Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 88 de 09/05/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. 12 DE SEVILLA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm. 185/2003. (PD. 1517/2005).

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NIG: 4109100C20030004847.

Procedimiento: Proced. ordinario (N) 185/2003. Negociado: 5.

De: Don Tobías Romero de León.

Procurador: Sr. Manuel Martín Toribio 52.

Contra: Puerto Sol, S.A.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. ordinario (N) 185/2003-5.º seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla a instancia de don Tobías Romero de León contra Puerto Sol, S.A., se ha dictado auto de aclaración de sentencia de fecha

18.10.04, insertada en el BOJA núm. 14, de 21.1.05, que copiado en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

ACUERDO

Haber lugar a aclarar el fallo de la sentencia dictada por este Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla en fecha 18 de octubre de 2004, en méritos de los autos de juicio ordinario núm. 185/2003-5, en el sentido de adicionar al final de su punto 1.º II, tras la palabra "otorgamiento" y antes del punto 2.º, la siguiente indicación:

"Procediéndose en otro caso conforme a lo dispuesto en el art.

708 de la Ley de Enjuiciamiento Civil."

Mantener literalmente el resto de la resolución en los términos dictados.

Póngase en conocimiento de las partes que los plazos para los recursos que procedan contra la resolución de que se trate se interrumpirán desde que se solicite su aclaración, rectificación, subsanación o complemento y, en todo caso, comenzarán a computarse desde el día siguiente a la notificación del auto que reconociera o negase la omisión de pronunciamiento y acordase o denegara remediarla (art..8 LOPJ).

Así lo manda y firma don Francisco José Gordillo Peláez, titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Doce de Sevilla. Doy fe.-

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a la demandada Puerto Sol, S.A., extiendo y firmo la presente en Sevilla a 2 marzo de 2005.- El/La Secretario.

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