Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 17/01/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Economía y Hacienda

RESOLUCION de 1 de diciembre de 2005, de la Viceconsejería, por la que se autorizan tarifas de taxis de Algeciras (Cádiz). (PP. 4605/2005).

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De conformidad con lo establecido en la Disposición Adicional del Decreto 266/1988, de 2 de agosto, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de precios autorizados, vista la propuesta de revisión de tarifas formulada por la Comisión de Precios de Andalucía, y en uso de las facultades que tengo atribuidas por el artículo 7 del citado Decreto 266/1988, de 2 de agosto,

R E S U E L V O

Autorizar las tarifas de taxis que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Tarifas autorizadas

ConceptoIVA incluido

Tarifa 1

Bajada de bandera1,01 euros

Por kilómetro recorrido0,59 euros

Hora de espera13,86 euros

Carrera mínima2,85 euros

La tarifa 1, será de aplicación los días laborables desde las

6 horas hasta las 22 horas.

Tarifa 2

Bajada de bandera1,27 euros

Por kilómetro recorrido0,76 euros

Hora de espera17,31 euros

Carrera mínima3,56 euros

La tarifa 2 se aplicará en los siguientes supuestos:

- Días laborables desde las 22 horas hasta las 6 horas.

- Sábados, domingos, festivos, días de Carnaval, días de Feria de junio y días 24 y 31 de diciembre, desde las 0 horas hasta las 24 horas.

- Vísperas de festivos a partir de las 14 horas.

La carrera mínima aparecerá cuando se pulse el taxímetro para iniciar el servicio, tanto en tarifa 1 y tarifa 2.

Suplementos:

-Por cada maleta o bulto de más de 60 cm0,37 euros

-Al espigón de Isla Verde o Muelle de Navío1,49 euros

-Servicio desde las paradas del Puerto,

Estación de Autobuses (una vez comience

su funcionamiento) y RENFE0,73 euros

-A la Prisión de Botafuegos0,73 euros

-Servicios realizados durante la Feria de junio,

desde o hacia el recinto ferial

desde las 22 horas a las 6 horas0,73 euros

-Los días 25 de diciembre y

1 de enero desde las 0 horas25% sobre lo que

hasta las 24 horasmarque el taxímetro

Esta Resolución surtirá efecto el día 1 de enero de 2006, siempre que su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, se produzca con anterioridad a dicha fecha.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el titular de esta Consejeria en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su notificación o, en su caso,

publicación, de conformidad con lo establecido en los

artículos 114 y 115, en relación con el 48, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla, 1 de diciembre de 2005.- La Viceconsejera, Carmen Martínez Aguayo.

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