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Advertido error en el texto de la Orden de referencia, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm.
232, de 26 de noviembre de 2004, se procede a su subsanación mediante la presente corrección que a continuación se transcribe:
En la página 27.358, en el Artículo Unico, modificación, donde dice: "Se modifica el apartado b del artículo 3, que queda redactado de la siguiente forma:
"b) Los Ayuntamientos de Capitales de Provincia y las Diputaciones Provinciales de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, así como los organismos autónomos locales, las entidades públicas empresariales y las sociedades mercantiles de capital íntegramente local vinculadas o dependientes a dichas Corporaciones Locales"."
Debe decir: "Se modifica el apartado b del artículo 3, que queda redactado de la siguiente forma:
"b) Las Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, los Ayuntamientos de Capitales de Provincia y las Diputaciones Provinciales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como los organismos autónomos locales, las entidades públicas empresariales y las sociedades mercantiles de capital íntegramente local vinculadas o dependientes a dichas Corporaciones Locales"."
Sevilla, 20 de diciembre de 2004
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