Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 02/06/2006

4. Administración de justicia

Otros. TRIBUNAL DE CUENTAS

EDICTO dimanante del procedimiento de reintegro por alcance núm. C-57/06-O. (PD. 2023/2006).

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EDICTO

SECCION DE ENJUICIAMIENTO

DEPARTAMENTO 3.º

El Director Técnico deL Departamento 3.º y Secretario en el procedimiento de reintegro por alcance núm. C-57/06-0, en méritos a lo acordado en Providencia del Excmo. Sr. Consejero de Cuentas, de fecha 9 de mayo de 2006, y para dar cumplimiento a lo previsto en el art. 68.1, en relación con el 73.1, ambos de la Ley 7/1988, de 5 de abril, reguladora del Funcionamiento del Tribunal de Cuentas.

Hace saber: Que en este Tribunal, se sigue procedimiento de reintegro por alcance núm. C-57/06-0, del ramo CC.LL. (Ayto. de Estepona-"Imagen Estepona XXI, S.L."-Inf. Fisc. TCu-Ejec. 1995/99), Málaga, por las irregularidades señaladas en los epígrafes 6.5.7.6, 6.5.7.7, 6.5.7.8, 6.5.7.9, 6.5.7, 6.4.1, 6.4.3., 6.4.4. y 6.4.5. del Informe de Fiscalización del Ayuntamiento de Estepona y sus Sociedades Mercantiles participadas, detectadas en relación con la Sociedad Municipal "Imagen Estepona XXI, S.L." (referentes al menoscabo del patrimonio social en 8 millones de ptas. en concepto de IVA no pagado en relación con la operación de compraventa de terreno por Virnax, S.A. (pág. 134), pago injustificado de 11,4 millones de ptas. al Gerente y a dos trabajadores de la Sociedad (pág. 135), pago sin justificar de 35,4 millones de ptas. (pág. 135), anticipos a un tercero de 10,5 millones de ptas., así como facturación por 1,7 y 0,2 millones de ptas. sin justificar (pág. 135), diversos pagos por gastos o servicios sin justificar o indebidamente justificados (págs. 136 y 137), pagos indebidos durante 1995, 1996, 1997, 1998 y 1999, a varios perceptores, en concepto de dietas por asistencia a una Comisión de Control y Gestión no prevista en Estatutos y de la que no consta Libro de Actas ni ninguna documentación (pág.), otros pagos sin justificar a proveedores (pág. 103) y pagos por servicios no debidamente justificados (págs. 103 y 104".

Lo que se hace público con la finalidad de que los legalmente habilitados para el mantenimiento u oposición a la pretensión de responsabilidad contable puedan comparecer en los autos, personándose en forma dentro del plazo de los nueve días siguientes a la publicación de este edicto.

Dado en Madrid, a diez mayo de dos mil seis.- El Director Técnico, Secretario del Procedimiento, don Navarro Corbacho. Firmado y rubricado.

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