Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 107 de 06/06/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 16 de mayo de 2006, de la Dirección General de Andaluces en el Exterior, por la que se dispone la publicación del trámite de subsanación de la documentación aportada por las Comunidades Andaluzas que se reseñan en la presente Resolución, todas ellas solicitantes de una subvención regulada por la Orden que se cita

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Vista la Orden de 25 de julio de 2005 (BOJA núm. 155, de 10 de agosto de 2005), por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la promoción cultural de las Comunidades Andaluzas asentadas fuera de Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el año 2006, de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. En la disposición mencionada se establecen el lugar y plazo de presentación de solicitudes, así como la documentación a aportar por las Comunidades Andaluzas.

Segundo. Comprobadas y examinadas las solicitudes presentadas en plazo por las Comunidades Andaluzas que se indican mediante Anexo a la presente, Peña Cultural Andaluza "Gente del Pueblo", de Santa Coloma de Gramanet (Barcelona), Centro Cultural Andaluz Amigos de Sevilla, de Barcelona, Casa de Andalucía de México D.F., Asociación Andaluza Hermandad de los Loberos de Barcelona, y por el Centro Cultural Andaluz García Lorca de El Vendrell (Tarragona), así como la documentación aportada, se observa que los documentos que se relacionan para cada entidad solicitante no figuran en el expediente o bien han de subsanarse en el sentido que exige la Orden de convocatoria.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), regula el trámite de subsanación y mejora de las solicitudes presentadas por los interesados.

Segundo. La Orden de 31 de julio de 2002 de la Consejería de Gobernación (BOJA núm. 98, de 22 de agosto de 2002), en relación con lo dispuesto en el artículo 11.4 del Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones por la Administración de la Junta de Andalucía y sus Organismos Autónomos y su régimen jurídico, aprobado por el Decreto 254/2001, de 20 de noviembre, establece que si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, o no se acompañase de los documentos preceptivos, se requerirá al interesado para que, en el plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.

Tercero. El artículo 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, dispone la publicación de los actos integrantes de un procedimiento selectivo o de concurrencia competitiva de cualquier tipo.

A la vista de lo expuesto anteriormente,

R E S U E L V O

Primero. Requerir a las Comunidades Andaluzas indicadas en el Anexo, Peña Cultural Andaluza "Gente del Pueblo", de Santa Coloma de Gramanet (Barcelona), Centro Cultural Andaluz Amigos de Sevilla, de Barcelona, Casa de Andalucía de México D.F., Asociación Andaluza Hermandad de los Loberos de Barcelona, y por el Centro Cultural Andaluz García Lorca de El Vendrell (Tarragona), solicitantes de una subvención regulada por la Orden que se cita, para que en el plazo de diez días, a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOJA del presente acto, remitan a la Dirección General de Andaluces en el Exterior de la Consejería de Gobernación de la Junta de Andalucía, la documentación preceptiva señalada en el mismo, necesaria para la pertinente tramitación del expediente, teniéndolas en caso contrario, por desistidas de su solicitud, previa resolución que se dicta al efecto en los términos previstos en el artículo 42.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Segundo. El contenido integro de la presente Resolución estará expuesto en el tablón de anuncios de los Servicios Centrales de la Consejería de Gobernación, sito en Plaza Nueva, número 4, y en la página Web de la expresada Consejería, a partir del mismo día de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 16 de mayo de 2006.- La Directora General, Silvia López Gallardo.

A N E X O

Comunidad Andaluza Localidad/Provincia Documentación a aportar/subsanar

(Asoc-97) Peña Cultural Andaluza Santa Coloma de Gramanet Certificado bancario acreditativo de la cuenta corriente cuya

"Gente del Pueblo" (Barcelona) titularidad ha de corresponder a la entidad solicitante.

Cumplimentar un ejemplar del Anexo 2 por cada actividad

solicitada.

(Asoc-104) Centro Cultural Andaluz Barcelona Certificado bancario acreditativo de la cuenta corriente cuya

Amigos de Sevilla titularidad ha de corresponder a la entidad solicitante.

Fotocopia del CIF con el domicilio de la entidad actualizado.

Reverso del Anexo 1 y reverso del Anexo 2 firmado por el

Presidente de la entidad.

(Asoc-167) Casa de Andalucía México D.F. Certificado bancario acreditativo de la cuenta corriente cuya

titularidad ha de corresponder a la entidad solicitante.

Cumplimentar un ejemplar del Anexo 2 por cada actividad

solicitada.

(Asoc-325) Asociación Andaluza Barcelona Certificado bancario acreditativo de la cuenta corriente cuya

Hermandad de los Loberos titularidad ha de corresponder a la entidad solicitante.

El Vendrell Certificado bancario acreditativo de la cuenta corriente cuya

(Asoc-355) Centro Cultural Andaluz (Tarragona) titularidad ha de corresponder a la entidad solicitante.

García Lorca Cumplimentar un ejemplar del Anexo 2 por cada actividad

solicitada. Fotocopia del CIF con el domicilio de la entidad

actualizado. Envío de Anexo 3.

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