Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 76 de 20/04/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 18 de marzo de 2005, de la Dirección General de Planificación, por la que se acuerda la acreditación del laboratorio "Laboratorio Onubense de Control de Calidad", localizado en Huelva, y la inscripción en el Registro de Laboratorios de Ensayos Acreditados.

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Por don Mohammed El Biad, en representación de la empresa Laboratorio Onubense de Control de Calidad, ha sido presentada solicitud, acompañada de la documentación justificativa del sistema de calidad implantado, para la acreditación del laboratorio localizado en Polígono La Luz, fase 5, núm. 10, Huelva.

Realizada inspección por la Consejería de Obras Públicas y Transportes se verifican las condiciones técnicas para la acreditación como laboratorio de ensayos.

Considerando que se ha dado cumplimiento a lo previsto en la Orden de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de de junio de 1989 por la que se regula el Registro de Laboratorios de Ensayos Acreditados para el control de calidad de la construcción, así como a lo previsto en la Orden de de febrero de 2004, que la desarrolla, en virtud de las competencias delegadas en la Orden citada, esta Consejería ha resuelto lo siguiente:

Primero. Acreditar al laboratorio de la empresa "Laboratorio Onubense de Control de Calidad", localizado en Polígono La Luz, fase 5, núm. 10, Huelva, para la realización de los ensayos solicitados, incluidos en las áreas que se indican, para los que la empresa ha justificado capacidad técnica:

- Area de ensayos de laboratorio de geotecnia (GTL).

Segundo. Inscribir la acreditación concedida en el Registro de Laboratorios de Ensayos Acreditados para el control de calidad de la construcción de esta Consejería, con el número LE035HU-

05, relacionando los ensayos reconocidos.

Tercero. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Cuarto. Los análisis, pruebas y ensayos acreditados y consecuente firma de actas de resultados, deberán realizarse por los técnicos del laboratorio con titulación académica y profesional habilitante.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo con competencia territorial, según se prevé en el artículo de la Ley 29/1998, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de de julio, o, en su caso, ante

la correspondiente Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, y con cumplimiento de los requisitos previstos en la mencionada Ley.

Sevilla, 18 de marzo de 2005.- El Director General,

Ignacio Pozuelo Meño.

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