Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 78 de 22/04/2005

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Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa

RESOLUCION de 14 de diciembre de 2004, de la Delegación Provincial de Granada, por la que se acuerda la necesidad de ocupación de bienes y derechos, a efectos de expropiación forzosa, resultando beneficiaria de la misma la concesión de explotación Aduana II, núm. 30.361. (PP. 144/2005).

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La entidad "Mármoles Antonio Sáez, S.L.", con domicilio en Jau-Santa Fe (Granada), Camino de los Villares, s/n, es titular de la concesión de explotación "Aduana II" núm.

30.361, para caliza marmórea, situada en los términos municipales de Loja y Salar (Granada). Dicha concesión fue otorgada el 3 de noviembre de 1998, y mantiene su vigencia administrativa en el día de la fecha.

Por instancia de 28 de diciembre de 1999, don Antonio Sáez Moyano, solicita la tramitación del presente expediente de expropiación forzosa, con base en los artículos 105 y 107 de la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas; en los artículos

131 y 133 del Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería; en la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954; y en el Reglamento para su aplicación, aprobado por Decreto de abril de 1957.

Efectuada información pública, de conformidad con el artículo

18 de la Ley de Expropiación Forzosa, y, transcurrido el plazo para formular alegaciones, sin que las mismas se hayan presentado, esta Delegación Provincial, en virtud del artículo

20, del mismo texto legal:

RESUELVE

Acordar la necesidad de ocupación de los bienes y derechos que se exponen a continuación, describiendo los aspectos materiales y jurídicos de los mismos y designando nominalmente a los interesados, de conformidad con los artículos 3, 4 y 20 de la Ley de Expropiación Forzosa.

- Denominación de la finca: Cortijo del Cardador.

- Término municipal: Salar (Granada).

- Propietarios: Don Ramón López Lorca y doña Mercedes Ramos Terrón.

- Naturaleza del terreno a expropiar: Rústico.

- Inscripción registral: Registro de la Propiedad de Loja (Granada), folio núm. 64, libro núm. 41, tomo núm. 41, finca núm. 5.918, con la siguiente descripción: Tierra de secano inculto, término municipal de Salar, de cabida treinta hectáreas, cincuenta y cuatro áreas y noventa y nueve centiáreas, o, cincuenta y cuatro fanegas y veinte centésimas de otra, que lindan: Norte, resto de la finca matriz de don Francisco Jiménez Tienda y Barranco de los Gronsillos; Este, don Juan Guzmán García; Sur, don Juan Guzmán García y don Emilio Trassierra Lozano; Oeste, resto de finca matriz y camino de Loja a Vélez. Linda además por el Norte, Este y Oeste con resto de finca matriz de labor con olivos, y por el Este y Sur con el Barranco de la Peña en medio.

La zona a ocupar temporalmente está formada por 128.471 m, definidos por el polígono cuyas coordenadas UTM son.

Este Norte

Vértice 1 404642,891 4107502,964

Vértice 2 404678,143 4107517,852

Vértice 3 404691,597 4107560,554

Vértice 4 404741,790 4107617,017

Vértice 5 404744,377 4107701,473

Vértice 6 404761,970 4107733,737

Vértice 7 404797,157 4107754,614

Vértice 8 404834,414 4107754,614

Vértice 9 404930,142 4107722,824

Vértice 10 404979,818 4107687,713

Vértice 11 405002,586 4107632,674

Vértice 12 405048,122 4107584,278

Vértice 13 405101,937 4107542,999

Vértice 14 405157,304 4107515,954

Vértice 15 405178,520 4107496,026

Vértice 16 405113,224 4107433,656

Vértice 17 405008,000 4107387,000

Vértice 18 404821,477 4107332,333

Vértice 19 404793,017 4107344,195

Esta superficie se sitúa dentro de la parcela núm., del polígono 12, hoja núm. 1 del Catastro de Fincas Rústicas de Salar, teniendo una superficie de 130.530 m. Se encuentra en su totalidad dentro de los límites de la concesión de

explotación "Aduana II".

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación, ante el Consejero de Innovación, Ciencia y Empresa, pudiendo formularse ante esta Delegación Provincial, o ante el órgano competente para su Resolución, todo ello de conformidad con los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Granada, 14 de diciembre de 2004.- El Delegado, Alejandro Zubeldía Santoyo.

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