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Por Orden de 18 de abril de 2001 (BOJA núm. 53, de 10 de mayo) se aprueba el Reglamento de ayudas de Acción Social para el personal al servicio de la Junta de Andalucía, regulándose en el mismo, de forma diferenciada, las ayudas de actividad continuada y las ayudas sometidas a convocatoria pública.
La implantación y progresivo uso de las nuevas tecnologías, han favorecido nuevas fórmulas de comunicación entre la Administración y la ciudadanía, a las que no podemos ser ajenos por las ventajas que ofrecen.
Por ello, se ha estimado oportuno modificar el impreso de solicitud que ahora se publica, incluyendo en el mismo, un nuevo campo, correspondiente a la dirección de correo electrónico, que ya se incorporó al formulario de ayudas sometidas a convocatoria pública, con la finalidad de entablar, con las personas solicitantes de las ayudas, relaciones más ágiles, cercanas e inmediatas.
Asimismo, se ha incorporado a la solicitud un apartado referente a la indicación del sexo de la persona solicitante de la ayuda, que nos va permitir obtener datos desagregados que posibiliten realizar estudios con perspectiva de género, buscando con ello, llegar a un conocimiento más cercano de las necesidades reales de las ayudas de Acción Social de hombre y mujeres.
En base a lo expuesto y a la competencia que me confiere la Disposición Adicional Primera de la Orden de 18 de abril de
2001 (BOJA núm. 53 de 10 de mayo), en relación con el artículo único, apartado 8, del Decreto 132/2005, de 24 de mayo(BOJA núm. 102, de 27 de mayo),
R E S U E L V O
Hacer público el nuevo modelo de ayudas de Acción Social para la modalidad de actividad continuada, que a esta resolución se anexa.
Sevilla, 16 de diciembre de 2005.- El Director General, Javier de la Cruz Ríos.
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