Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 77 de 21/04/2005

3. Otras disposiciones

Consejería de Educación

ORDEN de 9 de marzo de 2005, por la que se autoriza a impartir ciclos formativos de Formación Profesional Específica, en la modalidad semipresencial o a distancia, al centro docente privado "Centro de Estudios Hermanos Naranjo", de Granada.

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Vista la solicitud de autorización, de don José María Muñoz León, como representante de la entidad "Centro de Estudios Hermanos Naranjo, S.C.A.", titular del Centro de Formación Profesional Específica "Centro de Estudios Hermanos Naranjo", con domicilio en Granada, Avda. de Andalucía, 103, para impartir ciclos formativos de Formación Profesional Específica en la modalidad semipresencial o a distancia, realizada según lo dispuesto en el artículo, de la Orden de de mayo de, por la que se establece la implantación y organización de la Formación Profesional Específica en la modalidad semipresencial o a distancia.

Considerando que el Centro de Formación Profesional Específica "Centro de Estudios Hermanos Naranjo" de Granada, por Orden de de enero de 2003, tiene autorización definitiva para impartir los ciclos formativos de Grado Superior de Administración de Sistemas Informáticos con 200 puestos escolares, y de Desarrollo de Aplicaciones Informáticas con 200 puestos escolares.

Teniendo en cuenta que la metodología de estas enseñanzas y los materiales didácticos utilizados deberán atender a la utilización de las tecnologías de la información y de la comunicación y los recursos que proporciona internet, según establecen los artículos.2 y 20.4 de la citada Orden de de mayo de 2003.

Considerando que la solicitud de autorización, cumple las condiciones generales establecidas en el punto del artículo de la Orden de de mayo de, esta Consejería de Educación ha dispuesto.

Primero. Autorizar al Centro de Formación Profesional Específica "Centro de Estudios Hermanos Naranjo", con código núm., la impartición de los ciclos formativos de Grado Superior de Administración de Sistemas Informáticos y de Desarrollo de Aplicaciones Informáticas en la modalidad semipresencial o a distancia.

Segundo. El número de puestos escolares será de 200 para cada ciclo formativo autorizado.

Tercero. La autorización surtirá efectos a partir del curso escolar 2005/2006.

Cuarto. Dicho Centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente.

Quinto. Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso contencioso- administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo establecido en los arts., 14 y 46.1 de la Ley/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a su publicación en el BOJA, ante la Excma. Sra. Consejera de Educación, de acuerdo con lo dispuesto en los arts..1, 116 y 117 de la Ley/92, de de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 9 de marzo de 2005

CANDIDA MARTINEZ LOPEZ

Consejera de Educación

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