Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 111 de 12/6/2006

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 26 de mayo de 2006, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca Concurso público de méritos para la provisión de plazas de Ayudantes. III Plan Propio de Investigación de la Universidad de Sevilla.

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CONCURSO PUBLICO DE MERITOS PARA LA PROVISION DE PLAZAS DE AYUDANTES

III PLAN PROPIO DE INVESTIGACION DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

Conforme a lo dispuesto en el tercer Plan Propio de Investigación de la Universidad de Sevilla y con el fín de posibilitar la continuidad de la carrera investigadora de los becarios de investigación, la Universidad de Sevilla, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley Orgánica de Universidades y de acuerdo con lo establecido en su propio Estatuto, convoca Concurso Público de Méritos para la provisión de las plazas de Ayudantes que se relacionan en el Anexo I a esta convocatoria.

El presente Concurso se regirá por lo establecido en la Ley 6/2001 Orgánica de Universidades y sus disposiciones de desarrollo, en la Ley 15/2003 Andaluza de Universidades, en el Estatuto de la Universidad de Sevilla, en la Normativa sobre Procedimiento de Contratación de Ayudantes, Profesores Ayudantes Doctores y Profesores Asociados (aplicación de los Acuerdos 4.6.1/CG 16-7-04 y 4.6.2/CG 16-7-04 que modifican los Acuerdos 4.3.3/JG 12-7-96, 7.1/JG 19-7-01 y 3.5/CG 30-09-03) aprobada en sesión del Consejo de Gobierno del día 16 de julio de 2004, y en las siguientes bases:

1.ª Requisitos de los aspirantes.

1.1. Podrán concurrir al presente Concurso quienes teniendo plena capacidad de obrar, reúnan los requisitos generales exigidos por la legislación vigente: Ley 6/2001 Orgánica de Universidades de 21 de diciembre (BOE de 24 de diciembre), Ley 15/2003 Andaluza de Universidades de 22 de diciembre (BOJA de 31 de diciembre), y RD 774/2002, de 26 de julio y demás normas que sean de aplicación en cuanto no se opongan en lo estipulado en la LOU, y se encuentren actualmente en el cuarto año de disfrute de una beca de investigación (beca FPI, FPU, Plan Propio de la Universidad de Sevilla o Fundación Cámara) o que hayan terminado su período de cuatro años como becario de investigación con posterioridad al 30.9.04.

1.2. La titulación requerida será la siguiente:

Título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero Superior, y que hayan superado todas las materias de estudios que se determinan en los criterios a los que hace referencia el artículo 38 de la LOU.

1.3. Los aspirantes deberán poseer un conocimiento adecuado del idioma español para el desempeño de la labor docente e investigadora asignada, declarándose nulo el contrato si se demostrara lo contrario.

1.4. No podrán concurrir al presente concurso quienes se hallen incursos en la prohibición establecida en la Disposición Transitoria 4.ª de la LOU.

2.ª Presentación de solicitudes.

2.1. La solicitud se efectuará mediante Instancia-Currículum por duplicado debidamente cumplimentada, según modelo establecido por la Universidad de Sevilla, que se facilitará gratuitamente a los interesados en el Registro General de esta Universidad y en la página Web (anexo II).

2.2. A dicha solicitud, los interesados adjuntarán documentalmente justificados y por duplicado, cuantos méritos estimen oportunos en orden a la adjudicación de la plaza a la que concursen, incluida la solicitud de reconocimiento de mérito preferente (art. 48 de la LOU y 64 de la LAU), en su caso. Una vez finalizado el plazo de admisión de solicitudes no se admitirán nuevos méritos.

Dichos méritos deberán ser numerados en el orden correspondiente que figura en la instancia-currículum, al objeto de su comprobación e identificación por este Rectorado.

2.3. La titulación requerida se acreditará mediante fotocopia compulsada del título correspondiente, o, en su caso, del justificante de haber abonado los derechos para la expedición del mismo. En el caso de titulaciones extranjeras, deberá acreditarse la correspondiente homologación por el Ministerio de Educación y Ciencia. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea deberán acreditar que les ha sido concedido el reconocimiento del título exigido, de conformidad con lo dispuesto en el RD 1665/1991 de 25 de octubre (BOE de 22 de noviembre), desarrollado por la Orden de 23 de enero de 1995 (BOE del 28).

Para acreditar las materias de estudio establecidas en el art. 38 de la LOU los candidatos deberán aportar justificante de los cursos de tercer ciclo realizados, con expresa certificación del núm. de créditos obtenidos, así como de tener reconocida la suficiencia investigadora (normativa antigua) o el certificado del Período de Docencia (normativa vigente), según sea el caso.

2.4. Las solicitudes deberán dirigirse al Excmo. Sr. Rector Magnífico de la Universidad de Sevilla, y se presentarán en el Registro General de esta Universidad, o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27), de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir de día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2.5. Los aspirantes deberán abonar a la Universidad de Sevilla, la cantidad de 18 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso deberá efectuarse a través de la entidad bancaria Santander Central Hispano, en la cuenta número 0049.2588.71.2114241655 (en caso de transferencia bancaria, se deberán añadir los siguientes dígitos: 750), a nombre de "Universidad de Sevilla", haciéndose constar los siguientes datos: nombre y apellidos del interesado, DNI y número de la plaza a la que se concursa. A la instancia-currículum se adjuntará el justificante acreditativo original del pago de los derechos. La falta de dicho justificante determinará la exclusión del aspirante. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.

2.6. La acreditación de los servicios prestados se hará mediante certificación que deberá de solicitarse en el Servicio de Personal Docente de esta Universidad, en el supuesto de servicios prestados en la misma. Por lo que respecta a la actividad docente, la certificación se solicitará en el Servicio de Ordenación Académica.

En el supuesto de servicios prestados en otra Universidad, la acreditación deberá justificarse mediante certificación expedida por el Secretario General de la misma en la que se haga constar la efectiva impartición de la docencia y que el contrato ha sido obtenido por concurso, o por cualquier medio de prueba admisible en derecho que permita constatar de forma fehaciente las circunstancias indicadas.

2.7. La acreditación de no hallarse incurso en la Disposición Transitoria 4.ª de la LOU deberá hacerse mediante declaración jurada o promesa por escrito.

2.8. El mérito preferente deberá se justificado mediante fotocopia compulsada de las correspondientes credenciales o, en su caso, fotocopia del BOE o BOJA.

2.9. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública, en los quince días hábiles siguientes, la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación en este último caso, de la causa de exclusión o del reconocimiento del mérito preferente. Esta publicación se efectuará mediante exposición de las correspondientes listas en el tablón de anuncios de este Rectorado y a título informativo en la página Web de esta Universidad. Contra esta Resolución los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector en el plazo de diez días hábiles.

Cuando algún interesado no acompañe los documentos acreditativos de los méritos alegados, se le requerirá a través del Tablón de Anuncios de este Rectorado, para que lo haga, en el plazo de 10 días hábiles, a partir de la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, según dispone el art. 76 de la Ley 4/1999, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Si éstos no fueran aportados en el indicado plazo, no podrán ser considerados por la Comisión juzgadora del concurso.

Una vez resueltas las reclamaciones de los concursantes excluidos y efectuada la subsanación de documentación, en su caso, se publicarán las listas definitivas de admitidos y excluidos, por el procedimiento anteriormente mencionado, así como la relación de aspirantes a los que se le reconoce el mérito preferente.

3.ª Resolucion del Concurso.

3.1. Los méritos de los candidatos serán valorados conforme al baremo general que se anexa a la presente convocatoria (Anexo III).

3.2. Los méritos de los aspirantes serán juzgados por las Comisiones de Contratación constituidas de conformidad con el artículo 90 del Estatuto de la Universidad de Sevilla.

3.2.1. El nombramiento como miembro de una Comisión es irrenunciable, salvo cuando concurran alguna de las causas previstas en el artículo 28 de Ley 30/1992 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero o en el art. 7.3 del RD 774/2002. En estos casos, la apreciación de la causa alegada corresponderá a este Rectorado.

3.2.2. Dichas Comisiones una vez constituidas, harán público el baremo específico mediante el cual y junto con el baremo general juzgarán los méritos de los aspirantes, en los tablones de anuncios del Departamento y del Centro. Dicho baremo especifico será notificado al Servicio de Programación Docente para su archivo y publicidad en el portal electrónico de la Universidad, conforme a lo dispuesto en la normativa de contratación (art. 1.7.2.) y, en todo caso, se hará público antes de la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos.

3.3. En el plazo máximo de 20 días hábiles desde la recepción de la documentación, las Comisiones, que se abstendrán de publicar las Actas, resolverán el Concurso. Los Presidentes de las Comisiones deberán remitir al Servicio de Programación Docente, la propuesta de adjudicación, al día siguiente de haber sido resuelto el concurso, acompañando:

a) Actas, debidamente cumplimentadas, de las sesiones realizadas por la Comisión de Contratación, en papel conforme a lo establecido en el artículo 1.11 de la Normativa sobre Procedimiento de Contratación de Ayudantes, Profesores Ayudantes Doctores y Profesores Asociados.

b) Acta final, debidamente cumplimentada, conteniendo propuesta de adjudicación, en papel y en el soporte informático BACO.

c) La documentación aportada al Concurso por el/los candidato/s propuesto/s. El resto de la documentación presentada por los otros candidatos quedará depositada en el Departamento correspondiente. Toda esta documentación podrá devolverse a los interesados si éstos así lo solicitan una vez finalizado el proceso del Concurso, y siempre que no se haya interpuesto recurso. La documentación depositada en la Unidad de Concursos deberá ser retirada por los interesados en el plazo máximo de 2 meses desde la resolución del concurso. Transcurrido un mes después de dicho plazo, se procederá a la destrucción de la documentación que no haya sido retirada.

El Acta final será publicada en el Tablón de Anuncios del Rectorado de la Universidad de Sevilla y, a título informativo, en el portal electrónico de la Universidad. Dicha publicación tendrá carácter de notificación a los adjudicatarios de los contratos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 59.5.b) de la Ley 4/1999, por lo que no se efectuará notificación personal alguna.

Contra estas propuestas los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Rector de esta Universidad, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a aquél en que tenga lugar la publicación.

4.ª Duración de los contratos.

4.1. Iniciación:

4.1.1. Los efectos de iniciación del contrato serán desde la fecha de formalización del mismo, que deberá efectuarse en el plazo de 8 días naturales, contados desde la fecha de publicación de la propuesta de adjudicación de la plaza. En el caso de que el adjudicatario de la plaza no se persone en dicho plazo para la firma del contrato en el Servicio de Gestión de Personal Docente, se entenderá que renuncia al mismo.

4.1.2. De conformidad con lo dispuesto en el art. 10 de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, quienes estén ocupando un puesto de trabajo en el sector público que resulte incompatible con el contrato adjudicado, habrán de optar por uno de los dos dentro del plazo establecido para la firma de dicho contrato. Si optaran por éste, habrán de aportar la solicitud de excedencia en el puesto que vinieran desempeñando. A falta de opción en el plazo señalado se entenderá que optan por el nuevo puesto, pasando a la situación de excedencia voluntaria en el anterior.

4.1.3. En el acto de la firma del contrato los adjudicatarios aportarán:

a) Fotocopia del DNI o documento equivalente.

b) Solicitud de excedencia en el puesto que vinieran desempeñando, en su caso.

c) En el caso de extranjeros no nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán aportar la exención del permiso de trabajo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 68.6 del RD 864/2001 de 20 de julio por el que se aprueba el Reglamento de ejecución de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, reformado por la Ley Orgánica 8/2000 de 22 de diciembre y 11/2003 de 29 de septiembre.

4.1.4. No se admitirá la retroactividad de efectos económicos, en ningún caso.

4.2. Terminación: El contrato tendrá una duración de cuatro años, improrrogables.

5.ª Régimen de dedicacion del profesorado.

Los ayudantes que no posean el grado de doctor podrán participar en las tareas docentes con un máximo de 12 créditos. Este límite podrá superarse en caso de evaluación positiva de la actividad docente. Las tareas docentes encomendadas deberán ser fundamentalmente prácticas durante el primer año de contrato y podrán ser teóricas en los siguientes.

Los ayudantes que posean el título de doctor podrán participar en las tareas docentes con una dedicación de hasta 24 créditos.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 26 de mayo de 2006.- El Rector, Miguel Florencio Lora.

ANEXO I

CONCURSO PUBLICO DE MERITOS PARA LA PROVISION DE PLAZAS DE AYUDANTES

III PLAN PROPIO DE INVESTIGACION DE LA UNIVERSIDAD DE SEVILLA

Núm. de Orden: Departamento de Bioquímica, Bromatología, Toxicología y Medicina Legal.

Area de Bioquímica y Biología Molecular (061).

05/1: - 1 Ayudante.

PD: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

Departamento de Bioquímica Vegetal y Biología Molecular.

Area de Bioquímica y Biología Molecular (062).

05/2: - 1 Ayudante.

PD: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

Departamento de Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial.

Area de Ciencias de la Computación e Inteligencia Artificial (075).

05/3: - 1 Ayudante.

PD: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

Departamento de Contabilidad y Economía Financiera.

Area de Economía Financiera y Contabilidad (230).

05/4: - 1 Ayudante.

PD: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

Departamento de Cristalografía, Mineralogía y Química Agrícola.

Area de Cristalografía y Mineralogía (120).

05/5: -1 Ayudante.

PD: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

Departamento de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social.

Area de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social (140).

05/6: -1 Ayudante.

PD: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

Departamento de Escultura e Historia de las Artes Plásticas.

Area de Escultura (260).

05/7: -1 Ayudante.

PD: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

Departamento de Física Aplicada I.

Area de Física Aplicada (385).

05/8: -1 Ayudante.

PD: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

Departamento de Física Atómica, Molecular y Nuclear.

Area de Física Teórica (405).

05/9: -1 Ayudante.

PD: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

Departamento de Literatura Española.

Area de Literatura Española (583).

05/10: - 1 Ayudante.

PD: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

Departamento de Microbiología y Parasitología.

Area de Microbiologia (630).

05/11: -1 Ayudante.

PD: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

Departamento de Química Orgánica y Farmacéutica.

Area de Química Orgánica (766).

05/12: - 1 Ayudante.

PD: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

Departamento de Teoría Económica y Economía Política.

Area de Economía Aplicada (226).

05/13: -1 Ayudante.

PD: Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

Departamento de Teoría e Historia de la Educación y Pedagogía Social.

Area de Teoría e Historia de la Educación (805).

05/14: - 1 Ayudante.

PD Asignaturas del área de conocimiento adscritas al Departamento.

Ver Anexo II en páginas de 58 a 65 del BOJA

núm. 127, de 1.7.2005

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