Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 134 de 13/07/2006

4. Administración de justicia

Otros. JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

EDICTO de 19 de junio de 2006, del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería, dimanante del procedimiento ordinario núm. 98/2005. (PD. 2879/2006).

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NIG: 0401342M20057000107.

Procedimiento: Juicio Ordinario 98/2005. Negociado: AD.

Sobre: Reclamación de cantidad.

De: Plastimer, S.A.

Procuradora: Sra. Soler Pareja, Carmen.

Letrado: Sr. Cobo Ruiz de Adana, Benito.

Contra: Cerramientos e Instalaciones de Alhama, S.L. y Nicolás Ufarte Carmona.

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

En el procedimiento Juicio Ordinario 98/2005, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería, a instancia de Plastimer, S.A. contra Cerramientos e Instalaciones de Alhama, S.L. y Nicolás Ufarte Carmona, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado la sentencia que copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NUM.

En Almería, a 20 de febrero de 2006.

La Sra. doña Marcelina María Beltrán Blázquez, Juez-sustituta del Juzgado de Primera Instancia núm. Siete de Almería y su partido, habiendo visto los presentes autos de Juicio Ordi

nario 98/05 seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una como demandante la entidad mercantil Plastimer, S.A., con Procuradora doña Carmen Soler Pareja y Letrado don Benito Cobo Ruiz de Adana, y de otra, como demandado, la entidad mercantil Cerramientos e Instalaciones de Alhama, S.L. y contra su administrador único don Nicolás Ufarte Carmona sobre reclamación de cantidad en el ejercicio acumulado con la acción individual de responsabilidad de los administradores prevista en el artículo 105.5 LSRL y,

F A L L O

Que estimando la demanda presentada por el Procurador doña Carmen Soler Pareja en nombre y representación de la entidad mercantil Plastimer, S.A. frente a la entidad mercantil Cerramientos e Instalaciones de Alhama, S.L. y contra su administrador único don Nicolás Ufarte Carmona debo condenar a estos solidariamente al pago de la cantidad de treinta mil cuatrocientos ochenta y siete euros con veintitrés céntimos de euro (30.487,23 E) más los intereses legales y las cotas de este procedimiento.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en término de quinto día.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma a los demandados Cerramientos e Instalaciones de Alhama, S.L. y Nicolás Ufarte Carmona, extiendo y firmo la presente en Almería, a diecinueve de junio de dos mil seis.- El Secretario.

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