Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 116 de 19/06/2006

1. Disposiciones generales

Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

CORRECCION de errores de la Orden de 30 de marzo de 2006, por la que se regulan y convocan las ayudas del Instituto Andaluz de la Juventud a Asociaciones Juveniles, Federaciones de Asociaciones Juveniles, Secciones Juveniles, Entidades sin Fines de Lucro y Grupos de Corresponsales Juveniles en Materia de Juventud, para el ejercicio 2006 (BOJA núm. 78, de 26.4.2006).

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Advertido error en la Orden de 30 de marzo de 2006, por la que se regulan y convocan las ayudas del Instituto Andaluz de la Juventud a asociaciones juveniles, federaciones de asociaciones juveniles, secciones juveniles, entidades sin fines de lucro y grupo de corresponsales juveniles en materia de juventud, para el ejercicio 2006, publicada en el BOJA, núm. 78 de 26 de abril de 2006, se procede a la subsanación mediante la presente corrección que a continuación se transcribe:

En la página 29, en el artículo 16, apartado 2, letras a) y b), donde dice:

a) "El pago único correspondiente a la totalidad de la subvención, se justificará en el plazo de seis meses desde el momento de la finalización de la actividad subvencionada".

b) "En el caso de fraccionamiento, ambos pagos se justificarán en el plazo de tres meses desde el momento de la finalización de la actividad subvencionada".

Debe decir:

a) "El pago único correspondiente a la totalidad de la subvención se justificará en el plazo de seis meses desde la fecha de abono".

b) "En el caso de fraccionamiento, ambos pagos se justificarán en el plazo de tres meses desde la fecha respectiva de abono".

Sevilla, 29 de mayo de 2006

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