Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 28/06/2006

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 13 de junio de 2006, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso público de méritos para la adjudicación de plazas de Ayudantes y Profesores Asociados.

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De conformidad con lo establecido en el art. 48.2 de la Ley Orgánica de Universidades 6/2001, de 21 de diciembre, (BOE del 24).

Este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuyen el art. 20 de dicho texto, en relación con el art. 2.2.e) de la misma norma, el art. 38 de la Ley 15/2003, de 23 de diciembre, Andaluza de Universidades (BOJA del 31), así como los Estatutos de esta Universidad aprobados mediante Decreto 145/2003, de 3 de junio (BOJA de 9 de junio), ha resuelto convocar concurso público de méritos para la contratación de las plazas de personal docente que se indican en el Anexo I de la presente Resolución, y que se regirán con arreglo a las siguientes:

BASES DE CONVOCATORIA

Este concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades (LOU), en la Ley 15/2003, de 22 de diciembre, Andaluza de Universidades, R.D. 898/85, de 30 de abril, sobre Régimen del Profesorado Universitario, por los Estatutos de la Universidad de Málaga, y el Reglamento de contratación de plazas de Ayudantes y Profesores Asociados, aprobado en Consejo de Gobierno de fecha 24 de junio de 2004. En lo no contemplado en la normativa citada, por la legislación general de funcionarios que le sea de aplicación y la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (Ley 4/1999, de 13 de enero, que modifica la Ley 30/1992, de 26 de noviembre).

1. Requisitos de los solicitantes.

Todos los requisitos, méritos y circunstancias alegados se referirán a la fecha de finalización del plazo fijado para solicitar la participación en el concurso y mantenerse durante el período de vigencia del contrato.

1.1. Requisitos de carácter general.

a) Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación.

b) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título académico exigido para cada figura. Caso de haber realizado sus estudios fuera del Estado español, la titulación académica deberá estar homologada por el Ministerio de Educación y Ciencia. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, presentarán, bien la homologación, o bien la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.

c) No padecer enfermedad o discapacidad física o psíquica que le impida el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado del servicio, ni inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, o ejercer cargos o funciones declarados incompatibles con el desempeño de una actividad docente e investigadora. Asimismo el desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/84, de 26 de diciembre, y demás normas de desarrollo en materia de incompatibilidades.

e) Los aspirantes que no posean la nacionalidad española, no podrán estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función Pública.

f) Los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán poseer un conocimiento del castellano adecuado para el desarrollo de sus funciones.

g) Los nacionales de Estados distintos a la Unión Europea deberán estar en posesión del permiso de residencia para proceder a la firma del contrato.

1.2. Requisitos específicos para cada figura.

a) Ayudantes:

- Haber superado todas las materias de estudio que la normativa vigente exija para la obtención del título de Doctor.

b) Profesores Asociados:

- Ser titulado universitario, especialista de reconocida competencia y acreditar estar ejerciendo, fuera de la Universidad, una actividad profesional remunerada, relacionada con el área de conocimiento correspondiente a la plaza solicitada, de aquellas para las que capacite el título académico que el interesado posea, excluyendo la actividad docente, con una antig³edad de al menos tres años.

- Mantener el ejercicio de dicha actividad durante la totalidad del período de contratación.

2. Solicitudes y documentación.

2.1. Los interesados en tomar parte en el concurso deberán presentar, por cada plaza solicitada, una solicitud en el modelo oficial (Anexo II de esta convocatoria) y que se encuentra disponible en el Servicio de Personal Docente e Investigador de esta Universidad (Pabellón de Gobierno, Campus de El Ejido, 1.ª planta) y en la página de web de la Universidad de Málaga www.uma.es (Profesores ) Servicio del PDI), así como en los Servicios de Información de esta Universidad.

2.2. Las solicitudes, dirigidas a la Excma. y Magfca. Sra. Rectora de la Universidad de Málaga se presentarán en el Registro General, tanto en la dependencia ubicada en el Pabellón de Gobierno (Campus de El Ejido), en la situada en el Aulario Severo Ochoa (Campus de Teatinos) y en la situada en el Edificio del Rectorado, Avda. Cervantes, núm. 2, o bien por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero (Código Postal Oficial: 29071).

La participación en congresos, programas específicos, cursos, talleres y seminarios de formación didáctica para la actividad docente se valorará con 0,05 puntos por cada 10 horas de formación.

La participación en proyectos de innovación docente se valorará según lo que se establece en el apartado 3.9 c).

2.7. Otros méritos docentes relevantes (máximo 1 punto).

Cualesquiera otros méritos relativos a la experiencia docente y la formación para la docencia del concursante deberán ser valorados en este apartado.

III. Experiencia investigadora (hasta 15 puntos)

3.1. Libros.

Monografías científicas publicadas en editoriales de relevancia, españolas o extranjeras.

a) Autor: Se valorará de 1 a 4 puntos cada libro cuyo autor sea el concursante.

b) Director, editor o coordinador: Se valorará de 0,5 a 1,5 puntos cada monografía científica en la que el concursante desempeñe labores de dirección, edición o coordinación.

3.2. Capítulos de libros.

Se valorará de 0,5 a 2 puntos cada capítulo publicado por el concursante en libros de carácter científico.

3.3. Artículos publicados en revistas citadas en el ISI, Journal Citation Reports.

Los trabajos publicados en revistas científicas con índice de impacto medido en los repertorios habituales (ISI, Journal Citation Repors) se valorarán de 2 a 4 puntos por artículo.

3.4. Artículos en revistas de reconocida relevancia para un área o conjunto de áreas.

Los trabajos publicados en revistas científicas de reconocida relevancia para un área o conjunto de áreas científicas próximas y conocida difusión nacional e internacional se valorarán de 0,5 a 2 puntos por artículo. En cualquier caso, la publicación habrá de estar relacionada en los listados de revistas científicas que la UCUA y, en su momento, la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria, emplee para la evaluación de los complementos autonómicos.

3.5. Publicaciones en Actas de Congresos.

Los trabajos incluidos en las Actas de Congresos científicos de prestigio de carácter internacional, y cuya aceptación haya sido sometida a un procedimiento selectivo en su admisión, serán valorados con 1 punto por publicación. Cuando el Congreso sea de carácter nacional se otorgará 0,50 puntos por publicación.

Se entiende a estos efectos por congreso internacional aquel convocado por instituciones y asociaciones científicas de carácter multinacional y comité o comisión directiva u organizativa de igual carácter.

No se estiman como congresos o conferencias los cursos de verano o meramente divulgativos, las jornadas profesionales, etc. y en general los eventos de sentido más social que científico o de convocatoria y ámbito muy local, que podrán ser valorados en el apartado de otros méritos de investigación.

3.6. Prólogos e introducciones.

Se valorará de 0,5 a 1 punto cada prólogo o introducción realizado por el concursante a libros o monografías de carácter científico.

3.7. Anotaciones a textos de reconocido valor científico.

Las recensiones o reseñas en revistas de carácter científico se valorarán con 0,25 puntos por contribución. Las entradas de diccionarios y enciclopedias, etc. se puntuarán entre 0,1 y 0,25 puntos por contribución, en función de la relevancia para el área de conocimiento de la publicación y de la extensión de la entrada.

3.8. Patentes, modelos de utilidad y otros resultados de la investigación, en especial los que produzcan transferencia tecnológica al sector productivo.

En aquellos ámbitos científicos donde este tipo de mérito sea especialmente significativo, las patentes en explotación y los modelos de utilidad se valorarán de 0,5 a 3 puntos por cada aportación cuando aquellas supongan una transferencia tecnológica al sector productivo de calidad y debidamente justificada.

3.9. Proyectos y contratos de investigación.

a) Proyectos de investigación obtenidos en convocatorias públicas y competitivas.

Se valorará preferentemente la participación en proyectos de investigación incluidos en programas competitivos de la Unión Europea y de los Planes Nacionales, de las Comunidades Autónomas y otros entes u organismos oficiales sometidos a evaluación externa, especialmente por la ANEP u organismo similar, así como los de aquellas instituciones privadas que lleven a cabo un proceso de selección de carácter similar.

Si la participación del concursante en el proyecto ha sido la de investigador principal en régimen de máxima dedicación, se le otorgarán 2 puntos por año y proyecto; 1 si ha participado como investigador titular; y 0,30 como investigador contratado.

b) Contratos de investigación de especial relevancia en empresas o Admón. Pública.

Los contratos de investigación que se consideren de especial relevancia en empresas o en la Administración Pública se valorarán con 1 punto por contrato y año, si la participación del concursante en el contrato ha sido como investigador principal y en régimen de máxima dedicación; 0,5 si ha participado como investigador titular; y 0,15 como investigador contratado.

c) Otros proyectos y contratos de investigación.

La participación del concursante en proyectos y contratos de investigación diferentes de los reseñados en los apartados a) y b) se valorará con 0,5 puntos por contrato o proyecto y año si su actividad ha sido la de investigador principal con la máxima dedicación; 0,25 si ha participado como investigador principal; y 0,10 como investigador contratado.

3.10. Estancias de investigación.

a) Estancias de investigación posdoctorales.

Las estancias de investigación posdoctorales en centros científicos de relevancia acreditada y reconocido prestigio internacional, sean nacionales o extranjeros, con una duración de al menos 18 semanas (no necesariamente continuadas), y en las que quepa apreciar conexión con la línea de investigación posdoctoral y resultados demostrables, se valorarán con 1,5 puntos por cada 18 semanas.

b) Estancias de investigación predoctorales.

Las estancias de investigación predoctorales en centros científicos de relevancia acreditada y reconocido prestigio internacional, sean nacionales o extranjeros, con una duración de al menos 18 semanas (no necesariamente continuadas), y en las que quepa apreciar conexión con la línea de investigación del concursante, se valorarán con 0,75 puntos por cada 18 semanas.

3.11. Ponencias y comunicaciones en Congresos y conferencias no publicadas.

Las contribuciones a Congresos científicos de prestigio de carácter internacional y cuya aceptación haya sido sometida a un procedimiento selectivo, serán valoradas con hasta 1 punto por ponencia y hasta 0,50 puntos por comunicación oral, póster, etc.

Cuando el Congreso sea de carácter nacional se otorgará hasta 0,50 puntos por ponencia y hasta 0,25 por comunicación oral, póster, etc.

3.12. Dirección de tesis doctorales.

Cada tesis doctoral dirigida por el concursante y que obtenga la máxima calificación se valorará con 3 puntos.

3.13. Dirección de tesinas de Licenciatura y Proyectos Fin de Carrera.

Cada tesina de Licenciatura o Proyecto Fin de Carrera dirigidos por el concursante y que obtengan la máxima calificación se valorará con 1,5 puntos.

3.14. Becas de investigación predoctorales.

Las becas de investigación predoctorales disfrutadas por el concursante se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:

a) De la Unión Europea o las Administraciones Públicas Estatal o Autonómicas.

Se concederá 1 punto por año completo de disfrute de la beca.

b) De otras entidades públicas y privadas.

Se concederá 0,75 puntos por año completo de disfrute de la beca.

c) De proyectos de investigación.

Se concederá 0,50 puntos por año completo de disfrute de la beca.

3.15. Becas postdoctorales, contratos de reincorporación y similares.

Los méritos reconocidos en este apartado se valorarán con 1 punto por año completo de disfrute de la beca o contrato.

3.16. Estrenos, exposiciones, composiciones.

Los estrenos, exposiciones y composiciones realizadas por el concursante en áreas del ámbito artístico se valorarán con 1,5 puntos como máximo.

3.17. Premios de investigación.

Los premios de investigación de relevancia se valorarán con 1,5 puntos como máximo.

3.18. Evaluación de Proyectos I + D.

La pertenencia a comités públicos de evaluación de proyectos de I + D se valorará con 1,5 puntos como máximo.

3.19. Pertenencia a Consejos de Redacción de revistas.

La pertenencia a Consejos de Redacción de revistas de carácter científico se valorará con 1,5 puntos como máximo.

3.20. Otros méritos de investigación relevantes (máximo 1 punto).

Cualesquiera otros méritos relativos a la experiencia investigadora del concursante deberán ser valorados en este apartado.

IV. Experiencia y otros méritos profesionales (hasta 40 puntos).

4.1. Experiencia profesional con interés para la docencia e investigación.

La experiencia profesional acumulada como consecuencia del ejercicio libre de la profesión en empresas o entidades públicas o privadas, de interés para la docencia o investigación en la plaza objeto de concurso, se valorará con un máximo de 2 puntos por año, dependiendo del régimen de dedicación y nivel o categoría profesional adquirida. Sólo se considerará la experiencia profesional que pueda justificarse mediante documento acreditativo de vida laboral, contrato laboral, licencia fiscal, etc.

4.2. Contratos de aplicación o consultoría.

Los contratos de aplicación o consultoría de interés para la docencia o investigación en la plaza objeto de concurso, se valorará con un máximo de 2 puntos por año, dependiendo del régimen de dedicación.

4.3. Contratos de investigación.

Los contratos de investigación de interés para la docencia o investigación en la plaza objeto de concurso, se valorará con un máximo de 2 puntos por año, dependiendo del régimen de dedicación.

4.4. Posesión del título de especialista en Ciencias de la Salud La posesión del título de especialista MIR, FIR y similares se valorará con 2 puntos por año completado en la especialidad cursada.

4.5. Otros méritos relevantes (máximo 5 puntos).

Cualesquiera otros méritos relativos a la experiencia y otros méritos profesionales del concursante deberán ser valorados en este apartado.

V. Otros méritos (hasta 5 puntos).

5.1. Asistencia a Congresos.

Se otorgarán 0,1 punto por asistencia a Congreso Internacional y 0,05 si el congreso es de ámbito nacional.

5.2. Gestión universitaria.

El desempeño de cargos de gestión universitaria se valorará con un máximo de 0,4 puntos por año.

5.3. Organización de eventos científicos.

La organización de eventos de carácter científico (Congresos, Conferencias, etc.) se valorará en este apartado con un máximo de 1 punto.

5.4. Otros méritos relevantes (máximo 5 puntos).

Cualesquiera otros méritos no que no hayan sido valorados en los apartados anteriores y que se consideren relevantes, en especial para las tareas a desempeñar en la plaza objeto del concurso, podrán ser considerados en este apartado.

2.3. El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

2.4. Documentación a presentar para ser admitido al concurso.

De carácter general.

a) Modelo de solicitud.

b) Currículum vitae, según modelo oficial.

c) Fotocopias de los documentos que se estimen conveniente para la debida justificación del currículum. No será necesaria la compulsa de los documentos, bastando la declaración jurada del interesado sobre la autenticidad de los mismos, así como de los datos que figuran en la solicitud.

d) Fotocopia del documento nacional de identidad o Pasaporte.

e) Fotocopia del título académico universitario.

f) Fotocopia de la certificación académica personal (expediente académico).

g) Los aspirantes deberán justificar haber abonado los derechos de inscripción, que se estipulan en 22,46 E, en la cuenta corriente núm. 2103-0146-95-0030028625 de Unicaja, mediante impreso normalizado, a recoger en el

Servicio de Personal Docente o en los Servicios de Información de la Universidad de Málaga. Se podrá efectuar también por giro postal o telegráfico, dirigido a la Sección de Caja de la UMA, Edf. Rectorado, Avda. Cervantes, núm. 2, 29071 Málaga.

Específica para cada figura.

a) Ayudantes:

- Fotocopia del certificado-diploma acreditativo de haber superado todas las materias de estudio que la normativa vigente exija para la obtención del título de Doctor.

b) Profesores Asociados: Para acreditar el ejercicio de la actividad profesional se deberá presentar los siguientes documentos, que cubran el período de 3 años requerido:

Trabajador por cuenta ajena:

- Informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social (actualizado) y

- Fotocopia del contrato o contratos de trabajo.

En el caso de ser empleado público, se aportará certificado de servicios (actualizado).

Trabajador por cuenta propia:

- Informe de vida laboral expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social o certificado de la Mutualidad correspondiente. En el supuesto de que para la actividad profesional que se ejerce no resulte obligatoria el alta en ninguno de los regímenes del sistema de la Seguridad Social, se deberá presentar certificación del colegio profesional correspondiente que acredite el ejercicio de la actividad profesional (actualizados).- Fotocopias de los modelos de declaración a Hacienda de la actividad económica, que comprendan al período/s en que se ha cotizado como autónomo: Modelos 130, 131, 300, 102,... o, en su defecto, certificado de Hacienda.

3. Listas de admitidos:

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicarán en el tablón de anuncios del Edificio del Pabellón de Gobierno de la Universidad de Málaga, y en la página web, tanto las relaciones de admitidos y excluidos al concurso como cuantas comunicaciones y requerimientos relacionados con el mismo se produzcan.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 59.5.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, estas publicaciones sustituirán la notificación personal a los interesados y producirán los mismos efectos.

4. Valoración de méritos.

Una vez establecidos los criterios técnicos y factores de pertinencia que serán considerados en la aplicación del baremo (art. 18 Reglamento), el Vicerrectorado de Profesorado dará traslado de la documentación a los correspondientes Departamentos para que sean informados los méritos de los candidatos por las Comisiones Asesoras.

Para la aplicación del baremo se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

- Se valorarán los méritos de los candidatos de acuerdo con el baremo correspondiente, por su calidad y por su pertinencia respecto a las características de la plaza convocada.

- Se considerará mérito preferente entre los candidatos concursantes, el estar habilitado para participar en los concursos a los que se refiere el artículo 63 de la Ley Orgánica de Universidades.

- Los candidatos propuestos serán aquellos que alcancen una mayor puntuación como resultado de aplicar los baremos.

5. Resolución del concurso.

Una vez realizada la baremación de los méritos de los candidatos y emitidos los correspondientes informes por las Comisiones Asesoras de los Departamentos serán remitidos al Vicerrectorado de Profesorado que procederá a hacerlos públicos quedando expuestos en los tablones de anuncios del Pabellón de Gobierno.

Los aspirantes, en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de tales informes, podrán realizar las alegaciones oportunas ante la Comisión de Selección de Ayudantes y Profesores Asociados.

La ejecución de los acuerdos definitivos corresponden a la Comisión de Selección de Ayudantes y Profesores Asociados, dictándose las correspondientes Resoluciones por la misma,

que contendrán, en caso de provisión de las plazas, los nombres de los candidatos propuestos, indicándose al pie de los mismos los recursos y órganos ante los que cabe su interposición.

La interposición de recurso no tendrá efectos suspensivos en la propuesta de contratación, salvo que el Rectorado, mediante resolución expresa, aprecie que la ejecución del acto pudiera causar perjuicio de imposible o difícil reparación, o aprecie, en la fundamentación de la impugnación, la existencia de causa manifiesta de nulidad de pleno derecho. A tal fin se formalizará el contrato laboral con el aspirante propuesto sin perjuicio de que la eventual estimación del recurso pudiera llevar aparejada y en su momento la extinción de la relación contractual inicialmente propuesta, actuando como condición resolutoria de la misma.

6. Formalización de los contratos.

Los candidatos propuestos deberán formalizar su contrato, en el plazo de diez días, contados desde el día siguiente a la publicación de la Resolución del concurso, para lo cual deberán acreditar, con carácter previo, y mediante la presentación de la documentación original, estar en posesión de la titulación académica y demás requisitos exigidos para optar a la plaza, si como, en su caso, de los méritos alegados.

Transcurrido dicho plazo sin haber verificado tal trámite por causa imputable al interesado, éste decaerá en todos sus derechos y se entenderá que renuncia a la plaza adjudicada.

En relación con los requisitos exigidos para acceder a plazas de profesores asociados, la firma del contrato se condiciona a la autorización de la compatibilidad.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el art. 6.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, podrán interponer los interesados, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante la Magfca. y Excma. Sra. Rectora de esta Universidad o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, de conformidad con la Ley reguladora de dicha jurisdicción.

Málaga, 13 de junio de 2006.- La Rectora, Adelaida de la Calle Martín.

ANEXO I

Area de Conocimiento: Lenguajes y Sistemas Informáticos.

Departamento: Lenguajes y Ciencias de la Computación.

Categoría: Ayudante.

Dedicación: Tiempo completo.

Código de identificación: 001AYU06/002AYU06 (2 plazas).

Area de Conocimiento: Trabajo Social y Servicios Sociales.

Departamento: Psicología Social, Antropología Social y Trabajo Social y Servicios Sociales.

Categoría: Ayudante.

Dedicación: Tiempo completo.

Código de identificación: 003AYU06.

Area de Conocimiento: Urbanística y Ordenación del Territorio.Unidad Administrativa: Arquitectura.

Categoría: Ayudante.

Dedicación: Tiempo completo.

Código de identificación: 004AYU06.

Area de Conocimiento: Dibujo.

Unidad Administrativa: Bellas Artes.

Categoría: Ayudante.

Dedicación: Tiempo completo.

Código de identificación: 005AYU06.

Area de Conocimiento: Escultura.

Unidad Administrativa: Bellas Artes.

Categoría: Ayudante.

Dedicación: Tiempo completo.

Código de identificación: 006AYU06.

Area de Conocimiento: Pintura.

Unidad Administrativa: Bellas Artes.

Categoría: Ayudante.

Dedicación: Tiempo completo.

Código de identificación: 007AYU06.

Area de Conocimiento: Enfermería (Podología).

Departamento: Enfermería.

Categoría: Profesor Asociado.

Dedicación: Tiempo parcial (6 + 6 horas).

Código de identificación: 001ASD06.

Area de Conocimiento: Enfermería.

Departamento: Enfermería.

Categoría: Profesor Asociado.

Dedicación: Tiempo parcial (6 + 6 horas).

Código de identificación: 002ASD06/003ASD06 (2 plazas).

Area de Conocimiento: Enfermería.

Departamento: Enfermería.

Categoría: Profesor Asociado.

Dedicación: Tiempo parcial (3 + 3 horas).

Código de identificación: 004ASD06.

Area de Conocimiento: Psicología Básica.

Departamento: Psicología Básica.

Categoría: Profesor Asociado.

Dedicación: Tiempo parcial (5 + 5 horas).

Código de identificación: 005ASD06.

Area de Conocimiento: Psicología Evolutiva y de la Educación.Departamento: Psicología Evolutiva y de la Educación.

Categoría: Profesor Asociado.

Dedicación: Tiempo parcial (6 + 6 horas).

Código de identificación: 006ASD06.

Area de Conocimiento: Fisioterapia (Terapia Ocupacional).

Departamento: Psiquiatría y Fisioterapia.

Categoría: Profesor Asociado.

Dedicación: Tiempo parcial (6 + 6 horas).

Código de identificación: 007ASD06/008ASD06/009ASD06 (3 plazas).

Area de Conocimiento: Radiología y Medicina Física.

Departamento: Radiología y Medicina Física, Oftalmología y Otorrinolaringología.

Categoría: Profesor Asociado.

Dedicación: Tiempo parcial (6 + 6 horas).

Código de identificación: 010ASD06.

Area de Conocimiento: Construcciones Arquitectónicas.

Unidad Administrativa: Arquitectura.

Categoría: Profesor Asociado.

Dedicación: Tiempo parcial (3 + 3 horas).

Código de identificación: 011ASD06.

Area de Conocimiento: Expresión Gráfica Arquitectónica.

Unidad Administrativa: Arquitectura.

Categoría: Profesor Asociado.

Dedicación: Tiempo Parcial (3 + 3 horas).

Código de identificación: 012ASD06 A 019ASD06 (8 plazas).

Area de Conocimiento: Proyectos Arquitectónicos.

Unidad Administrativa: Arquitectura.

Categoría: Profesor Asociado.

Dedicación: Tiempo parcial (3 + 3 horas).

Código de identificación: 020ASD06/021ASD06/022ASD06 (3 plazas).

Area de Conocimiento: Dibujo.

Unidad Administrativa: Bellas Artes.

Categoría: Profesor Asociado.

Dedicación: Tiempo parcial (6 + 6 horas).

Código de identificación: 023ASD06.

Area de Conocimiento: Escultura.

Unidad Administrativa: Bellas Artes.

Categoría: Profesor Asociado.

Dedicación: Tiempo parcial (6 + 6 horas).

Código de identificación: 024ASD06.

Area de Conocimiento: Pintura.

Unidad Administrativa: Bellas Artes.

Categoría: Profesor Asociado.

Dedicación: Tiempo parcial (6 + 6 horas).

Código de identificación: 025ASD06.

Area de Conocimiento: Traducción e Interpretación (Francés).Departamento: Traducción e Interpretación.

Categoría: Profesor Asociado.

Dedicación: Tiempo parcial (6 + 6 horas).

Código de identificación: 026ASD06.

Area de Conocimiento: Expresión Gráfica Arquitectónica.

Unidad Administrativa: Arquitectura.

Categoría: Profesor Asociado.

Dedicación: Tiempo parcial (3 + 3 horas).

Código de identificación: 064ASD05/065ASD05/066ASD05/ 067ASD05/ 068ASD05/069ASD05 (6 plazas).

Area de Conocimiento: Proyectos Arquitectónicos.

Unidad Administrativa: Arquitectura.

Categoría: Profesor Asociado.

Dedicación: Tiempo parcial (3 + 3 horas).

Código de identificación: 070ASD05/071ASD05/072ASD05/ 073ASD05/074ASD05/075ASD05 (6 plazas).

Area de Conocimiento: Enfermería.

Departamento: Enfermería.

Categoría: Profesor Asociado.

Dedicación: Tiempo parcial (3 + 3 horas).

Código de identificación: 027ASD06.

ANEXO III

MODELO DE CURRICULUM

I. Formación Académica

1.1. Expediente académico.

1.2. Premio extraordinario de Licenciatura.

1.3. Tesina de Licenciatura o Grado de Licenciado.

1.4. Programa de doctorado.

1.5. Grado de doctor.

1.6. Premio extraordinario de doctorado.

1.7. Doctorado europeo.

1.8. Otras titulaciones oficiales universitarias diferentes de las requeridas en la convocatoria.

1.9. Otras titulaciones propias universitarias o impartidos por organismos de reconocido prestigio.

1.10. Cursos, seminarios y talleres universitarios o impartidos por organismos de reconocido prestigio.

1.11. Estancias formativas en otros centros.

1.12. Becas de pregrado competitivas.

1.13. Otros méritos relevantes.

II. Experiencia Docente y Formación para la Docencia

2.1. Docencia universitaria en nivel de grado, en materias regladas.

2.2. Docencia universitaria de posgrado.

2.3. Otra docencia universitaria.

2.4. Material docente universitario: Libros de texto, repertorios, recopilaciones, casos prácticos, etc.

2.5. Docencia oficial de ámbito no universitario.

2.6. Formación didáctica para la actividad docente.

2.7. Otros méritos docentes relevantes.

III. Experiencia Investigadora.

3.1. Libros.

3.2. Capítulos de libros.

3.3. Artículos publicados en revistas citadas en el ISI, Journal Citation Reports.

3.4. Artículos en revistas de reconocida relevancia para un área o conjunto de áreas.

3.5. Publicaciones en Actas de Congresos.

3.6. Prólogos e introducciones.

3.7. Anotaciones a textos de reconocido valor científico.

3.8. Patentes, modelos de utilidad y otros resultados de la investigación, en especial los que produzcan transferencia tecnológica al sector productivo.

3.9. Proyectos y contratos de investigación.

3.10. Estancias de investigación.

3.11. Ponencias y comunicaciones en Congresos y conferencias no publicadas.

3.12. Dirección de tesis doctorales.

3.13. Dirección de tesinas de Licenciatura y Proyectos Fin de Carrera.

3.14. Becas de investigación predoctorales.

3.15. Becas postdoctorales, contratos de reincorporación y similares.

3.16. Estrenos, exposiciones, composiciones.

3.17. Premios de investigación.

3.18. Evaluación de Proyectos I + D.

3.19. Pertenencia a Consejos de Redacción de revistas.

3.20. Otros méritos de investigación relevantes.

IV. Experiencia y otros méritos profesionales.

4.1. Experiencia profesional con interés para la docencia e investigación.

4.2. Contratos de aplicación o consultoría.

4.3. Contratos de investigación.

4.4. Posesión del título de especialista en Ciencias de la Salud.

4.5. Otros méritos relevantes.

V. Otros méritos.

5.1. Asistencia a Congresos.

5.2. Gestión universitaria.

5.3. Organización de eventos científicos.

5.4. Otros méritos relevantes.

ANEXO IV

BAREMO DE CONTRATACION

A. CRITERIOS GENERALES

1. Todos los méritos de los candidatos se valorarán de acuerdo con el baremo correspondiente a la figura de profesor contratado a la que concursa.

2. Como se dispone en el artículo 48 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, se considerará mérito preferente estar habilitado para participar en los concursos a los que se refiere el artículo 63 de la referida Ley.

3. La valoración de los méritos alegados por los candidatos en cada una de las dimensiones contempladas en el baremo se realizará de acuerdo con la coherencia y correspondencia de dichos méritos con el área de conocimiento de la plaza a la que concursa. En consecuencia, y una vez valorado el mérito, éste se multiplicará por un coeficiente corrector en función de su adecuación al área de la plaza de acuerdo con los siguientes criterios:

Pertinencia alta (área de la plaza): 1.

Pertinencia media (área afín a la plaza): 0,50.

Pertinencia baja (área poco afín a la plaza): 0,25.

Pertinencia muy baja (área no afín a la plaza): 0,10.

La pertinencia aplicable a la Memoria de Licenciatura y Grado de Doctor, incluidos los cursos de doctorado, será la misma que se aplique al expediente académico.

4. Cuando un aspirante supere la puntuación máxima en alguno de los apartados I a IV del baremo, a éste se le concederá el nivel máximo, en tanto que la valoración de los demás concursantes se hará de forma proporcional. Por ello, tanto la puntuación conseguida en cada uno de estos apartados, como la puntuación total alcanzada en el concurso ha de considerarse única y exclusivamente como una medida relativa establecida con respecto al resto de los candidatos del mismo concurso. Por el mismo motivo, en ningún caso dicha puntuación puede ser extrapolable o comparable con la obtenida en otro u otros concursos a los que pudiera presentarse cada candidato.

5. Aquellas puntuaciones referidas a duración o dedicación de un mérito se valorarán según lo establecido en cada apartado o, en su defecto, de forma proporcional.

6. Cuando una única actividad lleve aparejado más de un mérito, se valorará exclusivamente el mérito mejor puntuado en el baremo.

B. BAREMO DE LAS PLAZAS DE AYUDANTE Y NORMAS

PARA SU APLICACION

I. Formación académica (hasta 50 puntos)

1.1. Expediente académico.

El expediente académico de la titulación necesaria para concursar a la plaza ofertada y más pertinente a su perfil se puntuará según el siguiente criterio: Aprobado o convalidado: 1 punto; Notable: 2 puntos; Sobresaliente: 3 puntos; Matrícula de Honor: 4 puntos. La nota media de la titulación se obtendrá aplicando la siguiente fórmula:

Nota Media = ( nota asignatura i * núm. créditos asignatura i)/total créditos cursados

Se primarán las calificaciones obtenidas en las asignaturas afines al perfil de la plaza añadiendo a la Nota Media así obtenida 0,05 puntos por cada calificación de Matrícula de Honor y 0,02 puntos por cada sobresaliente.

Se primará la calificación obtenida en el Proyecto Fin de Carrera cuando sea afín al perfil de la plaza añadiendo a la Nota Media así obtenida 0,05 puntos si la calificación es Matrícula de Honor y 0,02 puntos si es sobresaliente.

La puntuación otorgada en este apartado del baremo será el resultado de la siguiente operación:

Puntuación expediente académico = Nota Media * 10

1.2. Premio extraordinario de Licenciatura.

Se otorgarán 5 puntos cuando el concursante haya merecido la distinción de premio extraordinario de Licenciatura.

1.3. Tesina de Licenciatura o Grado de Licenciado.

Se otorgarán 5 puntos cuando el concursante haya obtenido la máxima calificación.

1.4. Programas de doctorado.

Si el concursante no estuviese en posesión del grado de doctor, la formación recibida en los programas de doctorado se puntuará conforme a los siguientes criterios:

- Programa de Doctorado anterior al RD 185/1985, de 23 de enero: 2 puntos por programa completo, con la máxima calificación.

- Programa de Doctorado según el RD 185/1985, de 23 de enero: 4 puntos por programa completo, con la máxima calificación.

- Período de docencia según el RD 778/98, de 30 de abril: Hasta 3 puntos con la máxima calificación.

- Trabajos de investigación tutelados y evaluados (RD 778/98) y suficiencia investigadora: 2 puntos con la máxima calificación.

En caso de poseer más de un programa de doctorado, se tendrá en cuenta en este apartado del baremo el más adecuado al perfil de la plaza.

1.5. Grado de doctor.

La obtención del grado de doctor por parte del concursante se valorará en función de la calificación obtenida: Apto o aprobado: 7 puntos; notable: 8 puntos; sobresaliente: 9 puntos; apto cum laude y sobresaliente cum laude: 10 puntos.

1.6. Premio extraordinario de doctorado.

Si el título de doctor valorado en el apartado 1.5 ha sido premio extraordinario de doctorado, se le otorgarán 3 puntos adicionales.

1.7. Doctorado europeo.

Si el título de doctor valorado en el apartado 1.5 tiene reconocida la mención de doctorado europeo, se le otorgarán 5 puntos adicionales.

1.8. Otras titulaciones oficiales universitarias diferentes de las requeridas en la convocatoria.

Se valorarán las titulaciones oficiales universitarias diferentes de las requerida en la convocatoria conforme a los siguientes criterios: 2 puntos por titulación de 1. ciclo, 3 puntos por las de segundo ciclo obtenidas a partir de una de primero y 5 puntos por titulación de 2.º ciclo.

Se otorgarán 5 puntos por cada título de doctor adicional al requerido en la convocatoria o del ya valorado en el apartado.5.

1.9. Otras titulaciones propias universitarias (Máster, experto o cursos de especialización universitarios de posgrado, etc.) o impartidos por organismos de reconocido prestigio.

Estas titulaciones se valorarán con 2 puntos cada 320 horas de docencia recibidas.

1.10. Cursos, seminarios y talleres universitarios o impartidos por organismos de reconocido prestigio.

Se valorarán con 0,02 puntos cada 10 horas de docencia recibidas.

1.11. Estancias formativas en otros centros.

a) De pregrado.

Las estancias formativas de pregrado en otros centros distintos de la Universidad de Málaga se valorarán con 0,15 puntos por cada 4 semanas. No se valorarán las estancias de menor duración.

b) De posgrado.

Las estancias formativas de posgrado en otros centros distintos de la Universidad de Málaga se valorarán con 0,3 puntos por cada 4 semanas. No se valorarán las estancias de menos duración.

1.12. Becas de pregrado competitivas.

Las becas de pregrado competitivas concedidas por la Unión Europea, las Administraciones Públicas Estatal o Autonómicas se valorarán con 0,5 puntos por cada año de disfrute.

1.13. Otros méritos relevantes (máximo 1 punto).

Cualesquiera otros méritos relativos a la formación académica del concursante deberán ser valorados en este apartado.

II. Experiencia docente y formación para la docencia (hasta

10 puntos)

2.1. Docencia universitaria en nivel de grado, en materias regladas.

Cada curso académico de docencia a tiempo completo en asignaturas de Plan de Estudios reconocido se puntuará con 2 puntos.

En el caso de los becarios de investigación o de FPD, no podrá computarse más número de horas de docencia por curso que las que se prevean en la correspondiente convocatoria de la beca.

2.2. Docencia universitaria de posgrado.

Cada crédito de docencia universitaria de posgrado se valorará con 0,1 punto.

2.3. Otra docencia universitaria.

Cada crédito de docencia universitaria que no se ajuste a lo establecido en el apartado anterior se valorará con 0,05 puntos.

2.4. Material docente universitario: Libros de texto, repertorios, recopilaciones, casos prácticos, etc.

La elaboración o participación en la elaboración de todo tipo de material docente universitario se valorará con un máximo de 4 puntos.

2.5. Docencia oficial de ámbito no universitario.

La docencia en enseñanza primaria se valorará con 0,25 puntos por curso académico de docencia a tiempo completo. La docencia en enseñanza secundaria y FP se valorará con 0,5 puntos por curso académico de docencia a tiempo completo.

2.6. Formación didáctica para la actividad docente.

La participación en congresos, programas específicos, cursos, talleres y seminarios de formación didáctica para la actividad docente se valorará con 0,05 puntos por cada 10 horas de formación.

La participación en proyectos de innovación docente se valorará según lo que se establece en el apartado 3.9.c).

2.7. Otros méritos docentes relevantes (máximo 1 punto).

Cualesquiera otros méritos relativos a la experiencia docente y la formación para la docencia del concursante deberán ser valorados en este apartado.

III. Experiencia investigadora (hasta 30 puntos)

3.1. Libros.

Monografías científicas publicadas en editoriales de relevancia, españolas o extranjeras.

a) Autor: Se valorará de 1 a 4 puntos cada libro cuyo autor sea el concursante.

b) Director, editor o coordinador: Se valorará de 0,5 a 1,5 puntos cada monografía científica en la que el concursante desempeñe labores de dirección, edición o coordinación.

3.2. Capítulos de libros.

Se valorará de 0,5 a 2 puntos cada capítulo publicado por el concursante en libros de carácter científico.

3.3. Artículos publicados en revistas citadas en el ISI, Journal Citation Reports.

Los trabajos publicados en revistas científicas con índice de impacto medido en los repertorios habituales (ISI, Journal Citation Repors) se valorarán de 2 a 4 puntos por artículo.

3.4. Artículos en revistas de reconocida relevancia para un área o conjunto de áreas.

Los trabajos publicados en revistas científicas de reconocida relevancia para un área o conjunto de áreas científicas próximas y conocida difusión nacional e internacional se valorarán de 0,5 a 2 puntos por artículo.

En cualquier caso, la publicación habrá de estar relacionada en los listados de revistas científicas que la UCUA y, en su momento, la Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria, emplee para la evaluación de los complementos autonómicos.

3.5. Publicaciones en Actas de Congresos.

Los trabajos incluidos en las Actas de Congresos científicos de prestigio de carácter internacional, y cuya aceptación haya sido sometido a un procedimiento selectivo en su admisión, serán valorados con 1 punto por publicación. Cuando el Congreso sea de carácter nacional se otorgará 0,50 punto por publicación.

Se entiende a estos efectos por congreso internacional aquel convocado por instituciones y asociaciones científicas de carácter multinacional y comité o comisión directiva u organizativa de igual carácter.

No se estiman como congresos o conferencias los cursos de verano o meramente divulgativos, las jornadas profesionales, etc. y en general los eventos de sentido más social que científico o de convocatoria y ámbito muy local, que podrán ser valorados en el apartado de otros méritos de investigación.

3.6. Prólogos e introducciones.

Se valorará de 0,5 a 1 punto cada prólogo o introducción realizado por el concursante a libros o monografías de carácter científico.

3.7. Anotaciones a textos de reconocido valor científico.

Las recensiones o reseñas en revistas de carácter científico se valorarán con 0,25 puntos por contribución.

Las entradas de diccionarios y enciclopedias, etc. se puntuarán entre 0,1 y 0,25 puntos por contribución, en función de la relevancia para el área de conocimiento de la publicación y de la extensión de la entrada.

3.8. Patentes, modelos de utilidad y otros resultados de la investigación, en especial los que produzcan transferencia tecnológica al sector productivo.

En aquellos ámbitos científicos donde este tipo de mérito sea especialmente significativo, las patentes en explotación y los modelos de utilidad se valorarán de 0,5 a 3 puntos por cada aportación cuando aquellas supongan una transferencia tecnológica al sector productivo de calidad y debidamente justificada.

3.9. Proyectos y contratos de investigación.

a) Proyectos de investigación obtenidos en convocatorias públicas y competitivas.

Se valorará preferentemente la participación en proyectos de investigación incluidos en programas competitivos de la Unión Europea y de los Planes Nacionales, de las Comunidades Autónomas y otros entes u organismos oficiales sometidos a evaluación externa, especialmente por la ANEP u organismo similar, así como los de aquellas instituciones privadas que lleven a cabo un proceso de selección de carácter similar.

Si la participación del concursante en el proyecto ha sido la de investigador principal en régimen de máxima dedicación, se le otorgarán 2 puntos por año y proyecto; 1,5 si ha participado como investigador titular; y 0,30 como investigador contratado.

b) Contratos de investigación de especial relevancia en empresas o Admón. Pública.

Los contratos de investigación que se consideren de especial relevancia en empresas o en la Administración Pública se valorarán con 1 punto por contrato y año, si la participación del concursante en el contrato ha sido como investigador principal y en régimen de máxima dedicación; 0,5 si ha participado como investigador titular; y 0,15 como investigador contratado.

c) Otros proyectos y contratos de investigación.

La participación del concursante en proyectos y contratos de investigación diferentes de los reseñados en los apartados a) y b) se valorará con 0,5 puntos por contrato o proyecto y año si su actividad ha sido la de investigador principal con la máxima dedicación; 0,25 si ha participado como investigador principal; y 0,10 como investigador contratado.

3.10. Estancias de investigación.

a) Estancias de investigación posdoctorales.

Las estancias de investigación posdoctorales en centros científicos de relevancia acreditada y reconocido prestigio internacional, sean nacionales o extranjeros, con una duración de al menos 18 semanas (no necesariamente continuadas), y en las que quepa apreciar conexión con la línea de investigación posdoctoral y resultados demostrables, se valorarán con 1,5 puntos por cada 18 semanas.

b) Estancias de investigación predoctorales.

Las estancias de investigación predoctorales en centros científicos de relevancia acreditada y reconocido prestigio internacional, sean nacionales o extranjeros, con una duración de al menos 18 semanas (no necesariamente continuadas), y en las que quepa apreciar conexión con la línea de investigación del concursante, se valorarán con 1,5 puntos por cada 18 semanas.

3.11. Ponencias y comunicaciones en Congresos y conferencias no publicadas.

Las contribuciones a Congresos científicos de prestigio de carácter internacional y cuya aceptación haya sido sometido a un procedimiento selectivo, serán valoradas con hasta 1 punto por ponencia y hasta 0,50 puntos por comunicación oral, póster, etc.

Cuando el Congreso sea de carácter nacional se otorgará hasta 0,50 puntos por ponencia y hasta 0,25 por comunicación oral, póster, etc.

3.12. Dirección de tesis doctorales.

Cada tesis doctoral dirigida por el concursante y que obtenga la máxima calificación se valorará con 3 puntos.

3.13. Dirección de tesinas de Licenciatura y Proyectos Fin de Carrera.

Cada tesina de Licenciatura o Proyecto Fin de Carrera dirigidos por el concursante y que obtengan la máxima calificación se valorará con 1,5 puntos.

3.14. Becas de investigación predoctorales.

Las becas de investigación predoctorales disfrutadas por el concursante se valorarán de acuerdo con los siguientes criterios:

a) De la Unión Europea o las Administraciones Públicas Estatal o Autonómicas.

Se concederá 3 puntos por año completo de disfrute de la beca.

b) De otras entidades públicas y privadas.

Se concederá 2,25 puntos por año completo de disfrute de la beca.

c) De proyectos de investigación.

Se concederá 1,50 puntos por año completo de disfrute de la beca.

3.15. Becas postdoctorales, contratos de reincorporación y similares.

Los méritos reconocidos en este apartado se valorarán con 1 punto por año completo de disfrute de la beca o contrato.

3.16. Estrenos, exposiciones, composiciones.

Los estrenos, exposiciones y composiciones realizadas por el concursante en áreas del ámbito artístico se valorarán con 1,5 puntos como máximo.

3.17. Premios de investigación.

Los premios de investigación de relevancia se valorarán con 1,5 puntos como máximo.

3.18. Evaluación de Proyectos I + D.

La pertenencia a comités públicos de evaluación de proyectos de I + D se valorará con 1,5 puntos como máximo.

3.19. Pertenencia a Consejos de Redacción de revistas.

La pertenencia a Consejos de Redacción de revistas de carácter científico se valorará con 1,5 puntos como máximo.

3.20. Otros méritos de investigación relevantes (máximo 1 punto).

Cualesquiera otros méritos relativos a la experiencia investigadora del concursante deberán de ser valorados en este apartado.

IV. Experiencia y otros méritos profesionales (hasta 5 puntos)

4.1. Experiencia profesional con interés para la docencia e investigación.

La experiencia profesional acumulada como consecuencia del ejercicio libre de la profesión en empresas o entidades públicas o privadas, de interés para la docencia o investigación en la plaza objeto de concurso, se valorará con un máximo de 2 puntos por año, dependiendo del régimen de dedicación y nivel o categoría profesional adquirida.

Sólo se considerará la experiencia profesional que pueda justificarse mediante documento acreditativo de vida laboral, contrato laboral, licencia fiscal, etc.

4.2. Contratos de aplicación o consultoría.

Los contratos de aplicación o consultoría de interés para la docencia o investigación en la plaza objeto de concurso, se valorará con un máximo de 2 puntos por año, dependiendo del régimen de dedicación.

4.3. Contratos de investigación.

Los contratos de investigación de interés para la docencia o investigación en la plaza objeto de concurso, se valorará con un máximo de 2 puntos por año, dependiendo del régimen de dedicación.

4.4. Posesión del título de especialista en Ciencias de la Salud.

La posesión del título de especialista MIR, FIR y similares se valorará con 2 puntos por año completado en la especialidad cursada.

4.5. Otros méritos relevantes (máximo 5 puntos).

Cualesquiera otros méritos relativos a la experiencia y otros méritos profesionales del concursante deberán ser valorados en este apartado.

V. Otros méritos (hasta 5 puntos)

5.1. Asistencia a Congresos.

Se otorgarán 0,1 punto por asistencia a Congreso Internacional y 0,05 si el congreso es de ámbito nacional.

5.2. Gestión universitaria.

El desempeño de cargos de gestión universitaria se valorará con un máximo de 0,4 puntos por año.

5.3. Organización de eventos científicos.

La organización de eventos de carácter científico (Congresos, Conferencias, etc.) se valorará en este apartado con un máximo de 1 punto.

5.4. Otros méritos relevantes (máximo 5 puntos).

Cualesquiera otros méritos que no hayan sido valorados en los apartados anteriores y que se consideren relevantes, en especial para las tareas a desempeñar en la plaza objeto del concurso, podrán ser considerados en este apartado.

C. BAREMO PARA LAS PLAZAS DE PROFESOR ASOCIADO

Y NORMAS PARA SU APLICACION

I. Formación académica (hasta 15 puntos)

1.1. Expediente académico.

El expediente académico de la titulación necesaria para concursar a la plaza ofertada y más pertinente a su perfil se puntuará según el siguiente criterio: Aprobado o convalidado: 1 punto; Notable: 2 puntos; Sobresaliente: 3 puntos; Matrícula de Honor: 4 puntos. La nota media de la titulación se obtendrá aplicando la siguiente fórmula:

Nota Media = ( nota asignatura i * núm. créditos asignatura i)/total créditos cursados

Se primarán las calificaciones obtenidas en las asignaturas afines al perfil de la plaza añadiendo a la Nota Media así obtenida 0,05 puntos por cada calificación de Matrícula de Honor y 0,02 puntos por cada sobresaliente.

Se primará la calificación obtenida en el Proyecto Fin de Carrera cuando sea afín al perfil de la plaza añadiendo a la Nota Media así obtenida 0,05 puntos por cada calificación de Matrícula de Honor y 0,02 puntos por cada sobresaliente.

La puntuación otorgada en este apartado del baremo será el resultado de la siguiente operación:

Puntuación expediente académico = Nota Media * 2,5

1.2. Premio extraordinario de Licenciatura.

Se otorgarán 2 puntos cuando el concursante haya merecido la distinción de premio extraordinario de Licenciatura.

1.3. Tesina de Licenciatura o Grado de Licenciado.

Se otorgarán 2 puntos cuando el concursante haya obtenido la máxima calificación.

1.4. Programas de doctorado.

Si el concursante no estuviese en posesión del grado de doctor, la formación recibida en los programas de doctorado se puntuará conforme a los siguientes criterios:

- Programa de Doctorado anterior al RD 185/1985, de 23 de enero: 2 puntos por programa completo, con la máxima calificación.

- Programa de Doctorado según el RD 185/1985, de 23 de enero: 4 puntos por programa completo, con la máxima calificación.

- Período de docencia según el RD 778/98, de 30 de abril: Hasta 3 puntos con la máxima calificación.

- Trabajos de investigación tutelados y evaluados (RD 778/98) y suficiencia investigadora: 2 puntos con la máxima calificación.

En caso de poseer más de un programa de doctorado, se tendrá en cuenta en este apartado del baremo el más adecuado al perfil de la plaza.

1.5. Grado de doctor.

La obtención del grado de doctor por parte del concursante se valorará en función de la calificación obtenida: apto o aprobado 7 puntos; notable: 8 puntos; sobresaliente: 9 puntos; apto cum laude y sobresaliente cum laude: 10 puntos.

1.6. Premio extraordinario de doctorado.

Si el título de doctor valorado en el apartado 1.5 ha sido premio extraordinario de doctorado, se le otorgarán 3 puntos adicionales.

1.7. Doctorado europeo.

Si el título de doctor valorado en el apartado 1.5 tiene reconocida la mención de doctorado europeo, se le otorgarán 5 puntos adicionales.

1.8. Otras titulaciones oficiales universitarias diferentes de las requeridas en la convocatoria.

Se valorarán las titulaciones oficiales universitarias diferentes de las requeridas en la convocatoria conforme a los

siguientes criterios: 2 puntos por titulación de 1. ciclo, 3 puntos por las de ciclo obtenidas a partir de una de primero y 5 puntos por titulación de 2.º ciclo.

Se otorgarán 5 puntos por cada título de doctor adicional al requerido en la convocatoria o del ya valorado en el apartado.5.

1.9. Otras titulaciones propias universitarias (Máster, experto o cursos de especialización universitarios de posgrado, etc.) o impartidos por organismos de reconocido prestigio.

Estas titulaciones se valorarán con 2 puntos cada 320 horas de docencia recibidas.

1.10. Cursos, seminarios y talleres universitarios o impartidos por organismos de reconocido prestigio.

Se valorarán con 0,02 puntos cada 10 horas de docencia recibidas.

1.11. Estancias formativas en otros centros.

a) De pregrado.

Las estancias formativas de pregrado en otros centros distintos de la Universidad de Málaga se valorarán con 0,1 punto por cada 4 semanas. No se valorarán las estancias de menor duración.

b) De posgrado.

Las estancias formativas de posgrado en otros centros distintos de la Universidad de Málaga se valorarán con 0,2 puntos por cada 4 semanas. No se valorarán las estancias de menos duración.

1.12. Becas de pregrado competitivas.

Las becas de pregrado competitivas concedidas por la Unión Europea, las Administraciones Públicas Estatal o Autonómicas se valorarán con 0,5 punto por cada año de disfrute.

1.13. Otros méritos relevantes (máximo 1 punto).

Cualesquiera otros méritos relativos a la formación académica del concursante deberán ser valorados en este apartado.

II. Experiencia docente y formación para la docencia (hasta

25 puntos)

2.1. Docencia universitaria en nivel de grado, en materias regladas.

Cada curso académico de docencia a tiempo completo en asignaturas de Plan de Estudios reconocido se puntuará con 2 puntos.

En el caso de los becarios de investigación o de FPD, no podrá computarse más número de horas de docencia por curso que las que se prevean en la correspondiente convocatoria de la beca.

2.2. Docencia universitaria de posgrado.

Cada crédito de docencia universitaria de posgrado se valorará con 0,1 punto.

2.3. Otra docencia universitaria.

Cada crédito de docencia universitaria que no se ajuste a lo establecido en el apartado anterior se valorará con 0,05 puntos.

2.4. Material docente universitario: Libros de texto, repertorios, recopilaciones, casos prácticos, etc.

La elaboración o participación en la elaboración de todo tipo de material docente universitario se valorará con un máximo de 4 puntos.

2.5. Docencia oficial de ámbito no universitario.

La docencia en enseñanza primaria se valorará con 0,25 puntos por curso académico de docencia a tiempo completo. La docencia en enseñanza secundaria y FP se valorará con 0,5 puntos por curso académico de docencia a tiempo completo.

2.6. Formación didáctica para la actividad docente.

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