Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 142 de 25/07/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Agricultura y Pesca

RESOLUCION de 2 de junio de 2006, de la Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria, por la que se hace pública la autorización concedida a SGS ICS Ibérica, S.A., para actuar como organismo de certificación del pliego del producto relativo a "aceite", para el uso de la marca Calidad Certificada.

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Con fecha 19 de abril de 2006, esta Dirección General ha dictado la correspondiente Resolución por la que se autoriza a SGS ICS Ibérica, S.A., para actuar como organismo de certificación del pliego del producto relativo a aceite, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"RESUELVO

Primero. Estimar la petición formulada por SGS ICS Ibérica, S.A., y en consecuencia, otorgar la autorización a dicha entidad para actuar como organismo de certificación del Pliego del producto relativo a aceite, reconocido mediante Resolución de 25 de octubre de 2005 como Sistema de Calidad al efecto exclusivo de la certificación de dicho producto para el uso de la marca Calidad Certificada.

Segundo. La citada entidad estará sometida al régimen de supervisión de esta Consejería y deberá facilitar el acceso de su personal a sus instalaciones, debiendo proporcionar cuanta información sea necesaria para el ejercicio de las funciones que como órgano competente le corresponden.

Tercero. La entidad deberá acreditarse ante ENAC o cualquier otra entidad de acreditación de las reguladas en el Capítulo II, Sección.ª, del Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y Seguridad Industrial aprobado por el Real Decreto/1995, de 28 de diciembre, para el alcance definido en el apartado primero de esta disposición, en el plazo de 2 años, a partir de la notificación de la presente Resolución.

Cuarto. La entidad deberá solicitar su inscripción en el Registro de Entidades de Inspección y Certificación de Productos Agroalimentarios y Pesqueros en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el plazo de 3 meses desde la notificación de la presente Resolución.

Quinto. Esta autorización está condicionada al cumplimiento de los extremos previstos en la normativa de aplicación y de los tenidos en cuenta para la concesión de la misma, siendo causa de su pérdida el incumplimiento o variación sustancial de estas circunstancias."

Lo que se hace público para general conocimiento.

Sevilla, 2 de junio de 2006.- El Director General, Ricardo Domínguez García-Baquero.

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