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NIG: 2990143C20036000326.
Procedimiento: J. Verbal (N) 373/2003. Negociado: SV.
Sobre: Reclamación de cantidad.
De: Doña Cristina Cano López.
Procuradora: Sra. Ledesma Alba, María del Mar.
Contra: Doña María Repice, don Antonio Luis Cuesta Muñoz y Esis International, Inc. (USAA).
E D I C T O
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento J. Verbal (N) 373/2003, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Torremolinos a instancia de Cristina Cano López contra María Repice, Antonio Luis Cuesta Muñoz y Esis International, Inc. (USAA) sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:
S E N T E N C I A
En Torremolinos, a doce de noviembre del año dos mil cuatro.
Vistos por doña M.ª Carmen Pedraza Cabiedas, Juez de Primera Instancia núm. Dos de Torremolinos y su partido, las presentes actuaciones del juicio verbal registradas con el núm. 373/03 seguidas en este Juzgado a instancia del demandante Cristina Cano, representada por la Procuradora Sra. Ledesma y defendida por el Letrado Sr. Calvente, contra la Aseguradora Esis International, Inc., María Repice y Antonio Cuesta, declarados legalmente en rebeldía.
F A L LO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por el actor y condenar a los demandados a abonar a la actora solidariamente la cantidad de 1.659,01 euros más el interés correspondiente de conformidad con lo recogido en el fundamento jurídico tercero de esta resolución y al pago de las costas causadas.
Notifíquese esta sentencia a las partes.
Esta sentencia no es firme y contra la misma puede interponerse recurso de apelación en plazo de cinco días a partir del día siguiente al de su notificación en este Juzgado para su resolución por la Audiencia Provincial de Málaga.
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados María Repice y Antonio Luis Cuesta Muñoz, Urbanización Monte Alto, calle Manzanilla, casa núm. 110, Benalmádena, extiendo y firmo la presente en Torremolinos, a quince de marzo de dos mil cinco.- El/La Secretario.
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