Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 17/01/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 9 de noviembre de 2005, de la Delegación del Gobierno de Málaga, por la que se acuerda la distribución de transferencias a los ayuntamientos con mayor presión migratoria, al amparo de la Orden que se cita que regula la distribución de transferencias a los ayuntamientos andaluces para la nivelación de servicios municipales vinculados a la acogida y la integración de inmigrantes.

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Vista la Orden de esta Consejería de 30 de septiembre de

2005 (BOJA núm. 200, de 13 de octubre), por la que se regula la distribución de transferencias a los ayuntamientos andaluces para la nivelación de servicios municipales vinculados a la acogida y la integración de inmigrantes que establece en su artículo 4 los indicadores y la forma de reparto para la distribución de los créditos consignados en el Presupuesto de la Junta de Andalucía destinados a dicha finalidad.

Con base en los criterios de valoración señalados en el referido artículo y respetando lo establecido en el artículo

5, la citada Orden distribuye los créditos entre los municipios andaluces con mayor presión migratoria.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6 de la mencionada Orden, corresponde a la Delegación del Gobierno en cada provincia realizar las transferencias, para lo que se ha habilitado la correspondiente dotación presupuestaria.

En virtud de cuanto antecede,

D I S P O N G O

Primero. Distribuir la cantidad de 716.962,68 euros, correspondientes a la nivelación de servicios municipales vinculados a la acogida e integración de inmigrantes en los municipios de la provincia de Málaga con mayor presión migratoria, atribuyendo a los municipios que corresponden por aplicación de los criterios establecidos en el artículo 4 de la Orden de 30 de septiembre de 2005, las cantidades que se indican en el Anexo.

Segundo. Aprobar, con cargo a la aplicación presupuestaria

01.09.00.18.29.463.00.31.J el gasto correspondiente a las transferencias resultantes, que se harán efectivas en un solo pago para cada ayuntamiento, de conformidad con el calendario autorizado por la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la Consejería de Economía y Hacienda.

Tercero. Declarar estos gastos con carácter "en firme". En el plazo de tres meses a partir de la materialización del

pago, los municipios receptores remitirán a la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, certificación en la que se acredite el ingreso de las transferencias y los números de los asientos contables practicados.

Cuarto. La nivelación de los servicios municipales vinculados a la acogida e inserción de inmigrantes se operará por medio de actuaciones que, siendo autónomamente determinadas por cada municipio receptor a través de un Plan de Acción, encajen dentro de los ejes, principios rectores y líneas de actuación prioritaria definidos en el Marco de Cooperación para la Gestión del Fondo de Apoyo a la Acogida y la Integración de Inmigrantes, el Convenio suscrito al efecto entre el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y la Junta de Andalucía y el Acuerdo suscrito entre la Consejería de Gobernación y la FAMP. Los municipios receptores facilitarán la oportuna información de seguimiento y evaluación al respecto.

Quinto. Contra la presente Resolución se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en las formas y plazos previstos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sexto. Ordenar la publicación del presente acto en el BOJA.

Málaga, 9 de noviembre de 2005.- El Delegado del Gobierno, José Luis Marcos Medina.

A N E X O

RELACION DE AYUNTAMIENTOS SELECCIONADOS CON LOS IMPORTES A TRANSFERIR PARA LA NIVELACION DE SERVICIOS MUNICIPALES

VINCULADOS A LA ACOGIDA Y LA INTEGRACION DE INMIGRANTES

ORDEN DE 30 DE SEPTIEMBRE DE 2005

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