Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 145 de 28/07/2006

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente

RESOLUCION de 26 de junio de 2006, de la Directora General de Prevención y Calidad Ambiental, por la que se desclasifica como suelo contaminado la denominada parcela de la Antigua Fábrica de Fundiciones Caetano.

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

El emplazamiento objeto de la presente Resolución es la antigua fábrica de Fundiciones Caetano, situada en el término municipal de Camas (Sevilla). Esta fábrica fue fundada en el año 1943, dedicándose a la fabricación de piezas para el sector automovilístico (discos de freno, soportes de cig³eñal, platos de embrague, etc.) hasta su desmantelamiento en 2005. El emplazamiento cuenta con una superficie total de 72.000 m, de los cuales 21.000 m estaban construidos. La parcela puede dividirse en varias zonas en función de los procesos realizados en cada una, pudiendo distinguirse:

- Zona de almacén de productos terminados: Ubicada al suroeste de la parcela y destinada al almacenamiento de productos terminados para su posterior distribución.

- Zona de almacén de chatarras: Localizada en el noroeste del emplazamiento, reservado para el acopio temporal de restos metálicos antes de su entrada en el proceso.

- Zona de arenería y moldeo: Ubicada en la mitad sur de la fábrica. En ella se depositaban las arenas utilizadas en los moldes. En esta zona también existía un edificio en el que se realizaba el moldeo de las piezas.

- Zona de hornos: Además de los hornos de fundición, en esta área, ubicada en la mitad norte de la parcela, se localizaba el almacén de materias primas.

- Zona de almacenamiento de escorias y residuos: Abarca la zona este del emplazamiento y estaba destinada al acopio a la intemperie y sobre el terreno natural de residuos y escorias de fundición.

El emplazamiento limita al norte y noroeste con una zona de viviendas de uso residencial; al oeste, con algunos solares sin uso actual; al sur, existe un terreno baldío destinado al uso ganadero y al este se localizan unas naves sin uso definido, y a 1 km aproximadamente, el río Guadalquivir.

En la actualidad, la Junta de Compensación "Fundiciones Caetano", proyecta la edificación de viviendas en el solar existente.

El 11 de enero de 2006, se dictó resolución por la Directora General de Prevención y Calidad Ambiental, por la que se declaraba como suelo contaminado la parcela definida

(BOJA núm. 25, de 7 de febrero de 2006), por existir concentraciones de hidrocarburos totales del petróleo, benceno y plomo, que pudieran suponer un riesgo para la salud humana por efectos tóxicos y cancerígenos debido a la inhalación de vapores en espacios cerrados.

Tras Resolución de 6 de marzo de 2006, de la Delegada Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Sevilla, por la que se aprobaba el plan de actuación para la limpieza y recuperación del suelo contaminado de la parcela objeto de esta resolución, la empresa Geotecnia y Cimientos, S.A., gestor autorizado de residuos peligrosos con número de registro AN, procedió a la realización de los trabajos de descontaminación.

Las actuaciones llevadas a cabo derivaron en la gestión de los siguientes residuos:

Residuos Peligrosos

Tras la finalización de los trabajos, la empresa Applus Norcontrol, S.L.U., Entidad Colaboradora de la Consejería de Medio Ambiente en materia de protección ambiental en el campo de suelos contaminados con número de registro REC030, certificó que las zonas objeto de esta Resolución, afectadas por el funcionamiento de la antigua fábrica de Fundiciones Caetano, han quedado descontaminadas considerando los valores límites establecidos en la Resolución de 6 de marzo de 2006, de la Delegada Provincial de la Consejería de Medio Ambiente de Sevilla. Sobre la base de esta certificación, el Jefe del Servicio de Protección y Calidad Ambiental de la Delegación Provincial de Medio Ambiente de Sevilla, emitió informe favorable al respecto.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con las competencias que tengo asignadas

R E S U E L V O

Desclasificar como suelo contaminado las zonas que previamente fueron declaradas como tales a causa de la contaminación detectada por hidrocarburos totales del petróleo, benceno y plomo en los suelos, al haber desaparecido, merced a los trabajos de descontaminación realizados, las causas que motivaron dicha declaración.

Correrá por cuenta del titular de los terrenos la cancelación de la nota al margen de la inscripción 10.ª practicada por el Registro de la Propiedad núm. 3 de Sevilla respecto a la declaración de suelo contaminado en la finca 7.312 del municipio de Camas, tomo 2.444, libro 328, folio 9, así como de la nota al margen de la inscripción 12.ª de la finca 1.870 del municipio de Camas, tomo 2.069, libro 241, folio 56.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada ante la Excma. Consejera de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y ss. de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi

nistrativo Común, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su notificación.

Sevilla, 26 de junio de 2006.- La Directora General, Esperanza Caro Gómez.

Descargar PDF