Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 97 de 20/05/2005

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NUM. 2 DE CADIZ

EDICTO dimanante del procedimiento verbal núm. 967/2004. (PD. 1757/2005).

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NIG: 1101242C20040003903.

Procedimiento: Verbal-Desh. F. Pago (N) 967/2004. Negociado: F.

Sobre: Desahucio por falta de pago.

De: Administración y Servicios a la Propiedad Urbana.

Procurador: Sr. Carlos Hortelano Castro.

Letrada: Sra. María del Carmen Caravaca de Coca.

Contra: Don Guillermo Montes Moreno.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento J. Verbal 195/04 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Cádiz a instancia de Administración y Servicios a la Propiedad Urbana contra don Guillermo Montes Moreno, sobre desahucio por falta de pago, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

FALLO

Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Hortelano Castro en nombre y representación de Administración y Servicios a la Propiedad Urbana contra don Guillermo Montes Moreno debo declarar y declaro haber lugar al desahucio solicitado por la parte actora, declarando la resolución del contrato de arrendamiento que vincula a los litigantes, relativo a la vivienda sita en calle Santa María, núm. 11/13, de esta ciudad, y en su virtud debo condenar y condeno al demandado a que en el plazo fijado por la Ley, la deje libre y desocupada y a disposición del demandante bajo apercibimiento de ser lanzado de ella judicialmente y con la imposición de costas ocasionadas en este juicio.

Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación que se habrá de preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde la notificación de la presente resolución.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al demandado Guillermo Montes Moreno extiendo y firmo la presente en Cádiz a 3 de mayo de 2005.- El Secretario.

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