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Ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Cuarta, del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede en Sevilla, se ha interpuesto por Promociones Turísticas de Galera, S.L., recurso contencioso-administrativo número 414/2006, contra la desestimación de fecha 11 de abril de 2006 del requerimiento formulado en virtud del artículo 30 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y denuncia la vía de hecho, en la que habría incurrido esta Consejería, al privar al requiriente del uso de su marca Casas Cueva, solicitando se promueva la tramitación de expediente de expropiación forzosa.
En consecuencia, de conformidad con lo ordenado por la Sala y a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa,
HE RESUELTO
Primero. Anunciar la interposición del recurso contenciosoadministrativo número 414/2006.
Segundo. Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y emplazar a aquellas personas, terceros interesados a cuyo favor hubiesen derivado o derivaren derechos por la Resolución impugnada, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala (o Tribunal), en el plazo de nueve días siguientes a la publicación de la presente Resolución.
Sevilla, 28 de junio de 2006. El Secretario General
Técnico, Juan Ignacio Serrano Aguilar.
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