Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 27/07/2006

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones y concursos

Universidades

RESOLUCION de 12 de julio de 2006, de la Universidad de Almería, por la que se convoca a concurso público un contrato laboral de investigación financiado con los fondos de la Acción Complementaria CGL200524216-E.

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La Universidad de Almería convoca a concurso público un contrato laboral de investigación financiado con los fondos de la Acción Complementaria CGL2005-24216-E.

Solicitantes: Poseer la nacionalidad española, ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o extranjero residente en España en el momento de solicitar el contrato.

Requisitos: Licenciados en Ciencias Biológicas, Ciencias Ambientales o en Farmacia. Se requiere nota mínima en las asignaturas de Botánica General de Notable. Se valorará la experiencia en trabajos de herbario y el conocimiento de bases de datos.

Salario mensual bruto: 799 E, incluido el prorrateo de pagas extraordinarias. A este importe se le adicionará la cuota patronal y los días por indemnización. En el caso de que el contrato se homologara tendrá exención de las tasas de los cursos de doctorado realizados en la Universidad de Almería.

Duración del contrato: 3 meses (con posibilidad de prórroga).

Dedicación: A tiempo completo.

Solicitudes: Las solicitudes se formalizarán en el impreso normalizado cuyo modelo se encuentra en la Unidad Gestión de Investigación de la Universidad de Almería y se acompañará de la siguiente documentación:

- Fotocopia del DNI, pasaporte o tarjeta de residente del solicitante.

- Título o resguardo de haberlo solicitado y certificación académica oficial, en original o fotocopia compulsada, en la que figuren, de forma detallada, las calificaciones obtenidas, fechas de las mismas y constancia expresa de que las materias constituyen el programa completo de la titulación correspondiente.

- Currículum vítae. Se deberá acreditar que se posee la experiencia y/o el conocimiento requerido en el perfil de la beca. (No se valorará aquello que no esté debidamente acreditado.)

Las solicitudes dirigidas al Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico podrán presentarse en el Registro General de la Universidad, o por cualquiera de los medios establecidos en el art. 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Plazo de presentación de solicitudes: Diez días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta Resolución en el BOJA. Si el último día de presentación de solicitudes coincidiera con el sábado, el plazo se prorrogaría automáticamente al siguiente día hábil.

Criterios de selección: La resolución de la presente convocatoria la realizará la Comisión Evaluadora de Solicitudes que estará compuesta por:

- Excmo. Sr. Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico, que actuará como Presidente.

- Ilmo. Sr. Secretario General.

- El responsable del grupo: Dra. doña Ester Giménez Luque.

- Dos miembros de la Comisión de Investigación a propuesta de ésta.

- La Jefa de la Unidad Gestión de Investigación, que actuará como Secretaria.

La Comisión seleccionará y valorará prioritariamente la preparación académica y experiencia de los candidatos, siguiendo el baremo que figura como Anexo a esta convocatoria, pudiendo citar a los candidatos a una entrevista personal. La Resolución del contrato se publicará en el citado tablón de anuncios.

Las plazas podrán quedar desiertas si a juicio de la Comisión Evaluadora de Solicitudes los admitidos no reuniesen los requisitos necesarios para poder desarrollar el trabajo de investigación objeto de la convocatoria de este contrato.

Si se produjera la vacante o renuncia del contrato se podrá sustituir por el correspondiente suplente según el orden de prelación establecido en la Comisión Evaluadora de Solicitudes.

Obligaciones del contratado:

1. La aceptación del contrato por parte del beneficiario/a implica la de las normas fijadas en esta convocatoria y las determinadas por el responsable del proyecto, quien fijará el horario, el lugar de desarrollo de su formación y demás circunstancias de su trabajo, dentro de la normativa vigente en la Universidad de Almería y resoluciones emanadas de los órganos de gobierno de ésta.

2. Será obligación del contratado/a solicitar autorización del Vicerrector de Investigación y Desarrollo Tecnológico para cualquier cambio de centro, director, proyecto de investigación o interrupción razonada del contrato, previo informe del responsable del proyecto, así como informar de la renuncia del mismo.

3. La no observancia de estas normas supondrá la anulación del contrato.

Almería, 12 de julio de 2006.- El Rector, Alfredo Martínez Almécija.

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