Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 144 de 27/07/2006

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTOS

ANUNCIO de 27 de junio de 2006, del Ayuntamiento de Castilleja de Guzmán, de bases para la selección de Encargado de Obras y Servicios.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

BASES PARA LA SELECCION COMO PERSONAL LABORAL FIJO DE UNA PLAZA DE ENCARGADO DE OBRAS Y SERVICIOS DEL AYUNTAMIENTO DE CASTILLEJA DE GUZMAN

1. Objeto de la convocatoria.

La convocatoria tiene por objeto la provisión, mediante concurso oposición libre, de una plaza de encargado de obras y servicios municipales, vacante en la plantilla del Ayuntamiento de Castilleja de Guzmán.

La plaza está incluida en la Plantilla municipal 2006, como personal laboral de duración indefinida con el sueldo y demás retribuciones establecidas de conformidad con las disposiciones legales en vigor y la relación de puestos de trabajo de esta entidad local.

Se opta por el concurso oposición al amparo de la Ley/1998, de 30 de diciembre, referente a los procesos selectivos de consolidación de empleo temporal, en los que, respetando los principios constitucionales, se permite la valoración en la fase de concurso, de méritos como la experiencia o los servicios prestados en el puesto de trabajo objeto de la convocatoria o en otros, con proporcionalidad en la baremación. Se opta, igualmente, por este procedimiento para favorecer el acceso al empleo público de personas con minusvalía.

2. Normativa aplicable.

A las presentes bases y pruebas les será de aplicación lo dispuesto en la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Reforma de la Función Pública; R.D.L./1986, de 18 de abril, Texto Refundido de disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto/1991, que establece las reglas básicas y programas mínimos del procedimiento de selección; la ley 50/1998, de 30 de diciembre, las bases de la presente convocatoria y suplementariamente el R.D./1995, de 10 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Ingreso en la Administración del Estado.

3. Requisitos de los aspirantes.

Las condiciones generales de capacidad que habrán de reunir los aspirantes son las siguientes:

a)Estar en posesión de la nacionalidad española o la de un estado miembro de la Unión Europea.

b)Tener cumplidos los 18 años y no exceder de aquella en que falten, al menos, diez años para la jubilación forzosa por edad.

c)Estar en posesión del título de certificado de escolaridad o equivalente.

d)Poseer el carnet de conducir tipo "B".

e)Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas habituales de la plaza.

f)No haber sido separado mediante expediente disciplinario o despido del servicio del Estado, Comunidades Autónomas o Administración Local, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.

4. Solicitudes.

Las solicitudes para tomar parte en las pruebas selectivas se presentarán conforme al modelo oficial y se dirigirán al Presidente de la Corporación, dentro del plazo de 20 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. En la solicitud se hará constar expresamente que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria, con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias.

Los interesados unirán a la solicitud fotocopia del DNI y justificante de haber ingresado los derechos de examen. Acompañarán, igualmente, la documentación que justifique los méritos alegados, en la forma y condiciones que se detallan en el Anexo I.

Las solicitudes también podrán presentarse en cualquiera de las formas determinadas en el artículo.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Si se presentasen a través de la oficina de Correos, deberá aparecer el sello de certificado en el sobre exterior y en la propia solicitud.

Los derechos de examen se fijan en la cantidad de 15 euros que se ingresarán en la cuenta corriente del Monte número 2098, con la indicación del nombre del aspirante y la expresión "pruebas selectivas para el concurso oposición de una plaza de encargado de obras y servicios municipales".

5. Admisión de los aspirantes.

Expirado el plazo de presentación de instancias la Junta de Gobierno Local adoptará acuerdo en el plazo máximo de diez días declarando aprobada la lista de admitidos y de excluidos. El acuerdo se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de 10 días, contados a partir del siguiente al de la publicación en el citado boletín, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión. Caso de no hacerlo quedarán definitivamente apartados de la convocatoria. En el mismo acuerdo se hará público el lugar y fecha del comienzo de los ejercicios y, en su caso, el orden de actuación de los aspirantes.

6. Tribunal Calificador.

El Tribunal Calificador estará integrado por los siguientes miembros:

Presidente: El de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue.

Vocales:

Un representante de la Junta de Andalucía.

Un concejal elegido por el Sr. Alcalde.

El concejal delegado de obras y servicios.

Un representante de los trabajadores.

Secretario: El de la Corporación o funcionario en quien delegue, con voz pero sin voto.

Los vocales deberán reunir las condiciones exigidas en el R.D. 896/1991, de 17 de junio. Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo a la autoridad convocante, y los aspirantes podrán recusarlos, en cualquier momento del proceso selectivo, cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La designación del tribunal incluirá la de los respectivos suplentes. Para la válida constitución del Tribunal Calificador, en cada una de sus sesiones, bastará la asistencia de su Presidente y Secretario y la mitad de los vocales, titulares o suplentes.

La concreción de los miembros del Tribunal se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia conjuntamente con el acuerdo al que hace referencia la base 5.ª

El Tribunal podrá disponer la incorporación de asesores en las pruebas que por su especialidad se considere necesario, limitándose estos a prestar su colaboración en su especialidad técnica.

7. Llamamientos y calendario de las pruebas.

Para cada ejercicio los aspirantes serán convocados en llamamiento único, publicado en el tablón de anuncios de la Corporación, siendo excluidos quienes no comparezcan, salvo casos de fuerza mayor debidamente justificados y libremente apreciados por el Tribunal.

El primer ejercicio no podrá comenzar hasta transcurridos días desde la finalización del plazo de presentación de instancias. El lugar, fecha y hora se harán públicos conjuntamente con el acuerdo señalado en la base 5.ª

La actuación de los aspirantes en los ejercicios en los que no puedan actuar conjuntamente comenzará por el orden de los apellidos que determine el sorteo público que se realice antes del inicio de la prueba en cuestión.

A partir del inicio de la fase de oposición el tribunal determinará la fecha para la práctica de las sucesivas pruebas. No obstante, si existe conformidad de la totalidad de miembros del Tribunal y de la totalidad de los aspirantes, se podrá modificar el citado calendario.

8. Sistema de selección.

El procedimiento de selección será el concurso-oposición, consistente, esta última fase, en una prueba práctica y en entrevista personal con un enfoque, igualmente, práctico.

a) Fase de concurso

Constituido el Tribunal se procederá a la evaluación de los méritos alegados y justificados documentalmente según el baremo que figura en el Anexo I de esta convocatoria. Esta fase no tiene carácter eliminatorio. Las puntuaciones otorgadas se expondrán en el tablón de anuncios de la Corporación, al menos con una hora de antelación al inicio de la fase de oposición.

Los méritos a valorar son los siguientes:

1. Experiencia profesional.

2. Cursos, seminarios y jornadas.

3. Minusvalía.

La puntuación total de la fase de concurso no podrá superar, en ningún caso, el 40% de la puntuación máxima establecida para la fase de oposición.

b) Fase de oposición

La fase de oposición constará de las siguientes pruebas:

1. Prueba práctica consistente en el manejo de los vehículos municipales de limpieza y obras. Duración máxima, 30 minutos.

2. Entrevista personal.

Los dos ejercicios serán eliminatorios, calificándose cada uno hasta un máximo de 10 puntos, siendo eliminados los opositores que no alcancen un mínimo de 5 puntos en cada uno de ellos. La calificación de cada ejercicio se determinará por la media resultante de las calificaciones otorgadas por cada miembro del Tribunal, eliminándose las puntuaciones máximas y mínimas cuando entre estas exista una diferencia igual o superior a 3 puntos.

Para el segundo ejercicio se realizará un sorteo para determinar el orden de actuación de los opositores que hayan superado el primero.

Finalizado cada ejercicio el Tribunal hará público las calificaciones mediante anuncio en el tablón de anuncios de la Corporación.

9. Puntuación final y propuesta de nombramiento.

La calificación final de los aspirantes será la suma de los puntos obtenidos en la fase de concurso y en cada uno de los ejercicios de la oposición.

En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a las mejores puntuaciones obtenidas en la fase de concurso y, de persistir, en las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición. Si no fuese posible deshacer el empate se realizará un sorteo.

Finalizada la calificación, el tribunal hará público el resultado final. El tribunal no podrá aprobar un número de aspirantes superior al de la plaza convocada.

Los interesados podrán interponer reclamación ante el Tribunal en el plazo de 3 días. Este resolverá en idéntico plazo la reclamación.

La propuesta de nombramiento se expondrá en el tablón de anuncios y se elevará al Sr. Alcalde para que proceda a su nombramiento.

10. Presentación de documentos.

El aspirante propuesto presentará en la secretaría de la Corporación, dentro del plazo de 20 días naturales contados a partir de la publicación de la propuesta de nombramiento, los documentos acreditativos de las condiciones que se exigen en la base 3.ª Si tuviera la condición de empleado público estará exento de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificado del organismo de quien dependa acreditando su condición y demás circunstancias que obren en su expediente personal.

Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, el interesado no presenta los documentos o de los mismos se dedujese que carece de alguno de los requisitos exigidos, no podrá ser nombrado quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la depuración de otras responsabilidades que pudieran existir.

11. Nombramiento y toma de posesión.

Aportados los documentos el Presidente efectuará el nombramiento. El opositor nombrado deberá tomar posesión en el plazo máximo de 30 días contados a partir de la fecha de notificación del nombramiento.

12. Otras incidencias.

La presentación de instancias solicitando tomar parte en la convocatoria supone el sometimiento expreso de los aspirantes a estas bases que tienen la consideración de ley reguladora de la convocatoria.

Se atribuye al Sr. Alcalde la facultad de interpretar estas bases y la resolución de las incidencias y recursos que pudiera haber hasta el acto de constitución del Tribunal tras el que se atribuirá a este órgano colegiado la citada facultad. El Tribunal resolverá las dudas que se presenten y tomará cuantos acuerdos sean necesarios en todo lo no previsto en las presentes bases y en las disposiciones legales vigentes que regulan la materia.

13. Impugnación.Contra la presente convocatoria y sus bases podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el plazo de dos meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

ANEXO I

FASE DE CONCURSO

1. Experiencia profesional

ConceptoPuntos

Por cada mes completo de servicios prestados

en ayuntamientos en puestos de trabajo de

similar contenido0,10

ConceptoPuntos

Por cada mes completo de servicios prestados en

empresas públicas, organismos autónomos,

sociedades municipales o provinciales o

similares en puestos de igual contenido0,04

Por cada mes completo de servicios prestados en

otras Administraciones Públicas en puestos de

igual contenido0,03

Por cada mes completo de servicios prestados en

empresas privadas en puesto de igual contenido0,02

En este apartado no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados.

Se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

La puntuación máxima para este apartado será de 5 puntos. Estos méritos se acreditarán mediante certificado municipal. En el caso de institución o empresa en la que no exista el cargo adecuado para certificar, se acreditará con documento suficiente a juicio del Tribunal, debiendo, en este caso, constar de forma expresa que no existe en plantilla el puesto que desarrolle funciones de fe pública.

2. Participación en cursos, seminarios o jornadas que tengan relación directa con el puesto.

ConceptoPuntos

Hasta 14 horas de duración0,03

De 15 a 40 horas0,06

De 41 a 70 horas0,10

De más de 70 horas0,20

El máximo por este concepto será de 1 punto. No se valorarán los cursos o seminarios con una duración menor de 8 horas. Sólo se evaluarán los cursos o seminarios que hayan sido impartidos por instituciones públicas. Los títulos o diplomas se presentarán en documento original o copia cotejada por el funcionario encargado del Registro municipal de Castilleja de Guzmán.

3. Minusvalía. Poseer una minusvalía al menos del 33%2 puntos

Este mérito se acreditará mediante certificado médico que acredite la minusvalía del aspirante.

Castilleja de Guzmán, 27 de junio de 2006.- El Alcalde.

Descargar PDF