Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 119 de 22/06/2006

2. Autoridades y personal2.1 Nombramientos, situaciones e incidencias

Otros. CAMARA DE CUENTAS DE ANDALUCIA

RESOLUCION de 8 de junio de 2006, por la que se resuelve el concurso específico de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en la misma.

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Mediante Resolución de fecha 9 de noviembre de 2005 (BOJA núm. núm. 228, de 22 de noviembre de 2005) se convocó concurso específico de méritos para la provisión, entre funcionarios de los Cuerpos propios de la Cámara de Cuentas de Andalucía, de determinados puestos de trabajo, de conformidad con lo establecido en la Resolución de 31 de marzo de 2005, por la que se modifica la de fecha 25 de octubre de 2000, reguladora de los Procedimientos de Provisión de Puestos de Trabajo a desempeñar por los funcionarios de esta Institución y siendo de aplicación supletoria lo regulado en el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, modificado por el Decreto 528/2004, de 16 de noviembre.

Conforme a lo previsto en la base 4.3 de la resolución del concurso, se ha resuelto definitivamente el mismo por la Comisión de Gobierno de esta Institución, en sesión celebrada el día 25 de mayo de 2006.

En consecuencia, y en virtud de las competencias conferidas en el artículo 22.a) del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía,

D I S P O N G O

Primero. Se aprueba la resolución definitiva del concurso, adjudicando con carácter definitivo los puestos de trabajo que seguidamente se relacionan en el Anexo de la presente Resolución a los funcionarios que en el mismo se indican.

Segundo. De conformidad con lo establecido en el apartado 5.º de las normas reguladoras de los Procedimientos de Provisión de Puestos de Trabajo a desempeñar por el personal funcionario de la Cámara de Cuentas de Andalucía, los destinos obtenidos serán irrenunciables, salvo causa justificada que deberá apreciar la Comisión de Gobierno.

Tercero. Las tomas de posesión se efectuarán en los plazos dispuestos en la base 5.ª de la mencionada Resolución del concurso específico.

Cuarto. Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Pleno de esta Institución en el plazo de un mes, de conformidad con lo establecido en el artículo 85 del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Cámara de Cuentas de Andalucía y en los artículos 107 y 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre de 1992).

Sevilla, 8 de junio de 2006.- El Consejero Mayor, Rafael Navas Vázquez.

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