Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 128 de 05/07/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

EDICTO de 12 de junio de 2006, del Juzgado de Primera Instancia número Diez de Sevilla, dimanante del procedimiento de desahucio núm. 594/2005. (PD. 2671/2006).

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NIG: 4109100C20050017272.

Procedimiento: Desahucio 594/2005. Negociado: 3.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Don José Ignacio Andrés González.

Procuradora: Sra. Soler Mateos, Débora.

Contra: Don Juan Fernández Encina.

E D I C T O

Hago saber: Que en el procedimiento de desahucio 594/2005-3 seguido en el Juzgado de Primera Instancia número Diez de Sevilla, a instancia de José Ignacio Andrés González contra Juan Fernández Encina, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

SENTENCIA 39/06-3.º

En Sevilla, a dos de marzo de dos mil seis.

Vistos por la Sra. doña Antonia Roncero García, Magistrada-Juez titular del Juzgado de Primera Instancia núm. Diez de esta ciudad, los autos de Juicio Verbal de Desahucio seguidos en este Juzgado bajo el núm. 594/05-3.º a instancia de la Procuradora Sra. Soler Mateos en nombre y representación de don José Ignacio Andrés González contra don Juan Fernández Encina, declarado en rebeldía dicta la presente resolución en base a los siguientes

F A L L O

Que estimando la demanda formulada por el Procurador Sra. Soler Mateos en nombre y representación de don José Ignacio Andrés González contra don Juan Fernández Encina declaro resuelto el contrato de arrendamiento de la vivienda sita en Sevilla Avenida Reina Mercedes, número 35, 5.º D, debiendo el demandado desalojarla libre y expedita a disposición del actor con apercibimiento de lanzamiento y condenándole al abono de las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente resolución con la advertencia de que la misma no es firme pudiendo interponerse recurso de apelación en el plazo de cinco días.

Así por esta mi sentencia, de la que quedará oportuno testimonio en las actuaciones, lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma legal al demandado Juan Fernández Encina, que se encuentra en situación procesal de rebeldía e ignorado paradero, expido y firmo la presente en Sevilla, a doce de junio de dos mil seis.- El/La Secretario.

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