Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 05/04/2005

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo, Comercio y Deporte

ORDEN de 21 de marzo de 2005, por la que se modifica la de 4 de febrero de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación en el ámbito de la Medicina del Deporte y se efectúa su convocatoria para el año 2005.

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Mediante Orden de 4 de febrero de 2005 de la Consejería de Turismo, Comercio y Deporte, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía número 37, con fecha 22 de febrero de

2005, se aprobaron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación en el ámbito de la Medicina del Deporte, efectuándose su convocatoria para el año 2005.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en su artículo 13.2 y la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras en su artículo 29.1, contemplan la posibilidad de exceptuar respectivamente el cumplimiento de las condiciones y obligaciones exigidas a los beneficiarios.

Así mismo, y mediante la disposición derogatoria única de esta última Ley, se ha derogado la letra e) del artículo 105 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, lo que implica que han decaído los supuestos de exoneración establecidos en la Orden de 12 de septiembre de

2003 de la Consejería de Economía y Hacienda.

Así pues, en atención a la naturaleza de las subvenciones que se pretenden otorgar a través de la referida Orden de de febrero de 2005, al amparo de lo establecido en el artículo

13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del artículo 29.1 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, procede dictar la presente Orden que modifica parcialmente la de 4 de febrero de 2005 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación en el ámbito de la Medicina del Deporte y se efectúa su convocatoria para el año 2005.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

D I S P O N G O

Artículo primero. Se añade un nuevo apartado 3 en el artículo

5 "Beneficiarios" de la Orden de 4 de febrero de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación en el ámbito de la Medicina del Deporte, con el contenido siguiente:

"3. Al amparo de lo establecido en el artículo 13.2 de la Ley

38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el artículo 29.1 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, y atendiendo a la naturaleza de las subvenciones reguladas por la presente Orden, las entidades solicitantes quedan exceptuadas de la obligación de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes".

Artículo segundo. Se suprime la letra f) del artículo 13 "Obligaciones del beneficiario" de la Orden de 4 de febrero de

2005 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación en el ámbito de la Medicina del Deporte.

Disposición transitoria única. Aplicación a la convocatoria

2005.

Las modificaciones introducidas por la presente Orden serán de aplicación a la convocatoria de subvenciones correspondiente al año 2005 efectuada por la disposición adicional primera de la Orden de 4 de febrero de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos de investigación en el ámbito de la Medicina del Deporte.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de

Andalucía.Sevilla, 21 de marzo de 2005

PAULINO PLATA CANOVAS

Consejero de Turismo, Comercio y Deporte

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