Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 6/7/2006

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Otros. AYUNTAMIENTOS

ANUNCIO de 18 de mayo de 2006, del Ayuntamiento de Ayamonte, de bases para la selección de personal laboral.

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BASES GENERALES PARA CUBRIR DIVERSAS PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL LABORAL FIJO, INLCUIDAS EN LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DEL EJERCICIO 2006 DEL PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE AYAMONTE

Normas generales.

Primera. Tienen por objeto las presentes Bases Generales regir la convocatoria para cubrir en propiedad las plazas de este Patronato Municipal de Deportes del llmo. Ayuntamiento de Ayamonte que figuran en los anexos siguientes de bases específicas, correspondientes a personal laboral fijo, aprobadas por la Comisión Ejecutiva de este organismo en la Sesión celebrada el dia 10 de mayo de 2006, e incluidas en la oferta de Empleo Público publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Huelva núm. 67 de fecha 7 de abril de 2006.

Estas plazas pertenecen a la Escala, Subescala, Clase, así como la categoría que se indican, y están dotadas de los haberes correspondientes al Grupo que igualmente se especifica y que figuran en la Plantilla Presupuestaria correspondiente.

Serán de aplicación preferente las disposiciones específicas de cada convocatoria que figuran en los Anexos, cuando contengan previsiones diferentes a las reguladas en estas Bases Generales.

Bases especificas. Anexos:

I. Coordinador Administrativo-Deportivo.

II. Auxiliar Administrativo.

Ill. Coordinador Programas Deportivos.

IV. Guarda Mantenimiento.

V. Peón Mantenimiento.

VI. Operario Técnico.

Segunda. El Patronato Municipal de Deportes del Ilmo. Ayuntamiento de Ayamonte podrá destinar a sus empleados a puestos de trabajos de servicios o dependencias situadas en cualquier centro de trabajo del término municipal, cuando así se considere necesario o conveniente, y de conformidad y con el procedimiento establecido en la normativa vigente.

Tercera. Las pruebas selectivas que se convocan, se regirán por lo previsto en estas Bases Generales y en los Anexos de Bases Específicas correspondientes, y por las siguientes disposiciones legales:

- De aplicación general: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, aprobatorio del Texto Refundido de las Disposiciones vigentes en materia de Régimen Local.

- De aplicación específica: Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecieron las reglas básicas y los programas mínimos a que debe de ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local.

- De aplicación supletoria: Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprobó el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de dicha Administración.

- Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprobó el Reglamento General de Ingreso, promoción interna, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía.

- Ley Orgánica 4/200, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, modificada por la Ley Orgánica 8/2000, de 22 de diciembre.

- Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores.

En caso de discordancia entre lo establecido en las Bases Generales y las Específicas, tendrá prevalencia, por su especificidad, el texto de las Bases Específicas.

Requisitos de los/as aspirantes.

Cuarta. Para ser admitidos/as y poder participar en los procedimientos selectivos los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales:

a) Estar en posesión de la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea (en los términos establecidos en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre).

b) Tener cumplidos 18 años y no haber alcanzado la edad de jubilación el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener los títulos exigidos para el ingreso en los grupos que se especifican en los anexos de esta convocatoria. A estos efectos se entenderá por estar en condiciones de obtener los títulos el haber abonado los derechos correspondientes a su expedición. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su homologación.

d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e) No haber sido separado/a o despedido/a, mediante expediente disciplinario del Servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas y no haber sido condenado/a por delitos dolosos ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas.

f) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos de incapacidad establecidos en la legislación vigente.

g) Haber abonado la tasa correspondiente por derechos de examen en los términos previstos en estas Bases.

g) Aquellos que, independientemente de los anteriores, se establecieren en los anexos específicos correspondientes.

Quinta. Los requisitos establecidos en la Base anterior, así como aquellos otros que pudieran recogerse en los anexos respectivos, deberán cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante el proceso selectivo.

Solicitudes.

Sexta. Quienes deseen tomar parte en las pruebas habrán de hacerlo constar en impreso normalizado, que les será facilitado al efecto en las dependencias del Patronato Municipal de Deportes de Ayamonte, dirigidas al Sr. Presidente y acompañadas de fotocopias (sin compulsar) del DNl y de la titulación exigida para participar en el proceso de selección, así como, también, original del recibo o carta de pago de los derechos de examen o, en su caso, resguardo que acredite su remisión por vía postal o telegráfica.

Las solicitudes se presentarán en el Registro del Patronato Municipal de Deportes del llmo. Ayuntamiento de la Ciudad de Ayamonte, sito en C/ Cádiz, 4, en el edificio del Centro de Atención al deportista de Ayamonte.

También podrán presentarse en los Registros del propio Ayuntamiento de Ayamonte, así como en cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado o de cualquier Administración de la Comunidad Autónoma, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, así como en las Oficinas de Correos, en la forma que se encuentra establecido, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En este último supuesto, las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos, deberán ir en sobre abierto para ser selladas y fechadas por el funcionario/a de dicho organismo antes de ser certificadas, de forma que aparezcan con claridad el nombre de la Oficina y la fecha de presentación.

Igualmente podrán instar la participación en el proceso selectivo mediante simple instancia, con el contenido establecido en el art. 70 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esto es:

a) Nombre, apellidos, DNI y domicilio del interesado.

b) Hechos, razones y petición en que se concrete, con toda claridad, la solicitud, esto es, petición de participar en el proceso selectivo, identificándolo mediante alusión específica a la denominación de la/s plaza/s a que se opta.

c) Lugar y fecha en que se firma el escrito.

d) Firma del solicitante o acreditación de la autenticidad de su voluntad expresada por cualquier medio.

e) Organo, centro o unidad administrativa a la que se dirige (Sr. Alcalde-Presidente del Ilmo. Ayuntamiento de la Ciudad de Ayamonte).

En dicha instancia, el/la peticionario/a, deberá, además, formular declaración jurada o bajo promesa de que reúne todos y cada uno de los requisitos y condiciones establecidos en las Bases de la Convocatoria, comprometiéndose a probarlo documentalmente.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de un extracto de las convocatorias en el Boletín Oficial del Estado.

Las instancias deberán presentarse acompañadas de fotocopia del DNI y justificante del ingreso de los derechos de examen.

Asimismo se unirán a la instancia, para su valoración en la fase de concurso, fotocopia simple (sin compulsar) acreditativa de los méritos alegados por parte de los/as solicitantes, sin que sean tenidos en cuenta ni valorados aquéllos que, aún alegados, fueran aportados o justificados con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de instancias. No obstante lo dispuesto anteriormente, se podrá acompañar a la instancia resguardo acreditativo de haber solicitado las certificaciones correspondientes o informe de vida laboral de la Seguridad Social, sin perjuicio de lo establecido en la Base Décimo Cuarta sobre presentación en tiempo inmediatamente anterior a la celebración del último de los ejercicios de la fase de oposición y por parte sólo de los aspirantes que hubieren superado las anteriores pruebas, de los originales de los documentos presentados inicialmente por fotocopia, a fin de proceder a su cotejo y compulsa.

Séptima. Los derechos de examen, de acuerdo con la ordenanza vigente, serán:

- Para plazas del grupo C: 3,01 euros.

- Para plazas del grupo D: 1,80 euros.

- Para plazas del grupo E: 1,80 euros.

El pago de las respectivas cuantías se efectuará mediante pago directo en las oficinas del Patronato Municipal de Deportes de Ayamonte, donde se expedirá al/a interesado/a el recibo o carta de pago.

Los derechos de examen podrán ser satisfechos, también, por medio de Giro Postal o Telegráfico, dirigido al citado organismo, haciendo constar en tales giros el nombre del/a aspirante y la prueba selectiva a que se presenta, identificándola específicamente.

Estarán exentos del pago de la tasa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 55/1999, de 29 de diciembre de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social:

- Los/as aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33%, quienes expresamente acreditarán su condición y grado de discapacidad legalmente reconocida, junto con la solicitud de participación.

- Los/as aspirantes que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Estado de la convocatoria de las pruebas selectivas, que se acreditará mediante certificado del Instituto Nacional de Empleo, junto con declaración jurada o promesa escrita del solicitante acreditativa de carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

La falta de justificación del abono, en tiempo y forma, de los derechos de examen determinará la exclusión del/a aspirante.

Octava. Los/as aspirantes que concurran a más de una vacante deberán abonar los derechos de examen correspondientes a cada una de ellas. En caso de hacer efectivo el pago mediante giro postal o telegráfico, remitirán uno por cada una de las solicitudes presentadas. Las tasas satisfechas en concepto de derechos de examen no serán devueltas cuando los aspirantes resulten excluidos en la lista definitiva por error cometido en su solicitud y atribuible a ellos/as mismos/as.

Admisión de candidatos/as.

Novena. Expirado el plazo de presentación de instancias y comprobado el pago de los derechos de examen, por la Presidencia se dictará Resolución, en término máximo de un mes, declarando aprobada con carácter provisional la lista de admitidos/as y excluidos/as, e indicando en su caso, la causa de su exclusión.

Décima. En dicha Resolución, que deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicará el lugar en que serán expuestas al público las listas certificadas completas de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanación del defecto que haya motivado la exclusión.

También se determinará y publicará el lugar y fecha de comienzo de los ejercicios y, en su caso, el orden de actuación de los/as aspirantes.

Undécima. Los/as aspirantes excluidos/as podrán interponer potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien podrá interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva si lo estimasen oportuno.

Decimosegunda. De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 2271/2004, en las pruebas selectivas para el ingreso en Cuerpos y Escalas de funcionarios/as, serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones con los demás aspirantes. Sólo podrán establecerse exclusiones por limitaciones psíquicas y físicas en los casos que sean incompatibles con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes.

Se establecerán para las personas con discapacidad con grado de minusvalía igual o superior al 33 por ciento que lo soliciten las adaptaciones y los ajustes razonables necesarios de tiempo y medios para su realización, para asegurar que las personas con discapacidad participan en condiciones de igualdad. Los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación, en la que se reflejen las necesidades específicas que tiene el candidato para acceder al proceso de selección en igualdad de condiciones.

A tal efecto, los órganos de selección podrán requerir un informe y, en su caso, la colaboración de los órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o que corresponda por razón de la materia.

La adaptación de medios y los ajustes razonables consistirá en la puesta a disposición del aspirante de los medios materiales y humanos, de las asistencias y apoyos y de las ayudas técnicas y/o tecnologías asistidas que precise para la realización de las pruebas en las que participe, así como en la garantía de la accesibilidad de la información y la comunicación de los procesos y la del recinto o espacio físico donde éstas se desarrollen.

A efectos de valorar la procedencia de la concesión de las adaptaciones solicitadas, se solicitará al candidato el correspondiente certificado o información adicional. La adaptación no se otorgará de forma automática, sino únicamente en aquellos casos en que la discapacidad guarde relación directa con la prueba a realizar. En cualquier caso, junto con la solicitud de adaptación de medios, el candidato deberá acreditar documentalmente su condición de minusválido/a, y poseer una discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento. La compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas a las que se opta, habrá que acreditarse mediante certificado o informe emitido por facultativo competente.

Corresponderá a los/as interesados/as, en el momento de solicitar tomar parte en las pruebas selectivas, acreditar documentalmente, a través del organismo competente, su condición de minusválido/a, y poseer una discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento, debiendo aportar además dictamen técnico facultativo. La compatibilidad para el desempeño de las tareas y funciones propias de las plazas a las que se opta, habrá que acreditarse mediante certificado o informe emitido por facultativo competente.

Tribunales.

Decimotercera. El Tribunal contará con un número de miembros que en ningún caso será inferior a cinco, esto es, un/a Presidente/a, un/a Secretario/a y Vocales en número no inferior a tres, debiendo designarse el mismo número de miembros suplentes. Su composición será predominantemente técnica y los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a la exigida para el acceso a la plaza convocada. Actuará como Presidente el del Patronato Municipal de Deportes o miembro de la misma en quien delegue.

Los Vocales serán designados por el Sr. Presidente mediante Decreto.

Será nombrado/a Secretario/a del Tribunal el de la Corporación o cualquier funcionario/a de carrera del Ilmo. Ayuntamiento en quien aquél delegue.

Todos los miembros del Tribunal tendrán voz y voto, excepto el Secretario que únicamente contará con voz.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores/as especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos/as asesores/as se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, debiendo comunicarlo a la Presidencia de la Corporación, que resolverá lo procedente.

Por estas mismas causas, podrá promoverse recusación por los/as interesados/as en cualquier momento de la tramitación del procedimiento, conforme a lo establecido en el art. 29 de la citada Ley 30/1992.

A efectos de lo determinado en el Real Decreto 462/2002, de 4 de marzo, los miembros del Tribunal percibirán asistencias por la concurrencia a sesiones de Tribunales y órganos de selección, en los términos expresados en los arts. 29 y ss. del referido Real Decreto, en la cuantía legalmente establecida en el momento de la percepción.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de los miembros que lo componen.

El Tribunal se constituirá con suficiente antelación a la fecha de realización del primer ejercicio y acordará en dicha sesión todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de los/as respectivos/as suplentes, indistintamente.

En caso de ausencia del Presidente del Tribunal asumirá sus funciones el Vocal de mayor edad. El de menor edad sustituirá al/a Secretario/a, en caso de ausencia de éste/a.

Las dudas o reclamaciones que puedan originarse respecto de la interpretación o aplicación de las Bases serán resueltas por el Tribunal, que decidirá, asimismo, lo que debe hacerse en los casos no previstos.

Desarrollo de los ejercicios.

Decimocuarta. La fase de oposición y la del concurso, será como se indica en los anexos respectivos, que asimismo, especificará el procedimiento de selección.

Los/as aspirantes serán convocados/as para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo en los casos de fuerza mayor, debidamente justificada y libremente apreciada por el Tribunal. Perdiendo todos sus derechos aquel/lla aspirante que el día y hora de la prueba no se presente a realizarla.

Cuando resulte preciso, la actuación de los aspirantes se iniciará por orden alfabético conforme al resultado del sorteo público que a tal efecto se celebrará.

El Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los aspirantes para que acrediten su identidad.

Con la publicación de la relación de admitidos y excluidos, y con la suficiente antelación, se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Patronato Municipal de Deportes el lugar, día y hora de celebración del primer ejercicio.

Una vez comenzados los procesos selectivos, no será obligatoria la publicación de sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial. En dicho supuesto, estos anuncios deberán hacerse públicos por el Tribunal en los locales en que se haya celebrado la prueba anterior con una antelación de 12 horas, al menos, si se trata de un mismo ejercicio, o de 24, si se trata de uno nuevo, bien entendido que entre cada prueba, deberá transcurrir un mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales.

En cualquier momento, los Tribunales podrán requerir a los/as opositores/as para que acrediten tanto su personalidad como que reúnen los requisitos exigidos para tomar parte en las pruebas selectivas.

En el supuesto que se acuerde la lectura pública de los ejercicios realizados, transcurrido diez minutos de la lectura, pueden decidir la retirada del/a opositor/a por estimar su actuación notoriamente insuficiente.

Los Tribunales calificadores podrán permitir, en los ejercicios de carácter práctico si los hubiere, el uso de textos legales y colecciones de jurisprudencia de los que acudan provisto los/as opositores/as así como de aquellos otros materiales que consideren necesarios para el mayor desarrollo del ejercicio.

Sistema de calificación.

Decimoquinta.

Fase de Concurso. El Concurso se regirá por los baremos de méritos que figuren en cada una de las Bases Específicas que figuran en los anexos a estas Bases Generales.

La valoración inicial de méritos, que tendrá carácter provisional, se realizará con carácter previo a la fase de oposición, atendiendo a los méritos alegados y acreditados, mediante fotocopias simples (sin compulsar), junto con la solicitud de participación en las pruebas selectivas.

La fase de concurso será previa a la de Oposición, no tendrá carácter eliminatorio ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

El Tribunal se reunirá antes de la celebración del primer ejercicio de la Oposición y procederá a valorar los méritos alegados por los aspirantes, con arreglo a los baremos que se detallan en las Bases Específicas, cuando proceda. El resultado se publicará en el Tablón de Anuncios con una antelación de al menos 48 horas a la celebración del primer ejercicio.

La valoración inicial de los méritos alegados tendrá carácter provisional hasta el cotejo o compulsa de las fotocopias adjuntas a la solicitud de participación en las pruebas selectivas, con los documentos originales fehacientes acreditativos de los méritos alegados.

Antes de la celebración de la última prueba de la fase de oposición, los aspirantes que hubieran superado los ejercicios anteriores presentarán, para su cotejo y compulsa, los documentos acreditativos de los méritos alegados que hubieren adjuntado por fotocopia a la solicitud de participación en las pruebas selectivas.

Cotejados los documentos y comprobada la autenticidad de las fotocopias, el Tribunal elevará a definitiva la calificación de la fase de concurso, confirmando, en su caso, la puntuación inicialmente otorgada, o determinando la puntuación definitiva que corresponda, en base sólo a los méritos alegados y probados, según el procedimiento señalado en estas Bases, en caso de que no se presentare la documentación original o fehaciente o que ésta no se corresponda con las fotocopias inicialmente presentadas, sin perjuicio de las acciones que proceda emprender, serán rectificadas las calificaciones iniciales.

Los/as interesados/as podrán presentar contra la resolución del Tribunal, donde se determina la valoración inicial de méritos, las alegaciones que estimen oportunas, mediante escrito dirigido al/a Presidente/a del Tribunal, teniendo para ello un plazo de cinco días a partir de su publicación. Estas alegaciones serán resueltas por el Tribunal con motivo de la publicación de la elevación a definitiva de la valoración del concurso.

El trámite de notificación de la resolución de estas alegaciones se entenderá efectuado con la publicación de la Resolución de los Tribunales por la que se publiquen las puntuaciones de la Fase de Concurso.

Sólo serán tenidos en cuenta los méritos adquiridos con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, acreditados documentalmente.

Fase de Oposición. Constará de los ejercicios teóricos y prácticos que se determinen en los Anexos de Bases Específicas que figuran a continuación de las presentes Bases Generales. Todos los ejercicios de las distintas pruebas selectivas, que podrán ser leídos por los aspirantes si así lo decide el Tribunal Calificador, serán eliminatorios y calificados hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los/as aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos.

El número de puntos que podrá ser otorgado por cada miembro del Tribunal, en cada uno de los ejercicios, será de 0 a 10 puntos, excepto en las pruebas ccrrespondientes a respuestas tipo test, en los que la calificación se efectuará de 0 a 10 obteniéndose la calificación de acuerdo con el número de respuestas contestadas correctamente.

De las puntuaciones que otorgasen los miembros de los Tribunales Calificadores se eliminarán la mayor y menor puntuación, siempre que excedan de dos puntos respecto de la media, de tal manera que la nota que obtengan los/as aspirantes será la media de las restantes puntuaciones concedidas por los mismos.

Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas en el tablón de anuncios del Patronato Municipal de Deportes.

La calificación de la fase de oposición será la suma de la puntuación obtenida en cada uno de los ejercicios de dicha fase.

Calificación final. La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones del concurso y de la oposición. En caso de empate, se resolverá atendiendo a la puntuación obtenida en cada uno de los siguientes factores y por el siguiente orden, si persistiera el empate:

- Mejor puntuación en la fase del concurso en el apartado 1.ª

- Mejor puntuación general en la fase del concurso.

- Mejor puntuación en el segundo ejercicio de la oposición.

De persistir el empate, el Tribunal queda facultado para realizar una prueba adicional de desempate, que no computará para la puntuación total.

Propuesta de selección, presentación de documentos y nombramiento.

Decimosexta. El Tribunal publicará y elevará a la autoridad competente la propuesta de nombramiento y relación de aprobados/as, no pudiendo rebasar ésta el número de plazas convocadas, sin que quepa asignar, en ningún caso, cualquiera que fuere la puntuación que obtengan los/as demás aspirantes, la calificación de aprobado/a sin plaza u otra semejante. Si se rebasare en la propuesta el número de plazas convocadas la propuesta será nula de pleno derecho. Los aspirantes/as que no se hallen incluidos en tales relaciones tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos.

El acto que ponga fin al procedimiento selectivo deberá ser motivado. La motivación de los actos de los órganos de selección dictados en virtud de discrecionalidad técnica en el desarrollo de su cometido de valoración estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases.

Las resoluciones del Tribunal vinculan a la Administración, sin perjuicio de que ésta, en su caso, pueda proceder a su revisión conforme a lo previsto en los arts. 102 y siguientes de loa Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

El/a aspirante propuesto/a aportará ante la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales, desde que se haga pública la relación de aprobados/as, en la forma indicada en esta Base, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en las Bases tercera y cuarta de la convocatoria, y los que se exijan, en su caso, en los anexos, así como declaración jurada de no hallarse incurso en ninguno de los supuesto de incompatibilidad previsto en la Legislación vigente. El requisito d) de la Base tercera habrá de acreditarse a través de informe o certificado emitido por facultativo competente.

Los/as que tuviesen la condición de laborales fijos/as estarán exentos/as de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación de la Administración Pública de que dependa, acreditando la condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Quienes dentro del plazo indicado, y salvo causas de fuerza mayor, no presentaran la documentación, no podrán ser nombrados/as o firmar contrato, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su instancia.

En el supuesto de que algún/a aspirante fuera excluido/a por la no presentación o falsedad en la documentación o no reuniera los requisitos médicos previstos en las Bases Generales o Anexos en que así se recogiese, el Tribunal Calificador queda facultado para proponer adicionalmente la inclusión, en el mismo número de los/as excluidos/as, de aquellos/as aspirantes que, habiendo superado todas las pruebas, estén fuera del cupo de las plazas convocadas.

Seguidamente, se elevará dicha relación, junto con el acta de la última sesión, que deberá hacer concreta referencia al/a aspirante o aspirantes seleccionados/as, a la Presidencia de la Corporación a los efectos de los correspondientes nombramientos.

Cumplidos los trámites correspondientes, se procederá al nombramiento a favor de los/as aspirantes seleccionados/as, quienes deberán tomar posesión o firmar contrato, en el plazo de treinta días hábiles, a contar desde el siguiente al que le sea notificado y quedarán sometidos/as al sistema de incompatibilidad actualmente vigente.

Decimoséptima. Contra las presentes Bases Generales, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de acuerdo con lo previsto en los arts. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien podrá interponerse directamente, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de su publicación en el "Boletín Oficial de la Provincia", recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado del mismo ramo con sede en Huelva, si lo estimasen oportuno.

ANEXOS DE BASES ESPECIFICAS

ANEXO I

COORDINADOR ADMINISTRATIVO-DEPORTIVO

Plaza: Coordinador Administrativo-Deportivo.

Número de plazas: Una.

Perteneciente a la Plantilla del Personal Laboral Fijo.

Grupo: C.

Sistema de acceso: Libre.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Titulación exigida: Título de Bachiller, FP de 2.º Grado o equivalente.

Derechos de examen: 3,01 euros.

BAREMO DE MERITOS PARA LA FASE DE CONCURSO

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de los/as aspirantes.

Los puntos de la fase de concurso no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

a) Méritos profesionales. La experiencia se valorará por cada mes de servicios prestados en la forma siguiente:

1. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Local en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta o inmediatamente inferior en el organismo que convoca, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo Competente: 0,040 puntos.

2. Si los servicios a que se refiere el apartado anterior han sido prestados en el organismo que convoca, previa superación de las pruebas selectivas, la valoración a cada mes se incrementará en: 0,030 puntos.

3. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo Competente: 0,020 puntos.

4. Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido: 0,010 puntos.

Se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial.

b) Cursos, seminarios, congresos, jornadas y titulaciones deportivas:

- Por la participación o haber impartido Cursos, Seminarios, Masters, Becas, Congresos y Jornadas, relacionadas con las funciones a desempeñar, se puntuaran de la siguiente forma:

Duración Oficial

Hasta 10 h. 0,10

De 11 a 30 h. 0,20

De 31 a 60 h. 0,40

Más de 60 h. 0,50

Cuando no determinen el número de horas de la que constó, se valorarán como los de hasta 10 horas.

Aplicación del concurso.

La puntuación del concurso supondrá el 40 % de la puntuación total.

Las puntuaciones máximas que se podrán obtener en cada uno de los apartados del concurso son las que a continuación se indican:

a) Méritos profesionales:

- Por haber desempeñado sus funciones en el Organismo que convoca: Hasta 8 puntos.

- Por haber desempeñados sus funciones en la Administración pública: Hasta 4 puntos.

- Por haber desempeñado sus funciones en la empresa privada: Hasta 2 puntos.

La puntuación máxima que se podrá obtener en el apartado de méritos profesionales es de 10 puntos.

b) Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas.

La puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado es de 2 puntos.

Acreditación de méritos.

La acreditación de los méritos correspondientes a los diferentes apartados deberá hacerse mediante la presentación de la siguiente documentación sin perjuicio de lo establecido en las Bases Quinta y Décimo Cuarta:

- Experiencia. Fotocopia simple de certificación o acreditación suficiente de la Administración o empresa donde se hayan prestado los servicios en la que conste naturaleza del vínculo o denominación del puesto.

Cuando no coincida con la denominación de los puestos que se hayan ocupado con el de la plaza o puesto al que se opta, el interesado habrá de adjuntar certificado en el que conste la funciones desarrolladas, para justificar que son iguales o similares a las asignadas a la plaza o puesto convocado.

- Cursos y Seminarios. Fotocopia simple de certificación, título o diploma expedido por el centro u organismo que impartió el curso, con indicación del número de horas de duración.

Fase de oposición.

La oposición constará de los siguientes ejercicios, todos obligatorios y eliminatorios:

a) Primer ejercicio. Teórico. Consistirá en la realización de un ejercicio teórico, durante un tiempo máximo de dos horas, relacionado con las materias incluidas en los temas comunes y específicos. Quedando a decisión del Tribunal la fijación de un ejercicio a desarrollar, la realización de un cuestionario de preguntas o una relación de preguntas con respuestas alternativas. En función del tipo de prueba, el Tribunal podrá recortar los tiempos máximos de duración del ejercicio.

b) Segundo ejercicio. Práctico. De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en resolver, durante un plazo máximo de dos horas, uno o varios supuestos prácticos, iguales para todos los opositores, que serán elegidos por el Tribunal, de entre los que se planteen por los miembros del mismo inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, sobre materias objeto de la plaza que se convoca relativas a los temas específicos y locales que figuran en las presentes bases.

Los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlos. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan tal puntuación.

La puntuación de cada ejercicio será la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y la más baja, si se apartasen más de dos puntos de la citada media.

T E M A R I O

Temas Comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y principios generales. El modelo económico de la Constitución Española. El Tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución.

Tema 2. La Organización del Estado en la Constitución: Organización institucional o política y organización territorial. La Corona. Las Cortes Generales: Referencia al Defensor del Pueblo y al Tribunal de Cuentas.

Tema 3. Idea general de las Administraciones Públicas en el ordenamiento español. La Administración General del Estado. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local. La Administración Institucional.

Tema 4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo: Especial referencia a la Ley y a los Reglamentos.

Tema 5. El Estado. Organización del Estado.

Tema 6. El Gobierno. El Presidente del Gobierno. Los demás miembros del Gobierno. Cese del Gobierno. La Administración del Estado.

Tema 7. El poder judicial.

Tema 8 . Organización territorial del Estado.

Tema 9. La Comunidad Autónoma de Andalucía. Estatuto de autonomía. Estructura y disposiciones generales. Competencias y organización.

Tema 10. La provincia. Organización provincial y competencias.

Temas Específicos

Tema 11. Principios de actuación de la Administración Pública: Eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación.

Tema 12. El Reglamento: Sus clases. Otras fuentes del Derecho Administrativo.

Tema 13. El administrado. Colaboración y participación de los ciudadanos en las funciones administrativas. El principio de audiencia del interesado.

Tema 14. El acto administrativo. Concepto. Elementos del acto administrativo.

Tema 15. La teoría de la invalidez de acto administrativo. Actos nulos y anulables. Convalidación. Revisión de oficio.

Tema 16. Los recursos administrativos. Recurso ordinario. Recurso extraordinario de revisión. Recurso de reposición. La potestad sancionadora. Derechos y obligaciones administrativos de los ciudadanos. Las funciones de información administrativa y de atención al ciudadano.

Tema 17. El Municipio: Concepto y elementos. El término municipal.

Tema 18. Organización municipal. Competencias.

Tema 19. El Presupuesto de las entidades locales. Ejecución presupuestaria, control y fiscalización.

Tema 20. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Las Ordenanzas Fiscales.

Tema 21. El procedimiento administrativo: concepto y clases.

Tema 22. El acto administrativo: Concepto, clases y elementos. Motivación y notificación.

Tema 23. El Servicio Público Local: Formas de gestión del servicio público local.

Tema 24. El. personal al servicio de las Entidades Locales: Funcionarios, personal eventual y personal laboral.

Tema 25. Régimen jurídico del personal funcionario de las EELL: Derechos, deberes, régimen disciplinario. Situaciones administrativas. Derechos económicos. Seguridad Social. Incompatibilidades.

Tema 26. Especialidades del procedimiento administrativo local. El Registro de Entrada y Salida de Documentos: Requisitos en la presentación de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 27. La Administración al Servicio del Ciudadano. Los derechos de los ciudadanos antes la Administración Pública.

Tema 28. La Ley 6/98 de 14 de diciembre del Deporte en Andalucía. De los principios generales. De las Administraciones organizadoras del deporte.

Tema 29. La Ley 6/98 de 14 de diciembre del Deporte en Andalucía. De las entidades deportivas andaluzas y de la práctica deportiva.

Tema 30. La Ley 6/98 de 14 de diciembre del Deporte en Andalucía. De las instalaciones deportivas.

Tema 31. El contexto social del deporte municipal. Las vías del Deporte. La vía municipal del Deporte. Deporte para todos.

Tema 32. Las funciones del Servicio Deportivo Municipal. Planes deportivos municipales.

Tema 33. El Plan rector de Actividades deportivas. Consideraciones generales y contenidos.

Tema 34. Programas deportivos. Tipos, diseño y desarrollo. Areas funcionales.

Tema 35. Organización de actividades. Difusión y divulgación. Area económica, logística, supervisión y control. Tipos de recursos. Recursos físicos. Fórmulas de organización y líneas de programas.

Tema 36. Organización de campeonatos. Normativas y reglamentos. Factores y variables a considerar. Principales sistemas de competición.

Tema 37. Control del uso de las Instalaciones. Reservas y Alquileres. Sistemas de control.

Tema 38. El mantenimiento y gestión de las Instalaciones Deportivas. Planes de mantenimiento y Proyectos de gestión.

Tema 39. Atención al Cliente usuario de las Instalaciones deportivas y actividades. Normas básicas de comportamiento y atención personalizada.

Tema 40. Herramientas de calidad no estandarizadas.

Temas Locales

Tema 41. El Patronato Municipal de Deportes de Ayamonte. Naturaleza y funciones. Gobierno y Administración. Régimen Económico y presupuesto.

Tema 42. Espacios deportivos municipales en el Municipio de Ayamonte.

Tema 43. Normativa y reglamento de uso de las Instalaciones deportivas Municipales.

Tema 44. Régimen disciplinario. Ambito, principios e infracciones y sanciones.

Tema 45. Ordenanza reguladora de la Tasa por prestación de servicios en las Instalaciones Deportivas Municipales.

ANEXO II

AUXILIAR ADMINISTRATIVO

Plaza: Auxiliar Administrativo.

Número de plazas: Una.

Perteneciente a la Plantilla del Personal Laboral Fijo.

Grupo: D.

Sistema de acceso: Libre.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Titulación exigida: Titulo de graduado escolar o equivalente.

Derechos de examen: 1,80 euros.

BAREMO DE MERITOS PARA LA FASE DE CONCURSO

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de los/as aspirantes.

Los puntos de la fase de concurso no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

a) Méritos profesionales. La experiencia se valorará por cada mes de servicios prestados en la forma siguiente:

1. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Local en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,070 puntos.

2. Si los servicios a que se refiere el apartado anterior han sido prestados en el organismo que convoca, previa superación de las pruebas selectivas, la valoración a cada mes se incrementará en: 0,040 puntos.

3. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto de auxiliar administrativo, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo Competente: 0,035 puntos.

4. Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido: 0,020 puntos.

Se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial.

Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas.

Por la participación o haber impartido Cursos, Seminarios, Masters, Becas, Congresos y Jornadas, relacionadas con las funciones a desempeñar, se puntuaran de la siguiente forma:

Duración Oficial

Hasta 10 h. 0,20

De 11 a 30 h. 0,40

De 31 a 60 h. 0,60

Más de 60 h. 0,80

Cuando no determinen el número de horas de la que constó, se valorarán como los de hasta 10 horas.

Aplicación del concurso.

La puntuación del concurso supondrá el 40% de la puntuación total.

Las puntuaciones máximas que se podrán obtener en cada uno de los apartados del concurso son las que a continuación se indican:

a) Méritos profesionales:

- Por haber desempeñado sus funciones en el Organismo que convoca: Hasta 8 puntos.

- Por haber desempeñados sus funciones en la Administración pública: Hasta 4 puntos.

- Por haber desempeñado sus funciones en la empresa privada: Hasta 2 puntos.

La puntuación máxima que se podrá obtener en el apartado de méritos profesionales es de 10 puntos.

b) Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas.

La puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado es de 2 puntos.

Acreditación de méritos.

La acreditación de los méritos correspondientes a los diferentes apartados deberá hacerse mediante la presentación de la siguiente documentación sin perjuicio de lo establecido en las Bases Quinta y Décimo Cuarta:

- Experiencia. Fotocopia simple de certificación o acreditación suficiente de la Administración o empresa donde se hayan prestado los servicios en la que conste naturaleza del vínculo o denominación del puesto.

Cuando no coincida con la denominación de los puestos que se hayan ocupado con el de la plaza o puesto al que se opta, el interesado habrá de adjuntar certificado en el que conste la funciones desarrolladas, para justificar que son iguales o similares a las asignadas a la plaza o puesto convocado.

- Cursos y Seminarios. Fotocopia simple de certificación, título o diploma expedido por el centro u organismo que impartió el curso, con indicación del número de horas de duración.

Fase de oposición.

La oposición constará de los siguientes ejercicios, todos obligatorios y eliminatorios:

a) Primer ejercicio. Teórico. Consistirá en la realización de un ejercicio teórico, durante un tiempo máximo de dos horas, relacionado con las materias incluidas en los temas comunes y específicos. Quedando a decisión del Tribunal la fijación de un ejercicio a desarrollar, la realización de un cuestionario de preguntas o una relación de preguntas con respuestas alternativas. En función del tipo de prueba, el Tribunal podrá recortar los tiempos máximos de duración del ejercicio.

b) Segundo ejercicio. Práctico. De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en resolver, durante un plazo máximo de dos horas, uno o varios supuestos prácticos, iguales para todos los opositores, que serán elegidos por el Tribunal, de entre los que se planteen por los miembros del mismo inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, sobre materias objeto de la plaza que se convoca relativas a los temas específicos y locales que figuran en las presentes bases.

Para la realización de esta prueba el Patronato Municipal de Deportes facilitará los medios informáticos.

Los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlos. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan tal puntuación.

La puntuación de cada ejercicio será la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y la más baja, si se apartasen más de dos puntos de la citada media.

T E M A R I O

Temas Comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y principios generales. El modelo económico de la Constitución Española. El Tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución.

Tema 2. La Organización del Estado en la Constitución: Organización institucional o política y organización territorial. La Corona. Las Cortes Generales: Referencia al Defensor del Pueblo y al Tribunal de Cuentas.

Tema 3. Idea general de las Administraciones Públicas en el ordenamiento español. La Administración General del Estado. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local. La Administración Institucional.

Tema 4. Sometimiento de la Administración a la Ley y el Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo: Especial referencia a la Ley y a los Reglamentos.

Tema 5. La Comunidad Autónoma de Andalucía. Estatuto de Autonomía. Estructura y disposiciones generales. Competencias y organización.

Tema 6. La provincia. Organización provincial y competencias.

Tema 7. El Municipio: Concepto y elementos. El término municipal.

Tema 8. Organización municipal. Competencias.

Temas Específicos

Tema 9. El Presupuesto de las entidades locales. Ejecución presupuestaria, control y fiscalización.

Tema 10. Las Haciendas Locales. Clasificación de los ingresos. Las Ordenanzas Fiscales.

Tema 11. El procedimiento administrativo: Concepto y clases.

Tema 12. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Motivación y notificación.

Tema 13. El Servicio Público Local: formas de gestión del servicio público local.

Tema 14. El personal al servicio de las Entidades Locales: Funcionarios, personal eventual y personal laboral.

Tema 15. Régimen jurídico del personal funcionario de las EELL: Derechos, deberes, régimen disciplinario. Situaciones administrativas. Derechos económicos. Seguridad Social. Incompatibilidades.

Tema 16. Organización de campeonatos. Normativas y reglamentos. Principales sistemas de competición.

Tema 17. Organización de actividades. Difusión y recursos.

Tema 18. Control del uso de las Instalaciones. Reservas y Alquileres. Sistemas de control.

Tema 19. La ofimática al servicio de las Administraciones públicas. Procesador de textos, hoja de cálculo, base de datos, presentaciones, correo electrónico, diseño de carteles y publicidad.

Tema. 20. Atención al Cliente usuario de las Instalaciones deportivas y actividades. Normas básicas de comportamiento y atención personalizada.

Temas Locales

Tema 21. El Patronato Municipal de Deportes de Ayamonte. Naturaleza y funciones. Gobierno y Administración.

Tema 22. Espacios deportivos municipales en el municipio de Ayamonte.

Tema 23. Normativa y reglamento de uso de las Instalaciones deportivas Municipales.

Tema 24. Ordenanza reguladora de la Tasa por prestación de servicios en las Instalaciones Deportivas Municipales.

Tema 25. Régimen disciplinario. Infracciones y sanciones.

ANEXO III

COORDINADOR PROGRAMAS DEPORTIVOS

Plaza: Coordinador Programas Deportivos.

Número de plazas: Dos perteneciente a la Plantilla del Personal Laboral Fijo.

Grupo: D.

Sistema de acceso: Libre.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Titulación exigida: Título de graduado escolar o equivalente.

Derechos de examen: 1,80 euros.

BAREMO DE MERITOS PARA LA FASE DE CONCURSO

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de los/as aspirantes.

Los puntos de la fase de concurso no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

a) Méritos profesionales. La experiencia se valorará por cada mes de servicios prestados en la forma siguiente:

1. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Local en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,20 puntos.

2. Si los servicios a que se refiere el apartado anterior han sido prestados en el organismo que convoca, previa superación de las pruebas selectivas, la valoración a cada mes se incrementará en: 0,15 puntos.

3. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo Competente: 0,10 puntos.

4. Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido: 0,05 puntos.

Se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial.

b) Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas.

Por la participación o haber impartido Cursos, Seminarios, Masters, Becas, Congresos y Jornadas, relacionadas con las funciones a desempeñar, se puntuarán de la siguiente forma:

Duración Oficial

Hasta 10 h. 0,10

De 11 a 30 h. 0,20

De 31 a 60 h. 0,40

Más de 60 h. 0,50

Cuando no determinen el número de horas de la que constó, se valorarán como los de hasta 10 horas.

c) Titulaciones académicas y deportivas.

c)1. Académicas:

- Por posee una titulación de Bachiller: 0,25 puntos.

- Por poseer un titulo de grado medio relacionado con el trabajo a desempeñar: 0,75 puntos.

- Por poseer un titulo de grado superior relacionada con el trabajo a desempeñar: 1 punto.

Sólo se puntuará la titulación académica de mayor grado.

c)2. Deportivas:

- Por poseer un titulo de entrenador deportivo de Nivel I, árbitro o titulaciones deportivas similares: 0,25 puntos.

- Por poseer un titulo de entrenador deportivo de Nivel II o titulaciones deportivas similares: 0,50 puntos.

- Por poseer un titulo de entrenador deportivo de Nivel Ill o titulaciones deportivas similares: 1 punto.

Sólo se contabilizará la titulación de mayor categoría en un deporte.

Aplicación del concurso.

La puntuación del concurso supondrá el 40% de la puntuación total.

Las puntuaciones máximas que se podrán obtener en cada uno de los apartados del concurso son las que a continuación se indican:

a) Méritos profesionales, académicos y deportivos:

- Por haber desempeñado sus funciones en el Organismo que convoca: Hasta 8 puntos.

- Por haber desempeñado sus funciones en la Administración pública: Hasta 4 puntos.

- Por haber desempeñado sus funciones en la empresa privada, por titulaciones académicas y deportivas: Hasta 2 puntos.

La puntuación máxima que se podrá obtener en el apartado de méritos profesionales, académicos y deportivos es de 10 puntos.

b) Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas.

La puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado es de 2 puntos.

Acreditación de méritos.

La acreditación de los méritos correspondientes a los diferentes apartados deberá hacerse mediante la presentación de la siguiente documentación sin perjuicio de lo establecido en las Bases Quinta y Décimo Cuarta:

- Experiencia. Fotocopia simple de certificación o acreditación suficiente de la Administración o empresa donde se hayan prestado los servicios en la que conste naturaleza del vínculo o denominación del puesto.

Cuando no coincida con la denominación de los puestos que se hayan ocupado con el de la plaza o puesto al que se opta, el interesado habrá de adjuntar certificado en el que conste la funciones desarrolladas, para justificar que son iguales o similares a las asignadas a la plaza o puesto convocado.

- Cursos, Seminarios, titulaciones deportivas y académicas. Fotocopia simple de certificación, título o diploma expedido por el centro u organismo que impartió el curso, con indicación del número de horas de duración.

Fase de oposición.

La oposición constará de los siguientes ejercicios, todos obligatorios y eliminatorios:

a) Primer ejercicio. Teórico. Consistirá en la realización de un ejercicio teórico, durante un tiempo máximo de dos horas, relacionado con las materias incluidas en los temas comunes y específicos. Quedando a decisión del Tribunal la fijación de un ejercicio a desarrollar, la realización de un cuestionario de preguntas o una relación de preguntas con respuestas alternativas. En función del tipo de prueba, el Tribunal podrá recortar los tiempos máximos de duración del ejercicio.

b) Segundo ejercicio. Práctico. De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en resolver, durante un plazo máximo de dos horas, uno o varios supuestos prácticos, iguales para todos los opositores, que serán elegidos por el Tribunal, de entre los que se planteen por los miembros del mismo inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, sobre materias objeto de la plaza que se convoca relativas a los temas específicos y locales que figuran en las presentes bases.

Los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlos. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan tal puntuación.

La puntuación de cada ejercicio será la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y la más baja, si se apartasen más de dos puntos de la citada media.

T E M A R I O

Temas Comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura y principios generales. El modelo económico de la Constitución Española. El Tribunal Constitucional. La reforma de la Constitución.

Tema 2. La Organización del Estado en la Constitución: Organización institucional o política y organización territorial. La Corona. Las Cortes Generales: Referencia al Defensor del Pueblo y al Tribunal de Cuentas.

Tema 3. Idea general de las Administraciones Públicas en el ordenamiento español. La Administración General del Estado. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local. La Administración Institucional.

Tema 4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho, Administrativo: Especial referencia a la Ley y a los Reglamentos.

Tema 5. La Comunidad Autónoma de Andalucía. Estatuto de autonomía. Estructura y disposiciones generales. Competencias y organización.

Tema 6. La provincia. Organización provincial y competencias.

Tema 7. El Municipio: Concepto y elementos. El término municipal.

Tema 8. Organización municipal. Competencias.

Temas Específicos

Tema 9. La Ley 6/98 de 14 de diciembre del Deporte en Andalucía. De los principios generales. De las Administraciones organizadoras del deporte.

Tema 10. La Ley 6/98 de 14 de diciembre del Deporte en Andalucía. De las entidades deportivas andaluzas y de la practica deportiva.

Tema 11. Deportes colectivos e individuales, Fundamentos generales y reglamentos.

Tema 12. Programas deportivos. Tipos. Diseño y desarrollo. Areas funcionales.

Tema 13. La actividad físicodeportiva extraescolar y su incidencia en el Sistema deportivo Municipal. Programas de actividades físicas y deportivas para todos.

Tema 14. Herramientas de calidad no estandarizadas.

Tema 15. Dirección técnica de Escuelas Deportivas. Recursos y medios necesarios. Aspectos organizativos básicos. Control y evaluación de objetivos.

Tema 16. Organización de campeonatos. Normativas y reglamentos. Principales sistemas de competición.

Tema 17. Organización de actividades. Difusión y recursos.

Tema 18. Control del uso de las Instalaciones. Reservas y Alquileres. Sistemas de control.

Tema 19. La ofimática al servicio de las Administraciones públicas. Procesador de textos, hoja de cálculo, base de datos, presentaciones, correo electrónico, diseño de carteles y publicidad.

Tema. 20. Atención al Cliente usuario de las Instalaciones deportivas y actividades. Normas básicas de comportamiento y atención personalizada.

Temas Locales

Tema 21. El Patronato Municipal de Deportes de Ayamonte. Naturaleza y funciones. Gobierno y Administración.

Tema 22. Espacios deportivos Municipales en el Municipio de Ayamonte.

Tema 23. Normativa y reglamento de uso de las Instalaciones deportivas Municipales.

Tema 24. Ordenanza reguladora de la Tasa por prestación de servicios en las Instalaciones Deportivas Municipales.

Tema 25. Régimen disciplinario, Infracciones y sanciones.

ANEXO IV

GUARDA MANTENIMIENTO

Plaza: Guarda Mantenimiento.

Número de plazas: Seis pertenecientes a la Plantilla del Personal Laboral Fijo.

Grupo: D.

Sistema de acceso: Libre.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Titulación exigida: Título de graduado escolar o equivalente.

Derechos de examen: 1,80 euros.

BAREMO DE MERITOS PARA LA FASE DE CONCURSO

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de los/as aspirantes.

Los puntos de la fase de concurso no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

a) Méritos profesionales. La experiencia se valorará por cada mes de servicios prestados en la forma siguiente:

1. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Local en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,15 puntos.

2. Si los servicios a que se refiere el apartado anterior han sido prestados en el organismo que convoca, previa superación de las pruebas selectivas, la valoración a cada mes se incrementará en: 0,020 puntos.

3. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo Competente: 0,030 puntos.

4. Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido o bien relacionada con profesiones que tengan relación con tareas propias de mantenimiento de edificios, tales como carpintería de madera y metálica, mecánica en general, albañilería, fontanería, jardinería, etc: 0,020 puntos.

Se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial.

b) Cursos, Seminarios, Congresos, Jornadas y Titulaciones Deportivas.

Por la participación o haber impartido Cursos, Seminarios, Masters, Becas, Congresos y Jornadas, relacionadas con las funciones a desempeñar, se puntuaran de la siguiente forma:

Duración Oficial

Hasta 10 h. 0,20

De 11 a 30 h. 0,40

De 31 a 60 h. 0,50

Más de 60 h. 0,60

Cuando no determinen el número de horas de la que constó, se valorarán como los de hasta 10 horas.

c) Titulaciones académicas:

- Por poseer una titulación superior a la exigida: 1,25 puntos.

Aplicación del concurso.

La puntuación del concurso supondrá el 40% de la puntuación total.

Las puntuaciones máximas que se podrán obtener en cada uno de los apartados del concurso son las que a continuación se indican:

a) Méritos profesionales y académicos:

- Por haber desempeñado sus funciones en el Organismo que convoca: Hasta 8 puntos.

- Por haber desempeñado sus funciones en la Administración pública: Hasta 4 puntos.

- Por haber desempeñado sus funciones en la empresa privada y por titulaciones académicas: Hasta 2 puntos.

La puntuación máxima que se podrá obtener en el apartado de méritos profesionales es de 10 puntos.

b) Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas.

La puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado es de 2 puntos.

Acreditación de méritos.

La acreditación de los méritos correspondientes a los diferentes apartados deberá hacerse mediante la presentación de la siguiente documentación sin perjuicio de lo establecido en las Bases Quinta y Décimo Cuarta:

- Experiencia. Fotocopia simple de certificación o acreditación suficiente de la Administración o empresa donde se hayan prestado los servicios en la que conste naturaleza del vínculo o denominación del puesto.

Cuando no coincida con la denominación de los puestos que se hayan ocupado con el de la plaza o puesto al que se opta, el interesado habrá de adjuntar certificado en el que conste la funciones desarrolladas, para justificar que son iguales o similares a las asignadas a la plaza o puesto convocado.

- Cursos. Seminarios, titulaciones deportivas y académicas. Fotocopia simple de certificación; título o diploma expedido por el centro u organismo que impartió el curso, con indicación del número de horas de duración.

Fase de oposición.

La oposición constará de los siguientes ejercicios, todos obligatorios y eliminatorios:

Primer ejercicio. Teórico. Consistirá en la realización de un ejercicio teórico, durante un tiempo máximo de dos horas, relacionado con las materias incluidas en los temas comunes y específicos. Quedando a decisión del Tribunal la fijación de un ejercicio a desarrollar, la realización de un cuestionario de preguntas o una relación de preguntas con respuestas alternativas. En función del tipo de prueba, el Tribunal podrá recortar los tiempos máximos de duración del ejercicio.

Segundo ejercicio. Práctico. De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en resolver, durante un plazo máximo de dos horas, uno o varios supuestos prácticos, iguales para todos los opositores, que serán elegidos por el Tribunal, de entre los que se planteen por los miembros del mismo inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, sobre materias objeto de la plaza que se convoca relativas a los temas específicos y locales que figuran en las presentes bases.

Los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlos. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan tal puntuación.

La puntuación de cada ejercicio será la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y la más baja, si se apartasen más de dos puntos de la citada media.

T E M A R I O

Temas Comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Características generales y principios inspiradores. Estructura.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. La Organización del Estado en la Constitución: Organización institucional o política y organización territorial. La Corona. Las Cortes Generales.

Tema 4. Idea general de las Administraciones Públicas en el ordenamiento español. La Administración General del Estado. Las Comunidades Autónomas. La Administración Local. La Administración Institucional.

Tema 5. La Comunidad Autónoma de Andalucía. Estatuto de autonomía. Estructura y disposiciones generales.

Tema 6. La provincia. Organización provincial y competencias.

Tema 7. El Municipio: Concepto y elementos. El término municipal.

Tema 8. Organización municipal. Competencias.

Temas Específicos

Tema 9. Deportes colectivos e individuales. Características básicas y reglamentos.

Tema 10. La Ley 6/98 del Deporte de Andalucía de 14 de diciembre. Competencias de las administraciones locales.

Tema 11. Control y uso de las instalaciones deportivas. Reservas y alquileres. Sistemas de Control.

Tema 12. El mantenimiento de las instalaciones deportivas. Planes de mantenimiento.

Tema 13. Conservación de zonas verdes en Instalaciones deportivas y de superficies cespitosas.

Tema 14. Pistas y pavimentos deportivos. Tareas de conservación y mantenimiento.

Tema 15. Conceptos básicos sobre electricidad, albañilería, carpintería de madera y metálica, fontanería y pintura.

Tema 16. Maquinaria y herramientas básicas sobre electricidad, albañilería, carpintería de madera y metálica, fontanería y pintura.

Tema 17. La limpieza íntegra de las instalaciones deportivas. Elementos causantes de la suciedad en las instalaciones deportivas.

Tema 18. Control y vigilancia de las instalaciones deportivas.

Tema 19. Seguridad e higiene en el trabajo. Prevención de accidentes.

Tema. 20. Atención al Cliente usuario de las Instalaciones deportivas y actividades. Normas básicas de comportamiento y atención personalizada.

Temas Locales

Tema 21. El Patronato Municipal de Deportes de Ayamonte. Naturaleza y funciones. Gobierno y Administración.

Tema 22. Espacios deportivos municipales en el Municipio de Ayamonte.

Tema 23. Normativa y reglamento de uso de las Instalaciones deportivas Municipales.

Tema 24. Régimen disciplinario. Infracciones y sanciones.

Tema 25. Normativa reguladora de la tasa por prestación de servicios en las Instalaciones deportivas Municipales.

ANEXO V

PEON MANTENIMIENTO

Plaza: Peón Mantenimiento.

Número de plazas: Una perteneciente a la Plantilla del Personal Laboral Fijo.

Grupo: E.

Sistema de acceso: Libre.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Titulación exigida: Certificado de escolaridad.

Derechos de examen: 1,80 euros.

BAREMO DE MERITOS PARA LA FASE DE CONCURSO

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de los/as aspirantes.

Los puntos de la fase de concurso no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

a) Méritos profesionales. La experiencia se valorará por cada mes de servicios prestados en la forma siguiente:

1. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Local en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,15 puntos.

2. Si los servicios a que se refiere el apartado anterior han sido prestados en el organismo que convoca, previa superación de las pruebas selectivas, la valoración a cada mes se incrementará en: 0,10 puntos.

3. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, o bien en otro puesto en el organismo convocante de superior o igual categoría profesional, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo Competente: 0,060 puntos.

4. Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido, o bien relacionada con profesiones que tengan relación con tareas propias de mantenimiento de edificios, tales como carpintería de madera y metálica, albañilería, fontanería, jardinería, etc.: 0,030 puntos.

Se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial.

b) Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas.

Por la participación o haber impartido Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas, relacionadas con las funciones a desempeñar, se puntuaran de la siguiente forma:

Duración Oficial

Hasta 10 h. 0,20

De 11 a 30 h. 0,40

De 31 a 60 h. 0,50

Más de 60 h. 0,60

Cuando no determinen el número de horas de la que constó, se valorarán como los de hasta 10 horas.

Aplicación del concurso.

La puntuación del concurso supondrá el 40% de la puntuación total.

Las puntuaciones máximas que se podrán obtener en cada uno de los apartados del concurso son las que a continuación se indican:

a) Méritos profesionales.

- Por haber desempeñado sus funciones en el Organismo que convoca: Hasta 8 puntos.

- Por haber desempeñado sus funciones en la Administración pública: Hasta 4 puntos.

- Por haber desempeñado sus funciones en la empresa privada: Hasta 2 puntos.

La puntuación máxima que se podrá obtener en el apartado de méritos profesionales es de 10 puntos.

b) Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas.

La puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado es de 2 puntos.

Acreditación de méritos.

La acreditación de los méritos correspondientes a los diferentes apartados deberá hacerse mediante la presentación de la siguiente documentación sin perjuicio de lo establecido en las Bases Quinta y Décimo Cuarta:

- Experiencia. Fotocopia simple de certificación o acreditación suficiente de la Administración o empresa donde se hayan prestado los servicios en la que conste naturaleza del vínculo o denominación del puesto.

Cuando no coincida con la denominación de los puestos que se hayan ocupado con el de la plaza o puesto al que se opta, el interesado habrá de adjuntar certificado en el que conste la funciones desarrolladas, para justificar que son iguales o similares a las asignadas a la plaza o puesto convocado.

- Cursos, Seminarios. Fotocopia simple de certificación, título o diploma expedido por el centro u organismo que impartió el curso, con indicación del número de horas de duración.

Fase de oposición.

La oposición constará de los siguientes ejercicios, todos obligatorios y eliminatorios:

b) Primer ejercicio. Teórico. Consistirá en la realización de un ejercicio teórico, durante un tiempo máximo de dos horas, relacionado con las materias incluidas en los temas comunes y específicos. Quedando a decisión del Tribunal la fijación de un ejercicio a desarrollar, la realización de un cuestionario de preguntas o una relación de preguntas con respuestas alternativas. En función del tipo de prueba, el Tribunal podrá recortar los tiempos máximos de duración del ejercicio.

c) Segundo ejercicio. Práctico. De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en resolver, durante un plazo máximo de dos horas, uno o varios supuestos prácticos, iguales para todos los opositores, que serán elegidos por el Tribunal, de entre los que se planteen por los miembros del mismo inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, sobre materias objeto de la plaza que se convoca relativas a los temas específicos y locales que figuran en las presentes bases.

Los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlos. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan tal puntuación.

La puntuación de cada ejercicio será la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y la más baja, si se apartasen más de dos puntos de la citada media.

T E M A R I O

Temas Comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Características generales y principios inspiradores. Estructura.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. La Comunidad Autónoma de Andalucía. Estructura y disposiciones generales.

Tema 4. Organización municipal. Competencias.

Temas Específicos

Tema 5. El mantenimiento de las instalaciones deportivas. Planes de mantenimiento.

Tema 6. Pistas y pavimentos deportivos. Tareas de conservación y mantenimiento.

Tema 7. La limpieza integral de las instalaciones deportivas. Elementos causantes de la suciedad en las instalaciones deportivas.

Tema 8. Control y vigilancia de las instalaciones deportivas.

Tema 9. Seguridad e higiene en el trabajo. Prevención de accidentes.

Tema 10. Atención al Cliente usuario de las Instalaciones deportivas y actividades. Normas básicas de comportamiento y atención personalizada.

Temas Locales

Tema 11. El Patronato Municipal de Deportes de Ayamonte. Naturaleza y funciones. Gobierno y Administración.

Tema 12. Espacios deportivos municipales en el municipio de Ayamonte.

Tema 13. Normativa y reglamento de o de las Instalaciones deportivas municipales.

ANEXO VI

OPERARIO TECNICO

Plaza: Operario Técnico.

Número de plazas: Una perteneciente a la Plantilla del Personal Laboral Fijo.

Grupo: E.

Sistema de acceso: Libre.

Sistema de selección: Concurso-Oposición.

Titulación exigida: Certificado de escolaridad.

Derechos de examen: 1,80 euros.

BAREMO DE MERITOS PARA LA FASE DE CONCURSO

Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de los/as aspirantes.

Los puntos de la fase de concurso no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

a) Méritos profesionales La experiencia se valorará por cada mes de servicios prestados en la forma siguiente:

1. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Local en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el organismo competente: 0,40 puntos.

2. Si los servicios a que se refiere el apartado anterior han sido prestados en el organismo que convoca, previa superación de las pruebas selectivas, la valoración a cada mes se incrementará en: 0,30 puntos.

3. Por cada mes completo de servicios prestados en cualquier Administración Pública en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta, acreditado mediante la correspondiente certificación expedida por el Organismo Competente: 0,20 puntos.

4. Por cada mes completo de servicios prestados en empresas privadas en plaza o puesto de igual o similar contenido: 0,10 puntos.

Se computarán proporcionalmente los servicios prestados a tiempo parcial.

b) Cursos Seminarios Congresos y Jornadas.

Por la participación o haber impartido Cursos, Seminarios, Masters, Becas, Congresos y Jornadas, relacionadas con las funciones a desempeñar, se puntuaran de la siguiente forma:

Duración Oficial

Hasta 10 h. 0,50

De 11 a 30 h. 0,70

De 31 a 60 h. 0,85

Más de 60 h. 1

Cuando no determinen el número de horas de la que constó, se valorarán como los de hasta 10 horas.

Aplicación del concurso.

La puntuación del concurso supondrá el 40% de la puntuación total.

Las puntuaciones máximas que se podrán obtener en cada uno de los apartados del concurso son las que a continuación se indican:

d) Méritos profesionales.

- Por haber desempeñado sus funciones en el Organismo que convoca: Hasta 8 puntos.

- Por haber desempeñado sus funciones en la Administración pública: Hasta 4 puntos.

- Por haber desempeñado sus funciones en la empresa privada: Hasta 2 puntos.

La puntuación máxima que se podrá obtener en el apartado de méritos profesionales es de 10 puntos.

b) Cursos, Seminarios, Congresos y Jornadas.

La puntuación máxima que se podrá obtener en este apartado es de 2 puntos.

Acreditación de méritos.

La acreditación de los méritos correspondientes a los diferentes apartados deberá hacerse mediante la presentación de la siguiente documentación sin perjuicio de lo establecido en las Bases Quinta y Décimo Cuarta:

- Experiencia. Fotocopia simple de certificación o acreditación suficiente de la Administración o empresa donde se hayan prestado los servicios en la que conste naturaleza del vínculo o denominación del puesto.

Cuando no coincida con la denominación de los puestos que se hayan ocupado con el de la plaza o puesto al que se opta, el interesado habrá de adjuntar certificado en el que conste las funciones desarrolladas, para justificar que son iguales o similares a las asignadas a la plaza o puesto convocado.

- Cursos, Seminarios. Fotocopia simple de certificación, título o diploma expedido por el centro u organismo que impartió el curso, con indicación del número de horas de duración.

Fase de oposición.

La oposición constará de los siguientes ejercicios, todos obligatorios y eliminatorios:

e) Primer ejercicio. Teórico. Consistirá en la realización de un ejercicio teórico, durante un tiempo máximo de dos horas, relacionado con las materias incluidas en los temas comunes y específicos. Quedando a decisión del Tribunal la fijación de un ejercicio a desarrollar, la realización de un cuestionario de preguntas o una relación de preguntas con respuestas alternativas. En función del tipo de prueba, el Tribunal podrá recortar los tiempos máximos de duración del ejercicio.

f) Segundo ejercicio. Práctico. De carácter obligatorio para todos los aspirantes. Consistirá en resolver, durante un plazo máximo de dos horas, uno o varios supuestos prácticos, iguales para todos los opositores, que serán elegidos por el Tribunal, de entre los que se planteen por los miembros del mismo inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, sobre materias objeto de la plaza que se convoca relativas a los temas específicos y locales que figuran en las presentes bases.

Los ejercicios tendrán carácter eliminatorio y se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 5 puntos para superarlos. Quedarán eliminados los aspirantes que no obtengan tal puntuación.

La puntuación de cada ejercicio será la media aritmética de las notas dadas por los miembros del Tribunal, desechándose la nota más alta y la más baja, si se apartasen más de dos puntos de la citada media.

T E M A R I O

Temas Comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Características generales y principios inspiradores. Estructura.

Tema 2. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. La Comunidad Autónoma de Andalucía. Estructura y disposiciones generales.

Tema 4. Organización municipal. Competencias.

Temas Específicos

Tema 5. Conceptos básicos sobre electricidad, albañilería, carpintería de madera y metálica, fontanería y pintura.

Tema 6. Maquinaria y herramientas básicas sobre electricidad, albañilería, carpintería de madera y metálica, fontanería y pintura

Tema 7. La limpieza integral de las instalaciones deportivas. Elementos causantes de la suciedad en las instalaciones deportivas.

Tema 8. Pistas y pavimentos deportivos. Tareas de conservación y mantenimiento.

Tema 9. Seguridad e higiene en el trabajo. Prevención de accidentes.

Tema 10. Atención al Cliente usuario de las Instalaciones deportivas y actividades. Normas básicas de comportamiento y atención personalizada.

Temas Locales

Tema 11. El Patronato Municipal de Deportes de Ayamonte. Naturaleza y funciones. Gobierno y Administración.

Tema 12. Espacios deportivos municipales en el Municipio de Ayamonte

Tema 13. Normativa y reglamento de o de las Instalaciones deportivas municipales.

Dado en Ayamonte, 18 de mayo de 2006.- El Presidente, Rafael González González.

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