Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 65 de 05/04/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 10 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 1408/2002. (PD. 1059/2005).

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NIG: 4109100C20020042000.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1408/2002.

Negociado: 1.

De: Diageo España, S.A.

Procurador: Sr. Juan López Delemus5.

Contra: Fandango, S.L. y Roberto del Pozo Antúnez.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. Ordinario (N) 1408/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. de Sevilla a instancia de Diageo España, S.A., contra Fandango, S.L. y Roberto del Pozo Antúnez sobre, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

"En Sevilla a diecisiete de febrero de dos mil cinco.

Que en nombre de S.M. El Rey pronuncia doña Antonia Roncero García, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Sevilla, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordinario núm./02-1 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante la Entidad Mercantil Diageo España, S.A., representado por el Procurador don Juan López de Lemus; y de otra como demandados Fandango, S.L., y Roberto del Pozo Antúnez, los cuales han sido declarados en rebeldía al no haber comparecido en autos, y de acuerdo a los siguientes.

FALLO

Estimando la demanda formulada por el Procurador Sr. López de Lemus en nombre de la entidad mercantil Diageo España, S.A., contra Fandango, S.L., y don Roberto del Pozo Antúnez condeno a los demandados a que abonen conjunta y solidariamente al actor la suma de siete mil cuatrocientos ochenta y un euros y cuarenta y cinco céntimos, con el interés legal de dicha suma desde la fecha del emplazamiento y con imposición de las costas procesales.

Notifíquese a las partes en legal forma, advirtiéndoles que contra la presente cabe recurso de apelación que se preparará en el plazo de cinco días ante este Juzgado.

Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo."

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Fandango, S.L. y Roberto del Pozo Antúnez, extiendo y firmo la presente en Sevilla a diez de marzo de dos mil cinco.- El/La Secretario.

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