Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 104 de 01/06/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Empleo

RESOLUCION de 3 de abril de 2006, para la delegación de competencias puntual en materia de Contratación Administrativa en la figura del Delegado Provincial de la Consejería de Empleo en Málaga.

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Constatando que la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo en Málaga cuenta con la infraestructura material y humana necesaria para emprender el inicio, instrucción, resolución y gestión posterior de un eventual procedimiento administrativo de contratación para la ejecución de obras, incluible en el tipo del artículo 5.2.a) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio (publicado en BOE núm. 148, de 21 de junio) cuyo objeto concreto será la ejecución del proyecto de obra y estudios de seguridad y salud, para la construcción del nuevo edificio del Centro de Prevención de Riesgos Laborales, y la adaptación del actual edificio del Centro de Prevención de Riesgos Laborales para la nueva sede de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo. Proyectos y estudios determinados en el procedimiento administrativo de contratación 209/2005, cuyas actuaciones deberán realizarse en la Avda. Juan XXIII, núms. 76 a 84, del municipio de Málaga. Debiendo realizarse dichas obras bajo la dirección de los facultativos técnicos que diseñaron los citados proyecto y estudios.

Considerando la ventaja que supone la cercanía del Organo Administrativo de Contratación al lugar de realización de las obras, al evidenciar un mejor control sobre el desarrollo de aquellas.

Estimando como objetivo de esta Administración Pública continuar avanzando en la consecución de mayores cotas de eficacia y eficiencia en la actuación de esta Administración.

Advirtiendo que la actuación de personal y la utilización de los recursos de la Delegación Provincial citada en la gestión e instrucción de ese eventual procedimiento para la contratación de ejecución obras no suponen un incremento de los costes económicos actuales.

Y, observando que la condición de Organo de Contratación en el eventual procedimiento administrativo descrito con anterioridad, resulta competencia propia del Consejero de Empleo de la Junta de Andalucía, en virtud del artículo 39.7.º de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía (publicada en BOJA núm. 90, de 29 de julio).

Al amparo de la técnica jurídica de la Delegación Competencial, positivizada en los artículos 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (publicada en BOE núm. 285, de 27 de noviembre) y 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía (publicada en BOJA núm. 90, de 29 de julio) que delimitan, en su ámbito respectivo, los requisitos de ejercicio de la citada técnica jurídica en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

DISPONGO

Artículo único. La delegación puntual de las competencias de Organo de Contratación Administrativa en la figura del Delegado Provincial de la Consejería de Empleo en Málaga, para el inicio, instrucción, resolución y gestión posterior de un eventual procedimiento administrativo de contratación para la ejecución de obras, incluido en el tipo del artículo 5.2.a) del Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio (publicado en BOE núm. 148, de 21 de junio) cuyo objeto concreto será la ejecución del proyecto de obra y estudios de seguridad y salud, para la construcción del nuevo

edificio del Centro de Prevención de Riesgos Laborales, y la adaptación del actual edificio del Centro de Prevención de Riesgos Laborales para la nueva sede de la Delegación Provincial de la Consejería de Empleo. Proyectos y estudios determinados en el procedimiento administrativo de contratación 209/2005, cuyas actuaciones deberán realizarse en la Avda. Juan XXIII, núms. 76 a 84, del municipio de Málaga.

Sevilla, 3 de abril de 2006

ANTONIO FERNANDEZ GARCIA

Consejero de Empleo

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