficiario durante el período de disfrute de la beca, serán propiedad exclusiva de la UAL y del CIEMAT, sin

perjuicio del reconocimiento de los derechos de propiedad intelectual que pudieran corresponder al becario.

No obstante, podrá corresponder al becario la participación en los beneficios que se determine, de acuerdo con los criterios del Consejo Rector del Organismo, conforme a lo previsto en el apartado 1.c) del artículo 4 del Real Decreto 55/2002, de 18 de enero, sobre explotación y cesión de invenciones realizadas en los entes públicos de investigación, de conformidad con lo establecido en el artículo 20 de la Ley 11/1996, de 20 de marzo, de patentes de invención y modelos de utilidad.

Séptimo. Suspensión de las becas.

La UAL podrá autorizar la interrupción temporal del disfrute de la beca a petición razonada del interesado, previo informe del tutor correspondiente. Sólo en aquellos casos en los que se aprecie la existencia de fuerza mayor se podrá recuperar el período interrumpido a efectos económicos, siempre que las disponibilidades presupuestarias lo permitan. Las

interrupciones por cualquier otra causa no serán recuperables y en su conjunto no podrán ser superiores a seis meses a lo largo de la duración de la beca y de sus posibles nuevos períodos de disfrute.

Las interrupciones por maternidad no podrán ser superiores a dieciséis semanas y dicho período será recuperable. La

dotación de la beca se reducirá al 75 por 100 mientras dure la baja por maternidad.

Octavo. Solicitudes.

Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra en la Unidad Gestión de Investigación de la Universidad de Almería o en la siguiente dirección de internet: http://www.ual.es/Universidad/Vinvest. Se presentará original y una copia de la siguiente documentación:

a) Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residente del solicitante.

b) Título o resguardo de haberlo solicitado y certificación académica oficial, en original o fotocopia compulsada, en la que figuren, de forma detallada, las calificaciones obtenidas, fechas de las mismas y constancia expresa de que las materias constituyen el programa completo de la titulación

correspondiente.

c) Currículum vítae. Se deberá acreditar que se posee la experiencia y/o el conocimiento requerido en el perfil de la beca. (No se valorará aquello que no esté debidamente

acreditado).

d) Para las becas de doctorado se presentará una propuesta de investigación en inglés o español firmada por dos doctores, uno de la UAL y otro de la PSA.

Las solicitudes dirigidas al Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico podrán presentarse en el Registro General de la Universidad, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de

noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Noveno. Plazo de presentación de solicitudes.

Diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOJA. Si el último día de presentación de solicitudes coincidiera con el sábado, el plazo se prorrogaría automáticamente al siguiente día hábil. Décimo. Criterios de selección.

La resolución de la presente convocatoria la realizará la Comisión Evaluadora de Solicitudes que estará compuesta por:

a) Excmo. Sr. Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico, que actuará como Presidente.

b) Un representante de la UAL.

c) Dos miembros del CIEMAT-PSA.

d) La Jefa de la Unidad Gestión de Investigación, que actuará como Secretaria, con voz pero sin voto.

La Comisión seleccionará y valorará prioritariamente la preparación académica y experiencia de los candidatos,

siguiendo el baremo que figura como Anexo II a esta

convocatoria, pudiendo citar a los candidatos a una entrevista personal. La Resolución de las becas se publicará en el citado tablón de anuncios.

Las plazas podrán quedar desiertas si a juicio de la Comisión Evaluadora de Solicitudes los admitidos no reuniesen la experiencia y/o conocimientos necesarios para poder

desarrollar el trabajo de investigación objeto de la

convocatoria.

Si se produjera la vacante o renuncia de una beca se podrá sustituir por el correspondiente suplente según el orden de prelación establecido en la Comisión Evaluadora de Becas. Almería, 15 de marzo de 2005.- El Rector, Alfredo Martínez Almécija.

ANEXO I

Referencia 1: Beca de doctorado.

Título del proyecto: Desarrollo de nuevos colectores cilindro- parabólicos para aplicaciones industriales.

Requisitos: Ingeniero Superior Industrial. Conocimientos de estructuras, funcionamiento y características de los

colectores cilindro-parabólicos.

Duración de la beca: 9 meses.

Referencia 2: Beca de doctorado.

Título del proyecto: Acoplamiento de técnicas de oxidación avanzadas con procesos biológicos.

Requisitos: Licenciados en Químicas o Ingenieros Químicos. Conocimientos de química analítica, procesos de tratamiento de agua, fotocatálisis, técnicas cromatográficas. Manejo del software "Origin".

Duración de la beca: 9 meses.

Referencia 3: Beca de doctorado.

Título del proyecto: Desinfección de agua mediante

fotocatálisis solar.

Requisitos: Ingenieros Químicos o de Medio Ambiente.

Licenciados en Ciencias Químicas. Conocimientos de técnicas y tecnologías de purificación y desinfección de agua potable. Duración de la beca: 9 meses.

Referencia 4: Beca de empresa.

Título del proyecto: Desarrollo de software de adquisición de datos y control para sistema distribuido de monitorización térmica de edificios.

Requisitos: Ingeniero Superior en Informática o en

Electrónica, Licenciado en Ciencias Físicas (especialidad Electrónica). Programación en LABVIEW. Se valorarán

conocimientos de sistemas de adquisición de datos, sensores, instrumentación, bases de datos y comunicaciones.

Duración de la beca: 9 meses.

Referencia 5: Beca de empresa.

Título del proyecto: Puesta a punto y evaluación de planta de desolación solar (proyecto AQUASOL).

Requisitos: Ingeniero Superior. Conocimientos de

instrumentación hidráulica, neumática y termodinámica.

Programación en LABVIEW.

Duración de la beca: 9 meses.

Referencia 6: Beca de empresa.

Título del proyecto: Modelos de estimación y predicción de la radiación solar.

Requisitos: Licenciados en Informática, Ingenieros

Informáticos o Licenciados en Ciencias Físicas. Conocimientos de manejo de bases de datos, sistemas de adquisición de datos, instrumentación sobre medida de radiación solar. Programación en: MS SQL SERVER 2000, VISUAL C++, LABVIEW.

Duración de la beca: 9 meses.

Observaciones:

a) Los aspirantes que no posean la titulación especificada en las becas de empresa podrán optar a éstas siempre que tengan aprobadas todas las asignaturas de la titulación requerida y el trabajo se vincule a un proyecto fin de carrera.

b) Para todas las becas se requieren conocimientos de inglés y del paquete MS-Office.

c) El requisito "Experiencia o conocimientos" se refiere, en todos los casos, a experiencia o conocimientos demostrables.

ANEXO II

B A R E M O

1. Expediente académico: (1 - 4) x 7.

2. Becas: (0 - 0,6).

2.1. Si ha disfrutado de una beca de investigación del MEC, Junta u homologada: 0,4.

2.2. Si ha disfrutado de una beca de colaboración del MEC:

0,2.

3. Programa de doctorado (máximo 32 créditos computables): (0

- 0,59).

3.1. Por crédito ordinario realizado: 0,01.

3.2. Por crédito convalidado por trabajo de investigación o tesina: 0,04.

4. Estancias de investigación en otros centros (Realizadas en todo caso tras la obtención de la titulación superior): (0 -

0,6).

4.1. En España: 0,2 x mes.

4.2. En el extranjero: 0,3 x mes.

5. Actividad investigadora1 : (0 - 4,2).

5.1. Libros publicados de carácter internacional: hasta 2 puntos por cada uno.

5.2. Libros publicados de carácter nacional: hasta 1 punto por cada uno.

5.3. Libros publicados de carácter regional: hasta 0,4 puntos por cada uno.

5.4. Capítulos de libros y artículos de carácter

internacional: hasta 1 punto por cada uno.

5.5. Capítulos de libros y artículos de carácter nacional: hasta 0,5 puntos por cada uno.

5.6. Capítulos de libros y artículos de carácter regional: hasta 0,2 puntos por cada uno.

5.7. Actas de congresos internacionales: hasta 0,6 puntos por cada uno.

5.8. Actas de congresos nacionales: hasta 0,3 puntos por cada uno.

5.9. Actas de congresos regionales: hasta 0,12 puntos por cada uno.

5.10. Comunicaciones a congresos internacionales: hasta 0,2 puntos por cada uno.

5.11. Comunicaciones a congresos nacionales: hasta 0,1 puntos por cada uno.

5.12. Comunicaciones a congresos regionales: hasta 0,04 puntos por cada uno.

6. Experiencia relacionada con los requisitos de la

convocatoria: (0 - 6).

1 Se excluyen publicaciones docentes y de divulgación y también aquéllas que no realicen procesos de revisión por expertos.

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