Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 142 de 25/07/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 31 de mayo de 2006, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, por la que se hace pública la autorización concedida a SGS ICS Ibérica, S.A., para actuar como organismo de certificación del pliego de calidad para ETG "torta de aceite".

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Con fecha 24 de mayo de 2006, por esta Consejería se ha dictado la correspondiente Orden por la que se autoriza a SGS ICS Ibérica, S.A., para actuar como organismo de certificación del pliego "torta de aceite", cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"D I S P O N G O

Primero. Estimar la petición formulada por doña María José Flores en representación de SGS ICS Ibérica, S.A., con CIF núm. A-80773534, en petición de que se autorice a esta entidad como organismo de certificación del Pliego de Calidad para ETG del Producto torta de aceite, en virtud de lo dispuesto en el artículo 15 del Reglamento núm. 509/2006 del Consejo de 20 de marzo de 2006 sobre las especialidades tradicionales garantizadas de los productos agrícolas y alimenticios.

Segundo. La citada entidad estará sometida al régimen de supervisión de esta Consejería y deberá facilitar el acceso de su personal a sus instalaciones, debiendo proporcionar cuanta información sea necesaria para el ejercicio de las funciones que como órgano competente le corresponden.

Tercero. Esta entidad deberá solicitar la acreditación ante la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), para el alcance definido en el punto primero de esta disposición, en el plazo de 3 meses contados a partir de la notificación de la presente Orden, concediéndose un plazo de 2 años para que dicha entidad presente el correspondiente certificado de acreditación de la certificación de la mención "torta de aceite", con el alcance antes referenciado de acuerdo con la Norma Europea EN-45011.

Cuarto. La entidad deberá solicitar su inscripción en el Registro de Entidades de Inspección y Certificación de Productos Agroalimentarios y Pesqueros en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el plazo de 3 meses desde la notificación de la presente Orden.

Quinto. Esta autorización está condicionada al cumplimiento de los extremos previstos en la normativa de aplicación y de los tenidos en cuenta para la concesión de la misma, siendo causa de su pérdida el incumplimiento o variación sustancial de estas circunstancias."

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 31 de mayo de 2006.- El Director General, Ricardo Domínguez García-Baquero.

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