Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 139 de 20/07/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Obras Públicas y Transportes

RESOLUCION de 14 de junio de 2006, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se dispone la publicación de la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla de fecha 12 de mayo de 2006, en relación con la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Brenes (Sevilla), nuevo Sector Nororiental AE-12 (Expte.: SE-82/05).

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1.a) del Decreto 193/2003, de 1 de julio, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y Urbanismo, esta Delegación Provincial hace pública la Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla, adoptada en su sesión defecha 12 de mayo de 2006, por la que se mantiene la suspensión la Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Brenes (Sevilla), Nuevo Sector Nororiental AE-12.

TEXTO DE LA RESOLUCION

"Visto el proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias del municipio de Brenes (Sevilla), Nuevo Sector Nororiental AE-12, así como el expediente instruido por el Ayuntamiento de esa localidad.

Vistos la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía y demás legislación urbanística aplicable,

HECHOS

Primero. El presente proyecto ya fue sometido a la consideración de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla que, en su sesión de fecha 19.10.05, acordó suspender su aprobación definitiva para que, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.d) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por el Ayuntamiento de dicha localidad se procediera a subsanar las deficiencias que se señalaban en la Resolución.

El Ayuntamiento de Brenes ha procedido a la elaboración y aprobación de un documento denominado Adenda núm. 1 al documento urbanístico de Modificación de las Normas Subsidiarias AE-12, con objeto de subsanar las deficiencias manifestadas por la aludida Resolución de la Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

Segundo. El expediente ha sido sometido a la tramitación que se especifica en el art 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. El presente proyecto urbanístico ha sido tramitado en su integridad tras la entrada en vigor de la Ley 7/02, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por lo que tanto la tramitación para su aprobación, como sus determinaciones deben ajustarse a lo que la referida Ley establezca.

Segundo. La Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla es el órgano competente para adoptar la resolución definitiva que proceda respecto a este asunto, por establecerlo así el artículo 13.2.a) del Decreto 193/2003, por el que se regula el ejercicio de las competencias de la Junta de Andalucía en materia de ordenación del territorio y urbanismo, determinándose los órganos a los que se atribuyen.

Tercero. A la vista de que la tramitación seguida por el Ayuntamiento de Brenes para la resolución definitiva de este proyecto, se ha ajustado a lo establecido por el art. 32 de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, y a la vista de que el expediente remitido por el Ayuntamiento está formalmente completo, procede que esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Sevilla adopte decisión sobre este asunto, en virtud de lo establecido por el art. 31.2.B.a) de la Ley 7/2002.

Cuarto. Aunque el nuevo documento aprobado por el Ayuntamiento subsana la mayor parte de las deficiencias puestas de manifiesto por esta Comisión Provincial, debe tenerse en consideración que una de las deficiencias señaladas especificaba que la presente Modificación, por su envergadura y alcance debía enmarcarse en el proceso de redacción del nuevo Plan General de Ordenación Urbanística de la localidad y una vez que la nueva ordenación estructural estuviera definida, lo que no ocurre actualmente, ya que dicho planeamiento se encuentra en la fase previa a la elaboración del avance.

Solamente se indica por el Ayuntamiento que, entre los objetivos que se proponen para la materialización del nuevo Plan General, se prevé que el crecimiento residencial se pueda establecer en la zona en que se ubica el sector objeto de la presente Modificación de Normas Subsidiarias. Pero esta justificación es insuficiente para dar respuesta a lo resuelto por esta Comisión Provincial, que exige la determinación de la nueva ordenación estructural, lo que hace necesaria, al menos, la aprobación inicial del Plan General en redacción.

La persistencia de esta deficiencia obliga a esta Comisión Provincial mantener la suspensión de la aprobación definitiva del presente proyecto urbanístico tal como dispone el art. 33.2.d) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

De conformidad con la propuesta formulada por el Delegado Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en virtud de lo establecido por el art. 11.1 del Decreto 193/2003, esta Comisión Provincial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, por la mayoría especificada por el art. 26.4 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común,

HA RESUELTO

Mantener la suspensión de la aprobación definitiva del proyecto de Modificación de las Normas Subsidiarias respecto al Nuevo Sector Nororiental AE-12 del municipio de Brenes (Sevilla), aprobado provisionalmente por el Pleno municipal con fecha 20 de mayo de 2005, y documento complementario aprobado por dicho Pleno el 3 de marzo de 2006, para que, de conformidad con lo especificado por el art. 33.2.d) de la Ley 7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía, por el Ayuntamiento de dicha localidad se proceda a subsanar la deficiencia señalada en el Fundamento de Derecho Cuarto de esta Resolución.

Notifíquese la presente Resolución a los interesados con las advertencias legales que procedan."

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada, bien directamente o a través de esta Delegación Provincial, ante el titular de la Consejería de Obras Públicas y Transportes en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente a

aquel en que tenga lugar la notificación o publicación de la presente Resolución. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.

Sevilla, 14 de junio de 2006.- El Delegado, Jesús Lucrecio Fernández Delgado.

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