Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 105 de 02/06/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NUM. DIEZ DE MALAGA

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario núm./2002. (PD. 2010/2006).

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NIG: 2906742C20020025116.

Procedimiento: Proced. Ordinario (N) 1168/2002. Negociado: MM.

De: Doña Carolina Benítez Urbaneja y don Francisco Javier Benítez Urbaneja.

Procuradora: Sra. Fernández Labajos, María Trinidad.

Letrado: Sr. Ricardo Fernández-Palacios Martínez.

Contra: Doña María Clemencia García Antelo, don Celso José Loza Miguel y Consorcio de Compensación de Seguros.

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Proced. ordinario (N) 1168/2002 seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de Málaga a instancia de Carolina Benítez Urbaneja y Francisco

Javier Benítez Urbaneja contra María Clemencia García Antelo, Celso José Loza Miguel y Consorcio de Compensación de Seguros sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue.

SENTENCIA 312/06

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

En la ciudad de Málaga, a ocho de marzo de dos mil seis.

Vistos por mí, doña Nuria Martínez Rodríguez, Magistrada-Juez sustituto del Juzgado de Primera Instancia número Diez de los de Málaga los presentes autos de procedimiento ordinario registrados con el número/02, siendo parte demandante doña Carolina Benítez Urbaneja y don Francisco José Benítez Urbaneja, representados por la Procuradora doña M.ª Trinidad Fernández Labajos y asistidos por el Letrado don Ricardo Fernández-Palacios, y parte demandada doña M.ª Clemencia García Antelo, don Celso José Loza Miguel, ambos en situación procesal de rebeldía, y Consorcio de Compensación de Seguros, representado por el Abogado del Estado don Juan Pedro Souvirón de la Machorra, en ejercicio de acción de reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda formulada por la Procuradora doña Trinidad Fernández Labajos en nombre y representación de doña Carolina Benítez Urbaneja y don Francisco José Benítez Urbaneja contra doña M.ª Clemencia García Antelo, don Celso José Loza Miguel y Consorcio de Compensación de Seguros, representado este último por don Juan Pedro Souvirón de la Machorra:

1. Debo condenar y condeno a doña M.ª Clemencia García Antelo y don Celso José Loza Miguel a pagar a don Francisco Javier Benítez Urbaneja la suma de 662,66 euros.

2. Debo condenar y condeno a doña M.ª Clemencia García Antelo y don Celso José Loza Miguel a pagar a doña Carolina Benítez Urbaneja la suma de 2.404,36 euros (dos mil cuatrocientos cuatro euros con treinta y seis céntimos).

3. Del pago de las dos cantidades anteriormente citadas deberá responder directamente el Consorcio de Compensación de Seguros, sin perjuicio de su facultad de repetición frente a los codemandados.

4. Debo condenar y condeno al CCS al abono de los intereses especificados en el Fundamento Jurídico Quinto de la presente resolución.

5. Sin hacer expresa imposición sobre el pago de las costas causadas en el presente procedimiento.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme, pudiendo imponer recurso de apelación para ante la Ilma. Audiencia Provincial de Málaga, que habrá de ser preparado ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde el siguiente a su notificación.

Firme que sea la resolución, llévese el original al Libro de su clase, quedándose testimonio de la misma en los autos de su razón.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en la presente instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados María Clemencia García Antelo y Celso José Loza Miguel Compensación, extiendo y firmo la presente en Málaga, a nueve de mayo de dos mil seis.- El/La Secretario.

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