Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 130 de 07/07/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 20 de junio de 2006, de la Delegación Provincial de Málaga, por la que se da publicidad al Acuerdo, de 20 de junio de 2006, de la Delegación Provincial de Málaga, por el que se delegan determinadas facultades relativas a la gestión del Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía.

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En cumplimiento de lo que dispone el artículo 13.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante la presente Resolución se procede a publicar el Acuerdo de 20 de junio de 2006, de esta Delegación, por el que se delegan determinadas facultades relativas a la Gestión del Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía, cuyo tenor literal es el siguiente:

Acuerdo, de fecha 20 de junio de 2006, de la Delegación Provincial de la Consejería de Agricultura y Pesca de Málaga, por el que se delegan determinadas facultades relativas a la gestión del Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía.

Mediante el Decreto 14/2006, de 18 de enero, por el que se crea y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía, se crea el registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía, en el que se inscribirán, de conformidad con su artículo 4, las explotaciones ganaderas ubicadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

De acuerdo con el apartado segundo del citado precepto, este Registro se constituye en la Consejería competente en materia de ganadería y estará adscrito a la Dirección General competente en dicha materia, correspondiendo la gestión del mismo a las Delegaciones Provinciales en cuyo ámbito territorial esté ubicada la explotación ganadera.

Asimismo, establece el artículo 6.3 que la persona titular de la Delegación Provincial de la Consejería competente en materia de ganadería procederá a resolver y notificar la Resolución en el plazo máximo de tres meses a contar desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.

Con el fin de facilitar y agilizar el funcionamiento del Registro, consiguiendo una mayor eficiencia en el actuar de la Administración, resulta conveniente delegar determinadas facultades relativas a la gestión del Registro de Explotaciones Ganaderas en el ámbito de la provincia de Málaga en los Directores de las Oficinas Comarcales Agrarias.

Por todo ello, esta Delegación Provincial en ejercicio de las funciones que tiene asignadas

ACUERDA

Primero. Delegar la competencia de resolución y notificación de la inscripción, su archivo y la cancelación de oficio de la misma, prevista en los artículos 6.3 y 10 del Decreto 14/2006, de 18 de enero, por el que se crea y regula el Registro de Explotaciones Ganaderas de Andalucía respectivamente, en los Directores de las Oficinas Comarcales Agrarias.

Segundo. Las resoluciones administrativas que se adopten en virtud de la delegación que ahora se confiere, indicarán expresamente esta circunstancia y se entenderán, en todo caso, dictadas por el órgano delegante.

Tercero. La presente delegación se entiende sin perjuicio de que el órgano delegante pueda avocar para sí el conocimiento de los asuntos cuando circunstancias de índole técnica, económica, jurídica o territorial lo hagan conveniente, y podrá ser revocada en cualquier momento.

Cuarto. Este Acuerdo entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Málaga, 20 de junio de 2006.- El Delegado, Antonio Moreno Ferrer.

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