Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 94 de 17/05/2005

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

ACUERDO de 28 de abril de 2005, de la Delegación Provincial de Cádiz, para la notificación por edicto de la Resolución que se cita.

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Acuerdo de la Delegada Provincial en Cádiz de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, por el que se ordena la notificación por edicto de Resolución a don Gregorio Aldón López, al estar en ignorado paradero en el expediente incoado.

En virtud de lo dispuesto en el art. 59.4 de la Ley 30/92, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, al intentarse notificación y no poderse practicar, podrá comparecer, en el plazo de un mes, ante el Servicio de Protección de Menores, sito en Cádiz, Pza. Asdrúbal, s/n, Edificio Administrativo de la Junta de Andalucía, para la notificación del contenido íntegro de la Resolución de fecha

16 de marzo de 2005, por la que se resuelve: declarar provisionalmente la situación legal de desamparo de la menor M. A. J., asumiendo la tutela legal de la misma; delegar el ejercicio de la guarda, en régimen de acogimiento residencial, en la Dirección del Centro de Primera Acogida de Estación de San Roque (Cádiz); continuar la instrucción del procedimiento ordinario de desamparo iniciado de oficio en su día a favor de la menor, hasta que se dicte Resolución que dispondrá la ratificación, modificación o revocación de lo acordado por ésta; y respecto a las relaciones de la menor con su padre, se estará a lo dispuesto en el Convenio que al efecto se suscriba con éste, pudiendo solicitarse su regulación mediante Resolución judicial en caso de desacuerdo, conforme a lo dispuesto en el art. 161 del Código Civil. Se le significa que contra la misma podrá formularse reclamación ante el Juzgado de Primera Instancia de esta Capital por los trámites prevenidos en los arts. 779 y 780 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, sin perjuicio de la interposición con carácter potestativo de Reclamación Previa ante la Consejera para la Igualdad y Bienestar Social, de conformidad con lo que establece el art. 120 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre en relación con el art. 49.4 de la Ley

6/83, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma y 30 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, de régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa.

Cádiz, 28 de abril de 2005.- La Delegada, Manuela Guntiñas López.

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