Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 67 de 07/04/2005

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTO DE ECIJA

EDICTO de 29 de marzo de 2005, sobre modificación de bases.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

E D I C T O

El Secretario General del Excmo. Ayuntamiento de Ecija,

HACE SABER

Que por la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día 19 de julio de 2004 se aprobaron las bases que van a regir la convocatoria pública para la provisión en propiedad de dos plazas de la categoría de Policía del Cuerpo de Policía Local del Excmo. Ayuntamiento de Ecija por el sistema de movilidad. Posteriormente la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria celebrada el día 21 de febrero de

2005 procedió a la modificación del acuerdo anterior, y cuyo detalle es el siguiente:

"Primero. Que de conformidad con la Oferta Pública de este Ayuntamiento para el año 2004, publicada en el BOE de 13 de octubre de 2004, esta Junta de Gobierno Local ha aprobado las bases que han de regir la provisión en propiedad de 10 plazas de Policías Local. Concretamente:

1.1. Mediante acuerdo de 19 de julio de 2004 se aprobaron las bases que habrían de regir la provisión de dos plazas mediante el sistema de movilidad.

1.2. Mediante acuerdo de 27 de diciembre se aprobaron las bases que habrían de regir la provisión de las restantes 8 plazas correspondientes al turno libre.

Segundo. Que debido a la urgente necesidad de contar con nuevos efectivos en la plantilla se optó por cubrir primero las plazas correspondientes al procedimiento por movilidad, al establecer la Ley un procedimiento más sencillo. Tales bases fueron publicadas en el BOJA núm. 171 y en el BOP núm. 205, el día 1 y 3 de septiembre respectivamente.

Tercero. Con fecha 4 de noviembre de 2004 se publicó en el BOE el plazo para presentar solicitudes.

Cuarto. A fecha actual, y estando concluido dicho plazo, se han presentado 15 solicitudes.

Quinto. Con posterioridad a todo ello, se han detectado una serie de errores en las mismas que son necesario corregir.

5.1. Las Bases establecen como Tribunal calificador de las pruebas el establecido en el Reglamento de Funcionarios del Excmo. Ayuntamiento de Ecija, obviando lo dispuesto por el Decreto 201/2003.

5.2. Las Bases correspondientes al sistema de movilidad contiene igualmente errores en la transcripción del baremo establecido por la Orden de 22 de diciembre de 2003, por lo que deberá adecuarse a ésta en los términos establecidos con posterioridad.

Por todo lo cual, y en aplicación de la normativa legal aplicable, en concreto la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, la Ley 30/1984, de 2 de agosto de Medidas para la Reforma de la Función Pública, la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local, el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de Disposiciones Vigentes en materia de Régimen Local, el Decreto 201/2003 y la Orden de 22 de diciembre de 2003, es por lo que a la Junta de Gobierno Local

P R O P O N G O

Primero. Modificar el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de

19 de julio de 2004 en el siguiente sentido:

Donde dice... "El Tribunal Calificador estará formado como sigue:

Presidente: Alcalde Presidente o Capitular en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz pero sin voto.

Vocales:

Teniente Alcalde Delegado de Interior.

Un miembro de la Junta de Personal.

Un Funcionario de Carrera designado por la Alcaldía.

Un Funcionario de Carrera designado por la Junta de Personal.

Un representante de la Junta de Andalucía."

Debe decir... "El Tribunal Calificador estará formado como sigue:

Presidente: Alcalde Presidente o Capitular en quien delegue.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz pero sin voto.

Vocales:

Un representante de la Consejería de Gobernación.

Un representante de la Junta de Personal.

A designar por el titular de la Alcaldía.

A designar por el titular de la Alcaldía."

Segundo. Modificar el acuerdo adoptado por la Junta de

Gobierno Local de 19 de julio de 2004, además, en el siguiente sentido:

2.1. En el apartado C.1. Formación) del baremo, donde dice... "Los cursos precedentes, impartidos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Orden..."

Debe decir... "Los cursos precedentes, impartidos con

anterioridad a la entrada en vigor de la Orden de 22 de diciembre de 2003 de la Consejería de Gobernación..."

2.2. Al final de este apartado C.1. donde dice ... "de las titulaciones del apartado V.A.1. de la presente Orden..."

Debe decir... "de las titulaciones del apartado A de las presentes Bases..."

Tercero. Que se proceda a la publicación de la subsanación de errores en el BOJA y en el BOP."

Lo que se hace público para general conocimiento.

Ecija, 29 de marzo de 2005.- El Secretario General, Valeriano Lavela Pérez.

Descargar PDF