Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 10 de 17/01/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Justicia y Administración Pública

RESOLUCION de 29 de diciembre de 2005, de la Dirección General de Inspección y Evaluación, por la que se hace público el listado de las personas beneficiarias de la ayuda de Acción Social "Médica, Protésica y Odontológica", relativos al personal destinado en los Servicios Centrales de la Junta de Andalucía, que presentaron su solicitud durante el período 1 de septiembre a 30 de noviembre de 2005.

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Concluido el proceso de comprobación de requisitos de las solicitudes de la ayuda "Médica, Protésica y Odontológica", presentadas por el personal destinado en los Servicios Centrales de esta Administración, durante el período 1 de septiembre a 30 de noviembre de 2005, se procede a la publicación del listado de personas beneficiarias.

En base a todo lo expuesto y a la competencia que me confiere la Disposición Adicional Primera, de la Orden de la Consejera de Justicia y Administración Pública, de 18 de abril de 2001, publicada en el BOJA núm., de 10 de mayo, en relación con el Decreto/2005, de 24 de mayo, publicado en el BOJA núm., de 27 de mayo, que establece la estructura orgánica de esta Consejería,

DISPONGO

Publicar el listado de personas beneficiarias, relativo al personal destinado en los Servicios Centrales de esta Administración, que han presentado solicitud de ayuda de Acción Social "Médica, Protésica y Odontológica", durante el período 1 de septiembre a 30 de noviembre de 2005, quedando a tales efectos expuestos, en esta Consejería y cuya consulta podrá realizarse, a su vez, a través de la web de la Junta de Andalucía www.juntadeandalucia.es y de la web del empleado público http://empleado.juntadeandalucia.es.

Contra lo establecido en la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe interponer los siguientes recursos:

El personal funcionario y no laboral, podrá interponer recurso de reposición, con carácter potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos y 117 de la Ley/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Sevilla, o ante el Juzgado en cuya circunscripción tuviera el demandante su domicilio, a elección de este último, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.

El personal laboral, podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos y siguientes de la Ley/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 69 y siguientes del Real Decreto Legislativo/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

Sevilla, 29 de diciembre de 2005.- El Director General, Javier de la Cruz Ríos.

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