Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 12/07/2006

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Otros. AYUNTAMIENTOS

ANUNCIO de 30 de mayo de 2006, del Ayuntamiento de Almería, de bases para la selección de Funcionarios.

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CONVOCATORIA Y BASES GENERALES PARA LA PROVISION, EN PROPIEDAD, DE PLAZAS VACANTES EN LA PLANTILLA DE PERSONAL FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO DE ALMERIA, PERTENECIENTES A LAS OFERTAS DE EMPLEO PUBLICO DE LOS AÑOS 2002, 2004 y 2005

I. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, como funcionarios de carrera, de las plazas vacantes en la plantilla de personal funcionario del Excmo. Ayuntamiento de Almería, pertenecientes a las Ofertas de Empleo Público de los años 2002, 2004 y 2005, encuadradas en las escalas, subescalas, grupos y categorías definidos en el capítulo IV del título VII del Real Decreto Legislativo 781/86 de 18 de abril. Estarán dotadas con las retribuciones básicas correspondientes a cada grupo y complementarias que se establezcan anualmente en la Relación de Puestos de Trabajo de esta Corporación. Las plazas objeto de provisión son las siguientes:

FUNCIONARIOS DE CARRERA

Denominación OEP Grupo Vacantes Turno Clasificación Anexo

Arquitecto Superior 2002 A 3 Libre Escala Admón. Especial

2004 3 Libre Subecala Técnica

Clase Técnicos Sup. 1

Ingeniero de Caminos, 2004 A 1 Libre Escala Admón. Especial

Canales y Puertos Subescala Técnica

Clase Técnicos Sup. 2

Arquitecto Técnico 2002 B 1 Libre Escala Admón. Especial

2004 2 Libre Subescala Técnica

Clase Técnicos Medios 3

Oficial Técnico 2005 B 1 Libre Escala Admón. Especial.

Subescala Serv. Esp.

Clase Ext. Incendios 4

Programador 2002 C 2 Libre Escala Admón. Especial

de Aplicaciones Subescala Técnica

Clase Técnico Aux. 5

Bombero 2004 D 5 Libre Escala Admón. Especial

2005 5 Subescala Serv. Esp.

Clase Ext. Incendios 6

2. Los aspirantes que superen las convocatorias a que se refieren las presentes bases desempeñarán las funciones propias de las plazas a que accedan y quedarán sometidos al régimen de incompatibilidades, lo que supondrá la prohibición de ejercer cualquier otra actividad en el sector público o privado sin el previo reconocimiento de compatibilidad, salvo las legalmente excluidas en dicho régimen.

3. Las plazas objeto de esta convocatoria podrán ser aumentadas con las vacantes producidas antes del inicio del último ejercicio de la oposición, siempre que se encuentren dotadas presupuestariamente y no se encuentren incluidas en Ofertas de Empleo Público posteriores. En todo caso, no se podrá superar el límite del 100% de la tasa de reposición de efectivos, para personal de nuevo ingreso, de conformidad con lo dispuesto en el art. 20 de la Ley 30/2005, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2006.

4. La realización de los procesos selectivos se ajustará al sistema de concurso-oposición libre u oposición libre, especificándose en cada anexo, con garantía, en todo caso, de los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

5. Esta convocatoria con las correspondientes bases y sus anexos, listas de admitidos, tribunales y la determinación de los lugares y fechas de celebración del primer ejercicio y de inicio de cada proceso selectivo se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de edictos de la Corporación y en la página web del Ayuntamiento de Almería, www.aytoalmeria.es. Todas las demás actuaciones de los Tribunales, hasta la resolución del proceso selectivo, se publicarán únicamente en el Tablón de Edictos. En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía se publicará esta convocatoria con sus anexos correspondientes. En el Boletín Oficial del Estado, se publicará extracto detallado de esta convocatoria.

II. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES

6. Para participar en los procesos selectivos, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos generales además de los especificados en los Anexos de cada convocatoria:

a) Ser español/a.

b) Tener cumplidos 18 años de edad y no exceder de aquélla en que le falten menos de 10 para la jubilación forzosa por edad determinada por la legislación básica en materia de Función Pública.

c) Estar en posesión del título exigido para cada plaza o grupo de plazas, según se especifica en los anexos que acompañan estas bases o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes.

d) No haber sido separado o despedido mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

e) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impidan el desempeño de las tareas y funciones de las plazas a cubrir.

f) No estar incurso en causa de incompatibilidad según lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre.

III. PRESENTACION DE SOLICITUDES Y DOCUMENTOS

7. Quienes deseen tomar parte en la Convocatoria deberán presentar sus solicitudes, dirigidas al Ilmo. Sr. Alcalde, en el Registro General del Excmo. Ayuntamiento de Almería, o por los medios previstos en el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del siguiente de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Las solicitudes que se cursen a través de las oficinas de Correos, deberán presentarse en sobre abierto, para que el funcionario correspondiente pueda estampar en ellas el sello de fechas antes de certificarlas.

8. Los aspirantes presentarán tantas solicitudes como plazas a las que deseen concurrir, manifestando en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en la base II, acompañadas de fotocopias compulsadas o certificación acreditativa de los méritos que aleguen. No se tendrán en cuenta los presentados y obtenidos una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

Si la convocatoria de que se trate contempla la posibilidad de participar en ella por diferentes turnos, desarrollándose de forma conjunta, el aspirante deberá optar por un solo turno en su solicitud, no pudiendo participar en más de uno simultáneamente.

Los aspirantes podrán subsanar la omisión en su solicitud de los requisitos recogidos en el art. 70 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, esto es: nombre y apellidos del interesado, hechos, razones y petición en que se concrete la solicitud, lugar, fecha y firma del solicitante.

No podrán subsanar la solicitud en los supuestos siguientes: concurrencia a sistemas selectivos diferentes de los de las plazas convocadas, no hacer constar que reúnen los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria, presentación de la solicitud de forma extemporánea, falta de pago de los derechos de examen o pago parcial, falta de los documentos necesarios para la exención de los derechos de examen, así como omisión de cualquier otro dato o requisito diferente de los relacionados en el art. 70 de la Ley 30/1992.

9. A la solicitud deberá acompañarse, dentro del plazo de presentación de solicitudes, resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen, que podrán ser abonados, mediante ingreso en metálico en la Caja delegada dependiente de la Tesorería municipal o mediante transferencia bancaria al núm. 3058/0199/41/2732000186 de la entidad Cajamar, en cuyo resguardo acreditativo del abono el aspirante deberá consignar: su nombre y apellidos, número de DNI y denominación de la convocatoria a la que opta, datos sin los cuales no se considerará válido el abono realizado. Los derechos de examen ascienden, en función del Grupo de clasificación de la plaza a la que opte, a la cantidad de:

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período de tres horas y media, un epígrafe elegido por el Tribunal de un tema del bloque I, así como un tema del bloque II y otro del bloque III del programa que acompaña esta convocatoria.

Todos los temas serán extraídos al azar, en presencia de los aspirantes.

El ejercicio será leído por los opositores, en sesión pública, ante el Tribunal.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período de tres horas, un tema del Bloque IV y otro del Bloque V del programa. Los temas serán extraídos al azar, en presencia de los aspirantes.

El ejercicio será leído por los opositores, en sesión pública, ante el Tribunal.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Tercer ejercicio. Práctico. De carácter, igualmente, obligatorio y eliminatorio, consistirá en la realización de un trabajo o supuesto determinado por el Tribunal, que sea concerniente a las funciones correspondientes a la plaza de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos, que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes durante un período de dos horas.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

P R O G R A M A

BLOQUE I

Materias Comunes

1. La Constitución Española de 1978: antecedentes y significado jurídico. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales.

2. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

3. La administración pública española. Administración General del Estado. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local.

4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Clases de Leyes. Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento y otras Disposiciones generales.

5. Los Derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración, con especial referencia a la Admón. Local.

6. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Motivación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

7. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.

8. El procedimiento administrativo local. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

9. La responsabilidad de la Administración. Evolución histórica. Régimen actual.

10. Régimen Local español: principios constitucionales. Referencia a la organización del Ayuntamiento de Almería.

11. Organización municipal. Competencias municipales. Referencia a la organización del Ayuntamiento de Almería.

12. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales: clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

13. El servicio público local. Concepto. Formas de gestión directa. Formas de gestión indirecta.

14. Los órganos colegiados locales: convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Funcionamiento. Actas y certificados de acuerdos.

15. Personal al servicio de la Entidad Local. Los funcionarios públicos: clases. Selección. Situaciones administrativas. Provisión de puestos de trabajo. El personal laboral: tipología y selección.

16. Derechos del personal al servicio de los Entes Locales. Deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. Régimen de Incompatibilidades.

17. Los contratos administrativos: concepto y clases. Elementos.

18. El Presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración. Aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y fiscalización.

BLOQUE II

Materias específicas

19. Procedimiento de contratación: los pliegos de condiciones. Los procedimientos de adjudicación. Las formas o criterios de la adjudicación. Perfección y formalización de los contratos. Garantías de la contratación.

20. El contenido de la relación contractual: las prerrogativas de la Administración. Cumplimiento y resolución de los contratos. El derecho del contratista a ser compensado por las variaciones. La revisión de precios.

21. Los contratos administrativos típicos. El contrato de obra. El contrato de concesión de obra pública.

22. El contrato de gestión de servicios públicos. Los contratos de consultoría y asistencia y de los servicios.

23. La legislación de viviendas de protección oficial.

24. Legislación andaluza en materia de montes y espacios naturales.

25. Legislación andaluza en materia de comercio interior. Procedimiento de autorización de una gran superficie comercial.

26. Técnicas especiales e indirectas para incrementar los recursos de agua. Lluvia artificial. Desalación del agua del mar y salobre. Captación de agua atmosférica. Tecnificación de regadíos.

27. El agua: caracteres físicos, químicos y biológicos. Normas de calidad. Tratamiento de las aguas de abastecimiento a poblaciones.

28. Abastecimiento de aguas a poblaciones. Previsión de población y dotaciones. Conducciones y depósitos. Tuberías y piezas especiales.

29. Redes de alcantarillado. Cálculo y construcción. Explotación.

30. Tratamiento de aguas residuales en el municipio de Almería. Tratamiento de aguas residuales en áreas de crecimiento. Concentración de vertidos: situación actual y propuestas de actuación.

BLOQUE III

31. La ordenación del territorio y urbanismo. Legislación andaluza en materia de ordenación del territorio.

32. El ordenamiento jurídico urbanístico español. Evolución desde la Ley del suelo de 1956. Principios rectores. Distribución de competencias en materia de urbanismo entre el Estado, Comunidades Autónomas y Municipio.

33. Los instrumentos de ordenación urbanística. El planeamiento general: objeto, determinaciones y documentación.

34. Los planes de ordenación intermunicipal. Los planes de sectorización. Las normativas directoras para la ordenación urbanística.

35. El planeamiento de desarrollo: los planes parciales, objeto, determinaciones y documentación.

36. El planeamiento de desarrollo: los planes especiales, objeto, determinaciones y documentación.

37. Los estudios de detalle y las ordenanzas municipales de edificación y de urbanización.

38. Elaboración de los instrumentos de ordenación urbanística: competencia, actos preparatorios y formulación de estudios previos. Tramitación e innovación del planeamiento general.

39. La clasificación del suelo y régimen jurídico del mismo. Régimen jurídico de los propietarios de suelo urbano y urbanizable.

40. Régimen jurídico del suelo no urbanizable. Las actuaciones de interés público.

41. Los instrumentos de intervención en el mercado del suelo. El patrimonio municipal del suelo: bienes que lo integran, finalidad, explotación y administración.

42. La ejecución de los instrumentos de planeamiento: presupuestos previos a la actividad de ejecución urbanística.

43. Los sistemas de actuación: el sistema de expropiación.

44. El sistema de cooperación.

45. El sistema de compensación. El agente urbanizador.

46. Los convenios urbanísticos de planeamiento y de gestión. Elementos, características y límites.

47. Las formas de gestión de la actividad administrativa de ejecución. En especial de las gerencias urbanísticas.

48. Las formas de gestión de la actividad administrativa de ejecución. En especial las gerencias urbanísticas.

49. La reparcelación: principios, criterios y efectos.

50. La normalización de fincas.

51. La expropiación forzosa asistemática. Procedimiento, retasación, reversión.

52. Los criterios de valoración del suelo urbano, urbanizable y no urbanizable.

53. Las licencias urbanísticas: concepto, naturaleza. Actos sujetos. Actos no sujetos. Licencias de usos y obras provisionales.

54. Las licencias urbanísticas: procedimiento. Silencio positivo.

55. Obras no sujetas a licencia por su carácter supramunicipal. Las grandes obras públicas de interés general.

56. Las áreas de reparto y el aprovechamiento urbanístico. Las transferencias de aprovechamiento. Las parcelaciones.

57. La ejecución de obras de edificación: edificación de parcelas y solares. Presupuestos de la edificación. Ejecución mediante motivación por incumplimiento del deber de edificación. Concurso para la sustitución del propietario incumplidor. Incumplimiento del adjudicatario del concurso.

58. El deber de conservación de las obras de urbanización. Recepción de las obras de urbanización. La entidad urbanística de conservación.

59. Las licencias u órdenes de ejecución incompatibles con la ordenación urbanística.

BLOQUE IV

60. Las infracciones y las sanciones en materia de bienes y espacios del patrimonio arquitectónico, histórico, cultural, natural y paisajístico y en materia de inspección.

61. La legislación sectorial con influencia en urbanismo: la legislación de carreteras. Delimitación y limitaciones a la propiedad colindante.

62. La legislación en materia de ferroviaria y en afectación a la propiedad colindante.

63. Las vías pecuarias: concepto, naturaleza. Obligación de respetar las mismas.

64. La legislación de costas. Servidumbres y zona de influencia. Implicaciones urbanísticas.

65. Legislación sectorial en materia de defensa, aeropuertos, puertos y su incidencia en la ordenación urbanística.

66. Las carreteras y el medio urbano. Travesías y redes arteriales en poblaciones. Relaciones con la ley del suelo. Obras e instalaciones en las zonas de influencia de los tramos afectados por el planeamiento urbano.

67. El tráfico en la red de carreteras. Análisis y características. Estudios de tráfico. Encuestas. El tráfico y las vías. Capacidad y niveles de servicio. Modelos convencionales de tráfico. Obtención de datos básicos.

68. Características geométricas de las carreteras: planta, alzado y sección transversal. Normas actuales. Problemas en relación con la comodidad y la seguridad. Tendencias.

69. Intersecciones. Funcionamiento. Clasificación. Elementos. Tipos. Criterios de proyecto.

70. Explanaciones. Evolución y tendencias. Proyecto y ejecución de obras de tierra. Normas y especificaciones. Drenajes.

71. Obras de paso. Puentes y viaductos.

72. Proyecto y construcción de firmes flexibles y rígidos. Materiales utilizados.

73. Capas granulares. Capas estabilizadas y bases tratadas. Tratamientos superficiales. Mezclas bituminosas.

74. Reconocimiento de firmes. Características superficiales de los pavimentos. Resistencia al deslizamiento y geometría superficial. Renovación superficial y refuerzo de firmes.

75. Las carreteras y el medio urbano. Travesías y redes arteriales en poblaciones. Relaciones con la ley del suelo. Obras e instalaciones en las zonas de influencia de los tramos afectados por el planeamiento urbano.

BLOQUE V

76. Ley 7/94 de 18 de mayo de Protección Ambiental en Andalucía. Disposiciones Generales. Prevención ambiental. Calidad ambiental. Residuos. Disciplina ambiental.

77. Calificación ambiental: disposiciones generales, puesta en marcha, inspección y vigilancia.

78. Normas de Protección Ambiental en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Almería.

79. Ley de residuos. Plan municipal de residuos sólidos urbanos de Almería.

80. Residuos sólidos urbanos: procedimiento de recogida. Vertido controlado, incineración. Obtención de compost. Procedimiento: ventajas e inconvenientes.

81. Los proyectos de obras ordinarias de urbanización y los proyectos de edificación: partes, contenido, documentación, normativa aplicable a su redacción.

82. Condiciones higrotérmicas en la edificación. Conceptos fundamentales. Inercia térmica. Especificaciones de proyecto. Normativa. Referencia al nuevo Código de la Edificación.

83. Normas técnicas para la accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas y en el transporte de Andalucía.

84. Seguridad y Salud en el trabajo. Riesgos profesionales y técnicas de lucha. Seguridad y Salud en el sector de la construcción y obras públicas. Ley de Prevención de Riesgos laborales y demás normativa.

85. El ruido. Su regulación jurídica. Control y régimen jurídico.

86. Medidas para paliar el efecto del ruido en carreteras urbanas. Actuaciones sobre la fuente. Actuaciones sobre el entorno de la carretera.

87. Regulación de intersecciones por medio de semáforos: elementos. Detectores. Reguladores. Tipos de control. Posiciones. Coordinación, criterios para la instalación.

88. Señalización vertical. Criterios de implantación. Señalización de nudos de la red viaria y de entradas y salidas específicas. Marcas viales: objetivos. Color y reflectancia. Grupos. Características superficiales de las marcas viales.

89. Señalización de obras. Generalidades. Ordenación de la circulación en presencia de obras fijas. Criterios a seguir.

90. Medidas para la mejora del rendimiento de vías específicas en ámbito urbano.

ANEXO NUMERO TRES

CONVOCATORIA DE TRES PLAZAS DE ARQUITECTOS TECNICOS, GRUPO B

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, como funcionarios de carrera, de tres plazas de Arquitecto Técnico, encuadradas en la escala de Admón. Especial, subescala Técnica, clase Técnicos Medios, pertenecientes al Grupo B, por el sistema de acceso de Concurso-Oposición, turno libre, correspondientes, una a la OEP de 2002, publicada en el BOE núm. 242, de 9 de octubre de 2002 y dos a la OEP de 2004, publicada en el BOE núm. 136, de 5 de junio de 2004.

A) Requisitos específicos:

2. Poseer la titulación de Arquitecto Técnico o equivalente o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

B) Proceso Selectivo:

3. El proceso de selección será el de Concurso-Oposición libre, desarrollándose el mismo conforme a lo dispuesto en la Base VI de la convocatoria y bases generales, con las siguientes particularidades:

a) Fase de Concurso: Esta fase se calificará aplicando el baremo de la Base VII de la convocatoria y bases generales.

b) Fase de Oposición: Se ajustará conforme a lo previsto en la Base VIII de la convocatoria y bases generales, desarrollándose los ejercicios como a continuación se especifica:

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período de dos horas y media, un epígrafe elegido por el Tribunal de un tema del bloque I, así como un tema del bloque II y otro del bloque III del programa que acompaña esta convocatoria.

Todos los temas serán extraídos al azar, en presencia de los aspirantes.

El ejercicio será leído por los opositores, en sesión pública, ante el Tribunal.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período de dos horas, un tema del Bloque IV y otro del Bloque V del programa. Los temas serán extraídos al azar en presencia de los aspirantes.

Este ejercicio será leído por los opositores, en sesión pública, ante el Tribunal.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Tercer ejercicio. Práctico. De carácter, igualmente, obligatorio y eliminatorio, consistirá en la realización de un trabajo o supuesto determinado por el Tribunal, que sea concerniente a las funciones correspondientes a la plaza de Arquitecto Técnico, que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes durante un período de dos horas.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

P R O G R A M A

BLOQUE I

Materias Comunes

1. La Constitución Española de 1978: antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales.

2. La Administración Pública española. Administración General del Estado. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local.

3. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Clases de Leyes. Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento y otras Disposiciones generales.

4. Los Derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración, con especial referencia a la Admón. Local.

5. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Motivación. Eficacia. Validez de los actos administrativos. El silencio administrativo.

6. El procedimiento administrativo local. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

7. Régimen Local español: clases de entidades locales. Organización municipal. Competencias municipales. Referencia a la organización del Ayuntamiento de Almería.

8. Los órganos colegiados locales: convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Funcionamiento. Actas y certificados de acuerdos.

9. Personal al servicio de las entidades locales. Los funcionarios públicos: clases. Selección. Situaciones administrativas. Provisión de puestos de trabajo. El personal laboral: tipología y selección.

10. Derechos del personal al servicio de los Entes Locales. Deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. Régimen de Incompatibilidades.

11. Los contratos administrativos: concepto y clases. Elementos.

12. El Presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración. Aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y fiscalización.

BLOQUE II

Materias específicas

13. Las valoraciones urbanísticas.

14. Valoración de los solares urbanos en función de su aprovechamiento urbanístico. Método sintético, residual y del coeficiente o repercusión.

15. Estimación y valoración de edificios. Componentes. Estimación y valoración de edificios antiguos. Criterios de depreciación.

16. Normativa de protección de edificios.

17. Ordenanzas municipales sobre protección del medio ambiente contra ruidos y vibraciones. Vados permanentes.

18. Ordenanzas municipales sobre ocupación de la vía pública por sillas y veladores. Instalación de quioscos en la vía pública.

19. Las normas básicas de la edificación. Condiciones térmicas, acústicas y de protección contra incendios en los edificios. Condiciones higiénicas mínimas de las viviendas.

20. Reparación de elementos verticales. Consolidaciones y rehabilitación de fachadas y muros. Humedades: consecuencias y tratamiento.

21. Diseño asistido por ordenador. Tipología de ordenadores utilizados. Periféricos: tablero digitalizador, scanner, plotter, impresoras, pantallas ratón, precisiones y otras características de los mencionados periféricos.

22. Tipos, clases y categorías de cementos utilizables y recomendaciones prácticas para la utilización de los mismos según la instrucción para el proyecto y ejecución de obras de hormigón en masa o armado. Cimentaciones y estructuras.

23. Abastecimiento. Red de abastecimiento. Partes de que consta una red de abastecimiento de agua potable. Usos del agua. Instalación de diversos tipos de tuberías de conducción de agua. Simbología.

24. Conducciones de electricidad. Producción, transporte y distribución. Tensiones. Conducciones subterráneas y aéreas. Estaciones transformadoras. Alumbrado público.

25. Conducciones de alcantarillado. Red de alcantarillado. Sistemas de alcantarillado. Tuberías. Receptores. Simbología.

26. El cerramiento vertical como protección. Conceptos y diferentes tipologías. Caracteres de seguridad y confortabilidad para el hábitat. Esfuerzos horizontales. Insolación.

27. Reglamento general de policía de espectáculos públicos y actividades recreativas.

28. Descripción de trabajos de replanteo sobre el terreno de una obra, tanto en el caso de una edificación como de urbanización (viales, alineaciones y rasantes).

29. Los proyectos de obras ordinarias de urbanización y los proyectos de edificación: partes, contenido, documentación, normativa aplicable a su redacción.

30. La licencia urbanística: concepto, naturaleza y caracteres. Actos sujetos a licencia. Competencias y procedimientos. La caducidad.

31. El régimen de concurrencia de la licencia urbanística con otros actos administrativos autorizatorios o concesionales.

32. El contrato de obras. Actuaciones preparatorias. Proyecto de obras. Clasificación. Contenido. Replanteo.

33. El contrato de concesión de obras públicas. Concepto. Publicidad y procedimientos de adjudicación. Procedimiento abierto, restringido y negociado en el contrato de obras. Procedimiento negociado sin publicidad.

34. Ejecución y modificación del contrato de obras. Extinción. Ejecución de las obras por la propia Administración.

BLOQUE III

35. Ley 7/94, de 18 de mayo, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma Andaluza.

36. Reglamento de calificación ambiental de la Comunidad Autónoma Andaluza de 19 de diciembre de 1995. Disposiciones Generales. Procedimiento. Puesta en marcha. Inspección y vigilancia.

37. Reglamento de evaluación de impacto ambiental de la Comunidad Autónoma Andaluza de 12 de diciembre de 1995. Disposiciones Generales. Procedimiento.

38. Reglamento de informe ambiental de la Comunidad Autónoma Andaluza de 30 de abril de 1996. Disposiciones Generales. Interdepartamental. Procedimiento. Seguimiento. Control.

39. Reglamento de calidad del aire de la Comunidad Autónoma de Andalucía de 20 de febrero de 1996. Disposiciones Generales. Calidad del Aire. Ruidos.

40. El Plan General de Ordenación Urbana de Almería (I). Fases. Objetivos directores y estructuras que plantea.

41. El Plan General de Ordenación Urbana de Almería (II). Ordenación. Revisión.

42. Legislación estatal y autonómica reguladora de la ordenación urbanística. Principios inspiradores de los respectivos ordenamientos y evolución histórica.

BLOQUE IV

43. La planificación urbanística (I). Clases de planes. Formación y aprobación.

44. La planificación urbanística (II). Modificación y revisión del planeamiento. Efectos de su aprobación.

45. Clasificación y calificación del suelo. Los estándares urbanísticos.

46. Los planes generales de ordenación urbana: contenido y determinación.

47. Los planes de desarrollo: los planes especiales. Los planes especiales de reforma interior.

48. Los estudios de detalle.

49. Los proyectos de urbanización.

50. Las formas de gestión de la actividad administrativa de gestión.

51. Las Unidades de Ejecución: características y requisitos. Delimitación

BLOQUE V

52. Gestión urbanística. Actuaciones sistemáticas. Los sistemas de compensación, cooperación y expropiación.

53. Actuaciones en suelo no urbanizable. Régimen del mismo.

54. Disciplina urbanística (I). La restitución de la legalidad.

55. Disciplina urbanística (II). Las sanciones por infracciones urbanísticas.

56. Demolición y su ejecución subsidiaria.

57. La declaración municipal de ruina.

58. Seguridad y Salud en el trabajo: concepto. Riesgos laborales en la construcción. Causas de accidentes. Precauciones a adoptar en las obras.

59. Normativa sobre prevención de riesgos laborales. La Ley de Prevención de Riesgos Laborales y sus disposiciones de desarrollo o complementarias.

60. Plan de Emergencia y Seguridad en el Ayuntamiento de Almería. Normativa vigente. Proyecto y soluciones que se presentan.

ANEXO NUMERO CUATRO

CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE OFICIAL TECNICO DEL SERVICIO DE EXTINCION DE INCENDIOS. GRUPO B. OPOSICION LIBRE

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, mediante el sistema de acceso de turno libre, como funcionario de carrera, de una plaza de Oficial Técnico del Servicio de Extinción de Incendios, encuadrada en la escala de Admón. Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Extinción de Incendios, perteneciente al Grupo B, por el sistema de acceso de Oposición libre, correspondiente a la OEP 2005, publicada en el BOE núm. 272, de 14 de noviembre de 2005.

A) Requisitos específicos:

2. Poseer la titulación de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de tercer grado o equivalente o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

B) Proceso Selectivo:

3. El proceso de selección será el de Oposición libre y se llevará a cabo conforme a lo dispuesto en la Base VIII de la convocatoria y bases generales, desarrollándose los ejercicios como a continuación se especifica:

Primer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes.

Constará de 6 pruebas no eliminatorias, puntuables de 5 a 10 puntos, según edades.

La puntuación total vendrá dada por la media aritmética de todas las pruebas.

En caso de no superar la marca mínina de alguna prueba, de acuerdo con el cuadro de puntuación por edades, será puntuado con 0 puntos.

Si la media aritmética de todas las pruebas es inferior a 5 puntos, el aspirante quedará eliminado.

Las pruebas de que constará este primer ejercicio, son las que siguen:

Pruebas:

1. Press de Banca.

Finalidad: Medir la fuerza rápida de pectorales y extensores del tren superior.

Descripción: Sobre el banco en decúbito supino, con agarre dígito palmar un poco más abierto de la anchura de los hombros sobre la barra.

Posición Inicial: Máxima extensión del codo.

Posición Final: Después de que la barra toque el pecho, se volverá a la posición inicial.

Se contará el número de extensiones o empujes efectuados en 30 segundos con una resistencia de 40 Kg.

La extensión del codo deberá ser completa, siendo el movimiento del recorrido de los brazos perpendicular (90º) respecto al cuerpo. Al final de la bajada, la barra deberá tocar el pecho. Sin estas consideraciones no se contarán como válidas las ejecuciones.

2. Dominadas en barra.

Finalidad: Medir la resistencia de los músculos dorsales lumbares y bíceps.

Descripción: Colgado de una barra fija con posición de manos, pulgares hacia delante y brazos totalmente extendidos, efectuar flexiones de brazos con piernas completamente estiradas en toda la ejecución, de manera que la barbilla supere el borde superior de la barra. En el descenso la extensión de los brazos será total, sin balancearse con el cuerpo.

No se permitirá la liberación de alguna mano durante la ejecución del ejercicio.

3. Carrera de 60 metros lisos.

Finalidad: Medir la velocidad de desplazamiento y resistencia a la velocidad.

Descripción: Recorrer la distancia de 60 metros lisos en pista y sin salirse de las calles.

El ejecutante a la voz de "a sus puestos", se colocará en la línea de salida sin rebasarla. A la voz de "listos" inclinará el tronco hacia delante y flexionará la pierna adelante. A la voz de "ya" o pitido, iniciará la carrera. La salida se podrá realizar de pie o agachados, sin tacos de salida.

Invalidaciones: de acuerdo con el Reglamento Internacional de la FIAA.

4. Carrera de 1.000 metros.

Finalidad: Medir la resistencia orgánica y muscular.

Descripción: Recorrer la distancia de mil metros en pista por calle libre.

El ejecutante se colocará en la pista en el lugar señalado, detrás de la línea de salida, sin sobrepasarla. A la voz de "ya" o pitido, saldrá a recorrer la distancia requerida por calle libre.

Invalidaciones: de acuerdo con el Reglamento Internacional de la FIAA.

5. Natación 100 metros libres.

Finalidad: Potencia y resistencia general. Destreza y familiarización en el medio.

Descripción: El aspirante se colocará sobre el podium de salida. Al dar la salida, el ejecutante comenzará la prueba con la zambullida y progresando en cualquier estilo. En ningún caso el aspirante se apoyará en el suelo ni se agarrará a la corchera.

Invalidaciones: Las establecidas por la Federación Internacional de Natación.

Para la realización de esta prueba, los aspirantes deberán ir provistos de gorro de natación y bañador de tipo competición, estando permitido el uso de gafas de natación.

6. Trepa de cuerda.

Finalidad: Mide la potencia del tronco (tren superior).

Descripción: Trepa por una cuerda lisa de 6,00 mts., sin apoyo de piernas, desde la posición de pie, a la voz de "ya" del juez/o técnico, el opositor iniciará la trepa, hasta tocar la campana situada a dicha altura.

Invalidaciones:

Cuando el ejecutante no alcance la altura marcada.

Cuando se ayude con presa de los pies.

Cuando se sujete con las piernas en la cuerda al tocar la campana.

CUADRO DE PUNTUACION POR EDADES

Press de banca (núm. Repeticiones)

puntuación

Edades 5 6 7 8 9 10

26-30 23 24 25 27 38 31

31-35 21 22 23 24 26 28

36-40 18 19 20 21 23 25

41-45 15 16 17 18 20 22

46-en adelante 11 12 13 15 17 19

Dominadas (núm. Repeticiones)

Edades

puntuación 5 6 7 8 9 10

26-30 15 16 17 18 19 20

31-35 13 14 15 16 17 18

36-40 11 12 13 14 15 16

41-45 9 10 11 12 13 14

46-en adelante 7 8 9 10 11 12

Carrera de 60 m

puntuación

Edades 5 6 7 8 9 10

26-30 8"90 8"60 8"30 8"00 7"80 7"60

31-35 9"20 8"90 8"60 8"30 8"00 7"80

36-40 9"80 9"50 9"20 8"90 8"60 8"30

41-45 10"10 9"80 9"50 9"20 8"90 8"50

46-en adelante 10"30 10"10 9"80 9"50 9"20 8"90

Carrera de 1000 m

puntuación

Edades 5 6 7 8 9 10

26-30 3'35" 3'31" 3'27" 3'23" 3'19" 3'15"

31-35 3'45" 3'41" 3'37" 3'33" 3'29" 3'25"

36-40 3'55" 3'51" 3'47" 3'43" 3'39" 3'35"

41-45 4'00" 3'56" 3'52" 3'48" 3'44" 3'40"

46-en adelante 4'05" 4'01" 3'57" 3'53" 3'49" 3'45"

Natación 100 m

puntuación

Edades 5 6 7 8 9 10

26-30 1'32" 1'28" 1'24" 1'20" 1'16" 1'12"

31-35 1'36" 1'32" 1'28" 1'24" 1'20" 1'16"

36-40 1'42" 1'38" 1'34" 1'30" 1'26" 1'22"

41-45 1'46" 1'42" 1'38" 1'34" 1'30" 1'26"

46-en adelante 1'50" 1'46" 1'42" 1'38" 1'34" 1'30"

Trepa de cuerda

puntuación

Edades 5 6 7 8 9 10

26-30 9"50 9" 8"50 7" 6"50 6"

31-35 9"50 9" 8"50 8" 7"50 7"

36-40 10"50 10" 9"50 9" 8"50 8"

41-45 11"50 11" 10"50 10" 9"50 9"

46-en adelante 12"50 12" 11"50 11" 10"50 10"

Segundo ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes.

Consistirá en desarrollar, durante dos horas y media, un epígrafe elegido por el Tribunal de un tema del bloque I, así como un tema del bloque II y otro del bloque III, del programa que acompaña esta convocatoria.

Todos los temas serán extraídos al azar, en presencia de los aspirantes.

Este ejercicio será leído por el opositor, en sesión pública, ante el tribunal.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Tercer ejercicio: De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes.

Consistirá en la realización, durante una hora y media, de un supuesto práctico determinado por el Tribunal, que sea concerniente a las funciones correspondientes a la plaza de Oficial Técnico del Servicio de Extinción de Incendios, que ponga de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

La puntuación total del proceso selectivo, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición.

Finalizado el proceso selectivo, la toma de posesión como funcionarios estará supeditada a un informe médico favorable expedido por el Servicio de Prevención de este Ayuntamiento, en el que se acredite no padecer enfermedad ni defecto físico que le impida el desempeño de las funciones de Oficial Técnico del Servicio de Extinción de Incendios.

P R O G R A M A

BLOQUE I

1. La Constitución Española de 1978: antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

2. La Administración Pública Española. Administración General del Estado. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local.

3. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Clases de leyes. Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento y otras disposiciones generales.

4. Los derechos de los ciudadanos ante la Administración Pública. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración, con especial referencia a la Administración Local.

5. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Motivación. Eficacia. Validez de los actos administrativos. El silencio administrativo

6. El procedimiento administrativo local. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

7. Régimen local español: clases de Entidades Locales. Organización municipal. Competencias municipales. Referencia a la organización del Ayuntamiento de Almería.

8. Los órganos colegiados locales: convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Funcionamiento. Actas y certificados de acuerdos.

9. Personal al servicio de las Entidades Locales. Los funcionarios públicos: Clases. Selección. Situaciones administrativas. Provisión de puestos de trabajo. El personal laboral: tipología y selección.

10. Derechos del personal al servicio de los Entes Locales. Deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. Régimen de Incompatibilidades.

11. Los contratos administrativos: concepto y clases. Elementos.

12. El Presupuesto de las Entidades locales. Elaboración, aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y fiscalización.

BLOQUE II

13. Naturaleza del fuego. Factores de incendio. Transmisión y propagación del calor. Física del fuego: conceptos básicos.

14. Los combustibles sólidos. Tipos. Factores que influyen en su combustibilidad. Riesgos y control de los combustibles sólidos disgregados.

15. Líquidos inflamables. Clases. Factores de combustibilidad. Riesgos y control.

16. La combustibilidad en los gases. Propiedades físicas. Los riesgos y su control.

17. Los polvos químicos. Propiedades. Mecanismos de extinción. Usos y métodos de aplicación.

18. Agentes extintores líquidos. El Agua. La Espuma. Propiedades generales. Mecanismos de extinción. Usos y métodos de aplicación.

19. Agentes extintores gaseosos. Dióxido de carbono. Nitrógeno. Argon. Agentes limpios.

20. Utiles de extinción: Extintores portátiles. Legislación. Clasificación. Seguridad. Placas y etiquetas.

21. Los productos de la combustión. Respuesta fisiológica.

22. Los primeros auxilios. Evaluación del herido. RCP. Hemorragias. Traumatismos y quemaduras. Tipos. Complicaciones y control.

23. Hidráulica: hidrostática e hidrodinámica. Leyes. Fenómenos en las conducciones. Bombas centrífugas.

24. Equipos de protección personal. Niveles de protección. Características de los equipos.

25. Investigación de incendios. El proceso de la investigación. Origen y causas de los incendios.

26. Instalaciones de extinción contra incendios. Dotación y características generales. NBE-CPI/96.

27. Sistemas de detección y alarma. Alumbrado de emergencia y ascensor de emergencia. NBE-CPI/96.

28. Equipos de salvamento: equipo hidráulico de excarcelación. Equipo neumático. Características principales. Especial referencia SEIS Almería.

29. Materiales de construcción. Reacción y resistencia al fuego. Ensayos. Poder calórico.

30. Riesgo eléctrico en actuaciones de bomberos. Disposiciones mínimas para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores frente al riesgo eléctrico. Procedimientos de trabajo.

31. Plan de autoprotección en locales y edificios. Guía de elaboración. Evaluación del riesgo. Medios de protección. Plan de emergencia e implantación.

32. Vehículos contra incendios. Normativa. Clasificación. Especial referencia vehículos SEIS Almería.

33. Ordenanzas fiscales del SEIS del Ayuntamiento de Almería. Tasas y contribución especial por ampliación y mejora del servicio.

34. La ventilación en los incendios. Métodos de ventilación. Principios básicos de la ventilación por presión positiva. Consideraciones estructurales.

35. Transporte de MM.PP. Normativa. Clasificación. Identificación y Señalización.

36. El incendio forestal. Causas. Prevención. Factores. Extinción.

BLOQUE III

37. Dirección y Control en las intervenciones. Funciones del mando. Niveles de mando. La delegación.

38. Ley de Gestión de emergencias. Contenido. Los Servicios de extinción de incendios.

39. Ley de Protección civil. Estructura y contenido.

40. Ley de prevención de riesgos laborales. Estructura y contenido.

41. Procedimientos en la toma de decisiones en emergencias.

42. Acciones formativas en los SEIS. Planificación y desarrollo.

43. El comportamiento humano en las catástrofes. Comportamiento individual y colectivo. El pánico.

44. Patologías constructivas. Apuntalamientos y entibaciones. Tipos. Organización de los trabajos.

45. Reglamento de instalaciones de protección contra incendios. Contenido. Características de las instalaciones y mantenimiento.

46. Comportamiento de las estructuras frente al incendio. Estructuras de madera, metálicas y de hormigón. Protección de las estructuras.

47. Trajes especiales de protección. Trajes térmicos. Trajes de protección química y radiológica. Características generales.

48. Equipos de protección respiratoria. Clasificación.

49. Metodología general de las intervenciones. Fases generales.

50. Intervención en incendios bajo rasante. Aparcamientos subterráneos. Fases.

51. Técnicas de intervención en accidentes de tráfico. Fases. Maniobras básicas.

52. Incendios en edificios de viviendas. Fases de la intervención. Operaciones a realizar.

53. Intervención en incendio en nave industrial. Fases. Prevención y extinción.

54. Intervención en incendio en grandes superficies comerciales. Tipologia. Desarrollo de la intervención.

55. Intervención en incendio en centro hotelero. Instalaciones y metodología de actuación.

56. Intervención y rescate en aparatos elevadores. Aspectos generales y medidas de protección.

57. Sistemática de actuación en accidentes de MM.PP. Directriz básica de planificación. Plan de emergencia.

58. Extinción de incendios en buques. Legislación. Planos. Procedimientos de actuación.

59. Actuación en incendios forestales. Legislación. Clases de incendios. Propagación. Plan INFOCA.

60. Desarrollo de incendios en interiores. Técnicas de extinción. Procedimientos de actuación.

ANEXO NUMERO CINCO

CONVOCATORIA DE DOS PLAZAS DE PROGRAMADOR DE APLICACIONES. GRUPO C

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, como funcionarios de carrera, de dos plazas de Programador de Aplicaciones, encuadradas en la escala de Admón. Especial, subescala Técnica, Clase Técnicos Auxiliares, Grupo C, por el sistema de acceso de Concurso-Oposición, turno libre, pertenecientes a la OEP de 2002, publicada en el BOE núm. 242, de fecha 9 de octubre de 2002.

A) Requisitos específicos:

2. Poseer la titulación de FP II de Informática o equivalente o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

B) Proceso Selectivo:

3. El proceso de selección será el de Concurso-Oposición libre, desarrollándose el mismo conforme a lo dispuesto en la Base VI de la convocatoria y bases generales, con las siguientes particularidades:

a) Fase de Concurso: Esta fase se calificará aplicando el baremo de la Base VII de la convocatoria y bases generales.

b) Fase de Oposición: Se ajustará conforme a lo previsto en la Base VIII de la convocatoria y bases generales, desarrollándose los ejercicios como a continuación se especifica:

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar, por escrito, durante un período de dos horas, un epígrafe elegido por el Tribunal de un tema del bloque I y dos temas completos del bloque II. Todos los temas serán extraídos al azar, en presencia de los aspirantes.

Este ejercicio será leído por los opositores, en sesión pública, ante el Tribunal.

Se valorará, además de los conocimientos, la claridad y orden de ideas, la facilidad de exposición escrita, y su capacidad de síntesis.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar, por escrito, dos temas del Bloque III, en un período de una hora y treinta minutos. El tema será extraído al azar, en presencia de los aspirantes. Se valorarán los conocimientos sobre los temas expuestos.

Este ejercicio será leído por los opositores, en sesión pública, ante el Tribunal.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Tercer ejercicio. De carácter, igualmente, obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Se desarrollará por escrito, durante un período de una hora y treinta minutos y consistirá en un supuesto práctico determinado por el Tribunal inmediatamente antes del comienzo del ejercicio, relativo a las funciones de programador de aplicaciones, que ponga de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes.

El ejercicio será leído por los opositores, en sesión pública ante el Tribunal.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

P R O G R A M A

BLOQUE I

Materias Específicas

1. La Constitución Española de 1978: antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

2. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Los derechos de los ciudadanos ante la Administración Pública. Participación de los ciudadanos en la Administración, con especial referencia a la Administración Local.

3. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Motivación. Eficacia. Validez de los actos administrativos. El silencio administrativo.

4. El procedimiento administrativo local. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

5. Régimen Local Español: clases de entidades locales. Organización municipal. Competencias municipales. Referencia a la organización del Ayuntamiento de Almería.

6. Personal al servicio de las entidades locales. Los funcionarios públicos: clases, selección, situaciones administrativas, provisión de puestos de trabajo.

7. Derechos del personal al servicio de los entes locales. Deberes del personal al servicio de los entes locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. Régimen de incompatibilidades.

8. El presupuesto de las entidades locales. Elaboración. Aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y fiscalización.

BLOQUE II

Materias Específicas

9. La informática: concepto, origen, evolución histórica y tendencias.

10. Tecnologías de la información y las comunicaciones: conceptos básicos, origen, evolución histórica y tendencias.

11. Estructura y funcionamiento de los sistemas informáticos. Componentes físicos: subsistemas central, de entrada/salida y almacenamiento.

12. La arquitectura de microprocesadores IA32/x86: Evolución.

13. Sistemas operativos: componentes, estructura, funciones y tipos.

14. Sistemas operativos para la arquitectura IA32/x86.

15. El Software propietario y el Software Libre/Código Abierto.

16. Sistemas de Gestión de Base de Datos (SGBD): definición y conceptos. Arquitecturas de SGBD. Principales SGBD comerciales.

17. Sistemas de Gestión de Base de Datos (SGBD) Relacionales. Diseño. Especificación Entidad-Relación y reglas de Codd. Normalización.

18. Interacción con Sistemas de Gestión de Bases de Datos (SGBD). El Lenguaje SQL.

19. Las redes de ordenadores. Clasificación. Protocolos de interconexión.

20. Las redes de ordenadores. Elementos activos.

21. El modelo de referencia de interconexión de sistemas abiertos (OSI) de ISO y TCP/IP: niveles, interfaces, servicios y aplicaciones

22. El direccionamiento IP. Redes y subredes.

23. Conexiones inalámbricas: La alianza Wi-Fi y las especificaciones 802.11

24. Topología de la red informática del Ayuntamiento de Almería: ADLS LAN2LAN y Fibra Optica.

BLOQUE III

25. Sistemas operativos 2000 Pro/ XP Pro: Configuración TCP/IP básica.

26. Sistemas operativos 2000 / XP Pro: Incorporación de equipos a Directorio Activo.

27. Directorio Activo Windows 2003 Server: Resolución de nombres en los equipos cliente.

28. La evolución del software de colaboración. Modelos.

29. La estructura de las Bases de Datos Lotus Domino.

30. El entorno de diseño de aplicaciones Lotus Notes. Elementos de Diseño.

31. Desarrollo de aplicaciones Lotus Notes: El lenguaje de fórmulas.

32. Desarrollo de aplicaciones Lotus Notes: El lenguaje LotusSript.

33. El modelo objetos Domino en LotusScript. Clases front-end y clases back-end.

34. Arquitectura básica .NET: Componentes de .NET Framework.

35. Los Servicios de Terminal en Windows 2000/2003 Server: Ventajas e inconvenientes.

36. Aplicaciones corporativas en las AALL: El Padrón de Habitantes.

37. Aplicaciones corporativas en las AALL: El Registro General y la Gestión de Expedientes.

38. Aplicaciones corporativas en las AALL: La Gestión Tributaria.

39. Aplicaciones corporativas en las AALL: La Gestión de los RR.HH

40. Tendencias de las tecnologías de la información y las comunicaciones en las AALL: La Ciudad Digital.

ANEXO NUMERO SEIS

CONVOCATORIA DE DIEZ PLAZAS DE BOMBEROS.

GRUPO D. OPOSICION LIBRE

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, como funcionarios de carrera, de diez plazas de Bombero, encuadradas en la escala de Admón. Especial, subescala de Servicios Especiales, clase Extinción de Incendios, pertenecientes al Grupo D, por el sistema de acceso de Oposición libre, cinco correspondientes a la OEP 2004, publicada en el BOE núm. 136, de fecha 5 de junio de 2004 y otras cinco a la OEP 2005, publicada en el BOE núm. 272, de 14 de noviembre de 2005.

Los aspirantes que obtengan plaza, en el ejercicio de sus funciones de Bombero, realizarán igualmente, labores de conducción de los vehículos de Extinción de Incendios y vendrán obligados a realizar, durante su jornada laboral, los trabajos de mantenimiento primario de equipos e instalaciones de la Unidad de Extinción de Incendios y Salvamento del Ayuntamiento de Almería.

A) Requisitos específicos:

2. Poseer los siguientes requisitos, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes:

a) Ser español/a.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título de Graduado Escolar, Formación Profesional de primer grado o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

d) No haber sido separado o despedido mediante expediente disciplinario del servicio de la Administración del Estado, de las Comunidades Autónomas o de las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

e) No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

f) Estar en posesión del permiso de conducir tipo C y BTP.

B) Proceso Selectivo:

3. El proceso de selección será el de Oposición libre y se llevará a cabo conforme a lo dispuesto en la Base VIII de la convocatoria y bases generales, desarrollándose los ejercicios como a continuación se especifica:

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes.

Consistirá en la realización de unas pruebas físicas puntuables, y en el orden que se establecen, siendo cada una de ellas de carácter eliminatorio, debiendo superar el aspirante, para pasar a la siguiente, la marca mínima exigida.

Pruebas físicas:

1.ª Dominadas.

Finalidad: Flexiones de codo para medir la potencia de los músculos dorsales.

Descripción: El aspirante se situará debajo de la barra, saltará y se agarrará.

Efectuará flexiones de brazos con piernas extendidas en toda la ejecución, de manera que la barbilla toque la barra. En el descanso la extensión de los brazos será total, sin balancearse con el cuerpo.

Posición inicial: Flexión de hombros (180º). Extensión del codo.

Posición final: Abducción de hombros. Flexión del codo, posición de referencia con extensión de rodillas.

No se contarán aquellas flexiones que no se inicien con la extensión total de brazos. Ni las que no sobrepasen la barbilla sobre la barra.

Un mínimo de 16 repeticiones para hombres y 13 para mujeres.

2.ª Trepa de cuerda.

Finalidad: Mide la potencia del tronco (tren superior)

Descripción: Trepa por una cuerda lisa de 6,00 mts , sin apoyo de piernas, partiendo desde sentado. A la voz de "ya" del juez/o técnico, iniciará la trepa hasta tocar la campana situada a dicha altura. Todos lo ejecutantes saldrán con las manos desde una marca prefijada con cinta, en la cuerda, a una altura máxima de 1 metro.

Invalidaciones:

Cuando el ejecutante no alcance la altura marcada.

Cuando se ayude con presa de los pies.

Cuando se sujete con las piernas en la cuerda al tocar la campana.

Cuando de ayude con los pies al levantarse desde la posición de sentado.

El tiempo máximo de ejecución es de 10'' para hombres y 12'' para mujeres.

3.ª Levantamiento de press de banca.

Finalidad: Medir la potencia de los músculos pectorales y extensores del codo.

Descripción: Sobre el banco en decúpito supino, agarre dígito palmar un poco más abierto de la anchura de los hombros sobre la barra.

Posición inicial: Flexión hombros (90º). Extensión del codo.

Posición final: Abducción de los músculos flexores del codo.

Se contarán el número de extensiones o empujes efectuados con una resistencia de 40 kg en treinta segundos.

Hay que tener presente que las extensiones del codo deben ser completas (máxima amplitud dependiendo del sujeto) y cuando se efectúe la flexión del codo, la barra debe tocar el pecho. Sin estas dos consideraciones no se contarán como válidas las ejecuciones.

Mínimo de 25 repeticiones para hombres y 18 para mujeres.

4.ª Prueba de equilibrio. Autoescalera.

Finalidad: Comprobar el vértigo del aspirante.

Descripción. Subida de la auto escalera, peldaño a peldaño 20 mts, con una inclinación de 60º. El ejecutante irá asegurado con arnés como medida de seguridad.

Invalidaciones: no subir de forma coordinada, pararse en un peldaño por causa no justificada.

5.ª Prueba de obstáculos.

Finalidad: Medir el tiempo de reacción, desplazamiento y agilidad del aspirante.

Descripción: El aspirante recorrerá el espacio situado entre dos líneas, a 9,00 mts. de separación, donde, sin necesidad de pasar de la línea final, recogerá un taco de madera del suelo y lo depositará, sin arrojarlo, detrás de la línea de partida inicial. Inmediatamente regresará a por el segundo taco y volverá a la línea de partida sobrepasándola a la máxima velocidad y sin depositar, esta vez, el taco.

Posición inicial: Junto a la línea de partida y sin pisarla, a la voz del juez de la prueba partirá hacia la otra línea donde, sin obligación de atravesarla, recogerá los tacos de la dimensiones aproximadas de: 12 cm x 6 cm x 6 cm.

Toda la prueba, con la excepción del momento previo al comienzo y del momento final, se desarrollará entre ambas líneas.

El taco primero debe estar depositado sobre el suelo mientras que el segundo debe llevarlo el aspirante al sobrepasar la línea final.

Tendrán dos intentos consecutivos. El juez evaluador podrá anular el intento de aquellos aspirantes que efectúen alguna incorrección, como por ejemplo:

- Salirse de las marcas pintadas en el suelo.

- No salir en el tramo final con el taco.

- Rebasar el tiempo estipulado.

Tiempo máximo: 9''50 para hombres y 11''40 para mujeres.

6.ª Salto con pies juntos. Detente horizontal.

Finalidad: Mide la potencia extensora de las piernas.

Descripción: El aspirante se sitúa detrás de la línea de marca completamente parado, con los pies a la misma altura y ligeramente separados. A partir de esta posición y separando los pies de manera simultánea, saltará tan lejos como pueda. Se medirá desde la parte del cuerpo más atrasada y próxima a la línea de salida.

El aspirante se puede ayudar del balanceo previo de brazos, pero sin despegar las punteras ni los talones del suelo. Se permiten dos intentos consecutivos, computándose el mejor de ellos.

Mínimo de 2,20 mts para hombres y 1,76 mts para mujeres.

7.ª Carrera de 1.000 metros.

Finalidad: Medir la resistencia orgánica y muscular.

Descripción: El aspirante se situará en el punto de partida, a la voz de "Listos-Ya" recorrerá una distancia de 1.000 metros en una pista de atletismo de 400 mts en un máximo de 3'20'' para hombres y 3'55'' para mujeres.

8.ª Carrera 100 metros lisos.

Finalidad. Velocidad pura.

Descripción: El aspirante se situará en el punto de partida, a la voz de "Listos -Ya" recorrerá una distancia de 100 metros sin salirse de la calle correspondiente. No se permitirán tacos de salida.

Máximo de 13''00 para hombres y 15''50 para mujeres.

9.ª Natación.

Finalidad: Soltura acuática, natación elemental y resistencia acuática.

Descripción: De pie en el podium de salida a la voz de "Ya", arrojarse al agua y nadar 100 m a estilo libre en una piscina de 25 ó 50 metros de longitud sin ningún tipo de ayuda. Se puede utilizar técnica de volteo en el viraje y empujarse con las piernas para realizar el recorrido de vuelta.

Marca mínima de 1'23'' en hombres y de 1'35'' en mujeres.

Las pruebas 1.ª,2.ª,3.ª y 4.ª se realizarán el mismo día, en las instalaciones del Parque de Bomberos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes.

Teórico. Constará de dos partes:

Primera parte: consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de 100 preguntas con varias respuestas alternativas, propuesto por el Tribunal para cada materia de las que figuren en el programa de la convocatoria.

El cuestionario se calificará de la siguiente forma:

Para su calificación se tendrá en cuenta el número total de respuestas acertadas. La puntuación total de éstas será minorada en un acierto por cada 3 errores, o la parte que proporcionalmente corresponda, de forma que superarán el ejercicio los aspirantes que contesten correctamente al 50% de las preguntas, una vez aplicada la minoración procedente, conforme a la fórmula expuesta, de deducción de 1 acierto cada 3 preguntas contestadas incorrectamente, o parte proporcional, obteniendo la calificación de "suspenso" los que no alcancen dicho porcentaje.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos, que será la puntuación del 50% del cuestionario contestado correctamente, minorado en la proporción expuesta.

Para la obtención de este resultado se aplicará la siguiente fórmula:

A - E /3 10

N

Siendo:

N= Número total de preguntas del test.

A= Número total de respuestas acertadas.

E= Número total de respuestas erróneas.

Segunda parte: consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de 50 preguntas sobre conocimientos del material usado por los Servicios contra Incendios y Salvamento.

Para la superación será necesario contestar correctamente el 50% del cuestionario.

Se calificará de apto o no apto.

Para la realización de este ejercicio se dispondrá de tres horas, distribuidas de la siguiente forma:

- Dos horas para la ejecución de la primer parte (cuestionario de 100 preguntas del programa de la convocatoria).

- Una hora para la ejecución de la segunda parte (cuestionario de 50 preguntas sobre conocimientos de material).

Tercer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes.

Psicotécnico: dirigido a determinar las aptitudes y actitudes de los aspirantes para el desempeño del puesto de bombero.

Los factores a medir serán los que siguen:

1. Aptitudes mentales:

Razonamiento verbal: Como su nombre indica, constituye una medida de la aptitud para comprender conceptos expresados a través de la palabra. Aprecia más la capacidad para abstraer, generalizar y pensar de modo constructivo.

Constituye un valioso índice del nivel ocupacional a que un sujeto puede aspirar, puesto que en muchas tareas existe relación positiva entre el nivel de responsabilidad que tienen asignado y el grado de profundidad con que deben ser comprendidas las ideas expresadas verbalmente.

Razonamiento abstracto: Intenta apreciar la agilidad mental con formas no verbales, puesto que la habilidad para razonar con palabras no es idéntica a la habilidad para razonar con figuras, el test de razonamiento abstracto no sustituye adecuadamente al razonamiento verbal, pero puede servir como elemento de confrontación.

Rapidez y precisión perceptiva: Es un análisis rápido de situaciones complejas, ideado para medir la rapidez de respuestas en tareas de tipo perceptivo.

Atención y resistencia a la fatiga: Es un prueba que exige una gran concentración y resistencia a la monotonía. En consecuencia, este instrumento puede apreciar la aptitud o capacidad para concentrase en tareas cuya principal característica es la rapidez perceptiva, junto con la atención continuada.

Agilidad mental: Capacidad para comprender situaciones, las relaciones que existen entre ella, poder captar las estructuras de dichas relaciones y tener un método sistemático de razonamiento.

Memoria visual: Capacidad para recordar situaciones a través del sentido de la vista.

- Para Grupo A o nivel de titulación equivalente: 19,80 euros.

- Para Grupo B o nivel de titulación equivalente: 16,50 euros.

- Para Grupo C o nivel de titulación equivalente: 13,20 euros.

- Para Grupos D y E o nivel titulación equivalente: 9,90 euros.

- Bomberos Grupos D y C: 30 euros.

La falta de presentación del resguardo original acreditativo del abono de la tasa por derechos de examen dentro del plazo de presentación de solicitudes determinará la exclusión del aspirante al proceso selectivo.

En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación.

No obstante, estarán exentos del pago de dicha tasa, quienes se encuentren incluidos en el ámbito de aplicación del art. 18 de la Ley 66/97, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y Orden Social, modificada por el art. 14 de la Ley 55/99, de 29 de diciembre, esto es: "a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33%. b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de un mes anterior a la fecha de convocatoria (publicación BOE) de pruebas selectivas de acceso a los Cuerpos y Escalas de funcionarios o a las categorías de personal laboral convocadas por la Administración pública estatal en las que soliciten su participación. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesionales y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en computo mensual, al Salario Mínimo Interprofesional". Por tanto:

- Los aspirantes que se encuentren incluidos en las causas de exención del apartado 5.a) del art. 18 de la referida Ley 66/97, deberán aportar certificación de minusvalía que acredite su discapacidad igual o superior al 33%, por el órgano Estatal o Autonómico, competente en la materia.

- Los aspirantes que se encuentren incluidos en las causas de exención del apartado 5.b) del art. 18, deberán acreditar correctamente, mediante certificación expedida por el Servicio Público de Empleo de la correspondiente Comunidad Autónoma, su condición de demandantes de empleo, en la que conste, igualmente, la acreditación de la ausencia de rechazo de oferta de empleo adecuado ni la negativa a participar en acciones de promoción, formación o reconversión profesional en los términos establecidos en esta convocatoria. Además deberán aportar declaración jurada de carencia de rentas superiores en cómputo mensual al Salario Mínimo Interprofesional.

IV. LISTA DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS

10. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, comprobado el pago de derechos de examen y demás requisitos de acceso, el Ilmo. Sr. Alcalde, en el plazo de un mes, dictará resolución declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos, con indicación de las causas de exclusión. En dicha resolución, de la que se publicará anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, se indicará que se encuentran expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos en el Tablón de Edictos de la Corporación y la designación nominativa de los Tribunales. En igual medio se publicará la fecha y lugar de comienzo de la fase de concurso y la de los ejercicios de la fase de oposición.

11. Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado. En todo caso, la Resolución anterior, establecerá un plazo de 10 días para la presentación de reclamaciones y subsanación de errores por los interesados legítimos, de conformidad con lo dispuesto en el art. 105.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

12. Transcurrido el plazo de reclamaciones, en caso de no haberlas, la lista provisional se considerará como definitiva. Si las hubiera, serán aceptadas o rechazadas por Resolución del Alcalde de la Corporación en la que se declarará aprobada la lista definitiva de admitidos o excluidos, que será publicada en la forma indicada anteriormente en el Boletín Oficial de la Provincia.

13. Los aspirantes excluidos podrán interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, a partir de la publicación del anuncio de la citada Resolución. Esta publicación será determinante de los plazos a efectos de posibles impugnaciones y recursos contra las listas definitivas de admitidos y excluidos.

V. TRIBUNAL CALIFICADOR

14. La composición de los Tribunales Calificadores se ajustará a lo establecido en el art. 4.e) y f) Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, estando integrados por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía.

- Un representante de la Junta de Personal. En el caso de convocatorias de personal laboral la representación corresponderá al Comité de Empresa.

- El Jefe del Servicio dentro de la especialidad, o técnico experto del Ayuntamiento de Almería.

- Un funcionario técnico en la materia designado por el Ayuntamiento.

2. Personalidad:

Sentido de la disciplina y autoridad: Conformidad ante las normas y demandas de sus superiores. Persona que suele ser sobria y digna de confianza, así como dominada por el sentido del deber, perseverante, responsable y organizada.

Sentido de la iniciativa: Persona no inhibida, dispuesta a intentar nuevas cosas, puede soportar sin fatiga las vicisitudes del trato con la gente y las situaciones emocionales abrumadoras.

Seguridad en sí mismo. Firmeza personal: Capacidad práctica y realista. La confianza en sí mismo y su capacidad para tratar con cosas es madura y poco ansiosa, es flexible y segura.

Desarrollo de conductas cooperativas: Capacidad de integración en el grupo. Grado en que las personas se ayudan entre sí y se muestran amables y cooperativas con los compañeros. Persona adaptable, animosa, interesada por los demás. Buena colaboradora con el trabajo en grupo.

Autocontrol de los impulsos y emociones: Persona con mucho control de sus emociones y de su conducta en general. Cuidadosa y abierta a lo social. Evidencia lo que comúnmente se conoce como "respeto a sí mismo". Tiene en cuenta la reputación social.

Serenidad: Persona sosegada, relajada y tranquila.

Capacidad empática y de manejo de la relación interpersonal: Persona socialmente desenvuelta, no inhibida, con buena capacidad para lograr y mantener contactos personales.

Neutralidad efectiva en el ejercicio profesional: Persona responsable y organizada. Sus metas se encuentran dentro de la normativa social. Hace lo que socialmente es correcto, siguiendo estrictamente las normas, haciendo lo que es aceptado e idóneo.

Capacidad de automotivación: Capacidad de sentirse satisfecho en lo referente a su ocupación. Grado en que una pesona se preocupa por su actividad y se entrega a ella.

Características del test aptitudinal:

Puntuaciones deciles. Niveles uniformes aconsejables:

- Razonamiento verbal: 4,00.

- Razonamiento abstracto: 3,50.

- Rapidez y precisión perceptiva: 4,00.

- Atención y resistencia a la fatiga: 4,00.

- Agilidad mental: 3,50.

- Memoria visual: 4,00.

Características del test actitudinal:

Para la evaluación de las pruebas actitudinales son factores preferentes a tener en cuenta, los siguientes:

1. Autocontrol.

2. Serenidad.

3. Capacidad empática y manejo de las relaciones interpersonales.

4. Sentido de la disciplina y de la autoridad.

5. Desarrollo de conductas corporativas y capacidad de integración.

6. Seguridad y firmeza personal.

7. Sentido de la iniciativa.

8. Neutralidad profesional.

9. Cualesquiera otros de análoga significación a los anteriormente referenciados.

Además, deberá realizarse un análisis global de la estructura de la personalidad, y, en caso de no ajustarse al perfil establecido, si el Técnico y el Tribunal lo consideran oportuno antes de la eliminación del opositor, dichas pruebas deberán contrastarse mediante entrevista.

La calificación de las pruebas psicotécnicas será de apto o no apto, debiendo superar como mínimo el aspirante, en el caso de los factores aptitudinales, 4 de los 6 factores a medir, debiendo superar en todos los casos el factor de agilidad mental.

Cuarto ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes.

Consistirá en un examen médico que garantice la idoneidad de los aspirantes, con sujeción al siguiente Cuadro de Exclusiones Médicas, calificándose como apto o no apto.

Relación de exclusiones médicas:

Se considerarán no aptos para el trabajo de bombero aquellas personas afectadas de procesos infecciosos, tumorales, degenerativos, traumáticos, metabólicos, congénitos o de cualquier naturaleza que ocasionen alteraciones significativas del estado físico, funcional o psíquico, de carácter irreversible o reversible de forma incompleta, así como toda enfermedad orgánica, secuela de accidente o cualquier deficiencia física o psíquica que, a juicio del Servicio de Prevención de este Ayuntamiento, pueda constituir una dificultad en la práctica profesional y que determine o pueda determinar la previsible evolución del proceso en cualquiera de las situaciones que se describen a continuación.

El Servicio de Prevención de este Ayuntamiento podrá requerir a los aspirantes que aporten, en el plazo que se fije, los informes facultativos que se consideren necesarios para confirmar la idoneidad del aspirante. Dichos informes serán valorados por el Servicio de Prevención de este Ayuntamiento, conforme a su criterio y, en su caso, confirmados por el mismo.

1. Requisitos mínimos biométricos:

- Talla mínima: Hombres: 1,67 cm. Mujeres: 1,65 cm.

- Peso: No superior, ni inferior al 15% del teórico ideal, calculado mediante la fórmula siguiente:

Peso ideal = ((Talla cm. - 100 )+ Edad/4) x 0,9

- Dinamometría manual: Hombres: Superior o igual a 50 Kg.f en ambas manos. Mujeres: Superior o igual a 45 Kg.f en ambas manos.

- Dinamometría lumbar: Hombres: Superior o igual a 85 Kg.f. Mujeres: Superior o igual a 65 Kg.f.

- Capacidad vital: No inferior al 10% de la propia para edad, peso, talla y sexo.

2. Oftalmología:

- No padecer disminuciones de la agudeza visual inferiores a 2/3 en el ojo peor, medida sin corrección.

- No padecer patología que, a juicio del Tribunal pueda alterar el desarrollo de la función de bombero o agravarse con la misma, entre ellas:

- Retinopatía.

- Retinosis pigmentaria.

- Hemeralopía.

- Diplopía.

- Discromatopsias importantes.

- Glaucoma.

- Afaquias, pseudoafaquias.

- Subluxación de cristalino.

- Distrofia corneal progresiva o con disminución de la agudeza visual inferior a la permitida.

- Queratitis crónica.

- Alteraciones oculomotoras importantes.

- Dacriocistitis crónica.

- Párpados: Cualquier patología o defecto que impida la protección del ojo a la intemperie.

- Tumores oculares.

- Amputación importante del campo visual en ambos ojos.

- Queratotomía radial.

3. Otorrinolaringología.

- No se admitirá audífono.

- La agudeza auditiva conversacional no deberá sobrepasar pérdidas de entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios.

- No padecer:

Vértigo.

Dificultades importantes de la fonación.

Perforación timpánica.

4. Aparato locomotor:

a) Extremidades superiores:

- Hombro: requisitos mínimos: elevación y abducción completas del mismo (180º).

- Codo: requisitos mínimos: flexión 140º, extensión 0º, supinopronación de 0º a 180º.

- Muñeca: no padecer falta o pérdida de más de 1/3 de la falange distal del primer dedo de la mano, falta o pérdida de cualquier falange de cualquier dedo, excepto la falange distal del 5º dedo, falta de una mano o de cualquier parte de la misma, salvo los dedos según se describe anteriormente.

- No padecer pérdida de movilidad de algún dedo.

b) Extremidades inferiores:

- Cadera: requisitos mínimos: movilidad completa de caderas (extensión 0º, flexión 140º). No tener una extremidad inferior más corta que la otra (diferencia mayor de 1,5 cm.).

- Rodilla: requisitos mínimos: extensión completa, flexión 130º. No padecer lesiones articulares o ligamentosas reparadas o no.

- Tobillo: requisitos mínimos: dorso-extensión 60-0-20º.

- Pie: no padecer:

Pie cavo de 2º grado o superior.

Pie plano de 2º grado o superior.

Espondilolistesis.

Espondilolisis bilateral incompleta.

Espondilolisis unilateral completa.

Desnivelación del talón calcáneo superior en 10º en valgo o mayor de 5º en varo.

Hallus valgus.

Lesiones podológicas que dificulten la marcha o bipedestación.

Alteraciones ortopédicas importantes que, a juicio del Servicio Médico y de Prevención del Excmo. Ayuntamiento de Almería, imposibiliten la función.

Dedos: no padecer limitación de movimientos que dificulten andar, correr o saltar, falta de cualquier falange de cualquier dedo o dedos en garra que impidan llevar las botas de trabajo.

c) Columna vertebral:

No padecer:

- Escoliosis mayor de 20º.

- Cifosis importante.

- Costilla accesoria que produzca robo subclavicular.

- Hernia discal intervenida o no.

- Cualquier lesión de columna que, a juicio del Servicio Médico y de Prevención del Ayuntamiento de Almería, pueda dificultar el desarrollo de la función.

- Hiperlordosis.

- Espina bífida.

d) Enfermedades varias:

No padecer:

- Fracturas que dejen secuelas y dificulten la función.

- Osteomielitis.

- Osteoporosis.

- Condromalacia.

- Artritis.

- Luxación recidivante irreparable que impida las funciones de bombero.

- Parálisis muscular.

- Miotonía congénita.

- Cualquier otra enfermedad osteomuscular que limite la movilidad dificultando las funciones de bombero.

5. Aparato digestivo.

No padecer:

- Cirrosis.

- Hepatopatías crónicas.

- Pancreatitis crónica.

- Ulcera sangrante recidivante.

- Cualquier patología del aparato digestivo o intervenciones quirúrgicas que presenten secuelas funcionales con repercusiones orgánicas y que incidan negativamente en el desempeño de su trabajo.

- Hepatopatías agudas con repercusión enzimática importante.

- Hepatopatías crónicas y con marcadores positivos HC y/o HB.

6. Aparato cardiovascular.

No padecer:

- Hipertensión arterial mayor de 155/95 mn/Hg.

- Insuficiencia cardíaca.

- Infarto de miocardio, ni haberlo sufrido anteriormente.

- Coronaripatías.

- Arritmias importantes.

- Taquicardia sinusal permanente de más de 120 latidos por minuto.

- Flutter.

- Fibrilación.

- Síndrome de preexcitación.

- Bloqueo aurículo-ventricular de 2.º ó 3.º.

- Bloqueos de rama.

- Extrasístoles supraventriculares frecuentes.

- Valvulopatías.

- No se admitirán prótesis valvulares.

- Aneurismas cardíacos o de grandes vasos.

- Insuficiencia arterial periférica.

- Varices. Dilataciones venosas de cualquier otra etiología que, a juicio del Servicio Médico y de Prevención Municipal, puedan dificultar el desarrollo de la funciòn. Lesiones cutáneas por trastornos vasculares. Insuficiencia venosa periférica que produzca signos de éxtasis al esfuerzo. Alteraciones tróficas varicosas importantes a juicio del examinador.

- Secuelas post-tromboembólicas.

- Defectos y deformidades de los dedos y/o manos producidos por problemas de circulación, que sean sintomáticos o dificulten la realización satisfactoria de sus funciones.

7. Aparato respiratorio.

No padecer:

- Disminución del VEMS por debajo del 80 por ciento.

- EPOC.

- Asma bronquial.

- Atelectasia.

- Enfisema.

- Neumotórax recidivante.

- Otros procesos respiratorios que incidan negativamente en las prácticas físicas a realizar y en las tareas específicas de bombero.

8. Sistema nervioso central.

No padecer:

- Parkinson. Corea o Balismo.

- Epilepsia.

- Esclerosis múltiple.

- Ataxia.

- Arterioesclerosis cerebral sintomática.

- Vértigo de cualquier etiología.

- Alteraciones psiquiátricas de base o neurológicas, que impidan el desempeño de las funciones de bombero.

- Cualquier grado de hiposmia.

9. Piel y faneras.

No padecer:

- Cicatrices que produzcan limitación funcional importante y aquellos procesos patológicos que, a juicio del Servicio Médico y de Prevención de este Ayuntamiento, limiten o se agraven con el desempeño de la función de bombero.

- Procesos infectocontagiosos o parasitarios que impidan el desempeño de las funciones de bombero.

- Dermatopatías alérgicas o de contacto a productos o elementos comunes en el trabajo.

10. Otros procesos patológicos que impidan el normal desempeño de las funciones correspondientes.

No padecer:

- Diabetes tipo I o II.

- Diabetes insípida.

- Enfermedad de Cushing.

- Enfermedad de Addison.

- Insuficiencia renal crónica.

- Falta de un riñón.

- Enfermedades renales evolutivas.

- Anomalías renales que causen insuficiencia renal o susceptible de causarla, así como aquéllos que contraindiquen una actividad física moderada o elevada.

- Incontinencia.

- Vejiga neurógena.

- Colpocele y demás alteraciones del sistema genitourinario que signifiquen incapacidad valorable para el normal desarrollo de la actividad.

- Hemopatías crónicas graves.

- Pruebas analíticas compatibles con patología de base.

- Tumores malignos invalidantes.

- Tuberculosis activa.

- Hernia inguinal.

- Análisis de orina: albuminuria y/o cilindruria.

- Trastornos de conducta que, a juicio del Servicio Médico y de Prevención de este Ayuntamiento, puedan alterar la capacidad del aspirante para realizar el trabajo o que dificulten la convivencia social que éste exige.

11. Alcoholismo y drogodependencia. No padecer alcoholismo ni otras toxicomanías que puedan interferir en el normal desarrollo de la actividad.

12. Cualquier proceso patológico o característica somática que, a juicio del Servicio de Prevención de este Ayuntamiento, dificulte o impida el desarrollo de las funciones de bombero.

13. Parámetros analíticos:

Las anomalías analíticas que no respondan de patología anteriormente citada se considerarán excluyentes cuando la desviación de los valores medios sea de nivel moderado, intenso o superior.

Quinto ejercicio: de carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes.

Consistirá en una prueba de conducción sobre autobomba o similar, del Servicio de Extinción de Incendios y Salvamento del Excmo. Ayuntamiento de Almería, en el circuito y condiciones que establezca el Tribunal, dentro de la ciudad de Almería. Para la realización de esta prueba será requisito indispensable el conocimiento del callejero del término municipal de Almería, así como la presentación de los permisos C y BTP, exigidos en la convocatoria, sin los cuales no podrá realizar la prueba, siendo eliminado el aspirante de la oposición.

Se calificará de apto o no apto.

La puntuación total del proceso selectivo, vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición.

La relación de aprobados se hará pública, por el Tribunal, por orden de puntuación, en el Tablón de Edictos de la Corporación, sin que, en ningún caso, pueda aprobarse ni declararse que ha superado las pruebas selectivas un número de aspirantes superior al de las plazas convocadas, de conformidad con lo establecido en el párrafo quinto del art. 18 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido, será nula de pleno derecho.

El Tribunal elevará la relación de aprobados, junto con la propuesta de nombramiento como bombero, en prácticas, al Alcalde de la Corporación, quien dictará Resolución al respecto.

C) Período de prácticas:

Los aspirantes que hayan obtenido nombramiento en prácticas, permanecerán en dicha situación durante un período de tres meses. Para obtener el nombramiento como funcionario de carrera, los aspirantes deberán superar con aprovechamiento el período de prácticas, durante el que recibirán la instrucción teórico-práctica adecuada y suficiente para su inicio en la profesión de bombero.

Los aspirantes que superen el período de prácticas, previas las pruebas y ejercicios que se estimen pertinentes, serán nombrados por la Alcadía funcionarios en propiedad, debiendo tomar posesión en el plazo de 30 días, a contar del siguiente al que le sea notificado el nombramiento como funcionario de carrera, prestando juramento o promesa de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/79, de 5 de abril. Será computable a efectos de antigüedad el período de prácticas.

P R O G R A M A

BLOQUE I

Materias comunes

1. La Constitución Española de 1978: antecedentes. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales de los españoles.

2. Régimen local español: clases de Entidades Locales. Organización municipal. Competencias municipales. Referencia a la organización del Ayuntamiento de Almería.

3. Personal al servicio de las Entidades Locales. Los funcionarios públicos: clases. Selección. Situaciones administrativas. Provisión de puestos de trabajo. Derechos del personal al servicio de los Entes Locales. Deberes del personal al servicio de los Entes Locales.

4. Los derechos de los ciudadanos ante la Administración Pública. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración, con especial referencia a la Administración Local.

BLOQUE II

Materias específicas

5. Naturaleza del Fuego: condiciones para que se produzca un fuego. Origen. Propagación. Condiciones para la extinción. Los combustibles: características. Calor: conceptos de calor y temperatura. Escalas de temperatura. Transmisión del calor: conducción, radiación y convección.

6. Teoría de incendios. Combustión. Temperatura de inflamabilidad. Triángulo y tetraedro del fuego. Mecanismos básicos de extinción: desalimentación, sofocación, enfriamiento y corte de la reacción en cadena de la llama. Tipos de incendios: con brasas, de combustibles líquidos, de gases, de metales. Autoinflamación.

7. Agentes extintores: sólidos, líquidos y gaseosos. Descripción y características. Tipos y aplicación. Uso y manejo. Seguridad, mantenimiento y caducidad. Contraindicaciones.

8. Equipos de protección personal. Equipos de respiración autónoma. Principios generales de la protección personal. Clasificación, tipos y características de las prendas. Protecciones de personal no especializado.

9. Equipos y materiales contra incendios. Clasificación. Características. Usos.

10. Incendios forestales. Descripción, características, sistemática de actuación. Incendio industrial. Descripción, características, sistemática de actuación, tren de socorro. Plan INFOCA.

11. Edificación. Instalaciones. Materiales. Partes de la edificación. Elementos estructurales. Instalaciones de servicio en los edificios. Instalaciones de protección contra incendios en edificios.

12. Mercancías peligrosas. Concepto de mercancía peligrosa y clases. Materias comburentes, tóxicas, corrosivas y radiactivas. Líquidos inflamables. Sólidos inflamables. Gases. Paneles y etiquetas usuales en el transporte. Materiales y herramientas de intervención. Intervenciones tipo.

13. Vehículos. Motobombas. Autobombas. Vehículos de altura. Vehículos auxiliares. Seguridad vial: conducción en los vehículos de emergencia.

14. Medidas provisionales para la actuación en situaciones de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública. Rescate en accidentes de tráfico. Materiales de rescate, liberación y evacuación. Secuencia general de actuación. Protección civil: contenido y organización.

15. Mecánica. Magnitudes. Medidas y unidades. Movimiento: velocidad y aceleración. Fuerzas, composición, peso, centro de gravedad. Trabajo y potencia. Energía y sus tipos. Estados de la materia. Cambios de estado. Máquinas fundamentales: polea, torno, palanca y plano inclinado.

16. Electricidad. Conceptos de corriente eléctrica, tensión, intensidad, resistencia, Ley de Ohm, potencia eléctrica, circuitos eléctricos, clases de corriente y máquinas eléctricas. Elementos característicos de las instalaciones de alta y baja tensión. Riesgo eléctrico.

17. Hidráulica. Conceptos de presión, caudal y sus unidades de medida. Conceptos de presión atmosférica. Principio de Pascal, velocidad de circulación de agua en conductos cerrados, formas de energía hidráulica, pérdidas de carga, presión necesaria en bomba, fuerza de reacción en lanzas de agua y altura máxima de aspiración. Capacidad de agua en una manguera. Bombas. Conceptos de golpe de ariete, cavitación, cebado de una bomba.

18. Técnicas gráficas. Interpretación de planos. Planos de construcción e instalaciones. Escalas. Símbolos normalizados o usuales. Cartografía. Conceptos fundamentales. Sistemas de representación. Escalas. Curvas de nivel. Formas del terreno. Distancias. Perfiles. Angulos. Determinación de ángulos. Orientación.

19. Transmisiones. Sistemas de comunicaciones en los Servicios Contra Incendios. Clasificación de las ondas. Sistemas de radio-transmisión. Características de operatividad. Redes y mallas de radio. Centros de coordinación y comunicación. Códigos de radio. Normas de uso y disciplina de radio.

20. Socorrismo. Concepto. Principios generales del socorrismo. Primeros auxilios. Heridas. Traumatismos. Quemaduras. Pautas generales de actuación en accidentes. Fisiología del sistema cardiorespiratorio. Evaluación inicial del paciente. Los signos vitales. Apertura y mantenimiento de las vías aéreas. RCP. Manipulación y transporte de heridos, posiciones de espera y de transporte, según la patología.

21. Seguridad en el trabajo. Protección personal y colectiva. Sistemas de prevención y protección del accidente de trabajo.

Almería, 30 de mayo de 2006.- El Alcalde, P.D. La Concejal Delegada del Area de Recursos Humanos, Organización y Desarrollo, Rebeca Gómez Gázquez.

Secretario: Un funcionario de la Sección de Personal, con voz y sin voto.

La composición de los Tribunales será predominantemente técnica y los vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

15. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir cuando concurran las circunstancias previstas en el art. 28 de la Ley 30/92, o si hubieran realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso a la Función Pública en los 5 años anteriores a la publicación de esta convocatoria. Asimismo, los aspirantes podrán recusar en cualquier momento, a los miembros de los Tribunales cuando concurran las circunstancias previstas anteriormente.

16. Los Tribunales no podrán constituirse ni actuar sin la presencia de, al menos, la mitad más uno de sus miembros. Quedan autorizados para resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para la tramitación y buen orden de las convocatorias.

17. Los Tribunales podrán estar asistidos de los asesores necesarios, que se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas y actuarán con voz y sin voto.

18. Los miembros de los tribunales y sus asesores serán indemnizados por el concepto de asistencias por participación en procesos de selección, clasificándose atendiendo al Grupo de pertenencia de las plazas convocadas, en las categorías primera a tercera, conforme a lo dispuesto en el art. 30 del R.D. 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio.

VI. PROCEDIMIENTO DE SELECCION DE LOS ASPIRANTES

19. El sistema de provisión de las plazas convocadas será por concurso-oposición libre y constará de dos fases. Se llevarán a cabo conforme a las normas indicadas en las Bases VII y VIII de esta convocatoria, salvo que se especifique otro desarrollo distinto en su Anexo correspondiente.

VII. DESARROLLO DE LA FASE DE CONCURSO

20. Se celebrará previamente a la fase de Oposición, no teniendo carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase Oposición.

21. Los aspirantes deberán presentar junto con la solicitud de participación en la respectiva convocatoria, el impreso de autobaremación, modelo S-201, que se facilita con las presentes bases, cumplimentado de conformidad con el baremo para las plazas de turno libre que se detalla en la Base 22 apartado A) de esta convocatoria, así como cuantos documentos sean necesarios para acreditar los méritos que aleguen. Los méritos estarán referidos al trabajo desarrollado, los cursos de formación superados o impartidos en centros oficiales de formación, las titulaciones académicas, en su caso, la antigüedad, así como, otros méritos adecuados a las condiciones reales y particulares de las plazas que determinen la idoneidad de los aspirantes. Se entenderán como documentos acreditativos de los méritos los certificados oficiales expedidos por los órganos competentes de la Admón. Pública en materia de Personal; certificados de empresa, contratos u otros documentos válidos oficialmente, según se especifica detalladamente en el baremo de esta convocatoria.

En la valoración de la fase concurso no se tendrá en cuenta la documentación que no se presente en la forma requerida en las presentes bases, ni la que acredite méritos o complemente otros ya aportados y se presenten concluido el plazo de admisión de solicitudes.

22. El baremo para calificar los méritos alegados en la fase de concurso para el acceso a plazas del turno libre será el que a continuación se detalla:

A) Baremo:

1. Méritos Profesionales:

1.1. Por cada mes completo de servicios prestados por cuenta ajena en cualquiera de las Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual o similar naturaleza, que se acreditará mediante certificación expedida por la Secretaría General o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal: 0,05 puntos.

1.2. Por cada mes completo de servicios prestados en empresas públicas o privadas, con contrato laboral por cuenta ajena, en plaza o puesto de igual o similar naturaleza al convocado, que se acreditará mediante contrato de trabajo, acompañado de certificación de cotizaciones a la Seguridad Social, correspondiente al período de contrato: 0,02.

No se computarán servicios prestados simultáneamente con otros igualmente alegados, ya sea en Administración Pública o empresa pública o privada y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

2. Méritos Académicos:

Se valorarán los títulos académicos oficiales siempre que se encuentren relacionados con la materia propia de la titulación exigida para las plazas convocadas, no teniéndose en cuenta, a efectos de valoración, las titulaciones exigibles para cada convocatoria. El título superior que se alegue excluirá en cuanto a su posible valoración a los inferiores comprendidos en el mismo por razón de la materia. La valoración se hará de acuerdo con la siguiente proporción, siempre que el anexo correspondiente de las convocatorias no disponga lo contrario:

Plazas del Grupo A:

2.1. Grado de doctor en materia propia de la titulación exigida para la plaza/puesto, 1,00 punto.

2.2. Otra Licenciatura en la misma área de conocimientos u otra especialidad en la titulación exigida para la plaza/puesto, 1,00 punto.

2.3. Por estar en posesión del título de Experto Universitario en un área de conocimientos directamente relacionada con la plaza/puesto a que se opta, 0,50 puntos.

2.4. Por estar en posesión de la Suficiencia Investigadora en materia directamente relacionada con la plaza/puesto a que se opta, 0,50 puntos.

Plazas del Grupo B:

2.5. Grado de doctor en materia propia de la titulación exigida para la plaza/puesto, 1,00 punto.

2.6. Licenciatura en la misma área de conocimientos u otra especialidad en la titulación exigida para la plaza/puesto, 1,00 punto.

2.7. Otra Diplomatura en la misma área de conocimientos u otra especialidad en la titulación exigida para la plaza/puesto, 1,00 punto.

2.8. Por estar en posesión del título de Experto Universitario en un área de conocimientos directamente relacionada con la plaza/puesto a que se opta, 0,50 puntos.

2.9. Por estar en posesión de la Suficiencia Investigadora en materia directamente relacionada con la plaza/puesto a que se opta, 0,50 puntos.

Plazas del Grupo C:

2.10. Diplomatura en la misma área de conocimientos u otra especialidad en la titulación exigida para la plaza/puesto a que se opta, 1,00 punto.

Plazas del Grupo D:

2.11. Bachiller Superior/Formación Profesional de Segundo Grado u otra especialidad de F.P. I en la misma área de conocimiento que los exigidos para la plaza/puesto, en los supuestos en que se exija la de Primer Grado, 1,00 punto.

Plazas del Grupo E:

2.12. Graduado Escolar/Formación Profesional de Primer Grado, que guarde relación con el área de conocimientos exigidos para la plaza/puesto, en los supuestos en que aquélla no se exija, 1,00 punto.

3. Cursos de formación:

Se valorarán los cursos, seminarios, congresos o jornadas de especialización, en materia relacionada con las plazas que se convocan, impartidos o recibidos por centros o instituciones oficiales: Universidad, Administración Pública o Corporaciones de Derecho Público (Colegios Profesionales, etc.), o bien, por institución pública o privada (Asociación Empresarial, Sindicato, etc.) en colaboración con una Administración Pública, así como aquéllos incluidos en el Acuerdo para la Formación Continua en las Administraciones Públicas, con arreglo al siguiente baremo:

- Por la participación como asistente, 0,005, por cada hora de duración.

- Por la participación como ponente o por impartir un curso, 0,010 puntos por cada hora de duración.

Los cursos en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima de 0,005 puntos ó 0,010 en cada caso. En la acreditación de seminarios permanentes que duren un curso lectivo deberán especificarse el número de horas, en caso contrario se valorarán con la puntuación mínima. En el supuesto de que la duración del curso se exprese en días, se establece una equivalencia de 5 horas por cada día de curso.

4. Superación de pruebas selectivas:

4.1. Haber aprobado todos los ejercicios de pruebas selectivas celebradas en el ámbito de las Administraciones Públicas para cubrir permanentemente plazas o puestos iguales a los que se pretende acceder y obtenido plaza, 1,00 punto por cada selección. De no obtener plaza, se considerará como superación de pruebas para plazas de carácter temporal.

4.2. Haber aprobado todos los ejercicios de pruebas selectivas celebradas en el ámbito de las Administraciones Públicas para cubrir temporalmente plazas o puestos iguales a los que se pretende acceder, 0,50 puntos por cada selección.

B) Aplicación del concurso.

23. Los puntos obtenidos en la fase de concurso (cuando el acceso sea por concurso-oposición) se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer el orden definitivo de aprobados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar los ejercicios de la fase de oposición.

24. Para una puntuación total, en la fase de oposición, de treinta puntos, la puntuación máxima que se podrá obtener en la fase de concurso en cada apartado del baremo será la siguiente:

- Méritos profesionales: (en todo caso, puntuación máxima 4,00)

En la Admón. Pública: 4,00.

En la empresa pública o privada: 2,00.

- Méritos académicos: 1,00 punto.

- Cursos: 1,00 punto.

- Superación de pruebas: 1,50 puntos.

Puntuación máxima total: 7,50 puntos.

Para una puntuación total, en la fase de oposición, de veinte puntos, la puntuación máxima que se podrá obtener en la fase de concurso en cada apartado del baremo será la siguiente:

- Méritos profesionales: (en todo caso, puntuación máxima 2,00)

En la Admón. Pública: 2,00.

En la empresa pública o privada: 1,00.

- Méritos académicos: 1,00 punto.

- Cursos: 0,50 puntos.

- Superación de pruebas: 1,00 punto.

Puntuación máxima total: 4,50 puntos.

C) Justificación de los méritos alegados.

25. La documentación que habrá de presentarse para justificar los méritos que se alegan para su valoración con arreglo al baremo indicado en el punto A será la siguiente, en cada caso:

1. Experiencia profesional.

1.1. La experiencia profesional en plaza o puesto de igual o similar contenido fuera del ámbito de la Administración Pública se justificará aportando los siguientes documentos:

- Contrato de trabajo correspondiente al período que se alega.

- Informe de vida laboral de la Seguridad Social.

1.2. La experiencia profesional en plaza o puesto de igual contenido en el ámbito de la Administración Pública se justificará:

- Aportando la documentación indicada en el apartado 1.1 ó,

- Presentando certificación expedida por la Secretaría General o cualquier otro órgano de la Administración con competencias en materia de personal, donde constarán los siguientes datos:

Denominación de las plazas y de los puestos de trabajo que hayan desempeñado con expresión del tiempo que los haya ocupado.

Dependencias a las que estén adscritos dichos puestos.

Relación jurídica que ha mantenido o mantiene en el desempeño de los puestos con la Administración.

1.3. En los dos apartados del punto 1 del baremo, para acreditar que se ocupa o se ha ocupado plaza o puesto de igual o similar contenido, cuando no coincida la denominación de los que se hayan ocupado con el de la plaza o puesto al que se opta, el interesado habrá de adjuntar certificado en el que consten las funciones desarrolladas, para justificar que son iguales o similares a las que la relación de puestos de este Ayuntamiento asigna a la mencionada plaza o puesto.

2. Expediente académico.

Para acreditar los méritos señalados en el punto 2 del baremo habrá de aportarse certificación académica personal o, en su caso, el título o resguardo del abono de los derechos por su expedición.

3. Cursos y Seminarios, Congresos y Jornadas.

Para acreditar los méritos señalados en el punto 3 del baremo habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la Universidad o Administración Pública organizadora del curso, seminario, congreso o jornada, o en colaboración con la cual se haya realizado la actividad formativa, en la que conste:

- Denominación del curso, seminario, congreso o jornada.

- Número de horas/días de duración.

- Concepto en el que participó el aspirante.

En todo caso habrá de tenerse en cuenta que sólo se valorarán cursos, seminarios, congresos o jornadas relacionadas con las funciones a desarrollar en este Ayuntamiento en el puesto/plaza de que se trate.

En el supuesto de cursos organizados por los sindicatos al amparo de los planes anuales de Formación Continua del personal al servicio de la Administración Pública, habrá de aportarse certificación del órgano competente de la mencionada institución donde consten los extremos antes indicados y la convocatoria de Formación Continua a la que pertenezca el curso.

4. Superación de pruebas selectivas.

En los dos supuestos previstos en el punto 4 del baremo para justificar la superación de pruebas selectivas habrá de aportarse certificación en la que conste este extremo, indicando asimismo:

- Procedimiento de selección: oposición o concurso-oposición.

- Carácter temporal o permanente de la provisión.

- Publicidad: fecha de publicación en los diarios oficiales o medios de comunicación.

- Número de ejercicios de que consta la fase de oposición.

- Superación de todos los ejercicios de las correspondientes pruebas selectivas.

- Si se ha obtenido o no plaza.

VIII. DESARROLLO DE LA FASE DE OPOSICION

26. Se celebrará con posterioridad a la fase de concurso y su desarrollo y calificación se ajustará a las siguientes normas, salvo que se especifique otro desarrollo en su Anexo correspondiente:

27. Constará de dos o tres ejercicios, según determine su anexo correspondiente. La celebración del primer ejercicio de las pruebas selectivas, dará comienzo a partir de la segunda quincena del mes de octubre de 2006, determinándose con la publicación de las listas de admitidos en el Boletín Oficial de la Provincia la fecha, lugar y hora de celebración del mismo, que se realizará, como mínimo, con 15 de días de antelación a la fecha de su celebración.

28. En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 17 del R.D. 364/95, de 10 de marzo, la actuación de los aspirantes, en aquellos ejercicios que no puedan realizarse de forma conjunta, se iniciará por la letra del primer apellido que resulte del sorteo público que se celebre al efecto, cuyo resultado será publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería. Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los sucesivos anuncios de la celebración de las restantes pruebas en el Boletín Oficial de la Provincia. Estos anuncios se harán públicos por el Tribunal, en el Tablón de Edictos de la Corporación, con doce horas, al menos, de antelación al comienzo de las mismas, si se trata del mismo ejercicio o 24 si se trata de otro distinto.

29. Desde la terminación de un ejercicio y el comienzo del siguiente, deberá transcurrir un plazo mínimo de 72 horas y máximo de 45 días naturales.

30. Los opositores serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, salvo caso de fuerza mayor, debidamente justificada y apreciada por el Tribunal, siendo excluidos de la oposición los aspirantes que no comparezcan.

31. Comenzada la práctica de los ejercicios, cada Tribunal podrá requerir en cualquier momento a los opositores para que acrediten su personalidad.

32. Este sistema selectivo constará de dos o tres ejercicios de carácter obligatorio, según su anexo correspondiente, siendo uno de ellos de tipo práctico, que ponga de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes. En aquellos ejercicios que por las especiales características de la convocatoria sea necesario, podrán los aspirantes disponer de legislación y material específico durante el desarrollo de la prueba.

33. Los ejercicios que se realicen por escrito y no sean de carácter práctico, serán leídos públicamente por los aspirantes ante el Tribunal. Si se trata de ejercicios para desarrollar por escrito temas de carácter general, salvo que en su anexo correspondiente se prevea otro desarrollo distinto, se extraerán al azar dos temas relacionados con el programa contenido en los anexos de cada una de las convocatorias. Los ejercicios para desarrollar temas concretos, se extraerán al azar las bolas correspondientes a los mismos. Se valorarán los conocimientos sobre las cuestiones planteadas, la claridad y orden de ideas y la capacidad de síntesis del aspirante.

34. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que durante la corrección de los ejercicios no se conozca la identidad de los aspirantes, quedando automáticamente anulados los ejercicios en los cuales consten marcas o signos de los aspirantes.

IX. CALIFICACION DE LOS EJERCICIOS

35. Los ejercicios, todos ellos de carácter eliminatorio, se calificarán de 0 a 10 puntos. La puntuación de cada aspirante en los diferentes ejercicios será la media aritmética de las calificaciones de los miembros del Tribunal, eliminándose de este cálculo la mayor y la menor puntuación otorgadas. No serán calificados aptos los aspirantes que no alcancen un mínimo de cinco puntos en cada uno de ellos.

36. Las calificaciones de cada ejercicio se harán públicas, exponiéndose en el tablón de edictos de la Corporación.

37. La calificación final de esta fase será el resultado de la suma de los puntos obtenidos en cada uno de los ejercicios de la oposición.

X. CALIFICACION GLOBAL

38. Esta será el resultado de la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso y la obtenida de la fase de oposición.

39. En los casos en que se produzca empate en la puntuación obtenida por los aspirantes, se resolverá atendiendo al mayor tiempo de servicios prestados, por el orden de preferencia que se relaciona:

1. En el Ayuntamiento de Almería

2. En plaza o puesto igual o similar en el Ayuntamiento de Almería

3. En plaza o puesto igual o similar en otras Administraciones Públicas

4. En plaza o puesto igual o similar en empresas públicas o privadas

5. Por sorteo o entrevista con los aspirantes, a criterio del tribunal

XI. RELACION DE APROBADOS

40. Concluido el proceso selectivo, cada Tribunal publicará en el Tablón de Edictos de la Corporación la relación de aprobados por orden de puntuación, con indicación de las calificaciones otorgadas en cada prueba y el resultado final, sin que, en ningún caso, el Tribunal, pueda declarar como aprobados ni proponer a un número mayor de candidatos superior al de las plazas convocadas, de conformidad con lo establecido en el párrafo quinto del art. 18 de la Ley 30/84, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública. Cualquier propuesta de aprobados que contravenga lo anteriormente establecido, será nula de pleno derecho.

41. Seguidamente, cada Tribunal elevará la relación de aprobados, junto con la propuesta de nombramiento como funcionarios de carrera al Presidente de la Corporación, quien dictará Resolución al respecto.

42. Las Resoluciones de los Tribunales tendrán carácter vinculante para la Administración Municipal, sin perjuicio de que ésta, en su caso, proceda a su revisión conforme a lo establecido en el ordenamiento jurídico.

43. El Tribunal queda facultado para resolver cuantas dudas puedan presentarse y adoptar resoluciones, criterios y medidas, en relación con aquellos aspectos no regulados en la presente convocatoria o en la legislación vigente.

44. Contra la propuesta del Tribunal, los interesados podrán interponer Recurso de Alzada ante el Alcalde-Presidente, en el plazo de un mes, contado desde el siguiente a la fecha de exposición del anuncio de la propuesta del Tribunal en el Tablón de edictos de este Excmo. Ayuntamiento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Todo ello sin perjuicio de ejercitar cualquier otro que estimen pertinente.

XII. PRESENTACION DE DOCUMENTOS

45. Los aspirantes propuestos, dentro del plazo de 20 días naturales desde que se haga pública la propuesta del Tribunal, aportarán los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la base segunda de la convocatoria en la Sección de Personal de este Excmo. Ayuntamiento, que a continuación se relacionan:

- Fotocopia compulsada del Título exigido en los anexos de cada convocatoria

- Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas

- Declaración jurada de no desempeñar puesto de trabajo retribuido en cualquier Administración Pública, referido al día de toma de posesión, ateniéndose a lo dispuesto en el art. 10 de la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones Públicas, ni actividad privada sujeta a reconocimiento de compatibilidad

- Fotocopia compulsada del DNI.

46. Quienes dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en su solicitud.

47. Quienes tuvieran la condición de funcionarios públicos estarán exentos de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar únicamente certificación que acredite su condición y cuantas circunstancias consten en su expediente personal.

48. La toma de posesión como funcionarios de carrera estará supeditada a informe médico favorable expedido por el Servicio de Prevención de este Ayuntamiento, en el que se acredite no padecer enfermedad ni defecto físico que le impida el desempeño de sus funciones.

XIII. BASE FINAL

49. La presente convocatoria y sus bases y cuantos actos se deriven de las mismas, podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma establecida en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común. A los efectos de plazos de posibles recursos contra estas Bases, será determinante la fecha de publicación de las mismas en el Boletín Oficial de la Provincia.

Contra las presentes bases se podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que las dictó en el plazo de un mes, de conformidad con lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de dicho orden jurisdiccional de Almería, en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en el artículo 46, en relación con el artículo 8, ambos de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

50. Para lo no previsto en la presente convocatoria será de aplicación la Ley 7/85, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, el R.D. 781/86, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por R.D. 364/95, de 10 de marzo, el R.D. 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Admón. Local, el Reglamento de Provisión de puestos de trabajo y movilidad, ingreso y promoción interna del personal al servicio del Ayuntamiento de Almería, aprobado por acuerdo Pleno de 6 de mayo de 2002 (BOP 22.8.2002), modificado por acuerdo de fecha 11 de mayo de 2005 (BOP 16.6.2005) y demás disposiciones vigentes en esta materia.

51. Se otorga un plazo de tres meses, desde la publicación de la relación de aprobados, para que los interesados puedan retirar su documentación, si lo estiman conveniente, para lo cual deberán proceder a solicitarlo por medio del Registro General del Ayuntamiento de Almería o por los medios previstos en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y pasar a recogerla en la Sección de Recursos Humanos, sita en la 5.ª planta de la calle Marín núm. 1, de esta ciudad. Pasado el plazo establecido se procederá a la destrucción de la documentación por este Ayuntamiento.

52. La precedente convocatoria general, bases y sus anexos correspondientes, han sido aprobadas por Resolución del Alcalde de esta Corporación el día 30 de mayo de 2006, mediante delegación otorgada a la Sra. Concejal Delegada del Area de Recursos Humanos, Organización y Desarrollo, Dña Rebeca Gómez Gázquez, en fecha 27 de junio de 2003.

ANEXO NUMERO UNO

CONVOCATORIA DE SEIS PLAZAS DE ARQUITECTO SUPERIOR, GRUPO A

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, como funcionarios de carrera, de seis plazas de Arquitecto Superior, encuadradas en la escala de Admón. Especial, subescala Técnica, clase Técnicos Superiores, pertenecientes al Grupo A, por el sistema de acceso de Concurso-Oposición, turno libre, tres de ellas correspondientes a la OEP de 2002, publicada en el BOE núm. 242, de 9 de octubre de 2002 y otras tres a la OEP de 2004, publicada en el BOE núm. 136, de 5 de junio de 2004.

A) Requisitos específicos:

2. Poseer la titulación de Arquitecto o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

B) Proceso Selectivo:

3. El proceso de selección será el de Concurso-Oposición libre, desarrollándose el mismo conforme a lo dispuesto en la Base VI de la convocatoria y bases generales, con las siguientes particularidades:

a) Fase de Concurso: Esta fase se calificará aplicando el baremo de la Base VII de la convocatoria y bases generales.

b) Fase de Oposición: Se ajustará conforme a lo previsto en la Base VIII de la convocatoria y bases generales, desarrollándose los ejercicios como a continuación se especifica:

Primer ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período de tres horas y media, un epígrafe elegido por el Tribunal de un tema del bloque I, así como un tema del bloque II y otro del bloque III del programa que acompaña esta convocatoria.

Todos los temas serán extraídos al azar, en presencia de los aspirantes.

El ejercicio será leído por los opositores, en sesión pública, ante el Tribunal.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Segundo ejercicio. De carácter obligatorio y eliminatorio para todos los aspirantes. Consistirá en desarrollar por escrito, durante un período de tres horas, un tema del Bloque IV y otro del Bloque V del programa. Los temas serán extraídos al azar en presencia de los aspirantes.

El ejercicio será leído por los opositores, en sesión pública, ante el Tribunal.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

Tercer ejercicio. De carácter, igualmente, obligatorio y eliminatorio, consistirá en la realización de un trabajo o supuesto determinado por el Tribunal, que sea concerniente a las funciones correspondientes a la plaza de Arquitecto Superior, que pongan de manifiesto las aptitudes y capacidad profesional de los aspirantes durante un período de dos horas.

Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo eliminados los aspirantes que no alcancen un mínimo de 5 puntos.

P R O G R A M A

BLOQUE I

Materias Comunes

1. La Constitución Española de 1978: antecedentes y significado jurídico. Características y estructura. Principios generales. Derechos y deberes fundamentales.

2. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

3. La administración pública española. Administración General del Estado. Administración de la Comunidad Autónoma. Administración Local.

4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Clases de Leyes. Disposiciones del Ejecutivo con rango de Ley. El Reglamento y otras Disposiciones generales.

5. Los Derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Colaboración y participación de los ciudadanos en la Administración, con especial referencia a la Admón. Local.

6. El acto administrativo: concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Motivación. Eficacia y validez de los actos administrativos.

7. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo.

8. El procedimiento administrativo local. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

9. La responsabilidad de la Administración. Evolución histórica. Régimen actual.

10. Régimen Local español: principios constitucionales. Referencia a la organización del Ayuntamiento de Almería.

11. Organización municipal. Competencias municipales. Referencia a la organización del Ayuntamiento de Almería.

12. Ordenanzas y reglamentos de las Entidades Locales: clases. Procedimiento de elaboración y aprobación.

13. El servicio público local. concepto. Formas de gestión directa. Formas de gestión indirecta.

14. Los órganos colegiados locales: convocatoria, orden del día y requisitos de constitución. Funcionamiento. Actas y certificados de acuerdos.

15. Personal al servicio de la Entidad Local. Los funcionarios públicos: clases. Selección. Situaciones administrativas. Provisión de puestos de trabajo. El personal laboral: tipología y selección.

16. Derechos del personal al servicio de los Entes Locales. Deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. Régimen de Incompatibilidades.

17. Los contratos administrativos: concepto y clases. Elementos.

18. El Presupuesto de las Entidades Locales. Elaboración. Aprobación. Ejecución presupuestaria. Control y fiscalización.

BLOQUE II

Materias específicas

19. Los contratos administrativos. Elementos y condiciones de validez de los contratos. Las partes en la contratación administrativa.

20. Procedimiento de contratación: los pliegos de condiciones. Los procedimientos de adjudicación. Las formas o criterios de la adjudicación. Perfección y formalización de los contratos. Garantías de la contratación.

21. El contenido de la relación contractual: las prerrogativas de la Administración. Cumplimiento y resolución de los contratos. El derecho del contratista a ser compensado por las variaciones. La revisión de precios.

22. Los contratos administrativos típicos. El contrato de obra. El contrato de concesión de obra pública.

23. El contrato de gestión de servicios públicos.

24. El contrato de suministros.

25. Los contratos de consultoría y asistencia y de los servicios.

26. La legislación de viviendas de protección oficial.

27. Legislación andaluza en materia de montes y espacios naturales.

28. Legislación andaluza en materia de comercio interior. Procedimiento de autorización de una gran superficie comercial.

29. El ruido. Su regulación jurídica. Control y régimen jurídico.

BLOQUE III

30. La ordenación del territorio y urbanismo. Legislación andaluza en materia de ordenación del territorio.

31. El ordenamiento jurídico urbanístico español. Evolución desde la Ley del suelo de 1956. Principios rectores. Distribución de competencias en materia de urbanismo entre el Estado, Comunidades Autónomas y Municipio.

32. Los instrumentos de ordenación urbanística. El planeamiento general: objeto, determinaciones y documentación.

33. Los planes de ordenación intermunicipal. Los planes de sectorización. Las normativas directoras para la ordenación urbanística.

34. El planeamiento de desarrollo: los planes parciales, objeto, determinaciones y documentación.

35. El planeamiento de desarrollo: los planes especiales, objeto, determinaciones y documentación.

36. Los estudios de detalle y las ordenanzas municipales de edificación y de urbanización.

37. Elaboración de los instrumentos de ordenación urbanística: competencia, actos preparatorios y formulación de estudios previos. Tramitación e innovación del planeamiento general.

38. La clasificación del suelo y régimen jurídico del mismo. Régimen jurídico de los propietarios de suelo urbano y urbanizable.

39. Régimen jurídico del suelo no urbanizable. Las actuaciones de interés público.

40. Los instrumentos de intervención en el mercado del suelo. El patrimonio municipal del suelo: bienes que lo integran, finalidad, explotación y administración.

41. La ejecución de los instrumentos de planeamiento: presupuestos previos a la actividad de ejecución urbanística.

42. Los sistemas de actuación: el sistema de expropiación.

43. El sistema de cooperación.

44. El sistema de compensación. El agente urbanizador.

45. Los convenios urbanísticos de planeamiento y de gestión. Elementos, características y límites.

46. Las formas de gestión de la actividad administrativa de ejecución. En especial de las gerencias urbanísticas.

47. Las formas de gestión de la actividad administrativa de ejecución. En especial las gerencias urbanísticas.

48. La reparcelación: principios, criterios y efectos.

49. La normalización de fincas.

50. La expropiación forzosa asistemática. Procedimiento, retasación, reversión.

51. Los criterios de valoración del suelo urbano, urbanizable y no urbanizable.

52. Las licencias urbanísticas: concepto, naturaleza. Actos sujetos. Actos no sujetos. Licencias de usos y obras provisionales.

53. Las licencias urbanísticas: procedimiento. Silencio positivo.

54. Obras no sujetas a licencia por su carácter supramunicipal. Las grandes obras públicas de interés general.

55. Las áreas de reparto y el aprovechamiento urbanístico. Las transferencias de aprovechamiento. Las parcelaciones.

56. La ejecución de obras de edificación: edificación de parcelas y solares. Presupuestos de la edificación. Ejecución mediante motivación por incumplimiento del deber de edificación. Concurso para la sustitución del propietario incumplidor. Incumplimiento del adjudicatario del concurso.

57. El deber de conservación de las obras de urbanización. Recepción de las obras de urbanización. La entidad urbanística de conservación.

58. Deber de conservación y rehabilitación de los inmuebles en general. La inspección periódica de construcciones y edificaciones. Ordenes de ejecución de obras de conservación y mejora.

59. Situación legal de ruina urbanística: concepto, clases, procedimiento. La ruina física inminente.

60. La Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación. Exigencias técnicas y administrativas de la edificación. Agentes de la edificación. Responsabilidades y garantías.

BLOQUE IV

61. La protección de la legalidad urbanística y del restablecimiento del orden jurídico perturbado. El restablecimiento del orden jurídico perturbado y reposición de la realidad física alterada.

62. La relación entre las actuaciones de protección de la legalidad y el procedimiento sancionador. Las competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de protección de la legalidad y de disciplina urbanística.

63. Las licencias u órdenes de ejecución incompatibles con la ordenación urbanística.

64. Las infracciones urbanísticas y sus consecuencias. Las personas responsables.

65. La competencia y el procedimiento en materia de disciplina urbanística. Las reglas para la exigencia de responsabilidad sancionadora y la aplicación de las sanciones.

66. Las infracciones urbanísticas y las sanciones. La prescripción de infracciones urbanísticas y sanciones.

67. Las infracciones y las sanciones en materia de parcelación y en materia de ejecución.

68. Las infracciones y las sanciones en materia de edificación y uso del suelo.

69. Las infracciones y las sanciones en materia de bienes y espacios del patrimonio arquitectónico, histórico, cultural, natural y paisajístico y en materia de inspección.

70. La legislación sectorial con influencia en urbanismo: la legislación de carreteras. Delimitación y limitaciones a la propiedad colindante.

71. La legislación en materia de ferroviaria y en afectación a la propiedad colindante.

72. Las vías pecuarias: concepto, naturaleza. Obligación de respetar las mismas.

73. La legislación de costas. Servidumbres y zona de influencia. Implicaciones urbanísticas.

74. Legislación sectorial en materia de defensa, aeropuertos, puertos y su incidencia en la ordenación urbanística.

BLOQUE V

75. Ley 7/94 de 18 de mayo de Protección Ambiental en Andalucía. Disposiciones Generales. Prevención ambiental. Calidad ambiental. Residuos. Disciplina ambiental.

76. Calificación ambiental: disposiciones generales, puesta en marcha, inspección y vigilancia.

77. Normas de Protección Ambiental en el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Almería.

78. Los proyectos de obras ordinarias de urbanización y los proyectos de edificación: partes, contenido, documentación, normativa aplicable a su redacción.

79. Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, del Código Técnico de la Edificación: disposiciones generales. Condiciones del proyecto en la ejecución de obras.

80. Normas básicas de edificación. Especial referencia a las condiciones térmicas, acústicas y sísmicas en los edificios, conforme al nuevo Código Técnico de la Edificación.

81. Condiciones acústicas en la edificación. Conceptos fundamentales. Especificaciones de proyecto. Normativa.

82. Condiciones higrotérmicas en la edificación. Conceptos fundamentales. Inercia térmica. Especificaciones de proyecto. Normativa.

83. La normativa de protección contra incendios. Conceptos. Estructuración. El Reglamento de protección contra incendios. Su regulación en el Código Técnico de la Edificación.

84. El diseño contra incendios en los edificios. La compartimentación, evacuación y señalización.

85. Medidas contra incendios en los elementos constructivos y los materiales. Los locales de riesgo especial.

86. Las instalaciones de protección contra incendios en los edificios.

87. Normativa técnica en la edificación. Normas. Reglamentos e instrucciones. Ambito de aplicación y obligatoriedad.

88. Normas técnicas para la accesibilidad y la eliminación de barreras arquitectónicas, urbanísticas y en el transporte de Andalucía.

89. Seguridad y Salud en el trabajo. Riesgos profesionales y técnicas de lucha. Seguridad y Salud en el sector de la construcción y obras públicas. Ley de Prevención de Riesgos laborales y demás normativa.

90. Condiciones higiénicas mínimas en las viviendas.

ANEXO NUMERO DOS

CONVOCATORIA DE UNA PLAZA DE INGENIERO DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS, GRUPO A

1. Es objeto de la presente convocatoria la provisión, como funcionario de carrera, de una plaza de Ingeniero Industrial, encuadrada en la escala de Admón. Especial, subescala Técnica, clase Técnicos Superiores, perteneciente al Grupo A, por el sistema de acceso de Concurso-Oposición, turno libre, correspondiente a la OEP de 2004, publicada en el BOE núm. 136, de 5 de junio de 2004.

A) Requisitos específicos:

2. Poseer la titulación de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

B) Proceso Selectivo:

3. El proceso de selección será el de Concurso-Oposición libre, desarrollándose el mismo conforme a lo dispuesto en la Base VI de la convocatoria y bases generales, con las siguientes particularidades:

a) Fase de Concurso: Esta fase se calificará aplicando el baremo de la Base VII de la convocatoria y bases generales.

b) Fase de Oposición: Se ajustará conforme a lo previsto en la Base VIII de la convocatoria y bases generales, desarrollándose los ejercicios como a continuación se especifica:

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