Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 92 de 13/05/2005

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Consejería de Obras Públicas y Transportes

ANUNCIO de la Delegación Provincial de Sevilla, por el que se hace público la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, de fecha 11 de febrero de 2005, en relación con la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Peñaflor (Sevilla) (Expte. SE-547/04).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Para general conocimiento se hace público la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, adoptada en su sesión de fecha 11 de febrero de 2005, por la que se suspende la aprobación definitiva de la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Peñaflor (Sevilla) (Expte.: SE-547/04).

TEXTO DE LA RESOLUCION

"Visto el proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Peñaflor (Sevilla) en relación con varias ordenanzas, así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.

Vista la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y demás legislación aplicable.

HECHOS

Primero. El presente proyecto urbanístico propone la modificación de una serie de ordenanzas dentro de los distintos tipos de suelo, tanto generales como particulares y en sus distintas zonificaciones, para adecuarse a las necesidades actuales del municipio. Se trata de modificar la regulación de determinados artículos incluidos en el Título II y IV, Normas Generales de Edificaciones Particulares en Suelo Urbano.

Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Tercero. La Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente ha informado el proyecto, considerando que no es necesario someterlo al procedimiento de evaluación ambiental, por no serle de aplicación el apartado 20 del Anexo I de la Ley 7/94, de Protección Ambiental, y sus Reglamentos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/02, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación, como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida ley establezca.

Segundo. La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 193/2003 por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen.

Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de Peñaflor para la resolución definitiva de este proyecto, se ha ajustado a lo establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002.

Cuarto. El proyecto contiene, en líneas generales, las determinaciones propias de su objeto y contenido, en relación con lo especificado por la legislación urbanística. No obstante, la modificación conlleva un incremento generalizado del aprovechamiento en gran parte del municipio de Peñaflor, sin valorar el alcance de este incremento y su incidencia en el estándar de dotaciones del planeamiento vigente. En este contexto, se pone de manifiesto que, en aplicación de lo establecido por el artículo 36.2.2.º de la Ley 7/02, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, el proyecto debe determinar las medidas compensatorias precisas para mantener la proporción y calidad de las dotaciones previstas por el planeamiento vigente respecto al aprovechamiento, garantizando que éste no se incrementa en detrimento de la proporción ya alcanzada entre unas y otro.

Quinto. La deficiencia urbanística que presenta el proyecto obliga a que, previamente a la resolución definitiva del expediente, sean corregidas adecuadamente por el Ayuntamiento, tal como dispone el art. 33.2.d) de la Ley 7/2002, de

Ordenación Urbanística de Andalucía.

De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto

193/2003, esta Comisión Provincial de Ordenación del

Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art..4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común,

HA RESUELTO

Suspender la aprobación definitiva del proyecto de

Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Peñaflor (Sevilla), en relación con varias ordenanzas,

aprobado provisionalmente por el Pleno Municipal con fecha 9 de febrero de 2005, para que, de conformidad con lo

especificado por el art..2.d) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por el Ayuntamiento de dicha

localidad se proceda a subsanar la deficiencia señalada en el Fundamento de Derecho Cuarto de esta Resolución.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan."

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, bien directamente o a través de esta Delegación Provincial, ante el Ilmo. Sr. Secretario General de Ordenación del Territorio y Urbanismo de la Consejería de Obras Públicas y Transportes de la Junta de Andalucía, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente Resolución, y sin perjuicio de que por Vd. se pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime procedente.

Sevilla, 13 de abril de 2005.- El Delegado, Jesús Lucrecio Fernández Delgado.

Descargar PDF