Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 69 de 11/4/2005

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 23 de marzo de 2005, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se da publicidad a las convocatorias y bases comunes y específicas para la provisión definitiva, mediante concurso ordinario, de puestos vacantes reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, convocados por las Entidades Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

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Vacantes puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, aprobadas por las Corporaciones Locales las bases específicas y acordada asimismo por los Presidentes la convocatoria mediante concurso ordinario, de acuerdo con lo previsto en el artículo 99 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, en el Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, modificado por el Real Decreto 834/2003, de 27 de junio, de provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en la Orden de 10 de agosto de 1994, por la que se dictan normas sobre concursos de provisión de puestos reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en el Decreto 36/1997, de 4 de febrero, por el que regulan los méritos correspondientes al conocimiento de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía y en el artículo 12.1.e) del Decreto 200/2004, de 11 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública.

RESUELVO

Primero. Dar publicidad a las convocatorias y bases comunes y específicas recogidas en el Anexo I de esta Resolución para la provisión definitiva, mediante concurso ordinario, de puestos de trabajo vacantes reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional en las Entidades Locales de esta Comunidad y que a continuación se exponen:

BASES COMUNES

Primera. Puestos.

Se ofrecen en este concurso los puestos vacantes reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional en aquellas Corporaciones que han aprobado las bases específicas y cuyos Presidentes han efectuado la correspondiente convocatoria del concurso.

Segunda. Participación.

1. Los funcionarios con habilitación de carácter nacional así como los funcionarios no integrados en las actuales subescalas, pertenecientes a los extinguidos Cuerpos Nacionales de Secretarios, Interventores y Depositarios de Administración Local a que se refiere la Disposición transitoria primera, 1, del Real Decreto 1174/1987, de 18 de septiembre, podrán concursar a los puestos que se ofrecen, en los términos siguientes:

- Los Secretarios de primera, a puestos reservados a la Subescala de Secretaría, categoría superior.

- Los Secretarios de segunda, a puestos reservados a la Subescala de Secretaría, categoría de entrada.

- Los Secretarios de tercera, a puestos reservados a la Subescala de Secretaría-Intervención.

- Los Secretarios de Ayuntamientos a "extinguir", a Secretarios de Ayuntamientos con población que no exceda de

2.000 habitantes.

- Los Interventores, a puestos reservados a la Subescala Intervención-Tesorería, categoría superior, pero únicamente a puestos de Intervención.

- Los Depositarios, a puestos reservados a la Subescala Intervención-Tesorería, pero únicamente a puestos de

Tesorería.

2. No podrán concursar:

Los funcionarios inhabilitados y los suspensos en virtud de sentencia o resolución administrativa firmes, si no hubiera transcurrido el tiempo señalado en ellas.

Los funcionarios destituidos a que se refiere el artículo.5 del Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto

Legislativo 781/1986, de 18 de abril, durante el período a que se extienda la destitución.

Los funcionarios en la situación de excedencia voluntaria a que se refiere el artículo 29.3 c) y d), de la Ley de Medidas para la Reforma de Función Pública, si no hubiera transcurrido el plazo de dos años desde el pase a las mismas.

Los funcionarios que no lleven dos años en el último destino obtenido con carácter definitivo en cualquier Administración Pública, salvo que concursen a puestos reservados a su

Subescala y categoría en la misma Corporación o se encuentren en los supuestos del artículo 20.1 f), de la Ley de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

Tercera. Documentación y plazo para participar.

1. En el plazo de quince días naturales a partir de la

publicación conjunta de este concurso en el "Boletín Oficial del Estado", los funcionarios con habilitación de carácter nacional que deseen tomar parte en el mismo dirigirán a la Corporación Local a cuyo puesto concursen, la siguiente documentación:

- "Solicitud de participación" comprensiva de declaración jurada de no estar incurso en algunas de las circunstancias a que se refiere el art. 18.3 del Real Decreto 1732/1994, de 29 de julio, y

- Documentación acreditativa, en su caso, de los méritos de determinación autonómica, así como los específicos de cada puesto en los términos que se indican en el Anexo I.

2. Los concursantes a dos o más puestos presentarán solicitud y documentación acreditativa de los méritos de determinación autonómica, en todas las Corporaciones en que soliciten puestos. Asimismo, los concursantes a dos o más puestos presentarán en idéntico plazo de quince días naturales orden de prelación de adjudicaciones ante la Dirección General para la Administración Local, Subdirección General de Función Pública Local (Registro de Entrada de documentos del

Ministerio de Administraciones Públicas, Plaza de España, 17

28071, Madrid). El orden de prelación habrá de ser único y comprensivo de la totalidad de puestos solicitados, y único, asimismo, si se concursa a una o varias Subescalas y

categorías. La formulación del orden de prelación, cuyo objeto es evitar la adjudicación simultánea de varios puestos a un mismo concursante, no sustituirá a la solicitud de

participación dirigida a cada Corporación Local.

3. La "solicitud de participación" y el "orden de prelación de adjudicaciones" habrán de presentarse con arreglo a los modelos que se adjuntan en los Anexos II y III.

4. Los requisitos exigidos así como los méritos deberán reunirse a la fecha de la Resolución por la que se efectúe la publicación conjunta en extracto de todas las convocatorias en el Boletín Oficial del Estado.

Cuarta. Méritos de determinación autonómica.

Méritos de determinación autonómica en los puestos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (Decreto 36/1997, de 4 de febrero).

1. Méritos.

Los méritos relacionados con el conocimiento de la

organización territorial y normativa autonómica de Andalucía son los siguientes:

a) Experiencia profesional. Se valorará el desempeño de puestos de trabajo en las Entidades Locales del territorio de Andalucía o en la Administración de la Junta de Andalucía, con exclusión de los que formen parte del procedimiento selectivo para el acceso a la función pública, que comporten el

conocimiento de las especialidades de la organización

territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Cursos de formación y perfeccionamiento. Se valorará la asistencia y, en su caso, superación de los cursos de estas características que tengan por objeto las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, organizados u homologados por el Instituto Andaluz de Administración Pública.

Actividad docente. Se considerará como mérito el ejercicio de actividades docentes en los cursos a los que se refiere el apartado b).

Publicaciones. Se valorarán las relativas a las especialidades de la organización territorial y de la normativa de la

Comunidad Autónoma de Andalucía.

2. Valoración de méritos.

a) La experiencia profesional se valorará hasta un máximo de 1 punto, según las reglas siguientes:

- Servicios prestados como funcionario de carrera en puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, correspondientes a la subescala a que se concursa: 0,03 puntos por mes.

- Servicios prestados como funcionario de carrera en puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, de distinto grupo o subescala a la que se concursa: 0,02 puntos por mes.

- Servicios prestados en puestos de trabajo no reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional: 0,01 punto por mes.

b) Los cursos de formación y perfeccionamiento, se valorarán hasta 1,50 puntos, según las siguientes reglas:

- Cursos de formación y perfeccionamiento específicos. Se valorará hasta un máximo de 1 punto los que, teniendo su programa por objeto la formación en alguna de las áreas de conocimiento propios de la organización territorial y

normativa de la Comunidad de Andalucía, tengan relación directa con las funciones del puesto de trabajo que se

convoca, de las reservadas a estos funcionarios en los

artículos 2 a 5 del Real Decreto 1174/1987, de 18 de

septiembre.

La valoración de cada curso específico se efectuará en función de su duración con arreglo a la siguiente escala:

Cursos de duración comprendida entre 15 y 30 horas lectivas:

0,25 puntos por curso.

Cursos de duración de 31 hasta 50 horas lectivas: 0,40 puntos por curso.

Cursos de duración de 51 hasta 100 horas lectivas: 0,60 puntos por curso.

Cursos de duración de 101 horas lectivas o más: 1 punto por curso.

- Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter nacional.

Se valorará hasta un máximo de 0,50 puntos los que, teniendo su programa por objeto la formación en alguna de las áreas de conocimiento propias de la organización territorial y

normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía, guarden alguna relación con las funciones del puesto de trabajo convocado de las reservadas a estos funcionarios en los artículos y disposición legal citados en el párrafo anterior.

La valoración de cada curso relacionado se efectuará en función de su duración con arreglo a la siguiente escala:

Cursos de duración comprendida entre 15 y 30 horas lectivas:

0,10 puntos por curso.

Cursos de duración comprendida entre 31 y 50 horas lectivas:

0,25 puntos por curso.

Cursos de 51 horas lectivas o más: 0,50 puntos por curso.

En todo caso, en las convocatorias de los cursos se indicará la puntuación que se otorga a los mismos, el número de horas lectivas y el sistema de evaluación.

En los cursos se establecerá la posibilidad de valorar su realización por módulos, cuando estos sean susceptibles de consideración independiente en razón del planteamiento

material y didáctico del mismo.

- Cursos de formación y perfeccionamiento no relacionados. Aquellos cursos cuyos programas carezcan de relación con las funciones reservadas a los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, no serán objeto de valoración.

c) La actividad docente, se valorará con un máximo de 0,3 puntos, a razón de 0,01 por hora impartida en cursos

específicos, y 0,005 en cursos relacionados conforme a la distinción establecida en el apartado b) de este mismo

artículo.Publicaciones. Se valorarán hasta un máximo de 0,20 puntos en función del carácter innovador, de la extensión, la publicación en revistas especializadas o cualquier otro elemento que permita evaluar la calidad científica del

trabajo.

3. Acreditación de méritos.

Los concursantes acreditarán los méritos a los que se refiere la presente Resolución mediante la presentación de los

documentos originales o copias auténticas de los mismos que los justifiquen adecuadamente.

Valoración de los méritos por los Tribunales.

El Tribunal de valoración del concurso valorará los méritos alegados de conformidad con las reglas y puntuación

establecida en esta Resolución, en el Decreto 36/1997 de 4 de febrero y normas que lo desarrollen.

Quinta. Méritos específicos.

Los méritos específicos para cada puesto de trabajo, son los que para cada puesto de trabajo, se incluyen en el Anexo I.Sexta. Valoración de méritos.

1. El Tribunal de valoración comprobará, la concurrencia en los concursantes de los requisitos que figuren en la

convocatoria, excluyendo a quienes no los reúnan. A

continuación puntuará, respecto de los no excluidos, los méritos del siguiente modo:

- Méritos generales, hasta un máximo de 19,50 puntos, según la relación individualizada de méritos generales de habilitados nacionales acreditados e inscritos en el Registro de

Habilitados Nacionales sin que sea posible acreditación adicional alguna por parte de los concursantes ni valoración distinta por parte del Tribunal.

- Méritos específicos, hasta un total de 7,50 puntos.

- Méritos de determinación autonómica, hasta un total de 3 puntos, con base en la documentación acreditativa aportada por los concursantes.

- Respecto de los puestos que no tengan méritos específicos, el Tribunal asignará únicamente la puntuación de méritos generales y de méritos autonómicos si existiesen.

2. El Tribunal podrá celebrar, si lo prevé la convocatoria específica respectiva, entrevista con concursante o

concursantes que considere conveniente, para la concreción de los méritos específicos o de determinación autonómica. La fecha, lugar y hora de celebración de la entrevista, será notificada a los afectados por el Tribunal, al menos con seis días de antelación a su celebración.

En caso de empate en la puntuación final de méritos de dos o más concursantes, el Tribunal dará prioridad en la propuesta de adjudicación a aquel que hubiera obtenido mayor puntuación en méritos específicos. De mantener el empate, a favor de quien en méritos de determinación autonómica tenga más alta puntuación. De persistir este, a favor de quien en méritos generales tenga mayor puntuación en los apartados a), b), c),

d) y e), por dicho orden, del artículo 15.1 del Real Decreto

1732/1994, de 29 de julio. En última instancia el empate se resolverá en base al orden de prelación en el proceso

selectivo.

Séptima. Propuesta de Resolución.

Efectuadas por el Tribunal la exclusión y puntuación final de concursantes, elevará al Presidente de la Corporación

propuesta de resolución comprensiva de todos los no excluidos y sus puntuaciones ordenadas de mayor a menor. Asimismo elevará relación fundada de excluidos.

Octava. Resolución.

El Presidente de la Corporación resolverá el concurso de acuerdo con la propuesta formulada por el Tribunal de

Valoración.

Dicha resolución será motivada con referencia al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de convocatoria. En todo caso deberán quedar acreditadas, como fundamentos de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido y la valoración final de los méritos de los candidatos y comprender, por orden de puntuación, a la totalidad de los concursantes no excluidos.

La resolución del concurso será remitida a la Dirección General de Cooperación Local del Ministerio de

Administraciones Públicas dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha de finalización del plazo de

presentación de solicitudes.

Novena. Coordinación de nombramientos.

La Dirección General de Cooperación Local, transcurrido el plazo a que se refiere la base anterior, procederá a efectuar la coordinación de resoluciones coincidentes a favor de un mismo concursante, con adjudicación final de puestos,

atendiendo al orden formulado por los interesados en la hoja de prelación y a la puntuación obtenida en cada uno de los puestos afectados.

Décima. Formalización de nombramientos.

De acuerdo con el resultado de la coordinación en los casos de adjudicaciones múltiples y de las resoluciones de las

Corporaciones en los restantes, la Dirección General de Cooperación Local, procederá a formalizar los nombramientos, a su envío a las Comunidades Autónomas y a su publicación en el plazo de un mes, en el "Boletín Oficial del Estado".

Undécima. Plazo posesorio.

1. El plazo de toma de posesión en el destino obtenido en el concurso será de tres días hábiles si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad o de un mes si se trata de primer destino o de puestos de trabajo en localidad

distinta.2. Dicho plazo empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de nombramientos en el "Boletín Oficial del Estado". Si el destino obtenido comportara el reintegro al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

3. El cómputo de plazos posesorios se iniciará cuando

finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos a los interesados.

4. Por necesidades del servicio, mediante acuerdo de los Presidentes de las Corporaciones en que haya de cesar y tomar posesión el concursante, se podrá diferir el cese y la toma de posesión hasta un máximo de tres meses, debiendo el segundo de ellos dar cuenta de este acuerdo a la Dirección General de Cooperación Local.

Duodécima. Irrenunciabilidad y voluntariedad de los destinos.

Los concursantes no podrán renunciar al concurso ni al puesto que sea adjudicado a partir del momento en que los Tribunales eleven propuesta de resolución a la Corporación. Las

adjudicaciones de puestos en el concurso tendrán carácter voluntario, no generando en consecuencia derecho alguno al abono de indemnización por traslado.

Decimotercera. Cese y toma de posesión.

1. La toma de posesión determina la adquisición de los

derechos y deberes funcionariales inherentes al puesto, pasando a depender el funcionario de la correspondiente Corporación.

2. Las diligencias de cese y toma de posesión de los

concursantes, serán comunicadas a la Dirección General de Cooperación Local y a la Comunidad Autónoma respectiva, dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se

produzcan.

Decimocuarta. Recursos.

Los actos administrativos de los Tribunales de Valoración podrán ser impugnados conforme a lo previsto en el artículo

114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999.

Segundo. Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación del presente acto, o interponer directamente el recurso

contencioso-administrativo, ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos

116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa.

Sevilla, 23 de marzo de 2005.- El Director General, José Taboada Castiñeiras.

ANEXO I

PROVINCIA DE ALMERIA

Corporación: Diputación Provincial de Almería.

Denominación del puesto: Secretario.

Subescala y categoría: Secretaría Superior.

Complemento de destino: 30.

Complemento específico: 2.126,93 E.

Prevista jubilación: No.

Puntuación mínima: 25%.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

A) Méritos específicos.

a) Experiencia profesional:

Por servicios prestados en puesto de Secretaría de

Ayuntamientos de capital de provincia, Diputaciones, Cabildos o Consejos Insulares: 0,15 puntos por mes hasta un máximo de 4 puntos.

b) Cursos de formación y perfeccionamiento:

Por asistencia a cursos de formación en centros oficiales de formación de las Administraciones Públicas sobre materias relacionadas directamente con el puesto de Secretaría: 0,1 punto por curso de 20 horas o superior, hasta un máximo de 0,5 puntos.

c) Titulación complementaria:

Por cada título de postgrado universitario impartido por una Universidad Pública sobre materia relacionada directamente con el puesto de Secretaría: 1 punto, hasta un máximo de 1 punto.

d) Actividad docente universitaria:

Por cada curso académico en el que se haya impartido docencia de materias relacionadas directamente con el puesto de

Secretaría, en una Universidad Pública o Centro Asociado: 0,5 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.

B) Acreditación de méritos.

La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado será la siguiente en cada caso:

a) Experiencia profesional:

La experiencia profesional se justificará presentando

certificación expedida por la Secretaría o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal, donde constarán los siguientes datos:

- Denominación de los puestos de trabajo que hayan desempeñado con expresión del tiempo que los haya ocupado.

- Dependencias a las que estén adscritos dichos puestos.

b) Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas:

Para acreditar los méritos señalados en el punto B del baremo habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la Universidad o Administración Pública organizadora del curso, jornadas..., o en colaboración con la cual se haya realizado la actividad formativa, en la que conste.

- Denominación del curso, jornadas.

- Número de horas/días duración.

- Concepto en el que participó el aspirante.

En todo caso habrá de tenerse en cuenta que solo se valorarán cursos, jornadas... relacionados con las funciones a

desarrollar en esta Diputación en el puesto de Secretaría.

En el supuesto de cursos organizados por los sindicatos al amparo de los planes anuales de Formación Continúa del

personal al servicio de la Administración Pública, habrá de aportarse certificación del órgano competente de la mencionada institución donde conste los extremos antes indicados y la convocatoria de Formación Continua a la que pertenezca el curso.

En todos los casos previstos en el apartado B de este baremo, deberá acreditarse el contenido de los cursos de formación, mediante la presentación del programa. En otro caso, el Tribunal valorará discrecionalmente la relación o no con el contenido del puesto de trabajo.

c) Titulación complementaria:

Para acreditar los méritos señalados en el punto C del baremo habrá de aportarse certificación Académica personal o, en su caso, el título o resguardo del abono de los derechos por su expedición.

d) Actividad docente universitaria:

La actividad docente universitaria se justificará mediante certificación de la contratación o nombramiento en la

universidad correspondiente, duración del mismo, así como materias sobre las que se ha impartido la docencia.

C) Tribunal.

Presidente:

Titular: Don José Añez Sánchez, Presidente de la Diputación Provincial de Almería.

Suplente: Don Ginés Martínez Balastegui, Delegado del Area de Recursos Humanos y Régimen Interior.

Vocales:

En representación de la Junta de Andalucía:

Titular: Don Pablo Viciana Martínez. Delegación de Justicia y Administración Pública. Almería.

Suplente: Doña Remedios Fajardo Martos. Delegación del

Gobierno. Almería.

Titular: Don José Luis García García, Interventor de la Diputación Provincial de Almería.

Suplente: Julio Joaquín López Glaría, Tesorero de la

Diputación Provincial de Almería.

Titular: Doña María García López, Jefa de la Sección

Contratación de Obras.

Suplente: Don José Manuel Rufo Acemel, Jefe de la Sección de Actuación Administrativa. Obras Públicas.

Titular: Doña Isabel Gómez Polo, Directora del Area de RR.HH. y Régimen Interior, actuará como Secretaria.

Suplente: Doña Amalia Fernández Ibáñez, Jefa del Servicio de RR.HH., actuará como Secretaria suplente.

Asimismo podrá asistir como observador sin voto un diputado provincial en representación de los grupos políticos de la oposición de la Diputación Provincial de Almería.

Todos los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigencias para el acceso a las plazas convocadas.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran ciscunstancias de las previstas en el

artículo 28 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando en estos concurran

circunstancias de las determinadas en el mencionado precepto legal.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos, para todas o alguna de las pruebas, de asesores especialistas que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección.

D) Aprobación de bases: 7 de febrero de 2005 (Resolución Presidencia).

E) Convocatoria: 7 de febrero de 2005 (Resolución

Presidencia).

Corporación: Diputación Provincial de Almería.

Denominación del puesto: Tesorero.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería categoría entrada.

Complemento de destino: 30.

Complemento específico: 2.126,93 E.

Prevista jubilación: No.

Puntuación mínima: 25%.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

A) Méritos específicos.

a) Experiencia profesional:

Por servicios prestados en puesto de Tesorería de

Ayuntamientos de capital de provincia, Diputaciones, Cabildos o Consejos Insulares: 0,15 puntos por mes hasta un máximo de 4 puntos.

b) Cursos de formación y perfeccionamiento:

Por asistencia a cursos de formación en centros oficiales de formación de las Administraciones Públicas sobre materias relacionadas directamente con la Tesorería: 0,1 punto por curso de 20 horas o superior, hasta un máximo de 0,5 puntos.

c) Titulación complementaria:

Por cada título de postgrado universitario impartido por una Universidad Pública sobre materia relacionada directamente con el puesto de Tesorería: 1 punto, hasta un máximo de 1 punto.

d) Actividad docente universitaria:

Por cada curso académico en el que se haya impartido docencia de materias relacionadas directamente con el puesto de

Tesorería, en una Universidad Pública o Centro Asociado: 0,5 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.

B) Acreditación de méritos.

La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado será la siguiente en cada caso:

a) Experiencia profesional:

La experiencia profesional se justificará presentando

certificación expedida por la Secretaría o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal, donde constarán los siguientes datos:

- Denominación de los puestos de trabajo que hayan desempeñado con expresión del tiempo que los haya ocupado.

- Dependencias a las que estén adscritos dichos puestos.

b) Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas:

Para acreditar los méritos señalados en el punto B del baremo habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la Universidad o Administración Pública organizadora del curso, jornadas..., o en colaboración con la cual se haya realizado la actividad formativa, en la que conste.

- Denominación del curso, jornadas.

- Número de horas/días duración.

- Concepto en el que participó el aspirante.

En todo caso habrá de tenerse en cuenta que solo se valorarán cursos, jornadas... relacionados con las funciones a

desarrollar en esta Diputación en el puesto de Tesorería.

En el supuesto de cursos organizados por los sindicatos al amparo de los planes anuales de Formación Continua del

personal al servicio de la Administración Pública, habrá de aportarse certificación del órgano competente de la mencionada institución donde conste los extremos antes indicados y la convocatoria de Formación Continua a la que pertenezca el curso.

En todos los casos previstos en el apartado B de este baremo, deberá acreditarse el contenido de los cursos de formación, mediante la presentación del programa. En otro caso, el Tribunal valorará discrecionalmente la relación o no con el contenido del puesto de trabajo.

c) Titulación complementaria.

Para acreditar los méritos señalados en el punto C del baremo habrá de aportarse certificación Académica personal o, en su caso, el título o resguardo del abono de los derechos por su expedición.

d) Actividad docente universitaria:

La actividad docente universitaria se justificará mediante certificación de la contratación o nombramiento en la

universidad correspondiente, duración del mismo, así como materias sobre las que se ha impartido la docencia.

C) Tribunal.

Presidente:

Titular: Don José Añez Sánchez, Presidente de la Diputación Provincial de Almería.

Suplente: Don Ginés Martínez Balastegui, Delegado del Area de Recursos Humanos y Régimen Interior.

Vocales:

En representación de la Junta de Andalucía:

Titular: Don Pablo Viciana Martínez. Delegación de Justicia y Administración Pública. Almería.

Suplente: Doña Remedios Fajardo Martos. Delegación del

Gobierno. Almería.

Titular: Don José Luis García García, Interventor de la Diputación Provincial de Almería.

Suplente: Don Mariano José Espín Quirante, Secretario de la Diputación Provincial de Almería.

Titular: Doña María García López, Jefa de la Sección

Contratación de Obras.

Suplente: Don José Manuel Rufo Acemel, Jefe de la Sección de Actuación Administrativa. Obras Públicas.

Titular: Doña Isabel Gómez Polo, Directora del Area de RR.HH. y Régimen Interior, actuará como Secretaria.

Suplente: Doña Amalia Fernández Ibáñez, Jefa del Servicio de RR.HH., actuará como Secretaria suplente.

Asimismo podrá asistir como observador sin voto un diputado provincial en representación de los grupos políticos de la oposición de la Diputación Provincial de Almería.

Todos los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigencias para el acceso a las plazas convocadas.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran ciscunstancias de las previstas en el

artículo de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando en estos concurran

circunstancias de las determinadas en el mencionado precepto legal.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos, para todas o alguna de las pruebas de asesores especialistas que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección.

D) Aprobación de bases: 7 de febrero de 2005 (Resolución Presidencia).

E) Convocatoria: 7 de febrero de 2005 (Resolución

Presidencia).

PROVINCIA DE CADIZ

Corporación: Ayuntamiento de Medina Sidonia (Cádiz).

Población: Superior a 10.000 habitantes.

Denominación del puesto: Secretaría General.

Subescala y categoría: Subescala de Secretaría, categoría de entrada.

Nivel complemento destino: 28.

Complemento específico: 1.502,36 E al mes.

Prevista jubilación: No.

Entrevista: Sí.

Pago de gastos: No.

A) Méritos específicos.

1. Experiencia profesional:

Por servicios prestados en el desempeño de puestos de trabajo de Secretaría General reservados a la Subescala de Secretaría, Categoría de Entrada, cualquiera que haya sido la forma de provisión: 0,40 puntos por mes o fracción efectiva de

servicio, hasta un máximo de 3,20 puntos.

Por servicios prestados en el desempeño de puestos de trabajo de Secretaría General reservados a la Subescala de Secretaría, Categoría de Entrada, cualquiera que haya sido la forma de provisión, siempre y cuando cuente con dos o más Empresas Municipales y el Secretario lo sea del Consejo de

Administración: 0,25 puntos por mes o fracción efectiva de servicio, hasta un máximo de 3,70 puntos.

2. Conocimiento de la Administración Local: Por pertenecer a otra subescala de Funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter nacional, aparte de la exigida: 0,6 puntos.

3. Cursos de formación y perfeccionamiento: Organizados o convocados por entidades públicas tales como Universidades, INAP o Institutos de Administración Pública de las Comunidades Autónomas, que tengan por objeto la formación en las funciones relacionadas con la planificación y gestión del urbanismo: con un máximo de 0,6 puntos y con arreglo a la siguiente escala:

- De 100 o más horas: 0,4 puntos por curso.

- De 30 o más horas: 0,15 por puntos por curso.

- De 15 o más horas: 0,1 punto por curso.

B) Acreditación méritos.

Los méritos relativos a la experiencia profesional se

acreditarán mediante certificado expedido por el organismo u organismos competentes.

Los méritos del apartado 2.º se acreditarán mediante fotocopia compulsada del Título de Funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Subescala o Subescalas correspondientes.

Los méritos de formación se acreditarán mediante copia

compulsada del diploma o justificante expedido por el órgano competente para ello.

C) Tribunal.

Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue.

Vocales:

Un representante de la Junta de Andalucía:

Titular: Don Esteban Fernández Jiménez. Delegación del

Gobierno de Cádiz.

Suplente: Don Francisco Ponce Calvo. Delegación del Gobierno de Cádiz.

Un funcionario de Habilitación Nacional, de igual o superior categoría, designado por el Presidente de la Corporación.

Secretario: Actuará como Secretario el vocal indicado en último término.

Se designará un titular y un suplente por cada uno de los vocales. Los nombramientos de titulares y suplentes se

efectuarán por Resolución de Alcaldía.

D) Aprobación bases: 2 de febrero de 2005 (Decreto Alcaldía).

E) Convocatoria: 2 de febrero de 2005 (Decreto Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento Prado del Rey (Cádiz).

La población es inferior a 2.000 habitantes: No.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría a que pertenece el puesto: Secretaría- Intervención.

Nivel de complemento de destino: 23.

Cuantía del complemento específico: 10.016,48 E.¿Cubierto con titular que se jubilará en los seis meses siguientes a la publicación de esta convocatoria?: No.

Entrevista: No.

A) Méritos específicos.

Por servicios prestados en el puesto de Secretaría-

Intervención, como funcionario de carrera, de un municipio cuyo término municipal esté afectado total o parcialmente por un Parque Natural: 0,15 puntos por mes de servicio. Máximo: 3 puntos.

Por servicios prestados en el puesto de Secretaría-

Intervención, como funcionario de carrera, de un municipio cuyo Ayuntamiento hubiese constituido y tenga en

funcionamiento una Sociedad Anónima de capital íntegramente local para la gestión urbanística: 0,10 puntos por mes de servicio. Máximo: 1 punto.

c) Por Cursos sobre Contratación Administrativa , con una duración mínima de 25 horas lectivas: 0,50 puntos por cada Curso. Máximo: 1 punto.

d) Por Curso de especialización en Función Pública Local, con una duración mínima de 75 horas: 1 punto (máximo 1 punto).

e) Por Curso de especialización en Intervención y Uso del Suelo, con una duración mínima de 75 horas: 1 punto (máximo 1 punto).

f) Por Curso sobre la Ley de Ordenación Urbanística de

Andalucía con una duración mínima de 20 horas lectivas: 0,50 puntos. Máximo 0,50 puntos.

B) Acreditación méritos.

Méritos a) y b): Certificación expedida por los Ayuntamientos en cuestión.

Méritos de cursos:

- Sólo se aceptarán cursos impartidos por el INAP u organismo similar de la Comunidad Autónoma o bien por Centros o Colegios Oficiales pero homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos por los organismos antes mencionados.

- Los cursos tendrán que haber sido impartidos con

posterioridad al 1.1.1999, con la finalidad de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas.

- La acreditación de los cursos se hará mediante copia

compulsada de los Certificados del INAP u organismo similar de la Comunidad Autónoma o del Ente colaborador que lo impartió.

C) Tribunal.

- Presidente: Alcalde de Prado del Rey, don Fernando Pérez Castillo.

- Vocales:

1.º Secretario-Interventor: Don Luis Taracena Barranco.

2.º Secretario-Interventor: Don Miguel Angel Riaño Domínguez.

3.º Teniente de Alcalde: Doña María del Carmen Pérez Tamayo.

4.º Representante de la C.A.: Don Esteban Fernández Jiménez. Delegación del Gobierno. Cádiz.

Actuará como secretario el vocal Secretario-Interventor núm., sustituyéndose en caso de ausencia por los

siguientes.Suplentes:

- Presidente: Teniente de Alcalde: Doña Antonia Isabel Benítez Blanco.

- Vocales:

1.º Secretario-Interventor: Don Fernando Isidro Ambrosy Jiménez.

2.º Secretario-Interventor: Don José Manuel Rodríguez Puelles.

3.º Teniente de Alcalde: Don José Luis Sánchez Chacón.

4.º Representante de la C.A.: Don Francisco Ponce Calvo. Delegación del Gobierno. Cádiz.

D) Aprobación bases: Decreto de Alcaldía (1 de febrero de

2005).

E) Convocatoria: Resolución Alcaldía (1 de febrero de 2005).

Denominación de la Corporación: Ayuntamiento de El Puerto de Santa María.

Población: Superior a 75.000 habitantes.

Denominación del puesto: Viceinterventor.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, entrada.

Nivel de complemento de destino: 30.

Cuantía mensual del complemento específico: 1.117 E.Prevista jubilación: No.

Puntuación mínima: 7,5 puntos (25% del total de la puntuación obtenible).

Entrevista: Sí.

Pago de gastos: No.

A) Méritos específicos.

Experiencia profesional:

Por servicios prestados en plazas de las llamadas de

colaboración, reguladas en el art..g) del R.D. 1732/1994 de 29 de julio de Provisión de Puestos de Trabajo de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, con la denominación de Viceinterventor, y con las funciones de colaboración inmediata a las del Interventor Municipal, siempre que estas funciones se hayan desarrollado en

municipios con población superior a los 75.000 habitantes y en plaza clasificada al menos en categoría de entrada: 0,6 puntos por mes efectivo de servicio, con un máximo de 3,10 puntos.

Formación:

1. Cursos:

Estar en posesión de Diploma de Especialización de Curso de Especialización en Gestión Financiera y Presupuestaria de las Haciendas Locales con mínimo de 100 horas, homologado por el Instituto Andaluz de Administración Pública: 0,5 puntos.

Estar en posesión del Diploma de Especialización de Curso de Especialización en Contabilidad Pública de las Haciendas Locales con mínimo de 100 horas, homologado por el Instituto Andaluz de Administración Pública: 0,5 puntos.

Por la realización de Curso de Análisis de la información Económico-Financiera de las Corporaciones Locales, con mínimo de 25 horas, homologado por el Instituto Nacional de

Administración Pública: 0,15 puntos.

Por la realización de otros cursos en hacienda local,

presupuestación, fiscalización, financiación y recaudación de entidades locales, 0,04 por cada 6 horas, con un máximo de

0,25 puntos.

2. Estudios de postgrado:

Por la realización de cursos y seminarios en programa de doctorado en derecho financiero y tributario: 0,05 por cada crédito obtenido con un máximo de 1 punto.

Por la aprobación de la línea investigadora en programa de doctorado en derecho financiero y tributario y el

reconocimiento de la suficiencia investigadora: 0,1 por cada crédito con un máximo de 1 punto.

Docencia:

Haber participado como ponente en cursos homologados por el Instituto Andaluz de Administración Pública o pertenecientes a planes agrupados de formación continua en las Administraciones Públicas: 0,05 puntos por hora, con un máximo de 1 punto (si el documento acreditativo no expresara las horas de duración de la ponencia, se computará cada ponencia como equivalente a dos horas).

B) Tribunal.

Presidente:

Titular: Don Hernán Díaz Cortes, Alcalde-Presidente.

Suplente: Don Jaime Pombo Jiménez, Concejal de Organización y Recursos Humanos.

Vocal Secretario:

Titular: Don Fernando Jiménez Romero, Secretario General de la Corporación.

Suplente: Don Juan Antonio García Casas, Vicesecretario de esta Corporación.

Vocal:

Titular: Don Juan María Moreno Urbano, Tesorero de la

Corporación.

Suplente: Don José Manuel Romero García, Tesorero de Sanlúcar de Barrameda.

Vocal:

Titular: Don Juan Raya Gómez, Interventor de la Corporación.

Suplente: Don Francisco Ruiz López, Interventor de Sanlúcar de Barrameda.

Un representante de la Junta de Andalucía:

Titular: Esteban Fernández Jiménez. Delegación del Gobierno de Cádiz.

Suplente: Francisco Ponce Calvo. Delegación del Gobierno de Cádiz.

C) Aprobación de las bases: 7 de febrero de 2005 (Decreto de Alcaldía).

D) Convocatoria: 4 de febrero de 2005 (Pleno del

Ayuntamiento).

Corporación. Ayuntamiento de Rota (Cádiz).

Población: Superior a 25.000 habitantes.

Denominación del puesto: Tesorería.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, entrada.

Nivel complemento destino: 30.

Complemento específico: 1.592,81 E/mes.

Prevista jubilación: No.

Puntuación mínima: 7,5 puntos (25% del total de la

puntuación).

Entrevista: Sí.

Pago gastos: No.

A) Méritos específicos.

1. Experiencia Profesional: Por servicios prestados en el desempeño de puestos de trabajo de Intervención o Tesorería reservados a la Subescala de Intervención Tesorería,

cualquiera que haya sido la forma de provisión, siempre y cuando en dicho período se estuviera integrado en dicha Subescala, y estas funciones se hayan desarrollado en

Ayuntamientos de categoría superior con presupuesto superior a

25 millones de euros y de carácter turístico-costero, con especial problemática de segunda residencia, según el

siguiente criterio:

Entidades Locales con población superior a 16.000 habitantes:

0,2 puntos por mes efectivo de servicio, hasta un máximo de

4,2 puntos.

Entidades Locales con población superior a 25.000 habitantes:

0,3 puntos por mes efectivo de servicio, hasta un máximo de

2,1 puntos.

2. Conocimiento de la Administración Local. Por pertenecer a otra subescala de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional: 0,6 puntos.

3. Cursos de formación y perfeccionamiento: Organizados o convocados por entidades públicas, tales como Universidades, INAP o Instituto de Administración Pública de las Comunidades Autónomas, que tengan por objeto la formación en las funciones relacionadas con los puestos de trabajo de Intervención o Tesorería, con un máximo de 0,6 puntos y con arreglo a la siguiente escala:

- De 100 o más horas: 0,4 puntos por curso.

- De 30 o más horas: 0,15 puntos por curso.

- De 15 o más horas: 0,1 punto por curso.

B) Acreditación de méritos:

Los méritos de experiencia profesional se acreditarán mediante certificado expedido por el órgano u órganos competentes. El carácter de municipios turístico-costero con especial

problemática de segunda residencia se acreditará mediante certificado acreditativo de la declaración o solicitud de Declaración de Municipios Turísticos ante el órgano

competente.

Los méritos del apartado 2.º se acreditarán mediante fotocopia compulsada del Título de Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la Subescala

correspondiente.

Los méritos de formación se acreditarán mediante copia

compulsada del diploma o justificante expedido por el órgano competente para ello.

C) Tribunal.

Presidente: Alcalde o Concejal en quien delegue.

Vocales:

- Concejal-Delegado de Personal.

- Un representante de la Junta de Andalucía:

Titular: Don Esteban Fernández Jiménez. Delegación Gobierno. Cádiz.

Suplente: Doña María Dolores Mesa Vázquez. Delegación del Gobierno. Cádiz.

- Un funcionario de habilitación nacional, de igual o superior categoría, designado por el Presidente de la Corporación.

Secretario: Actuará como Secretario el vocal indicado en último término.

Se designará un titular y un suplente por cada uno de los vocales. Los nombramientos de titulares y suplentes se

efectuarán por Resolución de Alcaldía.

D) Aprobación bases: 8 de febrero de 2005 (Decreto Alcaldía).

E) Convocatoria: 8 de febrero de 2005 (Resolución Alcaldía).

PROVINCIA DE CORDOBA

Corporación: Ayuntamiento de Espejo (Córdoba).

Población: ' 5.000 habitantes.

Denominación del puesto: Secretaría. Clase tercera.

Subescala: Secretaría-Intervención.

Complemento de destino: 26.

Complemento específico: 10.641,76 E.

Entrevista: Sí.

Pago de gastos: No.

A) Méritos específicos y acreditación.

1. Experiencia profesional:

Se valorarán con 6 puntos la prestación de servicios de forma continuada, en la Comunidad Autónoma de Andalucía, por un período superior a 20 años en el puesto de trabajo reservado a Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante nombramiento definitivo, en un Ayuntamiento cuya Secretaría esté clasificada como de tercera categoría, con una población de derecho superior a 4.000 habitantes y en el que concurran todas y cada una de las siguientes características:

1.1. Recaudar la totalidad de los impuestos y tasas

municipales sin que los mismo se encuentren cedidos a ninguna Administración Local de carácter supramunicipal u organismo, entidad, empresa o cualquier otra figura jurídica de ella dependiente.

1.2. Contar con Normas Subsidiarias de Planeamiento, aprobadas definitivamente con anterioridad al año 2000 en las que se incluya:

Un parque Periurbano.

Zonas calificadas como "suelo no urbanizable de Protección Arqueológica".

Los méritos alegados por los concursantes se acreditarán mediante la presentación del nombramiento o nombramientos correspondientes y del certificado o certificados, emitido por el Secretario de la Corporación donde el funcionario hubiese prestado sus servicios.

2. Formación (puntuación máxima 1,50 puntos).

Cursos sobre Régimen Urbanístico en los pequeños municipios, convocados, homologados o impartidos por el IAAP, INAP u otros Institutos de Administración Pública Andaluza. Puntuación máxima 0,50 puntos.

Cursos de duración entre 15 y 49 horas: 0,10 puntos.

Cursos de duración de 49 horas o más: 0,25 puntos.

Cursos sobre legislación andaluza, convocados, homologados o impartidos por el IAAP, INAP, u otros Institutos de

Administración Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza:

- Puntuación máxima: 0,50 puntos.

- Cursos de duración entre 15 y 29 horas: 0,05 puntos.

- Cursos de duración de 30 horas o más: 0,12 puntos.

Curso de Especialización en Derecho Público Local, duración mínima 95 horas, convocados, homologados o impartidos por el IAAP, INAP u otros Institutos de Administración Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza, que contenga las siguientes materias: El Gobierno Local, Organización y Funcionamiento de las Entidades Locales; Procedimiento Administrativo Local; Contratación Administrativa Local; Gestión de Servicios Públicos y Patrimonio de los Entes Locales: 0,50 puntos.

Los méritos alegados por los concursantes se acreditarán mediante la presentación del certificado correspondiente o bien fotocopia de diploma o título debidamente expedido o compulsado por el Secretario de la Corporación o Notario.

C) Tribunal.

Presidente: El Alcalde de la Corporación o Concejal en quien delegue.

Vocales:

- Un Concejal de la Corporación designado por el Alcalde.

- Un representante de la Junta de Andalucía:

Titular: Doña Fátima Guijarro Millán. Delegación de Justicia y Administración Pública. Córdoba.

Suplente: Don Rafael Valverde Aranda. Delegación de Justicia y Administración Pública. Córdoba.

- Un funcionario Local de habilitación de carácter nacional de carrera igual o superior categoría designado por el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Córdoba, que hará las veces de Secretario.

D) Aprobación de las bases: 22 diciembre de 2004 (Decreto Alcaldía).

E) Convocatoria: 22 diciembre de 2004 (Decreto Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento de Lucena (Córdoba).

Población: 39.259 al 1 de enero de 2004.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala: Intervención-Tesorería, categoría superior.

Nivel complemento destino: 30.

Complemento específico: 19.686 euros.

Entrevista: No.

Puntuación mínima: 7,5 puntos.

A) Méritos específicos.

Cursos de formación y perfeccionamiento genéricos (hasta un máximo de cuatro puntos).

Se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento que tengan por objeto la formación de una de las funciones

relacionadas con el puesto de trabajo (contratación, recursos humanos, haciendas locales, gestión financiera, presupuestos, contabilidad, derecho público local, organización, régimen jurídico, urbanismo, gestión del patrimonio y legislación andaluza) con arreglo a la siguiente escala:

- De 100 o más horas: 0,8 puntos por curso.

- De 80 o más horas: 0,6 puntos por curso.

- De 30 o más horas: 0,3 puntos por curso.

B) Aptitudes para el puesto de trabajo (hasta un máximo de tres puntos y medio).

Se valorarán los servicios prestados en puestos de trabajo en la Administración Local que guarden similitud con el contenido técnico del puesto convocado de la forma siguiente:

B.1. Servicios prestados como funcionario de habilitación de carácter nacional, en puesto de Intervención de Ayuntamiento con población superior a 35.000 habitantes y cuyo presupuesto general consolidado sea superior a 30.000 euros: Un punto por cada año de servicio prestado, hasta un máximo de dos puntos.

B.2. Servicios prestados como funcionario de habilitación de carácter nacional, en puesto de Interventor de organismo

autónomo local: Cero cincuenta puntos por año en cada

organismo autónomo, hasta un máximo de uno con cinco puntos.

Acreditación méritos.

Los del apartado A: Mediante originales o fotocopias

compulsadas de los títulos o certificados de asistencia de los cursos impartidos por Administraciones Públicas o Institutos o Centros de las mismas.

Los del apartado B: Mediante original o fotocopia compulsada del certificado de los servicios prestados expedido por la Subdirección General de la Función Pública Local del

Ministerio de las Administraciones Públicas o por las

Entidades Locales donde haya prestado los servicios.

C) Tribunal.

Presidente:

Titular: Don José Luis Bergillos López.

Suplente: Doña María José Lara González.

Vocales.

1. Titular: Don Francisco de Paula Algar Torres.

Suplente: Doña María del Carmen García Santos.

2. Titular: Don Rafael Arcos Gallardo, funcionario con

habilitación nacional de la Subescala de Secretaría, categoría superior.

Suplente: Don José Miguel Begines Paredes, funcionario con habilitación nacional de la Subescala de Secretaría, categoría superior.

3. Titular: Don Alfonso Montes Velasco, funcionario con habilitación nacional de la Subescala de Intervención-

Tesorería, categoría superior.

Suplente: Don Manuel Aranda Roldán, funcionario con

habilitación nacional de la Subescala de Intervención-

Tesorería, categoría superior.

4. Un representante de la Junta de Andalucía:

Titular: Don Ricardo Santamaría Cañones. Delegación del Gobierno. Córdoba.

Suplente: Don Manuel Roldán Guzmán. Delegación del Gobierno. Córdoba.

5. Un funcionario titular por la Junta de Personal.

Un funcionario suplente por la Junta de Personal.

6. Titular: Doña Ramona Jiménez Marín, Técnico de

Administración General, que asumirá las funciones del

Secretario.

Suplente: Don Francisco Bermúdez Cantudo. Técnico de

Administración General.

D) Bases convocatoria: 2 de febrero de 2005 (Decreto de Alcaldía).

E) Convocatoria: 2 de febrero de 2005 (Decreto de Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento de Montoro (Córdoba).

Población: Al 1 de enero de 2004, 9.491 habitantes.

Denominación del puesto: Interventor de Fondos.

Subescala y categoría a la que pertenece el puesto:

Intervención Tesorería, categoría de entrada.

Nivel complemento destino: 29.

Cuantía complemento específico: 7.258,93 euros.

Entrevista: Sí.

Pago de gastos: No.

A) Méritos específicos.

1. Titulaciones.

Otra licenciatura diferente a la utilizada para el ingreso en la Subescala pero de entre las exigidas para ello: 1 punto.

Estudios de Tercer Ciclo (Doctorado) en cualquiera de las titulaciones exigidas para el ingreso en la Subescala. Por cada crédito de los cursos superados: 0,075 puntos. Máximo un punto.

Diploma de Técnico Urbanista: 0,50 puntos.

2. Prestación de servicios.

Servicios prestados como habilitado nacional en Entidades Locales del territorio de Andalucía, que comporten el

conocimiento de las especialidades normativas de la Comunidad Autónoma de Andalucía:

a) En puesto de la misma Subescala. Por año o fracción

superior a seis meses: 0,25 puntos.

b) En puestos de distinta Subescala: Por año o fracción superior a seis meses: 0,15 puntos.

Máximo valoración servicios: 2,50 puntos.

3. Cursos organizados por el Instituto Nacional de

Administración Pública (INAP); Instituto Andaluz de

Administración Pública (IAAP); Colegios Profesionales de Secretarios, Interventores y Tesoreros, Universidades sobre las siguientes materias: Urbanismo; Bienes, Informática; Contratación Administrativa, Recursos Humanos, Económico- Financiera, Haciendas Locales; Contabilidad; Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

- De 15 15 a 20 horas: 0,15 puntos.

- De 21 a 40 horas: 0,25 puntos.

- De 41 a 100 horas: 0,50 puntos.

- De 101 horas o más: 1 punto.

Máximo: 1,50 puntos.

4. Ponencia y publicaciones:

Por participar como ponente tratando temas de materia de Urbanismo, Bienes, Informática; Contratación Administrativa, Recursos Humanos, Económico-Financiera, Haciendas Locales; Contabilidad; Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en cursos o jornadas organizados u homologados por Universidades, por Entidades de Derecho Público o Colegios Profesionales.

Por publicaciones de ponencias u otros trabajos relativos a las materias antes reseñadas, en revistas especializadas.

Se valorará en función del carácter innovador, de la

extensión, de la calidad científica del trabajo o de los trabajos hasta un máximo de 1 punto.

B) Acreditación méritos.

Fotocopia compulsada de los títulos específicos de los méritos exigidos o certificaciones académicas de ellos. Fotocopia compulsada de las publicaciones de las ponencias y

certificaciones o informe de los directores de los cursos en que se haya participado. Certificación/es administrativa/as de prestación de servicios.

C) Tribunal.

Presidente: El Alcalde o Concejal en quien delegue.

Un representante de la Junta de Andalucía:

Titular: Don Manuel Roldán Guzmán. Delegación del Gobierno de Córdoba.

Suplente: Don Ricardo Santamaría Cañones. Delegación del Gobierno de Córdoba.

Secretario: Secretaria del Ayuntamiento o Funcionario/a habilitada que le sustituya.

D) Bases convocatoria: 24 enero de 2005 (Acuerdo plenario).

E) Convocatoria: 3 febrero de 2005 (Decreto de Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento de Palenciana (Córdoba).

Población: A 31.12.04, 1.565 habitantes.

Denominación del puesto: Secretaría, clase tercera.

Subescala: Secretaría-Intervención.

Nivel de complemento de destino: 23.

Complemento específico: 9.133,92 E.

Jubilación: No.

Entrevista: No.

A) Méritos específicos.

1. Experiencia profesional (puntuación máxima 4 puntos).

Se valorará el especial conocimiento basado en la experiencia tanto de las peculiaridades de un municipio de menos de 1.600 habitantes como de la realidad socioeconómica del mismo, de conformidad con el siguiente baremo:

Por haber desempeñado funciones reservadas a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría-Intervención, durante al menos un año, en Ayuntamiento de municipio que cuente con menos de 1.600 habitantes y en el que se haya aprobado durante el desempeño del cargo de Secretario, al menos un plan parcial, un Proyecto de actuación con arreglo a lo dispuesto en la Ley 7/2002, de

17 de diciembre de 2002, de Ordenación Urbanística de

Andalucía, y la correspondiente Ordenanza Reguladora de la prestación compensatoria en Suelo no Urbanizable: 4 puntos.

2. Formación y perfeccionamiento. La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado 2 es de 3,5 puntos.

2.1. Por Cursos de Especialización sobre la Unión Europea, con una duración mínima de 70 horas, impartidos u homologados por el INAP, IAAP: 1,5 puntos.

2.2. Por realización de curso sobre Actualidad de la

Legislación Andaluza, con una duración mínima de 30 horas, impartidos u homologados por el INAP, IAAP: 1 punto.

2.3. Por realización de cursos sobre urbanismo, con

posterioridad a la entrada en vigor de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, que sumados entre sí tengan una duración total mínima de 40 horas: 1 punto.

B) Acreditación méritos.

Los méritos del apartado 1 se acreditarán mediante certificado original del correspondiente Ayuntamiento, expedido por el Secretario y visado por el Alcalde, en el que consten todos los extremos tenidos en cuenta para su valoración.

Los méritos del apartado 2 se acreditarán mediante copia compulsada de los respectivos certificados de asistencia.

C) Tribunal.

Presidente: Alcaldesa-Presidenta de la Corporación, o Concejal en quien delegue.

Vocales:

Un concejal de la Corporación designado por la Alcaldía.

Un representante designado por la Junta de Andalucía:

Titular: Doña María del Mar López Rubio. Delegación de

Justicia y Administración Pública. Córdoba.

Suplente: Don Andrés Hidalgo Gómez. Delegación de Justicia y Administración Pública. Córdoba.

Un funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, designado por el Colegio Oficial de

Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local de Córdoba, que hará las veces de Secretario del Tribunal.

D) Aprobación de las bases: Acuerdo Pleno de fecha 31 de enero de 2005.

E) Convocatoria: Decreto de Alcaldía de fecha 1 de febrero de

2005.

PROVINCIA DE GRANADA

Corporación: Ayuntamiento Albolote (Granada).

Población a 31 de diciembre de 2004: Superior a 2.000

habitantes.

Denominación del puesto: Secretaría.

Categoría: Entrada.

Nivel de complemento de destino: 30.

Complemento específico: 19.370,53 E anuales.

Entrevista: Según Tribunal.

A) Méritos específicos.

1. Cursos de formación y perfeccionamiento:

1.1. Se valorará 1 punto el curso completo de especialización en Planificación y Gestión Urbanística, convocado e impartido por organismos o entidades públicas siempre y cuando en todos o alguno de los módulos de que conste se contemple como materia a impartir cuestiones o materias reguladas por la vigente Ley 7/2002, de 17 de diciembre de Ordenación

Urbanística de Andalucía.

1.2. Se valorará 0,25 puntos el curso sobre "Actualidad de la Legislación Andaluza" más reciente, convocado e impartido por organismos y entidades públicas.

2. Aptitudes para el puesto de trabajo:

2.1. Servicios prestados como funcionario de habilitación de carácter nacional en propiedad, interino, provisional, en comisión de servicios o acumulado, con arreglo a la siguiente escala:

En Areas o Servicios de Asistencia Técnica a Municipios en Diputaciones Provinciales: 0,3 puntos/mes hasta un máximo de 6 puntos.

En Ayuntamientos clasificados en Secretaría de clase primera o segunda clase: 0,05 puntos/mes hasta un máximo de 0,25 puntos.

B) Acreditación méritos.

1. Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente cotejadas.

2. Los cursos sólo se valorarán si fueron convocados u

organizados por la Universidad, Institutos o escuelas

oficiales de formación de funcionarios, u otras entidades o centros docentes públicos o privados de los contemplados en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, cuando hubiesen sido homologados por los

institutos o escuelas oficiales de formación de funcionarios o por la Universidad.

3. Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o análogas, no podrán ser objetos de valoración. Los seminarios solo se valorarán si se acredita que tienen la misma

naturaleza y metodología que los cursos.

4. Solo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

C) Tribunal.

Presidente: El Alcalde-Presidente de la Corporación o miembro en quien delegue, don Vicente Ballesteros Alarcón.

Vocales:

- Un concejal designado por el Alcalde: Don Manuel Ramírez Rivera.

- Un funcionario de carrera designado por el Alcalde: Doña Inmaculada Sáez Pérez.

- Un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado por el Alcalde: Don Prudencio Mesas Heras.

- Un representante de la Comunidad Autónoma Andaluza:

Titular: Don Javier Torres Cardona. Delegación de Justicia y Administración Pública. Granada.

- Secretario. Será designado por el Alcalde de entre los vocales: Doña Inmaculada Sáez Pérez.

Suplentes:

Presidente: El Alcalde-Presidente de la Corporación o miembro en quien delegue: Don José Ocete Ramírez.

Vocales:

- Un concejal designado por el Alcalde: Doña María Victoria Arco Ramírez.

- Un funcionario de carrera designado igualmente por el Alcalde doña Ana Carmen Zurita Chacón.

- Un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado por el Alcalde. Doña Carmen Cabrera Miranda.

- Un representante de la Comunidad Autónoma Andaluza: Don José Muela Romero. Delegación de Justicia y Administración Pública. Granada.

- Secretario. Será designado por el Alcalde de entre los vocales: Doña Ana Carmen Zurita Chacón.

D) Bases convocatoria: 4 de febrero de 2005 (Resolución de Alcaldía).

E) Convocatoria: 4 de febrero de 2005 (Resolución de

Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento Albolote (Granada).

Población a 31 de diciembre de 2004: Superior a 2.000

habitantes.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala: Intervención-Tesorería, Categoría entrada nivel de complemento de destino: 30.

Complemento específico: 19.370,53 E anuales.

Entrevista: Según Tribunal.

A) Méritos específicos.

1. Cursos de formación y perfeccionamiento:

1.1. Se valorará hasta un máximo de 0,75 el curso de

Especialización en Gestión Financiera y Presupuestaria de las Entidades Locales, convocado e impartido por organismos o entidades públicas.

1.2. Se valorará 0,25 puntos cualquier otro cursos relacionado directamente con el puesto que se convoca, convocado e

impartido por organismos o entidades públicas.

2. Aptitudes para el puesto de trabajo:

2.1. Servicios prestados como funcionario de habilitación de carácter nacional en propiedad: 0,1 puntos/mes, hasta un máximo de 1,5 puntos.

2.2. Servicios prestados como funcionario de carrera, escala de Administración General, subescala técnica: 0,2 puntos/mes, hasta un máximo de 5 puntos.

B) Acreditación méritos.

1. Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente cotejadas.

2. Los cursos sólo se valorarán si fueron convocados u

organizados por la Universidad, Institutos o escuelas

oficiales de formación de funcionarios, u otras entidades o centros docentes públicos o privados de los contemplados en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, cuando hubiesen sido homologados por los

institutos o escuelas oficiales de formación de funcionarios o por la Universidad.

3. Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o análogas, no podrán ser objetos de valoración. Los seminarios solo se valorarán si se acredita que tienen la misma

naturaleza y metodología que los cursos.

4. Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

C) Tribunal.

Presidente: El Alcalde-Presidente de la Corporación o miembro en quien delegue, don Vicente Ballesteros Alarcón.

Vocales:

- Un concejal designado por el Alcalde: Don Manuel Ramírez Rivera.

- Un funcionario de carrera designado por el Alcalde: Doña Ana Carmen Zurita Chacón.

- Un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado por el Alcalde: Doña Antonia Santiago Fernández.

- Un representante de la Comunidad Autónoma Andaluza:

Titular: Don Javier Torres Cardona. Delegación de Justicia y Administración Pública. Granada.

Secretario. Será designado por el Alcalde de entre los

vocales: Doña Ana Carmen Zurita Chacón.

Suplentes:

Presidente: El Alcalde-Presidente de la Corporación o miembro en quien delegue: Don José Ocete Ramírez.

Vocales:

- Un concejal designado por el Alcalde: Doña María Victoria Arco Ramírez.

- Un funcionario de carrera designado igualmente por el Alcalde: Doña Inmaculada Sáez Miranda.

- Un funcionario de carrera con habilitación de carácter nacional de igual o superior categoría que la del puesto convocado, designado por el Alcalde: Doña Carmen Cabrera Miranda.

- Un representante de la Comunidad Autónoma Andaluza: Don José Muela Romero. Delegación de Justicia y Administración Pública. Granada.

Secretario: Será designado por el Alcalde de entre los

vocales: Doña Inmaculada Sáez Pérez.

D) Bases convocatoria: 4 de febrero de 2005 (Resolución de Alcaldía).

E) Convocatoria: 4 de febrero de 2005 (Resolución de

Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento de Cuevas del Campo (Granada).

Población: ' 5.000 habitantes.

Denominación del puesto: Secretaría, Clase Tercera.

Subescala: Secretaría-Intervención.

Nivel complemento destino: 23.

Complemento específico: 6.684 E.

Jubilación: No.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

A) Méritos específicos.

1. Experiencia Profesional: Puntuación máxima (6,50 puntos).

1.1. Haber desempeñado funciones reservadas a Funcionario Local con habilitación de carácter nacional como secretario- interventor, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente en municipios con población de derecho no superior a 2.500 habitantes y que tenga una organización compleja por contar con bienes de Características Especial, Central de Producción de Energía Eléctrica, polígono industrial y

agroganadero. Por cada mes completo: 0,65 puntos.

1.2. Haber desempeñado funciones reservadas a Funcionario Local con habilitación de carácter nacional como secretario- interventor, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente en municipios con población de derecho no superior a 2.500 habitantes con población diseminada y que hayan sido incluidos en programas de rehabilitación autonómica e

infravivienda, así como participación municipal en empresas privadas para el desarrollo turístico de zonas anexas a pantanos. Por cada mes completo: 0,65 puntos.

2. Formación:

2.1. Por estar en posesión del título de licenciado en

Derecho: 1 punto.

B) Acreditación méritos.

Los méritos alegados por los concursantes se acreditarán mediante la presentación del certificado correspondiente, o bien fotocopia del diploma o título debidamente expedido o compulsado por el secretario de la Corporación o notario.

C) Tribunal.

Presidente: Alcalde-Presidente de la Corporación o concejal en quien delegue.

Vocales:

- Un representante designado por la Junta de Andalucía:

Titular: Don José Muela Romero. Delegación de Justicia y Administración Pública. Granada.

Suplente: Doña Luisa Ibáñez Pérez. Delegación de Justicia y Administración Pública. Granada.

- Un representante designado por la Diputación de Granada.

- Un funcionario local de habilitación de carácter nacional, de carrera de igual o superior categoría, designado por el Colegio Oficial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de AL de Granada, que hará las veces de secretario del tribunal.

D) Aprobación de bases: 26 de enero 2005 (Decreto Alcaldía).

E) Convocatoria: 26 de enero de 2005 (Decreto Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento de Loja (Granada).

Población a 31 de diciembre de 2003: Superior a 20.000

habitantes.

Puesto: Secretaría, clase 1.ª, número de código de puesto

1851501.

Subescala y categoría en la que se clasifica el puesto: Subescala Secretaría, categoría superior.

Complemento de destino: 28.

Cuantía complemento específico: 9.518,00 E.

Prevista jubilación: No.

Entrevista: No.

Puntuación mínima: 25%.

A) Méritos específicos.

1. Cursos:

- Por estar en posesión del título de "Experto en Urbanismo", como consecuencia de la asistencia con aprovechamiento a cursos de Especialización en Planificación y Gestión

Urbanística y en Intervención Administrativa en la Edificación y Uso del Suelo, que sumados entre sí tengan una duración total no inferior a 180 horas, convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) o Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP): 1,50 puntos.

- Por la asistencia con aprovechamiento a cursos sobre

Especialización en Derecho Público Local con una duración no inferior a las 120 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.

- Por la asistencia con aprovechamiento a cursos sobre Gestión Pública Local con una duración no inferior a las 120 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.

- Por la asistencia a cursos sobre Régimen Jurídico de las Entidades Locales con una duración no inferior a las 60 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.

- Por la asistencia a cursos sobre Contratación Pública Local con una duración no inferior a las 30 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.

- Por haber impartido cursos o ponencias sobre Administración Local organizados por Entidades Públicas de esta naturaleza:

0,5 puntos por ponencia o curso impartido. Máximo: 0,5 puntos.

2. Publicaciones:- Por publicaciones en Revistas

Especializadas en Derecho y Administración Local de ámbito nacional: 0,5 puntos por artículo publicado. Máximo: 0,5 puntos.

3. Experiencia profesional:

- Experiencia en Administración Local ocupando puestos

reservados a funcionarios con habilitación de carácter

nacional, en puesto de Secretaría Categoría Superior: 0,03 por mes hasta un máximo de 3 puntos.

- Experiencia en Administración Local ocupando puestos

reservados a funcionarios con habilitación de carácter

nacional, en Secretaría Categoría de Entrada, con un mínimo de

1 año: 0,5 puntos.

- Por ejercer como letrado al servicio de Ayuntamientos y formando parte de su plantilla de funcionarios, con una población de derecho superior a los 10.000 habitantes,

asumiendo la defensa ante la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa, de forma ininterrumpida durante al menos siete años: 1,50 puntos. Si el presente mérito se ha visto

completado con la asistencia con aprovechamiento a un curso monográfico sobre la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con una duración no inferior a 20 horas, convocado, impartido u homologado por el INAP o IAAP, se incrementará la puntuación en 0,25 puntos.

- Por formar parte como Secretario del Consejo de

Administración de Sociedad Mercantil Municipal que tenga por objeto actuaciones encaminadas a la gestión de servicios públicos municipales, con un capital social del 51 al 100% municipal y que no sea inferior a los 901.518 euros: 0,75 puntos.

B) Acreditación méritos.

1. Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente compulsadas.

2. Los cursos se acreditarán de forma especial mediante la presentación del original o copia cotejada del diploma o certificado de asistencia en el que figure la superación del curso con aprovechamiento en los casos en que así sea

requerido. El aprovechamiento, cuando así se requiera,

implicará necesariamente la calificación de "apto" en los trabajos de evaluación realizados a tales efectos. En el caso del título de Experto en Urbanismo, deberá acreditarse, además, este extremo de igual forma a la señalada en los párrafos anteriores.

3. Los cursos o ponencias impartidos se acreditarán de forma especial mediante la presentación del original de la

certificación suscrita por la Entidad que los convocó.

4. Las publicaciones en Revistas Especializadas en Derecho y Administración Local de ámbito y tirada nacional se

acreditarán mediante los ejemplares correspondientes de la revista o artículo en original, que serán devueltos a los interesados transcurrido el período selectivo.

5. La experiencia profesional se acreditará mediante

certificación expedida por el Ayuntamiento o entidad en la que se hayan prestado los servicios.

6. Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de aprobación de las presentes Bases, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

C) Tribunal.

Presidente:

Titular: Don Miguel Castellano Gámez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Loja.

Suplente: Doña Aurora del Carmen Cárdenas Serrano, Teniente de Alcalde, Concejal-Delegado de Personal.

Vocales:

Un funcionario en representación de la Junta de Andalucía:

Titular: Don Miguel Miranda Carranza. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Granada.

Suplente: Don José Muela Romero. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Granada.

Un funcionario designado por el Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Granada:

Titular: Doña Raquel Yeste Martín.

Suplente: Don Antonio Córdoba Fernández.

Un funcionario en representación del Centro de Estudios Municipales y Cooperación Internacional (CEMCI):

Titular: Don José Rodríguez Torres.

Suplente: Doña Carolina Martínez Amiguetti.

Don Juan Carlos Godoy Malo, funcionario Técnico, Jefe de Recursos Humanos, designado por el Sr. Alcalde. Suplente, don Rafael Cuevas Valenzuela, Letrado Municipal.

Secretario: Doña Encarnación Ocaña Hernández, Secretaria de la Corporación.

D) Aprobación bases: Decreto Alcaldía (24 enero 2005).

E) Convocatoria: Decreto Alcaldía (24 enero 2005).

Corporación: Ayuntamiento de Loja (Granada).

Población a 31 de diciembre de 2003: Superior a 20.000

habitantes.

Puesto: Interventor.

Subescala y categoría en la que se clasifica el puesto: Intervención-Tesorería, categoría superior.

Complemento de destino: 26.

Cuantía complemento específico: 8.486,16 E.

Prevista jubilación: No.

Entrevista: No.

Puntuación mínima: 25%.

A) Méritos específicos.

1. Experiencia profesional:

- Experiencia en Administración Local ocupando puestos

reservados a Funcionarios con habilitación de carácter

nacional, en puesto de Intervención Categoría Superior: 0,03 por mes hasta un máximo de 3 puntos.

- Experiencia en Administración Local ocupando puestos

reservados a funcionarios con habilitación de carácter

nacional, en Intervención Categoría de Entrada, con un mínimo de 1 año: 0,5 puntos.

- Por haber ejercido funciones de Intervención en empresas municipales que tenga por objeto actuaciones encaminadas a la gestión de servicios públicos municipales, con un capital social del 51 al 100% municipal y que no sea inferior a los

901.518 euros: 0,75 puntos.

- Por haber ejercicio funciones de Interventor en

Mancomunidades de municipios, mínimo seis meses: 0,25 puntos.

2. Formación y perfeccionamiento.

- Por estar en posesión del título de "Experto en Haciendas Locales", como consecuencia de la asistencia con

aprovechamiento a cursos de Especialización en Gestión

Financiera y Presupuestaria, que sumados entre sí tengan una duración total no inferior a 180 horas, convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) o Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP): 1,50 puntos.

- Por la asistencia con aprovechamiento a cursos sobre

Especialización en Derecho Público Local con una duración no inferior a las 120 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.

- Por la asistencia con aprovechamiento a cursos sobre Gestión Pública Local con una duración no inferior a las 120 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.

- Por la asistencia a cursos sobre Régimen Jurídico de las Entidades Locales con una duración no inferior a las 60 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.

- Por la asistencia a cursos sobre Contratación Pública Local con una duración no inferior a las 30 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.

- Por haber impartido cursos o ponencias sobre Administración Local organizados por Entidades Públicas de esta naturaleza:

0,5 puntos por ponencia o curso impartido. Máximo: 0,5 puntos.

3. Publicaciones.- Por publicaciones en Revistas

Especializadas en Derecho y Administración Local de ámbito nacional: 0,5 puntos por artículo publicado. Máximo: 0,5 puntos.

B) Acreditación méritos.

1. Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente compulsadas.

2. Los cursos se acreditarán de forma especial mediante la presentación del original o copia cotejada del diploma o certificado de asistencia en el que figure la superación del curso con aprovechamiento en los casos en que así sea

requerido. El aprovechamiento, cuando así se requiera,

implicará necesariamente la calificación de "apto" en los trabajos de evaluación realizados a tales efectos. En el caso del título de Experto, deberá acreditarse, además, este extremo de igual forma a la señalada en los párrafos

anteriores.

3. Los cursos o ponencias impartidos se acreditarán de forma especial mediante la presentación del original de la

certificación suscrita por la Entidad que los convocó.

4. Las publicaciones en Revistas Especializadas en Derecho y Administración Local de ámbito y tirada nacional se

acreditarán mediante los ejemplares correspondientes de la revista o artículo en original, que serán devueltos a los interesados transcurrido el período selectivo.

5. La experiencia profesional se acreditará mediante

certificación expedida por el Ayuntamiento o entidad en la que se hayan prestado los servicios.

6. Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de aprobación de las presentes Bases, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

C) Tribunal.

Presidente:

Titular: Don Miguel Castellano Gámez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Loja.

Suplente: Doña Aurora del Carmen Cárdenas Serrano, Teniente de Alcalde, Concejal-Delegado de Personal.

Vocales:

Un funcionario en representación de la Junta de Andalucía:

Titular: Miguel Miranda Carranza. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Granada.

Suplente: Don José Muela Romero. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Granada.

Un funcionario designado por el Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Granada:

Titular: Doña Raquel Yeste Martín.

Suplente: Don Antonio Córdoba Fernández.

Un funcionario en representación del Centro de Estudios Municipales y Cooperación Internacional (CEMCI):

Titular: Don José Rodríguez Torres.

Suplente: Doña Carolina Martínez Amiguetti.

Don Juan Carlos Godoy Malo, funcionario Técnico, Jefe de Recursos Humanos, designado por el Sr. Alcalde. Suplente, don Rafael Cuevas Valenzuela, Letrado Municipal.

Secretario: Doña Encarnación Ocaña Hernández, Secretaria de la Corporación.

D) Aprobación bases: Decreto Alcaldía (24 enero 2005).

E) Convocatoria: Decreto Alcaldía (24 enero 2005).

Corporación: Ayuntamiento de Loja (Granada).

Puesto: Tesorero.

Subescala y categoría en la que se clasifica el puesto: Intervención-Tesorería.

Complemento de destino: 25.

Cuantía complemento específico: 8.486,16 E.

Prevista jubilación: No.

Entrevista: No.

Puntuación mínima: 25%.

A) Méritos específicos.

1. Experiencia profesional:

- Experiencia en Administración Local ocupando puestos

reservados a funcionarios con habilitación de carácter

nacional, en puesto de Intervención Categoría Superior: 0,03 por mes hasta un máximo de 3 puntos.

- Experiencia en Administración Local ocupando puestos

reservados a funcionarios con habilitación de carácter

nacional, en Intervención Categoría de Entrada, con un mínimo de 1 año: 0,5 puntos.

- Por haber ejercido funciones de Intervención-Tesorería en empresas municipales que tenga por objeto actuaciones

encaminadas a la gestión de servicios públicos municipales, con un capital social del 51 al 100% municipal y que no sea inferior a los 901.518 euros: 0,75 puntos.

- Por haber ejercido funciones de Intervención-Tesorería en Mancomunidades de municipios, mínimo seis meses: 0,25 puntos.

2. Formación y perfeccionamiento.

- Por estar en posesión del título de "Experto en Haciendas Locales", como consecuencia de la asistencia con

aprovechamiento a cursos de Especialización en Gestión

Financiera y Presupuestaria, que sumados entre sí tengan una duración total no inferior a 180 horas, convocados, impartidos u homologados por el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP) o Instituto Andaluz de Administración Pública (IAAP): 1,50 puntos.

- Por la asistencia con aprovechamiento a cursos sobre

Especialización en Derecho Público Local con una duración no inferior a las 120 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.

- Por la asistencia con aprovechamiento a cursos sobre Gestión Pública Local con una duración no inferior a las 120 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.

- Por la asistencia a cursos sobre Régimen Jurídico de las Entidades Locales con una duración no inferior a las 60 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.

- Por la asistencia a cursos sobre Contratación Pública Local con una duración no inferior a las 30 horas, convocados, impartidos u homologados por el INAP o IAAP: 0,5 puntos por curso, máximo 0,5 puntos.

- Por haber impartido cursos o ponencias sobre Administración Local organizados por Entidades Públicas de esta naturaleza:

0,5 puntos por ponencia o curso impartido. Máximo: 0,5 puntos.

3. Publicaciones:- Por publicaciones en Revistas

Especializadas en Derecho y Administración Local de ámbito nacional: 0,5 puntos por artículo publicado. Máximo: 0,5 puntos.

B) Acreditación méritos.

1. Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente compulsadas.

2. Los cursos se acreditarán de forma especial mediante la presentación del original o copia cotejada del diploma o certificado de asistencia en el que figure la superación del curso con aprovechamiento en los casos en que así sea

requerido. El aprovechamiento, cuando así se requiera,

implicará necesariamente la calificación de "apto" en los trabajos de evaluación realizados a tales efectos. En el caso del título de Experto, deberá acreditarse, además, este extremo de igual forma a la señalada en los párrafos

anteriores.

3. Los cursos o ponencias impartidos se acreditarán de forma especial mediante la presentación del original de la

certificación suscrita por la Entidad que los convocó.

4. Las publicaciones en Revistas Especializadas en Derecho y Administración Local de ámbito y tirada nacional se

acreditarán mediante los ejemplares correspondientes de la revista o artículo en original, que serán devueltos a los interesados transcurrido el período selectivo.

5. La experiencia profesional se acreditará mediante

certificación expedida por el Ayuntamiento o entidad en la que se hayan prestado los servicios.

6. Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha de aprobación de las presentes Bases, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

C) Tribunal.

Presidente:

Titular: Don Miguel Castellano Gámez, Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Loja.

Suplente: Sra. Teniente de Alcalde, Concejal-Delegado de Personal.

Vocales:

Un funcionario en representación de la Junta de Andalucía:

Titular: Miguel Miranda Carranza. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Granada.

Suplente: Don José Muela Romero. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública de Granada.

Un funcionario designado por el Ilmo. Sr. Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Granada:

Titular: Doña Raquel Yeste Martín.

Suplente Don Antonio Córdoba Fernández.

Un funcionario en representación del Centro de Estudios Municipales y Cooperación Internacional (CEMCI):

Titular: Don José Rodríguez Torres.

Suplente: Doña Carolina Martínez Amiguetti.

Don Juan Carlos Godoy Malo, funcionario Técnico, Jefe de Recursos Humanos, designado por el Sr. Alcalde.

Suplente: Don Rafael Cuevas Valenzuela, Letrado Municipal.

Secretario: Doña Encarnación Ocaña Hernández, Secretaria de la Corporación.

D) Aprobación de bases: Decreto Alcaldía (24 de enero de

2005).

E) Convocatoria: Decreto Alcaldía (24 de enero de 2005).

Corporación: Ayuntamiento de Motril (Granada).

Población a 31 de diciembre del año anterior: Superior a

55.000 habitantes.

Denominación del puesto: Intervención, Clase primera.

Subescala y categoría en la que se clasifica el puesto: Subescala Intervención-Tesorería, categoría superior.

Complemento destino: Nivel 28 (veintiocho).

Cuantía del complemento específico: 17.164,93 (diecisiete mil ciento sesenta y cuatro euros con noventa y tres céntimos).

¿Cubierto por titular que se jubilará en los seis meses siguientes a la publicación de esta convocatoria? No.

Entrevista: Sí.

Puntuación mínima: 25%.

Pago de gastos: No.

A) Méritos específicos.

a) Por cursos sobre el Plan de Contabilidad para la

Administración Local impartidos u homologados por el INAP, IAAP, u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas, con una duración mínima de 40 horas. Por cada curso: 0,5 puntos hasta un máximo de 1 punto.

b) Por cursos sobre manejo de la aplicación informática SICAL de Contabilidad impartidos u homologados por el INAP, IAAP, u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades Autónomas, con una duración mínima de 40 horas. Por cada curso: 0,5 puntos hasta un máximo de 1 punto.

c) Por cada año completo de servicios prestados como

Interventor en Ayuntamientos con Presupuestos de más de 3.500 millones de pesetas: 0,5 puntos; y más de 4.500 millones de pesetas: 1 punto, siendo el máximo 1 punto.

d) Por cada año completo de servicios prestados como

Interventor en Mancomunidades: 0,5 puntos por año hasta un máximo de 1 punto.

e) Por experiencia como Interventor en Organismos Autónomos Locales, por cada año completo: 0,5 puntos hasta un máximo de

1 punto.

f) Por servicios prestados en sociedades mercantiles de carácter mixto con participación de capital público y privado en el área económica y/o contable de la misma: 0,5 puntos hasta un máximo de 1 punto.

g) Por servicios prestados en Municipios de más de 50.000 habitantes por cada año completo: 0,5 puntos hasta un máximo de 1,5 puntos.

B) Acreditación méritos.

Los méritos específicos se acreditarán mediante copia

compulsada del certificado de asistencia al correspondiente curso y mediante certificado expedido por el Ayuntamiento, Sociedad Mercantil, Mancomunidad u Organismo Autónomo

respectivo donde hayan prestado sus servicios.

C) Tribunal.

Presidente:

Titular: Ilmo. Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Motril.

Suplente: Sra. Tte. de Alcalde de Economía y Hacienda del Excmo. Ayuntamiento de Motril.

Vocales:

Miembro designado por la de la Junta de Andalucía:

Titular: Don Carmelo López-Quiñones Martínez. Delegación de Justicia y Administración Pública. Granada.

Suplente: Don José Muela Romero. Delegación de Justicia y Administración Pública. Granada.

Titular: Sr. Tesorero del Ayuntamiento de Motril: Don Miguel Angel Gutiérrez Vela.

Suplente: Sr. Director de Recursos Humanos de la Diputación Provincial de Granada y Secretario de Categoría Superior en excedencia: Don Bernardino Martín Funes.

Titular: Concejal del Excelentísimo Ayuntamiento de Motril.

Suplente: Concejal del Excelentísimo Ayuntamiento de Motril.

Titular: Jefe Servicio Asesoría Jurídica: Don Vicente Tovar Escudero.

Suplente: Letrada del Excelentísimo Ayuntamiento de Motril: Doña Inmaculada Sierra Morcillo.

Actuará en calidad de Secretario del Tribunal: Don Vicente Tovar Escudero o en su caso como suplente del titular: Doña Inmaculada Sierra Morcillo.

D) Aprobación de las bases: 25 de enero de 2005 (Acuerdo Junta Gobierno).

E) Convocatoria: 27 de enero de 2005 (Decreto Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento de Motril.

Población a 31 de diciembre del año anterior: Superior a

55.000 habitantes.

Denominación del puesto: Secretaría, clase primera.

Subescala y categoría en la que se clasifica el puesto: Subescala Secretaría, categoría superior.

Complemento destino: Nivel 28 (veintiocho).

Cuantía del complemento específico: 17.164,93 E (diecisiete mil ciento sesenta y cuatro euros con noventa y tres

céntimos).

¿Cubierto por titular que se jubilará en los seis meses siguientes a la publicación de esta convocatoria? No.

Entrevista: Sí.

Puntuación mínima: 25%.

Pago de gastos: No.

A) Méritos específicos.

a) Por cursos o jornadas sobre Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, impartidos u homologados por el INAP, IAAP, u otros Institutos de Administración Pública de las distintas

Comunidades Autónomas, con una duración mínima de 40 horas. Por cada curso: 0,5 puntos hasta un máximo de 1 punto.

b) Por cursos sobre Planeamiento o Gestión Urbanística

impartidos u homologados por el INAP, IAAP, u otros Institutos de Administración Pública de las distintas Comunidades

Autónomas, con una duración mínima de 40 horas. Por cada curso: 0,5 puntos hasta un máximo de 1 punto.

c) Por cada año completo de servicios prestados como

Secretario en Ayuntamientos con aplicación de la vigente Ley de Costas: 0,5 puntos por año hasta un máximo de 1 punto.

d) Por cada año completo de servicios prestados como

Secretario en Mancomunidades: 0,5 puntos por año hasta un máximo de 1 punto.

e) Por experiencia en sociedades mercantiles con capital exclusivamente municipal, como Secretario en Consejo de Administración o Junta General, por cada año completo: 0,5 puntos hasta un máximo de 1 punto.

f) Por servicios prestados en trabajos de elaboración para aprobación o revisión de Planes de Ordenación urbana: 0,5 puntos hasta un máximo de 1 punto.

g) Por servicios prestados en Municipios de más de 50.000 habitantes por cada año completo: 0,5 puntos hasta un máximo de 1,5 puntos.

B) Acreditación méritos.

a) Los méritos específicos se acreditarán mediante copia compulsada del certificado de asistencia al correspondiente curso y mediante certificado expedido por el Ayuntamiento, Sociedad Mercantil o Mancomunidad respectiva donde hayan prestado sus servicios.

b) En el caso de acreditación de trabajos en Planes Generales de Ordenación Urbana, mediante certificado expedido por el Jefe del Equipo Redactor.

C) Tribunal.

Presidente:

Titular: Ilmo. Sr. Alcalde Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Motril.

Suplente: Sra. Concejala de Presidencia y Comunicación del Excmo. Ayuntamiento de Motril.

Vocales:

Miembro designado por la Junta de Andalucía:

Titular: Don Carmelo López-Quiñónez Martínez. Delegación Justicia y Administración Pública de Granada.

Suplente: Don José Muela Romero. Delegación Justicia y

Administración Pública. Granada.

Titular: Sr. Tesorero del Ayuntamiento de Motril: Don Miguel Angel Gutiérrez Vela.

Suplente: Sr. Director de Recursos Humanos de la Diputación Provincial de Granada y Secretario de Categoría Superior en excedencia don Bernardino Martín Funes.

Titular: Concejal del Excelentísimo Ayuntamiento de Motril.

Suplente: Concejal del Excelentísimo Ayuntamiento de Motril.

Titular: Jefe Servicio Planificación Económica don Francisco Luis Martín Oliva.

Suplente: Letrada del Excelentísimo Ayuntamiento de Motril doña Inmaculada Sierra Morcillo.

Actuará en calidad de Secretario del Tribunal don Francisco Luis Martín Oliva o en su caso como suplente del titular doña Inmaculada Sierra Morcillo.

D) Aprobación de las bases: 25 de enero de 2005 (Acuerdo Junta Gobierno).

E) Convocatoria: 27 de enero de 2005 (Decreto Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento de Peligros (Granada).

Población: Superior a 5.000 habitantes.

Denominación puesto: Secretaría, Clase 2.ª

Subescala: Secretaría de Entrada.

Nivel complemento destino: 20.

Complemento específico: 3.060 E anuales.

Entrevista: Según Tribunal.

A) Méritos específicos.

1.1. Se valorará 1 punto el curso completo de especialización en Planificación y Gestión Urbanística, convocado e impartido por organismos e entidades públicas siempre y cuando en todos o alguno de los módulos de que conste se contemple como materia a impartir cuestiones o materias reguladas por la vigente Ley 7/2002, de 17 de diciembre de Ordenación

Urbanística de Andalucía.

1.2. Se valorará 0,25 puntos el V curso sobre "Actualidad de la Legislación Andaluza" convocado e impartido por organismos e entidades públicas.

Aptitudes para el puesto de trabajo:

2.1. Servicios prestados como funcionario de habilitación de carácter nacional en propiedad, interino, provisional, en comisión de servicio o acumulado, con arreglo a la siguiente escala:

En Areas o Servicios de Asistencia técnica a Municipios en Diputaciones Provinciales 0,3 puntos/mes hasta un máximo de 6 puntos.

En Ayuntamientos clasificados en secretaría de clase primera o segunda clase 0,05 puntos/mes hasta un máximo de 0,25 puntos.

B) Acreditación méritos.

1. Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente o mediante fotocopias debidamente cotejadas.

2. Los cursos solo se valorarán si fueron convocados u

organizados por la Universidad, institutos o escuelas

oficiales de formación de funcionarios, u otras entidades o centros docentes públicos o privados de los contemplados en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del derecho a la educación, cuando hubiesen sido homologados por los

institutos o escuelas oficiales de formación de funcionarios o por la Universidad.

3. Aquellas actividades de naturaleza diferente a los cursos, tales como jornadas, mesas redondas, encuentros, debates o análogas, no podrán ser objeto de valoración. Los seminarios solo se valorarán si se acredita que tienen la misma

naturaleza y metodología que los cursos.

4. Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

C) Tribunal.

Presidente:

Titular: El Alcalde-Presidente, don Jesús Huertas García.

Suplente: Doña Inmaculada López Calahorro.

Vocales:

1. Titulares.

- Un vocal designado por cada grupo político que integran la Corporación.

- Un representante de la Junta de Andalucía: Don Miguel Miranda Carranza. Delegación de Justicia y Administración Pública. Granada.

2. Suplentes:

Se nombrarán en igual número y composición.

Representante de la Junta de Andalucía: Don Carmelo López- Quiñones Martínez. Delegación de Justicia y Administración Pública. Granada.

3. Secretario:

Titular: Don Juan Carlos Pérez Gamarra. Funcionario de

Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Suplente: Doña María Dolores Alodia Roldán López de Hierro. Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

D) Aprobación de bases: 7 de febrero de 2005 (Resolución Alcaldía).

E) Convocatoria: 7 de febrero de 2005 (Resolución Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento de Pulianas (Granada).

Habitantes: 4.761.

Denominación del puesto: Intervención Tesorería.

Subescala: Intervención Tesorería, Categoría de Entrada.

Complemento de destino: 26.

Complemento específico: 19.256,61 E.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

Prevista jubilación: No.

A) Méritos específicos.

1. Los méritos específicos que se valorarán para acceder al puesto de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, del Ayuntamiento de Pulianas son:

Titulación: Licenciatura en Derecho: 1,5 puntos.

Experiencia profesional:

1. Servicios prestados como Interventor/a en municipios del área Metropolitana de la provincia de Granada con población entre 5.000 y 10.000 habitantes. Por cada mes completo de servicios prestados: 0,20 puntos, con un máximo de 1 punto.

2. Servicios prestados como Interventor/a en el Ayuntamiento de Pulianas. Por cada mes completo de servicios prestado: 0,50 puntos, con un máximo de 2 puntos.

Formación académica:

Por haber superado cursos o acreditación de conocimiento en materia de:

Cursos sobre conocimientos en Sistema en Sistema de

Información Contable de Administración Local (SICAL y/o SICALWIN):

- Con un mínimo de 10 horas lectivas: 0,75 puntos.

- Con un mínimo de 20 horas lectivas: 1,00 punto.

- Con un mínimo de 30 horas lectivas: 1,50 puntos.

Puntuación máxima por este concepto 1,50 puntos.

Cursos de formación y perfeccionamiento relacionados con las funciones reservadas a funcionarios de habilitación nacional, subescala Intervención-Tesorería:

- Con un mínimo de 10 horas lectivas: 1,00 punto.

- Con un mínimo de 20 horas lectivas: 1,50 puntos.

- Con un mínimo de 30 horas lectivas: 2,50 puntos.

Puntuación máxima por este concepto: 2,50 puntos.

Cursos en Ofimática e Internet:

- Con un mínimo de 20 horas lectivas: 0,50 puntos.

- Con un mínimo de 40 horas lectivas: 0,75 puntos.

- Con un mínimo de 60 horas lectivas: 1,00 punto.

Puntuación máxima por este concepto: 1 punto.

B) Acreditación méritos.

Licenciatura en Derecho mediante copia compulsada del título.

La experiencia en el puesto de Intervención de municipios del Area metropolitana de Granada con una población de más de

5.000 habitantes y menos de 10.000 habitantes, mediante Certificación del Ayuntamiento correspondiente.

Los méritos por cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante la presentación de documentos originales o fotocopia compulsada del Certificado de asistencia a los cursos correspondientes emitidos por los organismos

competentes.

C) Tribunal.

Presidente:

Titular: El Alcalde del Ayuntamiento de Pulianas.

Suplente: Concejal de personal.

Secretario Titular: El secretario del Ayuntamiento de

Pulianas.

Suplente: El secretario del Ayuntamiento de Alfacar.

Vocales:

Un representante de la Junta de Andalucía:

Titular: Don José Muelas Romero. Delegación de Justicia y Administración Pública. Granada.

Suplente: Doña Luisa Ibáñez Pérez. Delegación de Justicia y Administración Pública. Granada.

Un representante designado por el Colegio Provincial de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local.

D) Aprobación bases: 27 de enero de 2005 (Acuerdo Pleno).

E) Convocatoria: 2 febrero de 2005 (Resolución de Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento de Vélez de Benaudalla (Granada).

Población: A 1 de enero de 2005: 2.877 habitantes.

Denominación puesto: Secretaría, Clase 3.ª Subescala:

Secretaria-Intervención.

Nivel complemento destino: 22.

Complemento específico: 5.888,06 E.

Prevista jubilación: No.

Entrevista: No.

Pago gastos: No.

A) Méritos específicos.

Experiencia profesional: Por haber prestado servicios durante más de 14 años en la Subescala de Secretaría-Intervención o Secretaría de clase 3.ª, por cada mes que supere los 14 años:

0,25 puntos, hasta un máximo de 2 puntos.

Estar en posesión de la Licenciatura de Derecho: 0,5 puntos.

Por permanencia en la misma plaza por más de 6 años: 0,50 puntos.

Por solicitar el puesto de Secretaría Intervención del

Ayuntamiento de Vélez de Benaudalla en primer lugar,

indicativo del especial interés en el mismo: 1 punto.

Cursos/jornadas de formación, relativos a materias

directamente relacionadas con el puesto de trabajo, impartidos por Centros Oficiales, hasta un máximo de 3,5 puntos,

distribuidos en la siguiente forma:

1. En material de Derechos Urbanístico y Medio Ambiente: hasta un máximo de 1 punto.

- Hasta 80 horas: 0,25 puntos.

- Desde 81 a 190: 0,50 puntos.

- Más de 191 horas: 1 punto.

2. En materia de Contabilidad Pública y Gestión Financiera y Presupuestaria: hasta un máximo de 2 puntos.

- Hasta 40 horas: 0,25 puntos.

- Desde 41 a 75 horas: 0,50 puntos.

- Desde 76 a 79: 0,75 puntos.

- Desde 80 a 100; 1 punto.

Si los cursos de este apartado 2 vienen acompañados de

certificado de aprovechamiento se incrementará la puntuación:

0,50 puntos.

B) Acreditación méritos.

Mediante certificados (o copias compulsadas) expedidos por el órgano competente de los Ayuntamientos en que se hayan

prestado los servicios que haga constar las circunstancias de la corporación que se puntúan en estas bases, así como el tiempo de prestación de los mismos y el puesto desempeñado y fotocopia compulsada del certificado o diplomas obtenidos por la realización de cursos o seminarios impartidos por Centro u Organos Oficial y copia compulsada del Título de Licenciatura en Derecho.

C) Tribunal.

Presidente:

Titular: Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Vélez de Benaudalla (Granada).

Suplente: El que designe la Alcaldía.

Vocales:

1. Un representante de la Junta de Andalucía:

Titular: Doña Luisa Ibáñez Pérez. Delegación de Justicia y Administración Pública (Granada).

Suplente: Don Carmelo López-Quiñones Martínez. Delegación de Justicia y Administración Pública (Granada).

2. Representante de la Excma. Diputación de Granada.

Suplente: El que designe la Excma. Diputación de Granada.

3. Un habilitado de carácter nacional.

Suplente: Un habilitado de carácter nacional.

4. Un habilitado de carácter nacional designado por el

Servicio de Asistencia a Municipios de la Excma. Diputación de Granada, que actuará además como secretario del Tribunal.

Suplente: El designado por el Servicio de Asistencia a

Municipios de la Diputación Provincial de Granada.

D) Aprobación de la bases: 8 de febrero de 2005 (Decreto Alcaldía).

E) Convocatoria: 8 de febrero de 2005 (Decreto Alcaldía).

PROVINCIA DE HUELVA

Corporación: Ayuntamiento de Huelva.

Población: Superior a 100.000 habitantes.

Denominación del puesto: Vicesecretario General.

Subescala y categoría: Subescala Secretaría, Categoría

Superior.

Nivel de complemento de destino: 29.

Cuantía del complemento específico: 25.015,80 euros año.

Prevista jubilación: No.

Puntuación mínima: No.

Entrevista: No.

Pago gastos: No.

A) Méritos específicos.

a) Experiencia en grandes Corporaciones Locales acreditada mediante el desempeño del puesto de Secretario General, Vicesecretario u Oficial Mayor en Ayuntamientos de Municipios, capitales de provincia de más de 100.000 habitantes o

Diputaciones Provinciales durante al menos 1 año: 0,5 puntos por año de servicio, hasta un máximo de 4 puntos.

b) Estar en posesión del título o Diploma de Máster o Experto en Derecho y Gestión Pública Local, Urbanismo, o Recursos Humanos, expedido por Institutos Oficiales de Administración Pública o Universidades, siempre que para su obtención se hubiesen recibido más de 200 horas lectivas y superada la evaluación con aprovechamiento, 3 puntos por el título de Máster, y 2,5 por el de Experto, con un máximo de 3 puntos.

c) Actividad docente en cursos específicos de Administración Local y publicaciones en revistas especializadas de ámbito nacional o autonómico, que guarden relación con el contenido del puesto de trabajo, 0,10 puntos por cada ponencia o

publicación, hasta un máximo de 0,5 puntos.

B) Acreditación méritos.

Los del apartado a) mediante certificado del Secretario General de la Corporación correspondiente.

Los del apartado b) mediante la presentación del Título o Diploma o fotocopia compulsada del mismo.

Los del apartado c) mediante certificado acreditativo de la actividad docente y/o copia de la publicación correspondiente.

C) Tribunal.

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

Un Técnico de Administración General, perteneciente a la plantilla del Ayuntamiento, designado por el Sr. Alcalde.

Un Técnico de Administración General, perteneciente a la plantilla del Ayuntamiento, designado por la Junta de

Personal.

El Secretario General de la Corporación o Funcionario con Habilitación de Carácter Nacional de Categoría Superior en quien delegue, quien desempeñará la Secretaría del Tribunal.

- En representación de la Comunidad Autónoma:

Titular: Doña María Cristina Salgado Ramalle. Delegación de Justicia y Administración Pública de Huelva.

Suplente: Doña María del Carmen Calleja Sánchez. Delegación de Justicia y Administración Pública de Huelva.

D) Aprobación de las bases: 25 de enero de 2005 (Acuerdo Pleno).

E) Convocatoria: 25 de enero de 2005 (Acuerdo Pleno).

PROVINCIA DE MALAGA

Corporación: Ayuntamiento de Alameda (Málaga).

Población: 5.066 habitantes.

Subescala y categoría en la que se clasifica el puesto: Secretaría-Intervención, Clase Tercera.

Nivel de complemento de destino: 18.

Cuantía del complemento específico: 1.280,11 E/mes.Prevista la jubilación en los seis meses siguientes: No.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

A) Méritos específicos.

1. Experiencia profesional (Puntuación máxima 4 puntos).

1.1. Haber desempeñado funciones reservadas a funcionario local con habilitación de carácter nacional como Secretario- Interventor, en virtud de nombramiento efectuado por autoridad competente en municipios con población de derecho superior a

4.850 habitantes. Por cada mes completo 0,4 puntos.

2. Formación (Puntuación máxima 3,5 puntos).

2.1. Por la realización de cursos sobre "Especialista en Derecho Administrativo Local Andaluz", con una duración no inferior a 80 horas lectivas: 1 punto (máximo 1 punto).

2.2. Por la realización de cursos de "Administración y Gestión del Patrimonio Local" con una duración no inferior a 40 horas lectivas: un punto (máximo 1 punto).

2.3. Por la realización de cursos sobre "Gestión de Nóminas, seguridad social y procedimientos de contratación laboral para mandos Intermedios" con una duración no inferior a 30 horas lectivas: 0,75 puntos (máximo 0,75 puntos).

2.4. Por la realización de cursos sobre Gestión cultural con duración no inferior a 25 horas: 0,75 puntos (máximo 0,75 puntos).

B) Acreditación méritos.

Experiencia profesional.

- Los méritos alegados por los concursantes se acreditarán mediante la presentación del certificado correspondiente, o bien fotocopia compulsada de documento acreditativo.

Cursos:

- Sólo se aceptarán cursos impartidos por el INAP u organismo similar de Comunidad Autónoma o bien por Centros o Colegios Oficiales pero homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos por los organismos antes mencionados.

- Los cursos tendrán que haber sido impartidos con

posterioridad al 10.4.02 con la finalidad de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas.

- La acreditación de los cursos se hará mediante copia

compulsada de los Certificados del INAP u organismo similar de la Comunidad Autónoma o del Ente colaborador que lo impartió.

Requisitos para su desempeño.

Escala de funcionarios de Administración Local con

habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría- Intervención.

Titulación. Licenciado en Derecho. Ciencias Políticas y Sociología o Económicas y Empresariales.

Grupo A (art. 25 Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública).

Forma de provisión: Concurso de méritos (artículos 11 al 26 del Real Decreto 1732/94, de 29 de julio sobre Provisión de Puestos de Trabajo de Funcionarios de Administración Local con Habilitación de carácter nacional.

C) Tribunales.Presidente: Don José Francisco Torres Narbona. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alameda.

Suplente: Don José Gabriel Narbona Gómez. 1. Teniente de Alcalde del Ayuntamiento de Alameda.

Vocales:

Titulares:

- representante de la Junta de Andalucía: Don José Antonio Torres de la Fuente. Delegación de Justicia y Administración Pública. Málaga.

- funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Secretaría- Intervención, que hará las veces de Secretario del Tribunal. Don Antonio Arroyo Turrillo.

- funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Secretaría- Intervención. Don Jesús Rodríguez García-Caro.

- funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Secretaría- Intervención. Doña Ascensión Nevado López de Zubiría.

Suplentes:

- representante de la Junta de Andalucía

Don Alejandro Pérez Díaz. Delegado de Justicia y

Administración Pública. Málaga.

- funcionario de la Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Secretaría- Intervención. Doña Eva García Velasco.

- funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Secretaría- Intervención. Doña Raquel León Alamilla.

- funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Secretaría- Intervención. Doña Elisa Isabel Laura Ramírez.

D) Aprobación de las bases: Resolución de Alcaldía (12 enero

2005).

E) Convocatoria. Resolución de Alcaldía (12 enero 2005).

Corporación: Ayuntamiento de Almargen (Málaga).

Denominación: Puesto de Secretaría-Intervención.

Ayuntamiento de Clase: Tercera.

Población: 2.140 habitantes (1 de enero 2005).

Subescala: Secretaría-Intervención.

Nivel de complemento de destino: 26.

Complemento específico: 758,47 E/mes (Ejercicio 2004).

Entrevista: Según Tribunal.

Pago de gastos: No.

A) Méritos específicos.

a) Experiencia profesional (Puntuación máxima 4 puntos).

1. Por haber desempeñado puesto de Interventor en algún Consorcio para el desarrollo local constituido íntegramente por municipios. Por cada mes 0,10 puntos.

2. Por haber desempeñado en algún Ayuntamiento, algún puesto de Técnico de Administración Especial reservado a Licenciatura de Derecho. Por cada mes 0,10 puntos.

3. Por haber desempeñado el puesto de Secretario en algún Consorcio UTEDLT (Unidad Territorial de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico) constituido por municipios. Por cada mes

0,10 puntos.

Formación (puntuación máxima 3,5 puntos).

1. Por la realización de curso sobre "Especialización en Contabilidad Pública de las Haciendas Locales" con una

duración no inferior a 100 horas lectivas: 1,40 puntos.

2. Por la realización de curso de "Especialista en Derecho Administrativo Local Andaluz" con una duración no inferior a

80 horas: 1,10 puntos.

3. Por la realización de curso sobre "Funciones de

Intervención y Tesorería en las Entidades Locales Andaluzas" con una duración no inferior a 37 horas: 0,50 puntos.

4. Por la realización de curso sobre "Economía y Hacienda Local. Financiación de Inversiones Locales: Alternativas al endeudamiento", con una duración no inferior a 20 horas: 0,30 puntos.

5. Curso sobre Proyecto de Gastos y Gastos con financiación afectada con una duración no inferior a 20 horas: 0,20 puntos.

B) Acreditación méritos.

Experiencia profesional:

Los méritos alegados por los concursantes se acreditarán:

a) Los méritos contemplados en los apartados 1 y 2 mediante la presentación del certificado correspondiente, o bien fotocopia compulsada de documento acreditativo.

b) Los méritos contemplados en el apartado 3 mediante la presentación del certificado y/o informe correspondiente expedido por el órgano competente (Presidencia y/o Director del Consorcio), o bien fotocopia compulsada de documento acreditativo.

Cursos:

- Sólo se aceptarán cursos impartidos por el INAP, IAAP u organismos o colegios oficiales pero homologados a efectos de baremo de méritos generales o autonómicos.

- Los cursos tendrán que haber sido impartidos con

posterioridad a 1.1.2002 con la finalidad de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas.

- La acreditación de los cursos se hará mediante original o copia compulsada del certificado acreditativo del mismo.

- Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

C) Tribunal.

Presidente: Don Vicente Jiménez Martagón, Alcalde-Presidente o concejal en quien delegue.

Vocales:

1.º Un representante de la Junta de Andalucía:

Titular: Doña Rosario García Morillo. Delegación de Gobierno. Málaga.

Suplente: Doña Gracia Ogallar Barella. Delegación de Gobierno. Málaga.

2.º El Concejal Delegado de Personal de la Corporación.

3.º Un funcionario con habilitación de carácter nacional Subescala Secretaría-Intervención.

4.º Un funcionario con habilitación de carácter nacional Subescala Secretaría-Intervención.

Secretario: Actuará como Secretario uno de los funcionarios con habilitación de carácter nacional.

Los nombramientos de titulares y suplentes se efectuarán por Decreto de la Alcaldía exponiéndose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento para general conocimiento.

D) Aprobación de las bases: 17 de enero de 2005 (Junta

Gobierno Local).

E) Convocatoria: 17 de enero de 2005 (Junta Gobierno Local).

Agrupación municipios: Arenas y Sedella (Málaga).

Población: A 31 diciembre de 2004 (sumados los dos municipios es inferior a 2.000 habitantes).

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención .

Puesto cubierto con titular a jubilarse en los seis meses siguientes a la publicación de esta convocatoria: No.

Nivel de complemento de destino: 22.

Complemento específico anual: 2.000 euros.

Entrevista acordada por el Tribunal: No.

A) Méritos específicos.

Experiencia profesional: Por desempeño del puesto de trabajo de Secretario-Interventor en Agrupación de dos Municipios de población global inferior a 2.000 habitantes integrados en la Comunidad Autónoma de Andalucía y cuyos términos municipales, al menos el de uno de ellos, esté total o parcialmente, integrado en un Parque Natural de Andalucía: 0,15 puntos por mes de servicio hasta un máximo de 2,55 puntos.

Asistencia a cursos de formación y perfeccionamiento sobre las materias que se exponen a continuación:

1.º Por la asistencia a curso impartido por centro oficial o reconocido de duración mínima de 15 horas sobre:

Dirección y organización de recursos humanos de las Entidades Locales: 0,30 puntos. Máximo 0,30 puntos.

Normativa reguladora de la prevención de riesgos laborales aplicable a las Entidades Locales: 0,30 puntos. Máximo 0,30 puntos.

Gestión de la documentación administrativa: los archivos: 0,30 puntos. Máximo 0,30 puntos.

2.º Por la asistencia a curso impartido por centro oficial o reconocido de duración mínima de 16 horas sobre:

Externalización de los servicios públicos locales: 0,30 puntos. Máximo 0,30 puntos.

Negociación colectiva del personal al servicio de la

Administración Pública Local: 0,30 puntos. Máximo 0,30 puntos.

Calidad de los servicios públicos locales: 0,30 puntos. Máximo

0,30 puntos.

3.º Por la asistencia a curso impartido por centro oficial o reconocido de duración mínima de 20 horas sobre:

Proyectos de gastos y gastos con financiación afectada: 0,45 puntos. Máximo 0,45 puntos.

Gestión del programa informático de contabilidad pública local Sical-Win: 0,45 puntos. Máximo 0,45 puntos.

Telecomunicaciones, medio ambiente y actividades clasificadas:

0,45 puntos. Máximo 0,45 puntos.

4.º Por la asistencia a curso impartido por centro oficial o reconocido de duración mínima de 30 horas sobre: Actos y procedimiento administrativo, nivel medio: 0,60 puntos. Máximo

0,60 puntos.

Desarrollo local, experiencia acumulada y caso europeo: 0,60 puntos. Máximo 0,60 puntos.

Régimen Jurídico y Presupuestario de las Entidades Locales de Andalucía: 0,60 puntos. Máximo 0,60 puntos.

B) Acreditación de los méritos.

1. La experiencia profesional se acreditará mediante informe acreditativo expedido por la Presidencia de cada una de las Entidades Locales agrupadas en las que se hubieran prestado servicios como Secretario-Interventor.

2. Los cursos de formación y perfeccionamiento se acreditarán mediante el título o certificado emitido por el órgano

convocante de los mismos acreditativos de su realización.

3. Sólo se valorarán aquellos méritos específicos obtenidos o computados hasta la fecha de finalización del plazo de

presentación de instancias, debiendo ser relacionados siempre en la solicitud de participación del concurso ordinario.

C) Tribunal.

Presidente: La Alcaldía-Presidencia del Ayuntamiento de Arenas, doña Basilia Pareja Ruiz.

Suplente: La Concejala de Hacienda del Ayuntamiento de Arenas, doña Angeles Pérez Muñoz.

Vocales:

1.º El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Sedella, don Francisco Gálvez Márquez.

2.º El Interventor del Ayuntamiento de Campillos, don José Antonio Luque Pérez, que asumirá las funciones de Secretario del Tribunal.

3.º El Secretario-Interventor de la Agrupación de Municipios de Casarabonela y Canillas de Albaida, don Francisco Aguayo Serrano.

4.º El vocal nombrado a propuesta de la Junta de Andalucía:

Titular: Doña Gracia Ogallar Barella. Delegación del Gobierno. Málaga.

Suplente: M.ª Victoria Braqueais Lumbreras. Delegación de Gobierno. Málaga.

D) Aprobación de las bases: 24 de enero de 2005. Arenas (Decreto de Alcaldía). Y 21 de enero de 2005. Sedella (Decreto Alcaldía).

E) Convocatoria: 21 de enero de 2005 Sedella (Decreto de Alcaldía). Y 24 de enero de 2005. Arenas. (Decreto-Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento de Campillos (Málaga).

Población: 8.000 habitantes.

Denominación del puesto: Intervención.

Subescala y categoría: Subescala Intervención-Tesorería, Categoría de Entrada.

Nivel de complemento de destino: 30.

Cuantía mensual del complemento específico: 1.201,26 euros.

Prevista jubilación: No.

Entrevista: No.

Pago gastos: No.

A) Méritos específicos: Pertenencia a otras subescalas de la Habilitación con carácter nacional Secretaría de Entrada o Superior o Secretaría Intervención: cuatro y medio.

Por cursos de un mínimo de 100 horas de materias relacionadas con el derecho administrativo local tales como, función pública, Hacienda Pública, Urbanismo: 1 punto por cada curso, con un máximo de 3.

Total de puntos:

Por pertenencia a otras Subescalas: cuatro y medio.

Por cursos: Tres.

Total: Siete y medio.

B) Tribunal.

Presidente:

Titular: Don Pedro Durán Morgado, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento o concejal en quien delegue.

Suplente: Don Francisco Guerrero Cuadrado, concejal del Ayuntamiento.

Vocales:

- En representación de la Comunidad Autónoma:

Titular: Don José Antonio Torres de la Fuente. Delegación de Justicia y Administración Pública de Málaga.

Suplente: Don Alejandro Pérez Díaz. Delegación de Justicia y Administración Pública de Málaga.

- Como funcionario con habilitación de carácter nacional de categoría superior a la de la plaza convocada, que actuará igualmente como Secretario del Tribunal:

Titular: Doña Rosa Ricca Ribelles, Secretaria del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor (Sevilla).

Suplente: Doña M.ª del Carmen López Prieto, Secretaria del Ayuntamiento de Puente Genil (Córdoba).

C) Aprobación de las bases: 9 de febrero de 2005 (Acuerdo Pleno).

D) Convocatoria: 9 de febrero de 2005 (Decreto de Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento de Campillos (Málaga).

Población: 8.000 habitantes.

Denominación del puesto: Secretaría.

Subescala y categoría: Subescala Secretaría, Categoría de Entrada.

Nivel de complemento de destino: 30.

Cuantía mensual del complemento específico: 1.201,26 euros.

Prevista jubilación: No.

Entrevista: No.

Pago gastos: No.

A) Méritos específicos.

1. Por haber ocupado con nombramiento provisional o definitivo puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, de categoría igual a la del puesto convocado

(Entrada) o de categoría superior: 0,04 puntos por mes, con un máximo de 5 puntos.

2. Por la realización de cursos de formación y

perfeccionamiento en materia de urbanismo, impartidos por organismos oficiales, o entidades privadas de reconocido prestigio, o cuyos cursos hayan sido homologados oficialmente:

Dicha formación se valorará en función de la duración del curso, a razón de 0,01 punto por hora de formación recibida, con un máximo de 2,5 puntos.

B) Acreditación méritos.

Todos los méritos deberán acreditarse mediante documentación original o fotocopia debidamente compulsada. En especial:

- La ocupación, con nombramiento provisional o definitivo puestos reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, de categoría igual a la del puesto convocado

(entrada) o de categoría superior, se acreditará mediante certificación expedida por la Secretaría del Ayuntamiento correspondiente o por el Ministerio de Administraciones Públicas.

- La realización de cursos de formación y perfeccionamiento en materia de urbanismo, se acreditará mediante la presentación de original o fotocopia debidamente compulsada del

correspondiente diploma o certificado de asistencia.

C) Tribunal.

Presidente:

Titular: Don Pedro Durán Morgado, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento o concejal en quien delegue.

Suplente: Don Francisco Guerrero Cuadrado, concejal del Ayuntamiento.

Vocales:

- En representación de la Comunidad Autónoma:

Titular: Don José Antonio Torres de la Fuente. Delegación de Justicia y Administración Pública de Málaga.

Suplente: Don Alejandro Pérez Díaz. Delegación de Justicia y Administración Pública de Málaga.

- Como funcionario con habilitación de carácter nacional de categoría igual o superior a la de la plaza convocada, que actuará igualmente como Secretario del Tribunal:

Titular: Doña Rosa Ricca Ribelles, Secretaria del Ayuntamiento de Sanlúcar la Mayor (Sevilla).

Suplente: Doña M.ª del Carmen López Prieto, Secretaria del Ayuntamiento de Puente Genil (Córdoba).

D) Aprobación de las bases: 9 de febrero de 2005 (Decreto de Alcaldía).

E) Convocatoria: 9 de febrero de 2005 (Decreto de Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento de Cártama (Málaga).

Población: 17.113 habitantes.

Denominación del puesto: Vicesecretario.

Subescala: Secretaría. Categoría: Superior.

Nivel de complemento de destino: 28.

Cuantía del complemento específico ejercicio 2004: 1.383,63 euros mensuales.

Puntuación mínima: 25%.

A) Méritos específicos valoración y acreditación.

Cursos: Máximo: 1,50 puntos.

Formación específica sobre la Unión Europea: Por la

realización de cursos organizados o convocados por entidades públicas tales como Universidades, INAP, o Institutos de la Administración Pública de las Comunidades Autónomas y que versen íntegramente sobre contenidos especializados y

relativos a la Unión Europea y tengan una duración igual o superior a 80 horas. Por cada curso 1,10 puntos, hasta un máximo de 1,10 puntos. Se acreditará mediante certificación de realización del curso por la Entidad organizadora o convocante o cualquier otro medio de prueba que admita el Tribunal.

Formación específica sobre Actualidad de la Legislación Andaluza: Por la realización de cursos organizados o

convocados por entidades públicas tales como Universidades, INAP, o Institutos de la Administración Pública de las

Comunidades Autónomas y que versen íntegramente sobre

contenidos relativos a la Actualidad de la Legislación

Andaluza y que tengan una duración igual o superior a 32 horas lectivas. Por cada curso 0,10 puntos, hasta un máximo de 0,40 puntos. Se acreditará mediante certificación de realización del curso por la Entidad organizadora o convocante o cualquier otro medio de prueba que admita el Tribunal.

Experiencia: Máximo: 6 puntos.

Conocimiento y experiencia en el desempeño de funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter

nacional en puestos de colaboración inmediata a la Secretaría de municipios de relevancia territorial según la LOUA e integrados en algún Consorcio de Transportes: 0,30 puntos por mes, con un máximo de 3 puntos por este apartado. Se

acreditará mediante certificación del Ministerio de

Administraciones Públicas, o del Ayuntamiento respectivo o cualquier otro medio de prueba que admita el Tribunal.

Conocimiento y experiencia en el desarrollo de funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter

nacional de la Subescala de Secretaría en Ayuntamientos de Municipios que cuenten con al menos once núcleos o entidades de población reconocidas por el Instituto Nacional de

Estadística: 1 punto por cada año completo y continuado de servicios, hasta un máximo de 3 puntos. La prestación de los servicios continuados se acreditará mediante certificación del Ayuntamiento respectivo o del Ministerio de Administraciones Públicas, asimismo se acompañará la certificación oficial acreditativa de las entidades de población existentes emitida por el Instituto Nacional de Estadística o cualquier otro medio de prueba que admita el Tribunal.

B) Tribunal.

Titulares:

Presidente: Don José Garrido Mancera, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía:

Don Alejandro Pérez Díaz. Delegación de Justicia y

Administración Pública. (Málaga).

- Don José Manuel Parrado Florido, Secretario de Habilitación Nacional, categoría superior.

- Don José Manuel Páez López, Secretario de Habilitación Nacional, categoría superior, que actuará como Secretario, con voz y voto.

- Doña M.ª Isabel Alcántara Leonés, Secretaria de Habilitación Nacional, categoría superior.

- Doña Angeles Jiménez Criado, Interventora, Habilitación Nacional.

Suplentes:

Presidente: Don Jorge Gallardo Gandulla, Concejal Delegado de Personal.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía.

Suplente. Doña Yolanda Agudo Pérez. Delegación de Justicia y Administración Pública. Málaga.

- Don Fermín Vallecillo Moreno, Interventor, Habilitación Nacional.

- Doña Sara Nieves García, Secretaria Habilitación Nacional, categoría superior.

- Doña Pilar Victoria Reina Pérez, Interventora de

Habilitación Nacional.

- Doña M.ª Encarnación Perea Sánchez, Secretaria Habilitación Nacional, categoría superior.

C) Aprobación de las bases: 24 enero de 2005 (Resolución Alcaldía).

D) Convocatoria: 24 enero de 2005 (Resolución Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento de Estepona (Málaga).

Habitantes: 54.804 a 1 de enero de 2005.

Denominación del puesto: Secretaría, Adjunta.

Subescala y clase del puesto: Secretaría 2.ª

Categoría: Entrada.

Complemento de destino: Pendiente determinar por la RPT.

Complemento específico: Pendiente determinar por la RPT.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

A) Méritos específicos.

1. De conformidad con el artículo 99 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, los méritos específicos directamente relacionados con las características del puesto son los siguientes:

Experiencia profesional: Se valorará preferentemente el desempeño de puestos de trabajo de los llamados de

colaboración en los Ayuntamientos con población similar a la del puesto. Asimismo se valorará la experiencia en sociedades mercantiles tanto probadas como de capital íntegramente municipal y en mancomunidades de municipios.

Cursos de formación y perfeccionamiento: Se valorará la formación jurídica integral, así como la asistencia a los cursos que tengan por objeto especialidades y habilidades municipales específicamente aplicadas al puesto a que se concursa, con exclusión de los que formen parte del

procedimiento selectivo para el acceso a la función pública.

Actividad docente. Se considerará como mérito el ejercicio de actividades docentes en los cursos relacionados con las funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter nacional.

2. Valoración de méritos. La valoración total de los méritos de determinación municipal no podrá exceder de siete puntos y medio (7,5).

La experiencia profesional se valorará hasta un máximo de cuatro puntos (4) puntos, conforme a las reglas siguientes:

- Servicios prestados como funcionario de carrera en puestos de trabajo de colaboración, regulados en el artículo 2, letra

g) del R.D. 1732/1994, de 29 de julio en Ayuntamientos con población superior a 50.000 habitantes, reservados a

funcionarios con habilitación de carácter nacional,

correspondientes a Subescala de Entrada 0,1 punto por mes, hasta un máximo de 2 puntos.

- Servicios prestados como secretario de consejos de

administración de sociedades de capital íntegramente

municipales; por cada sociedad 0,25 puntos, hasta un máximo de

1 punto.

- Servicios prestados como asesor jurídico fiscal de

sociedades mercantiles privadas: 0,1 punto por mes, hasta un máximo de 0,5 puntos.

- Servicios prestados como secretario de mancomunidades de municipios: 0,05 puntos por mes, hasta un máximo de 0,5 puntos.

b) Los cursos de formación y perfeccionamiento, se valorarán hasta un máximo de tres (3) puntos, conforme a las siguientes reglas:

- Tener la especialidad de Derecho privado de la licenciatura de Derecho: 1 punto.

- Haber realizado cursos organizados por Administraciones Públicas, Universidades, o Instituciones de derecho público, de más de 700 horas, relativo a materias de desarrollo local, análisis territorial, o planificación y gestión de empresas,

0,9 puntos cada curso, con un máximo de 0,9 puntos.

- Haber realizado cursos organizados por administraciones públicas, universidades, o instituciones de derecho público, de 40 o más horas relativos a desarrollo local, análisis territorial, planificación y gestión de empresas, hacienda local, contabilidad, o derecho urbanístico andaluz, 0,2 puntos cada curso con un máximo de 0,7 puntos.

- Haber realizado cursos organizados por Administraciones Públicas, Universidades, o Instituciones de derecho público, de 25 o más horas relativos a desarrollo local, análisis territorial, planificación y gestión de empresas, hacienda local, contabilidad, derecho urbanístico andaluz, normativa andaluza con incidencia en las Entidades Locales,

contratación, o pacto local, 0,1 punto cada curso con un máximo de 0,4 puntos.

c) La actividad docente se valorará con un máximo de 0,5 puntos, a razón de 0,1 puntos por hora impartida en cursos específicos, relacionados con las funciones reservadas a funcionarios con habilitación de carácter nacional,

homologados por el Instituto Andaluz de Administración

Pública.

B) Acreditación méritos.

Los concursantes acreditarán los méritos específicos por los Tribunales. El Tribunal de Valoración del concurso valorará los méritos alegados de conformidad con las reglas y

puntuación establecida y acreditados mediante la presentación de documentos originales o copia auténtica de los mismos que los justifiquen adecuadamente.

C) Tribunal.

Presidente:

Titular: El Alcalde, don Antonio Barrientos González.

Suplente: Primer Teniente de Alcalde, don José Ignacio Crespo de Lucas.

Vocales:

Titular: El concejal Delegado de Personal, don David Valádez López.

Suplente: La Concejala Delegada de Desarrollo Local y Empleo, doña Cristina Rodríguez Alarcón.

Titular: El Concejal Delegado de Hacienda, don Manuel Reina Contreras.

Suplente: El Director del Area de Recursos Económicos, don Eladio Salvador Chacón Macías.

Titular: El Secretario General de la Corporación, don José Gustavo Rubio Luna.

Suplente: El Interventor Municipal, don Luis Alonso de Linaje y Calzada.

Titular: La Jefa de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento, doña Elisa Martín Espinosa.

Suplente: La Letrada de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento, doña Monserrat Vilches Gil.

Titular: El Letrado Jefe de los Servicios Jurídicos de

Urbanismo, don Andrés A. Flores Gómez.

Suplente: La Letrada de los Servicios Jurídicos de Urbanismo, doña Silvia Castro Rey.

Representante de la Junta de Andalucía:

Titular: Doña Yolanda Agudo Pérez. Delegación de Justicia y Administración Pública. Málaga.

Suplente: José Antonio Torres de la Fuente. Delegación de Justicia y Administración Pública. Málaga.

El representante designado por la Junta de Personal de

Funcionarios del Ayuntamiento.

Titular: El Secretario General del Ayuntamiento de Rincón de la Victoria don Miguel Berbel García.

Suplente: El Secretario General del Ayuntamiento de Marbella, don Leopoldo Barrantes Conde.

Titular: Secretaria la Jefa de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento, doña Elisa Martín Espinosa.

Suplente: La Letrada de la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento, doña Monserrat Vílchez Gil.

D) Aprobación bases: 21 de diciembre de 2004 (Acuerdo Pleno).

E) Convocatoria: 21 de diciembre de 2004 (Acuerdo Pleno).

Corporación: Ayuntamiento de Humilladero.

Denominación del puesto: Secretaría, Clase Tercera. Subescala y categoría: Secretaría-Intervención. Unica.

Población: 2.952 habitantes (1 de enero de 2005, según

padrón).

Nivel complemento destino: 26.

Cuantía complemento específico: 1.099,16 E/mes (ejercicio

2004).

Entrevista: Según Tribunal.

Pago gastos: No.

A) Méritos específicos.

Se valorarán los siguientes méritos, hasta un total de 7,50 puntos:

a) Experiencia profesional (puntuación máxima 4,50 puntos).

1. Por cada año de servicio completo, prestado de forma ininterrumpida, en la Secretaría-Intervención de un mismo municipio: 0,05 puntos/mes, hasta un máximo de 1,80 puntos.

2. Por haber prestado servicios de asesoramiento jurídico- administrativo a municipios: 0,25 puntos/mes, hasta un máximo de 0,75 puntos.

3. Por cada año de servicio completo en la Secretaría-

Intervención de municipios que, teniendo una población no superior a los 3.000 habitantes, cuenten con un Presupuesto igual o superior a 3.005.060,52 euros: 0,025 puntos/mes, hasta un máximo de 0,90 puntos.

4. Se valorará con 1,05 puntos el haber prestado servicios en la Secretaría-Intervención de Municipios que, teniendo una población no superior a los 3.000 habitantes, tengan una organización compleja por contar conjuntamente en su término municipal con una sociedad de economía mixta para la gestión de un Parque Empresarial de Nuevas Tecnologías, y con un Vivero de Empresas Provincial.

b) Formación (puntuación máxima 3 puntos).

1. Por la realización de curso sobre "Las Funciones de

Intervención y Tesorería en las Entidades Locales Andaluzas. Aspectos Prácticos", con una duración no inferior a 37 horas lectivas: 0,50 puntos.

2. Por la realización de curso sobre "Proyecto de Gastos y Gastos con Financiación Afectada", con una duración no

inferior a 20 horas lectivas: 0,25 puntos.

3. Por la realización de curso sobre "Economía y Hacienda Local. Financiación de Inversiones Públicas Locales:

Alternativas al endeudamiento", con una duración no inferior a

20 horas lectivas: 0,25 puntos.

4. Por la realización de curso sobre "Actualidad de la

Legislación Andaluza", con una duración no inferior a 32 horas lectivas: 0,50 puntos.

5. Por la realización de curso sobre "Urbanismo en pequeños Municipios", con una duración no inferior a 30 horas lectivas:

0,50 puntos.

6. Por la realización de curso sobre "Régimen Local: Aspectos prácticos de la actuación de las Entidades Locales", con una duración no inferior a 40 horas lectivas: 0,75 puntos.

7. Por la realización de curso sobre "Gestión de Nóminas, Seguridad Social y Procedimiento de Contratación Laboral para Mandos Intermedios", con una duración no inferior a 24 horas lectivas: 0,25 puntos.

B) Acreditación de los méritos.

- Experiencia profesional: Los méritos alegados por los concursantes se acreditarán mediante la presentación del certificado correspondiente expedido por la Corporación respectiva, o bien fotocopia compulsada de documento

acreditativo.

- Formación: Los méritos alegados en este apartado por los concursantes se acreditarán mediante copia compulsada del certificado o diploma de asistencia expedido por el órgano convocante u organizador de los cursos, o cualquier otro medio de prueba que admita el Tribunal.

Sólo se aceptarán cursos impartidos por el INAP, IAAP u organismos o colegios oficiales, pero homologados a efectos del baremo de méritos generales o autonómicos, e impartidos con posterioridad a 1.1.2002, con la finalidad de salvaguardar la vigencia de las materias impartidas.

Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos o computados hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditarse documentalmente.

El Tribunal podrá recabar de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella documentación que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.

C) Tribunal.

Presidente: El Alcalde-Presidente de la Corporación o Concejal en quien delegue.

Vocales:

1.º El Concejal Delegado de Régimen Interior de la Corporación o Concejal en quien delegue.

2.º Un representante de la Junta de Andalucía.

Titular: Yolanda Agudo Pérez. Delegación de Justicia y

Administración Pública. Málaga.

Suplente: Don José Antonio Torres de la Fuente. Delegación de Justicia y Administración Pública. Málaga.

3.º Dos funcionarios con habilitación de carácter nacional, de igual o superior categoría que la del puesto convocado.

Secretario: Actuará como Secretario uno de los Habilitados de Carácter Nacional. Los nombramientos de titulares y suplentes se efectuarán por Decreto de la Alcaldía exponiéndose en el tablón de anuncios del Ayuntamiento para general conocimiento.

D) Aprobación de las bases: 25 de enero de 2005 (Resolución de Alcaldía).

E) Convocatoria: 25 de enero de 2005 (Resolución de Alcaldía)

Corporación: Diputación Provincial de Málaga (Consorcios cuya Presidencia asume la Diputación de Málaga).

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Subescala de Secretaría-Intervención.

Nivel de complemento de destino: 26.

Cuantía del complemento específico: 1.896,52 euros mensuales.

Prevista jubilación: No.

Entrevista: Sí.

Pago gastos: No.

Vehículo propio y carnet de conducción.

Funciones: Desempeño de la fe pública, asesoramiento legal preceptivo, control y fiscalización interna de la gestión económica, financiera, presupuestaria y contable en los Consorcios en los que la Presidencia asuma la Diputación. Delegaciones que le efectúe el Secretario General de la Diputación. Las que le sean encomendadas por el Presidente de la Diputación.

A) Méritos específicos.

1. Dadas las peculiaridades propias del desempeño de las funciones reservadas a habilitados de carácter nacional, se valorará el haber desempeñado el puesto de trabajo de

Secretario-Interventor en Consorcios creados por Entidades Locales donde el interesado haya ocupado puestos de

Secretaría-Intervención, con hasta 1,5 puntos.

2. Debiendo atender simultáneamente desde el puesto convocado el desempeño de funciones reservadas a habilitados de carácter nacional en mas de un Consorcio, se valorará el haber

desempeñado el puesto de Secretario-Interventor en más de una Entidad Local de forma simultánea, con hasta 1 punto.

3. Dadas las funciones de Contabilidad encomendadas al puesto de trabajo, se valorará el haber llevado al día la

contabilidad en los municipios en los que se ha prestado servicios con anterioridad, con hasta un máximo de 2,00 puntos.

4. Dado que las materias Jurídicas y Contabilidad tienen una especial incidencia en los consorcios, se valorará la licen

ciatura en derecho, ejercicio de abogacía y estudios en disciplinas contables, con hasta 1,5 puntos.

5. El currículum vitae académico y profesional, se valorará con hasta 1,5 puntos.

B) Acreditación méritos.

1. Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente mediante fotocopias debidamente compulsadas.

2. En el caso de servicios prestados la forma de acreditar tales méritos específicos será mediante certificación expedida por la Administración en la que se prestaron los servicios. En el caso de haber llevado la contabilidad al día la

acreditación se efectuará mediante certificado expedido por el Secretario-Interventor correspondiente o bien mediante la presentación de cualquier otro documento que acredite dicho extremo. Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditados documentalmente.

C) Tribunal.

Presidente: Don Salvador Pendón Muñoz.

Suplente: Don Jesús Mora Calle.

Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía:

Titular: Doña Yolanda Agudo Pérez.

Suplente: Don Fernando Labajos Villalón.

Titular: Don Antonio Blanco Cueto.

Suplente: Doña Encarnación Páez Alba.

Titular: Don Francisco Fernández España.

Suplente: Doña María Luisa Bustinduy Barrero.

Titular: Don Cristóbal Guerrero Merchán.

Suplente: Doña Sara Sánchez Rivas.

Titular: Don Juan Márquez Delgado. Este vocal asumirá la Secretaría del Tribunal.

Suplente: Don Angel Fernández Lupión.

Titular: Don Benito Márquez Medina.

Suplente: Don Juan Aybar Redondo.

Titular: Don José Antonio Villalba Verdugo.

Suplente: Don Manuel Piniella García.

Titular: Don Juan Jesús Ponce García.

Suplente: Don Miguel Aguilera Pérez.

D) Aprobación de las bases: 8 de febrero de 2005 (Acuerdo Pleno).

E) Convocatoria: 8 de febrero de 2005 (Decreto Presidente).

Corporación: Diputación Provincial de Málaga (Servicio

Provincial de Asistencia a Municipios).

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y Categoría: Subescala de Secretaría-Intervención.

Nivel de complemento de destino: 26.

Cuantía del complemento específico: 1.896,52 euros mensuales.

Prevista jubilación: No.

Entrevista: Sí.

Pago gastos: No.

Vehículo propio y carné de conducción.

Funciones: Desempeño de la fe pública, asesoramiento legal preceptivo, control y fiscalización interna de la gestión económica, financiera, presupuestaria y contable en los Ayuntamientos de la provincia que le encomiende la Diputación y en especial aquellos que estén exentos de tener en su plantilla dicho puesto. En estos Ayuntamientos exentos del titular del puesto, deberá estar al menos un día cada dos semanas, así como el tiempo necesario para prestar los

servicios que le requiera o encomiende la respectiva Alcaldía. Colaborar con el SEPRAM, servicio en el que se encuadra el puesto, en las tareas jurídicas y contables que se le

encomienden.

A) Méritos específicos.

1. Dadas las peculiaridades propias del desempeño de las funciones reservadas a habilitados de carácter nacional en Servicio de Asistencia a Municipios, se valorará el haber desempeñado el puesto de trabajo de Secretario-Interventor en servicios dependientes de Diputaciones Provinciales o

Comunidades Autónomas, de asistencia, asesoramiento o

inspección a las Corporaciones Locales, con hasta 1,5 puntos.

2. Debiendo atender simultáneamente desde el puesto convocado el desempeño de funciones reservadas a habilitados de carácter nacional en más de una Entidad Local, se valorará el haber desempeñado el puesto de Secretario-Interventor en más de una Entidad Local de forma simultánea, con hasta 1 punto.

3. Dadas las funciones de Contabilidad encomendadas al puesto de trabajo, se valorará el haber llevado al día la

contabilidad en los municipios en los que se ha prestado servicios con anterioridad con un máximo de 2,00 puntos.

4. Dado que las materias de Urbanismo y contabilidad tienen una especial incidencia en los municipios a los que se presta asistencia, se valorará la Licenciatura en Derecho, ejercicio de abogacía y estudios en disciplinas urbanísticas, con hasta

1,5 puntos.

5. El currículum vitae académico y profesional, se valorará con hasta 1,5 puntos.

B) Acreditación méritos: Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente mediante fotocopias debidamente compulsadas.

En el caso de servicios prestados la forma de acreditar tales méritos específicos será mediante certificación expedida por la Administración en la que se prestaron los servicios. En el caso de haber llevado la contabilidad al día la acreditación se efectuará mediante certificado expedido por el Secretario- Interventor correspondiente o bien mediante la presentación de cualquier otro documento que acredite dicho extremo. Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditados documentalmente.

C) Tribunal.

Presidente: Don Salvador Pendón Muñoz.

Suplente: Don Jesús Mora Calle.

Vocales: Un representantes de la Junta de Andalucía:

Titular: Doña Yolanda Agudo Pérez.

Suplente: Don Fernando Labajos Villalón.

Titular: Don Juan Fraile Cantón.

Suplente: Doña M.ª Luisa Bustinduy Barrero.

Titular: Don Francisco Fernández España.

Suplente: Doña Ana Navarro Navarro.

Titular: Don Fernando Centeno López.

Suplente: Doña Sara Sánchez Rivas.

Titular: Don Juan Márquez Delgado.

Suplente: Don Angel Fernández Lupión. Este vocal asumirá la Secretaría del Tribunal.

Titular: Don Juan Sepúlveda Portales.

Suplente: Don José Antonio Ríos Sangustín.

Titular. Don Víctor Santiago Arcal.

Suplente: Don Luis Machuca Santacruz.

Titular: Don Ricardo Trigueros Huerta.

Suplente: Don Gregorio Quesada Romero.

D) Aprobación de las bases: 8 de febrero de 2005 (Acuerdo Pleno).

E) Convocatoria: 8 de febrero de 2005 (Decreto Presidente).

Corporación: Ayuntamiento de Pizarra (Málaga).

Población: ) 2.000 habitantes.

Puesto: Secretaría 3.ª

Subescala/Categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel C. Destino: 26.

C. específico: 1.079,65 euros.

Prevista jub.: No.

Entrevista: No.

Pago gastos: No.

A) Méritos específicos.

Desempeñar el cargo de responsable administrativo y financiero de Grupo de Desarrollo Rural: 2,5 puntos.

Desempeñar el puesto de Secretaría-Intervención en municipio con Patronato Municipal de Radio: 2,5 puntos.

Desempeñar el puesto de Secretaría-Intervención en municipio con Patronato Municipal de Turismo: 2,5 puntos.

B) Acreditación méritos: Certificaciones compulsadas expedidas por los organismos correspondientes.

C) Tribunal.

Titulares: Presidente: Alcalde-Presidente.

Vocales:

Un funcionario de carrera de habilitación nacional de igual categoría al puesto convocado nombrado por el Alcalde.

Un representante designado por la Junta de Andalucía:

Titular: Victoria Braqueais Lumbreras. Delegación del

Gobierno. Málaga.

Un Secretario designado por el Alcalde entre los vocales.

Suplentes:

Presidente: Primer Teniente de Alcalde.

Suplente: Rosario García Morillo. Delegación del Gobierno. Málaga.

Vocales: Se nombrarán vocales suplentes, en igual número y con los mismos requisitos.

D) Aprobación de las bases: 15 de noviembre de 2004 (Decreto Alcaldía).

E) Convocatoria: 15 de noviembre de 2004 (Decreto Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento de Teba (Málaga).

Población: 4.315 habitantes.

Puesto: Secretaría-Intervención, clase tercera.

Nivel: 26.

Complemento específico: 982,02 E mensual.

Prevista jubilación: No.

Entrevista: Sí.

A) Méritos específicos.

Por estar en posesión del título de Licenciado en Derecho (2 puntos).

Por estar en posesión del título de Técnico Urbanista (1,5 puntos).

Por la realización de cursos de mas de 40 horas lectivas, sobre materias relacionadas con la Contabilidad Presupuestaria Pública Local, el Urbanismo y Medio Ambiente, la Contratación Administrativa y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, impartidos u homologados por el INAP, IAAP, Universidades u otros Organismos de formación pública local, autonómica o estatal, 0,25 puntos por cada curso, con un máximo de 2 puntos.

Por los servicios prestados como Secretario-Interventor en municipios de población superior a 3.000 habitantes de

derecho, 0,10 puntos por cada año de servicios, hasta un máximo de 2 puntos.

B) Acreditación méritos.

1. Todos los méritos deberán acreditarse documentalmente mediante fotocopias debidamente compulsadas.

2. En caso de servicios prestados la forma de acreditar tales méritos específicos será mediante certificación expedida por la Administración en la que se prestaron los servicios. Sólo se valorarán aquellos méritos obtenidos hasta la fecha en que finalice el plazo de presentación de instancias, debiendo relacionarse siempre en la solicitud de participación y acreditados documentalmente.

C) Tribunal.

Presidente:

Titular: Doña Isabel Gamica Báez.

Suplente: Don Manuel Pinta Galán.

Vocales:

Titular: Don Salvador Peralta Sevillano.

Suplente: Don José María Peralta Sevillano.

Titular: Don Francisco Guerrero Morgado.

Suplente: Don Antonio García Rey.

Titular: Don Joaquín González Guerrero.

Suplente: Doña Pilar Gómez Lora.

Designados por la Junta de Andalucía:

Titular: Doña Yolanda Agudo Pérez. Delegación Provincial de Justicia y Administración y Pública. Málaga.

Suplente: Don José Antonio Torres de la Fuente. Delegación Provincial de Justicia y Administración y Pública. Málaga.

Don Carlos Limón Martínez, como Vocal-Secretario, con su respectivo suplente, que será otro funcionario de

Administración Local, con habilitación de carácter nacional.

D) Aprobación de bases: Acuerdo del Pleno (26 de enero de

2005).

E) Convocatoria: Acuerdo del Pleno (26 de enero de 2005).

PROVINCIA SEVILLA

Corporación: Ayuntamiento de Alcolea del Río (Sevilla).

Población 31.12.03: 3.359 habitantes.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel de complemento de destino: 22.

Cuantía del complemento específico: 12.502,20 euros/año.

Prevista jubilación: No.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

A) Méritos específicos.

I. Experiencia. La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado es de 4 puntos. Los méritos alegados serán excluyentes de forma que no podrán valorarse idénticos

servicios en ambos subapartados.

I.1. Por haber desempeñado mediante nombramiento definitivo puesto de trabajo reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala de Secretaría-Intervención, en Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía con población superior a 3.000

habitantes y por un período continuado en el mismo puesto no inferior a 10 años (no se computarán períodos inferiores al año), 2,50 puntos.

I.2. Por haber desempeñado puesto de trabajo reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala de Secretaría-Intervención, en Ayuntamientos o agrupaciones de la Comunidad Autónoma de Andalucía con población superior a 2.000 habitantes: 0,035 puntos por mes completo (no se computarán períodos inferiores al mes). Puntuación máxima 1,50 puntos.

II. Formación y perfeccionamiento.

La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado II es de 3 puntos.

La puntuación que puede otorgarse por los méritos siguientes es excluyente y no podrá ser acumulativa entre cursos

necesarios para obtener otro que lo comprenda. Unicamente se considerarán aquellos cursos en los que expresamente conste el número de horas lectivas que comprendan. No se computarán cursos con horario lectivo inferior a 15 horas.

En este apartado se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por Centro Oficial o en

colaboración con los mismos que versen sobre materias

directamente relacionadas con las funciones propias del puesto, conforme a lo siguiente:

Cursos de 15 a 20 horas: 0,10 puntos por curso.

Cursos de 21 a 35 horas: 0,20 puntos por curso.

Cursos de más de 35 horas: 0,40 puntos por curso.

Incrementos de puntuación: La puntuación asignada conforme a lo anterior se incrementará hasta un máximo de 0,65 puntos conforme a lo siguiente:

Por asistencia a cursos sobre urbanismo en los municipios andaluces, aplicación práctica de la Ley de Ordenación

Urbanística de Andalucía 7/2002, de 17 de diciembre, con una duración mínima de 35 horas: 0,35 puntos.

Por cada curso sobre contabilidad y/o el sistema de

información contable para la Administración Local con una duración mínima de 35 horas: 0,10 puntos.

III. Otros méritos. La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado es de 0,50 puntos.

- Por contrato de colaboración con la Administración

Provincial u organismos dependientes de la misma en el

desarrollo de los trabajos tendentes a la elaboración de modelos de aplicación a los Ayuntamientos en materia de recursos humanos: 0,50 puntos.

B) Acreditación méritos.

I. Experiencia: Por certificación original expedida por la Secretaría de los Ayuntamientos de referencia en la que consten todas las especificaciones que acrediten los méritos alegados.

II. Formación: Presentación de copias compulsadas

administrativa o notarialmente de los certificados

acreditativos de la asistencia a los cursos en los que conste el número de horas lectivas correspondientes.

III. Otros méritos: Presentación de copias compulsadas

administrativa o notarialmente de los contratos

administrativos suscritos al respecto.

El Tribunal podrá recabar formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella otra documentación complementaria que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.

C) Tribunal.

Presidente: Don Carlos López Barrera, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.

Suplente: Doña Amparo Gil Gómez, Segunda Teniente de Alcalde del Ayuntamiento.

Secretario: Don José Antonio Carballo Caro, Funcionario Administración General.

Suplente: Don José Antonio Rodríguez Muñoz, Funcionario Administración General.

Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía:

Titular: Don Manuel Adame Barrios. Delegación del Gobierno. Sevilla.

Suplente: Don José Antonio Delgado Vázquez. Delegación del Gobierno. Sevilla.

Titular: Don Pedro Juan González Rejinfo, representante sindical personal.

Suplente: Don Ramón Pedrosa Celemín, representante sindical personal.

Titular: Doña Felicidad Majua Velázquez, funcionaria con habilitación nacional.

Suplente: Don Juan Carlos Guerrero Rodríguez, funcionario con habilitación nacional.

D) Bases convocatoria: 12 de enero de 2005 (Junta de Gobierno Local).

E) Convocatoria: 12 de enero de 2005 (Junta de Gobierno Local).

Corporación: Ayuntamiento de Camas.

Población 31.12.03: 25.393 habitantes.

Denominación del puesto: Interventor General.

Subescala y categoría: Intervención-Tesorería, Superior.

Nivel de complemento de destino: 30.

Cuantía del complemento específico: 14.795,15 euros.

Prevista jubilación: No.

Puntuación mínima: 7,5 (25%).

Entrevista: No.

Pago gastos: No.

A) Méritos específicos.

I. Experiencia. La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado es de 3 puntos.

I.1. Por haber desempeñado mediante nombramiento definitivo puesto de trabajo reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior en Ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Andalucía con población de más de

45.000 habitantes por un período continuado en el mismo Ayuntamiento no inferior a 4 años, 1 punto.

I.2. Por la experiencia en el desempeño de funciones de Vicesecretario de Consejo de Administración de sociedades mercantiles de capital integra o mayoritariamente municipal. Por cada mes completo 0,15 puntos hasta un máximo de 1,5 puntos.

I.3. Por la experiencia en el desempeño, por razón de la plaza de habilitado nacional subescala Intervención-Tesorería, de funciones de Responsable Administrativo Financiero de

Asociación sin ánimo de lucro participada por Ayuntamientos o Mancomunidades junto a otras entidades, constituida para la gestión de los Fondos Europeos PRODER (Programa Operativo de Desarrollo y Diversificación Económica de Zonas Rurales). Por cada mes completo 0,25 puntos hasta un máximo de 0,5 puntos.

II. Formación y perfeccionamiento.

La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado II es de 1,75 puntos.

La puntuación que puede otorgarse por los méritos siguientes es excluyente y no podrá ser acumulativa entre cursos

necesarios para obtener otro que lo comprenda.

- Por la asistencia con aprovechamiento a cursos sobre

especialización en Contabilidad Pública con una duración no inferior a 75 horas lectivas, impartidos y homologados por el IAAP, INAP o CEMCI: 0,5 puntos, máximo 0,5 puntos.

- Por la asistencia con aprovechamiento a cursos sobre

especialización en Gestión Financiera y Presupuestaria con una duración no inferior a 75 horas lectivas, impartidos u

homologados por el IAAP, INAP O CEMCI: 0,5 puntos, máximo 0,5 puntos.

- Por la asistencia con aprovechamiento a cursos sobre

especialización en Derecho Público Local con una duración no inferior a 95 horas lectivas, impartidos u homologados por el IAAP, INAP O CEMCI: 0,5 puntos. Máximo 0,5 puntos.

- Por la asistencia con aprovechamiento a cursos sobre Nuevas Técnicas Presupuestarias aria con una duración no inferior a

40 horas lectivas, impartidos u homologados por el IAAP, INAP O CEMCI: 0,25 puntos. Máximo 0,25 puntos.

III. Otros méritos.

La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado III es de 2,75 puntos.

III.1. Por haber participado como profesor o ponente en cursos organizados por INAP o IAAP dirigidos a la selección de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala de Secretaría-Intervención, por cada hora docente 0,025 puntos, hasta un máximo de 0,25 puntos.

III.2. Por haber participado como Profesor o ponente en cursos sobre la Función Interventora en las Corporaciones Locales, homologados por el INAP O IAAP: 1 punto, por cada ponencia o curso hasta un máximo de 1 punto.

III.3. Haber sido miembro como Presidente o vocal titular o suplente de tribunales para la selección de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Intervención-Tesorería, categoría de entrada, por cada Tribunal 0,3 puntos, hasta un máximo de 1,5 puntos.

B) Acreditación: Los méritos alegados por los concursantes se acreditarán mediante la presentación del certificado o informe correspondiente, título o fotocopia de los mismos debidamente cotejada. El Tribunal podrá recabar formalmente de los

interesados la documentación adicional que estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar otra documentación

complementaria que estimen oportuna para acreditar las

exigencias de esta convocatoria.

C) Tribunal.

Presidente: Alcalde-Presidente del Ayuntamiento.

Suplente: Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento.

Secretario: Don Francisco Liñán Ríos, funcionario de este Ayuntamiento.

Suplente: Don Cristóbal Guerrero Salgado, funcionario de este Ayuntamiento.

Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía:

Titular: Don Miguel Angel Ruiz Godoy. Delegación Provincial de Justicia y Administración Pública Sevilla.

Suplente: Don Adolfo Cardenete del Moral. Delegación

Provincial de Justicia y Administración Pública Sevilla.

Titular: Don Sebastián Rider Pérez, Tesorero del Ayuntamiento.

Suplente: Don José Luis Conejero Domínguez, funcionario del Ayuntamiento.

Titular: Don José Luis Conejero Domínguez, funcionario del Ayuntamiento.

Suplente: Don José A. Candelera Mora, funcionario de este Ayuntamiento.

Titular: Don José A. Candelera Mora, funcionario de este Ayuntamiento.

Suplente: Don Cristóbal Guerrero Salgado, funcionario de este Ayuntamiento.

Titular: Un concejal del Ayuntamiento designado por los grupos municipales.

Suplente: Un concejal del Ayuntamiento designado por los grupos municipales.

D) Aprobación bases: 8 de febrero de 2005 (Decreto Alcaldía).

E) Convocatoria: 8 de febrero de 2005 (Decreto Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento de Castilleja de Guzmán

(Sevilla).Población: ' 3.000 habitantes.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel de complemento de destino: 26.

Cuantía del complemento específico: 15.231,48 euros/año.

Prevista jubilación: No.

Entrevista: Sí.

A) Méritos específicos.

I. Experiencia profesional.

Se valorará hasta un máximo de 6 puntos según la regla

siguiente:

- Servicios prestados en Ayuntamientos de Andalucía de menos de 3.000 habitantes como funcionario, de carrera en puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, correspondientes a la subescala a que se concursa:

0,02 puntos por mes, con un máximo de 4 puntos.

- Servicios prestados en municipios de Andalucía con

relevancia territorial (conforme al Decreto 150/2003, de 10 de junio, por el que se determinan los municipios con relevancia territorial a efectos de lo previsto en la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía) de menos de 3.000 habitantes, como funcionario de carrera en puestos de trabajo reservados a funcionarios con habilitación de carácter nacional, correspondientes a la subescala a que se concursa:

0,3 puntos por mes, con un máximo de 2 puntos.

B) Acreditación: Certificación expedida por los Ayuntamientos o por el Ministerio para las Administraciones Públicas. Original o copia compulsada.

C) Tribunal.

Titulares:

Presidente: Alcalde-Presidente, don Carmelo Ceba Pleguezuelos.

Vocales:

1.º Representante designado por la Junta de Andalucía.

Titular: Don Adolfo Cardenete del Moral. Delegación de

Justicia y Administración Pública. Sevilla.

2. º Un Secretario-Interventor de igual o superior categoría al de este Ayuntamiento, que actuará de Secretario, pendiente de designar.

Suplente:

Presidente: 1. Teniente Alcalde, doña Manuela Marín Méndez.

Vocales:

1.º Representante designado por la Junta de Andalucía:

Doña Antonia Santos Noja. Delegación de Justicia y

Administración Pública. Sevilla.

2.º Un Secretario-Interventor de igual categoría al de este Ayuntamiento, que actuará de Secretario, pendiente de

designar.

D) Aprobación bases: 9 de febrero de 2005 (Resolución

Alcaldía).

E) Convocatoria: 9 de febrero de 2005 (Resolución Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento de La Puebla de los Infantes

(Sevilla).

Población 31.12.03: 3.291 habitantes.

Denominación del puesto: Secretaría-Intervención.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel de complemento de destino: 24.

Cuantía del complemento específico: 9.104,04 euros/año.

Prevista jubilación: No.

Entrevista: No.

Pago de gastos: No.

A) Méritos específicos.

I. Experiencia.

La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado es de 4 puntos. En este apartado, los méritos alegados

se consideran excluyentes, de forma que no podrán valorarse idénticos servicios en los diferentes subapartados.

I.1. Por haber desempeñado mediante nombramiento definitivo, en puesto de trabajo reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la subescala de Secretaría-Intervención, en Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cuyo término municipal se encuentre, en todo o en parte, integrado en un Parque Natural, con población superior a 2.000 habitantes, y por un período continuado en el mismo Ayuntamiento no inferior a 2 años: 0,03 puntos por mes (hasta un máximo de 1 punto).

I.2. Por haber desempeñado servicios en puesto de trabajo reservado a funcionario de Administración Local con

habilitación de carácter nacional de la subescala de

Secretaría-Intervención, en Ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Andalucía, parte de cuyo término municipal se encuentre integrado en un Parque Natural, con población superior a 3.000 habitantes: 0,05 puntos por mes (hasta un máximo de 1 punto).

I.3. Por haber desempeñado puesto de trabajo reservado a funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Subescala de Secretaría, categoría de Entrada, y por un período continuado en el mismo Ayuntamiento no inferior a 4 años: 0,05 puntos por mes (hasta un máximo de

2 puntos).

II. Formación y perfeccionamiento.

La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado II es de 3 puntos.

La puntuación que puede otorgarse por los méritos siguientes es excluyente y no podrá ser acumulativa entre cursos

necesarios para obtener otro que lo comprenda. Unicamente se considerarán aquellos cursos en los que expresamente conste el número de horas lectivas que comprendan. No se computarán cursos con horario lectivo inferior a 20 horas.

En este apartado se valorarán los cursos de formación y perfeccionamiento impartidos por Centro Oficial o en

colaboración con los mismos que versen sobre materias

directamente relacionadas con las funciones propias del puesto, conforme a lo siguiente:

Cursos de 20 a 35 horas: 0,25 puntos por curso.

Cursos de 36 a 45 horas: 0,50 puntos por curso.

Cursos de más de 45 horas: 0,75 puntos por curso.

III. Otros méritos.

La puntuación máxima que se puede obtener en este apartado III es de 0,50 puntos.

- Por haber sido miembro, como vocal, de Tribunales para la provisión de puestos de trabajo reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala de Secretaría, categoría de Entrada, mediante cualquiera de las formas de provisión contempladas en la Ley:

0,50 puntos.

B) Acreditación méritos.

I. Experiencia: Por certificación original expedida por la Secretaría de los Ayuntamientos de los Ayuntamientos de referencia, en la que consten todas las especificaciones que acrediten los méritos alegados.

II. Formación: Presentación de copias compulsadas

administrativa o notarialmente de los certificados

acreditativos de la asistencia a los cursos en los que conste el número de horas lectivas correspondientes.

III. Otros méritos: Presentación de certificación expedida por la Secretaría de la Corporación correspondiente que así lo acredite.

El Tribunal podrá recabar formalmente de los interesados las aclaraciones o, en su caso, la documentación adicional que se estime necesaria para la comprobación de los méritos alegados, sin perjuicio de que los interesados puedan aportar aquella otra documentación complementaria que consideren oportuna en orden a la mejor acreditación de los requisitos y méritos a los que se refiere esta convocatoria.

C) Tribunal.

Presidente: Don Manuel Enrique Rodríguez Martínez, Alcalde- Presidente del Ayuntamiento.

Suplente: Doña Angeles Dolores Molina Sánchez, Primer Teniente de Alcalde del Ayuntamiento.

Secretario: Don Tomás Hernández Delgado, Funcionario de Administración General.

Suplente: Don Miguel García Medina, Funcionario de

Administración General.

Vocales: Un representante de la Junta de Andalucía:

Titular: Don José Antonio Delgado Vázquez. Delegación del Gobierno. Sevilla.

Suplente: Don Manuel Palma Prisco. Delegación del Gobierno. Sevilla.

Titular: Don Francisco Blanco Sedano, representante sindical personal.

Suplente: Doña M.ª Isabel Toro Tamayo, representante sindical personal.

Titular: Doña M.ª Dolores Agujetas Muriel, Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Suplente: Doña M.ª José Gallardo Velázquez, Funcionaria de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

D) Aprobación bases: 27 de enero de 2005 (Acuerdo Junta de Gobierno Local).

E) Convocatoria: 27 de enero de 2005 (Acuerdo Junta de

Gobierno Local).

Corporación: Ayuntamiento de Salteras.

Población 31.12.03: 4.228 habitantes.

Denominación del puesto: Vicesecretaría.

Subescala y categoría: Secretaría-Intervención.

Nivel de complemento de destino: 23.

Cuantía del complemento específico: 11.441,28 euros.

Prevista jubilación: No.

Entrevista: No.

Pago gastos: No.

A) Méritos específicos: Se valorarán los siguientes méritos específicos, todos ellos relacionados con las características concretas y funciones del puesto:

Por prestación de servicios:

- Por prestación de servicios en Ayuntamientos en puestos reservados a funcionarios de Administración Local con

habilitación de carácter nacional con competencia en materia de asesoramiento legal preceptivo, en los que en los últimos cinco años, desde la aprobación de las presentes Bases, se haya llevado a cabo la tramitación de la revisión de sus Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal: 0,5 puntos.

- Por prestación de servicios en Ayuntamientos en puestos reservados a funcionarios de Administración Local con

habilitación de carácter nacional con competencia en materia de asesoramiento legal preceptivo, en los que en los últimos cinco años, desde la aprobación de las presentes Bases, se haya llevado a cabo la promoción municipal de viviendas de protección oficial: 0,5 puntos.

- Por prestación de servicios en Ayuntamientos en puestos reservados a funcionarios de Administración Local con

habilitación de carácter nacional clasificados como de tercera categoría considerados como de relevancia territorial por la normativa urbanística andaluza, con un período mínimo de un año, desde la aprobación de las presentes Bases: 1 punto.

Titulaciones relacionadas con las funciones del puesto:

- Por estar en posesión de un título de Máster en Gestión de Administraciones Locales, obtenido por la realización de cursos de al menos 500 horas de duración: 2 puntos.

- Por estar en posesión del título de Experto Universitario en Ordenación del Territorio y Derecho Urbanístico de Anda

lucía, por realización de cursos de al menos 250 horas de duración: 1,5 puntos.

Otros méritos relacionados con la actividad urbanística: Por pertenecer a asociaciones profesionales de urbanistas de ámbito nacional: 1 punto.

B) Acreditación méritos.

Los títulos mediante presentación del original o fotocopia compulsada.

La experiencia en tramitación de expedientes de revisión de normas subsidiarias y los servicios prestados mediante

certificación expedida por el Secretario de la Corporación en la que se han prestado los servicios y tramitado los referidos expedientes.

La pertenencia a asociaciones profesionales de especialista en urbanismo de ámbito nacional, mediante Certificación expedida por los Secretarios de dichas Asociaciones.

C) Tribunal.

Presidente: El que lo es de este Ayuntamiento, don Antonio Valverde Macías.

Sustituto: Primera Teniente de Alcalde: Doña Regina Serrano Ferrero.

Secretario: El Secretario General de la Corporación, don Francisco Macías Rivero.

Sustituto: Designado por el Colegio de Provincial de

Secretarios, Interventores y Tesoreros.

Vocales:

Un representante de la Comunidad Autónoma de Andalucía:

Titular: Don Manuel Palma Prisco. Delegación del Gobierno (Sevilla).

Suplente: Don José Antonio Delgado Vázquez. Delegación del Gobierno (Sevilla).

Un representante de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional: titular y sustituto a nombrar por el Colegio Provincial de Sevilla de Secretarios, Interventores y Tesoreros.

La Concejala Delegada de Urbanismo, doña Francisca Ciero Polvillo.

Sustituto: Don Miguel Angel Toscano Pérez, concejal delegado de régimen interior.

D) Aprobación bases: 31 de enero de 2005 (Decreto Alcaldía).

E) Convocatoria: 31 de enero de 2005 (Decreto Alcaldía).

Corporación: Ayuntamiento de Tomares (Sevilla).

Población: Superior a 5.000 habitantes.

Denominación del puesto: Vicesecretario-Interventor.

Subescala y categoría: Subescala de Secretaría-Intervención.

Nivel de complemento de destino: 26.

Cuantía del complemento específico: 13.000 euros anuales.

Prevista jubilación: No.

Entrevista: No.

Pago gastos: No.

A) Méritos específicos.

- Experiencia.

1.2. Haber desempeñado la Secretaría General con dedicación exclusiva en cualquier Corporación Local, Empresa Pública u Organismo Autónomo de cualquier Administración Pública con un presupuesto mínimo de 29 millones de euros. Por cada año de servicio efectivo: 1 punto por año acreditado, con un máximo de 5 puntos.

- Formación:

2.1. En la vertiente económica sobre Intervención (máximo 1,50 puntos).

2.1.1. Curso sobre Gestión de Tesorería de las CC.LL., con al menos 24 horas lectivas, impartido, homologado y organizado por Organismo docente oficial de la Administración Pública:

0,75 puntos.

2.1.2. Curso de Especialización en Contabilidad Pública de las Haciendas Locales con al menos 40 horas lectivas impartido, homologado y organizado por Organismo docente oficial de la Administración Pública: 0,75 puntos.

2.2. En la vertiente jurídica (máximo 1 punto).

2.2.1. Curso sobre la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y las Entidades Locales con al menos 40 horas lectivas

impartido, homologado y organizado por Organismo docente oficial de la Administración Pública o Colegio Profesional:

0,50 puntos.

2.2.2. Curso de postgrado, Máster o Curso Doctorado sobre Derecho Urbanístico de la Comunidad Autónoma de Andalucía impartido, homologado y organizado por Organismo docente oficial de la Administración Pública, Universidad o Colegio Profesional: 0,50 puntos.

B) Acreditación: Todos los méritos se acreditarán mediante fotocopia compulsada de los documentos originales.

C) Tribunal.

Presidenta: Alcaldesa del Ayuntamiento de Tomares. Doña Antonia Hierro Recio.

Vocales:

Concejal Delegado de Personal, don Francisco García Pérez.

Concejal Delegado de Hacienda, doña Esther Márquez Hierro.

Interventor: Don Luis Gamito Baena, que actuará de Secretario del Tribunal.

En representación de la Junta de Andalucía, don Manuel Adame Barrios. Delegación del Gobierno. Sevilla.

Suplentes:

Presidenta: Concejal Delegado de Infraestructuras, doña Manuela Trujillo Carvajal.

Vocales:

Concejal Delegado de Seguridad, don Juan Paguillo.

Concejal Delegado de Relaciones Exteriores, doña Saray Pineda Vilches.

Secretario General: Don Alfonso Barrios Cardona, que actuará como Secretario suplente del Tribunal.

En representación de la Junta de Andalucía, don José Antonio Delgado Vázquez. Delegación del Gobierno. Sevilla.

D) Aprobación de las bases: 25 de febrero de 2005 (Resolución Alcaldía).

E) Convocatoria: 25 de febrero de 2005 (Resolución Alcaldía).

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