Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 07/04/2005

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Otros. AYUNTAMIENTO DE BORNOS

ANUNCIO de bases.

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BASES GENERALES PARA LA SELECCION DEL PERSONAL FUNCIONARIO Y LABORAL APROBADAS POR ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE FECHA 11 DE MARZO DE 2005 CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO

PUBLICO DE 2005

Se convocan pruebas para la selección de funcionarios de Carrera y laborales fijos, que cubran en propiedad plazas vacantes en la Plantilla de la Corporación.

Primera. Objeto de la Convocatoria.

El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad de las plazas que se relacionarán en las bases particulares correspondientes y que se encuentran incluidas en la Oferta de Empleo de la Corporación para el año 2005.

Dichas plazas están dotadas económicamente con las retribuciones básicas correspondientes al Grupo de calificación en que se incluyen según determina el artículo 25 de la Ley 30/84, de 2 de agosto y demás retribuciones complementarias que correspondan a las mismas según la actual relación de puestos de trabajo.

Su clasificación, procedimiento de selección, número reservado a promoción interna, titulación exigida, cuantía de los derechos de exámenes y Tribunal, será la que se incluya en cada base particular.

Segunda. Requisitos de los/las aspirantes.

Para ser admitidos/as a la realización de las pruebas, deberán reunir los siguientes requisitos además de los señalados en las bases particulares:

a) Ser español/a, o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos en que ésta se halla definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

b) Tener cumplidos 18 años de edad.

c) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido condenado/a por delito doloso, ni separado/a del servicio de la Administración Pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.

No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas si el/la interesado/a lo justifica.

e) No hallarse incurso/a en ninguna causa de incapacidad o incompatibilidad específica conforme a la legislación vigente.

f) Cuando se exija el Graduado Escolar o equivalente para poder optar a determinadas plazas, se entenderá como equivalente, de acuerdo con la Orden Ministerial de 4 de febrero de 1986, el Certificado de Estudios Primarios expedido con anterioridad a la finalización del curso académico

1975/1976.

Estos requisitos deberán cumplirse con fecha límite el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso. Deberán acreditarse documentalmente concluido el proceso selectivo en los plazos que se establecen en las presentes bases.

Tercera. Solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Quienes deseen tomar parte en estas pruebas, deberán hacerlo constar mediante instancia, pudiendo quienes así lo crean conveniente, hacerlo igualmente en modelo facilitado por este Ayuntamiento, dirigida al Sr. Alcalde y presentada en el Registro General del Ayuntamiento.

A la solicitud deberá acompañarse fotocopia compulsada del DNI, fotocopia compulsada del título para acceder a las pruebas selectivas y resguardo acreditativo de haber

satisfecho los derechos de examen en la cuantía señalada en las bases particulares correspondientes, cantidad que podrá ser abonada en cualquiera de las cuentas corrientes de las que el Ayuntamiento de Bornos, mantiene en la Caja de Ahorros San Fernando de Sevilla y Jerez, Unicaja, Santander Central Hispano, Caja Rural del Sur y La Caixa. Asimismo podrá ser remitido por giro postal o telegráfico a la Tesorería

Municipal, debiendo consignar el nombre del aspirante, aun cuando sea impuesto por persona distinta.

Los/las aspirantes que pretendan puntuar en la fase de

concurso acompañarán a su instancia los documentos

acreditativos de los méritos y servicios a tener en cuenta, debiendo estar éstos referidos a la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes. Los documentos serán originales o fotocopias debidamente compulsadas.

También podrán presentarse las instancias en la forma

establecida en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común.

Cuarta. Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, por la Alcaldía se dictará Resolución en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos que se expondrá al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

En el Boletín Oficial de la Provincia se publicará sólo la lista de excluidos, sus causas y el plazo de subsanación de defectos, indicando asimismo la fecha y lugar de comienzo de los ejercicios.

Los aspirantes excluidos tendrán un plazo de diez días de subsanación, en los términos establecidos en el artículo 71 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dándose por

notificados con la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.

Quinta. Tribunales.

Los Tribunales Calificadores de los ejercicios y méritos alegados se designarán a tenor de lo dispuesto en el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio.

Para las plazas de Funcionarios estarán compuesto por:

El Alcalde de esta Entidad Local o Concejal en quien delegue que actuará como Presidente del Tribunal.

El Secretario General de la Corporación que actuará como Secretario del Tribunal, con voz pero sin voto, o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales:

- Un representante de la Comunidad Autónoma.

- Un Técnico o experto designado por el Presidente de la Corporación.

- El delegado del personal funcionario.

- Un funcionario designado por el Presidente de la

Corporación.

Para las plazas de Laborales Fijos estarán compuestos por:

El Alcalde de esta Entidad Local o Concejal en quien delegue que actuará como Presidente del Tribunal.

El Secretario General de la Corporación que actuará como Secretario del Tribunal, con voz pero sin voto, o funcionario de la misma en quien delegue.

Vocales:

- Un Técnico o experto designado por el Presidente de la Corporación.

- Un empleado público designado por la representación de los trabajadores.

- El Jefe del Servicio.

- Un empleado público designado por el Presidente de la Corporación.

Todos los miembros Vocales del Tribunal poseerán igual o superior nivel académico al requerido para el desempeño de la plaza que se seleccione.

La composición del Tribunal, con indicación de los nombres de los titulares y suplentes, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia.

El Tribunal podrá actuar válidamente con la asistencia de dos Vocales, el Presidente y el Secretario.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los aspirantes podrán recusarlos, cuando concurran las

circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sexta. Desarrollo de las pruebas.

El día, hora y lugar de comienzo de los ejercicios de las fases de oposición así como la reunión de los miembros del Tribunal para valorar los méritos cuando el sistema de

selección sea el Concurso o el concurso-oposición se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia en el mismo acto en el que se publiquen los nombres de los titulares y suplentes del referido Tribunal, de acuerdo con la base anterior.

El día, hora y lugar de los restantes ejercicios se publicará en el tablón de anuncios de la Corporación.

En cualquier momento los Tribunales podrán requerir a los opositores para que acrediten su personalidad.

La actuación de los aspirantes se iniciará por aquéllos cuyo primer apellido comience por la letra "F", de acuerdo con el resultado del sorteo público celebrado por la Secretaría de Estado para la Administración Pública para las pruebas

selectivas que se celebren en el año 2005 (Resolución de 10 de enero de 2005, BOE núm. 14, de 17 de enero).

Los aspirantes serán convocados para cada uno de los

ejercicios en llamamiento único, sólo y exclusivamente salvo causa de fuerza mayor, debidamente justificada y acreditada por el aspirante que no haya podido comparecer a aquel

llamamiento, y apreciada libremente por el Tribunal, será admisible un segundo llamamiento para el citado aspirante. Desde la terminación de una prueba y el comienzo de la

siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de cinco días hábiles y máximo de 45 días. Una vez comenzadas las pruebas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de celebración de las restantes en el BOP.

Fase de Concurso.

En los casos en que el sistema de selección sea el de concurso o concurso-oposición, la fase de concurso que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

Los méritos alegados, que deberán justificarse conforme a lo dispuesto en la base tercera, serán valorados de acuerdo con el baremo que se especifica a continuación.

A) Experiencia profesional (hasta un máximo de 5 puntos).

Por cada mes de servicio completo, o fracción superior a 15 días, prestado en la Administración Local desempeñando

funciones propias de la plaza a la que se opta mediante relación laboral o funcionarial: 0,24 puntos.

Por cada mes de servicio completo, o fracción superior a 15 días, prestado en otra Administración desempeñando funciones propias de la plaza a la que se opta mediante relación laboral o funcionarial: 0,12 puntos.

Por cada mes de servicio completo, o fracción superior a 15 días, prestado en la empresa privada desempeñando funciones propias de la plaza a la que se opta: 0,06 puntos.

B) Méritos académicos.

Por estar en posesión de mayor titulación académica a la exigida como requisito de la plaza a la que se opta: 1 punto.

C) Cursos de formación y perfeccionamiento.

Los cursos, jornadas, congresos, y/o seminarios relacionados con el puesto solicitado, se valorarán hasta un máximo de 3 puntos, en la forma siguiente:

a) Cursos de hasta 14 horas lectivas: 0,10 puntos.

b) Cursos de 15 a 40 horas lectivas: 0,20 puntos.

c) Cursos de 41 a 70 horas lectivas: 0,40 puntos.

d) Cursos de 71 a 100 horas lectivas: 0,60 puntos.

e) Cursos de 101 a 200 horas lectivas: 0,80 puntos.

f) Cursos de más de 200 horas lectivas: 1,00 puntos.

Si no se justifica la duración del curso, en ningún caso se valorará la acción formativa realizada.

Fase de Oposición.

La fase de Oposición estará formada por los ejercicios que en cada base particular se especifican.

Todos los ejercicios obligatorios de las distintas pruebas selectivas serán eliminatorios y, salvo que en las respectivas bases particulares se indique otra cosa, calificados de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

Para obtener la calificación de cada ejercicio, se sumarán las puntuaciones otorgadas a cada opositor por los distintos miembros del Tribunal y se dividirá el total por el número de esos mismos miembros, obteniéndose así la media aritmética.

La puntuación definitiva y el orden de calificación estarán determinados por la suma de las puntuaciones obtenidas en el conjunto de todos los ejercicios.

Séptima. Propuesta de selección.

Concluidas las pruebas el Tribunal publicará en el tablón de anuncios de la Corporación, la relación de los aspirantes por orden de puntuación, precisándose que el número de aprobados no podrá rebasar el número de plazas convocadas y vacantes en

1.a plantilla, sobre los que elevará propuesta de nombramiento o contratación a la Alcaldía.

Octava. Presentación de documentos y nombramientos.

Los aspirantes propuestos por el Tribunal aportarán ante la Corporación dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la relación de aprobados en el tablón de anuncios de esta Corporación, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo fuerza mayor, no presentaran la documentación, no podrán ser nombrados,

quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

Los que tuvieran la condición de funcionarios públicos están exentos de justificar las condiciones y requisitos ya

acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificado de la Administración Pública de quien dependa acreditando la condición y demás

circunstancias que consten en su expediente personal, y certificado médico.

El Alcalde, una vez los aspirantes propuestos hayan presentado la documentación acreditativa de los requisitos, procederá al nombramiento de los aspirantes que hubieran obtenido plazas de funcionarios, quienes deberán tomar posesión en el plazo de treinta días naturales, a contar del siguiente al día en que le sea notificado, y asimismo procederá a la formalización de los contratos laborales de los aspirantes que hubieran

obtenido puesto de trabajo laboral, quienes una vez superada satisfactoriamente el período de prueba que se determine en cada contrato, adquirirán la condición de Personal Laboral Fijo.

Novena. Derechos de asistencia.

Los derechos de asistencia por la participación en los

Tribunales Calificadores de estas pruebas selectivas se regirán por lo dispuesto en el Real Decreto 462/2002, de 24 de marzo, sobre indemnización por razón del servicio.

Décima. Facultades de los Tribunales.

Los Tribunales respectivos de cada plaza quedan facultados para resolver cualquier duda que pueda surgir en relación con la interpretación de estas bases.

Undécima. Derecho supletorio.

En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 13 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las normas básicas y los programas mínimos a que deben ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la Administración Local, siendo de aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995, de

10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y demás normas concordantes de aplicación.

Duodécima. Recursos administrativos.

La presente Convocatoria, sus bases y cuantos actos

administrativos se deriven de la misma y de la actuación de los Tribunales, podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

La presente Convocatoria y las Bases por las que se regirá fueron aprobadas por la Junta Local de Gobierno en sesión de

11 de mazo de 2005.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Bornos, 11 de marzo de 2005.- El Alcalde, Fernando García Navarro.

ANEXO I

MODELO DE SOLICITUD

1. Datos del/la aspirante.

Primer apellido:

Segundo apellido:

Nombre:

DNI: Teléfono núm:

Domicilio a efectos de notificaciones:

2. Datos de la convocatoria.

Fecha BOE:

Plaza/puesto al que se opta:

Sistema de acceso:

Importe derechos de examen:

3. Datos académicos.

Titulación que posee:

Centro de Expedición:

Fecha de Expedición:

4. Documentación que se adjunta: (señalar con una x)

Fotocopia del DNI.

Resguardo acreditativo de los derechos de examen.

Méritos alegados (especificar cada documento que se

acompaña).

5. Otros datos que hace constar.

El/la abajo firmante, solicita ser admitido/a en el proceso selectivo convocado por el Ayuntamiento de Bornos, declara reunir todos y cada uno de los requisitos y condiciones exigidas por las bases generales de la convocatoria y la base particular correspondiente a la plaza a la que opta, que declaro conocer y aceptar, con referencia a la fecha de terminación del plazo señalado para la presentación de esta solicitud.

Bornos a de de 2005.

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE BORNOS

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