Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 147 de 01/08/2006

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Otros. AYUNTAMIENTOS

EDICTO de 13 de junio de 2006, del Ayuntamiento de Lahiguera, de bases, para la selección de Auxiliar de Policía Local.

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Don Florencio José Morales Lara, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Lahiguera (Jaén).

Hace saber: Que por Decreto de la Alcaldía de fecha 9 de junio de 2006, se han aprobado las siguientes bases:

BASES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD, DE UNA PLAZA VACANTE EN LA PLANTILLA DE PERSONAL DE ESTE AYUNTAMIENTO, PERTENECIENTES A LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DE 2006, DENOMINADA AUXILIAR DE POLICIA LOCAL

I. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión como funcionario de carrera, mediante el sistema de acceso de turno libre y a través del proceso de selección de oposición de la siguiente plaza:

- 1 plaza de Auxiliar de Policía, de Administración Especial, vacante en la plantilla del personal de este Ayuntamiento, perteneciente a la Escala de Administración Especial, Subescala Auxiliar, encuadrada en el Grupo E, mediante el sistema de concurso-oposición libre.

II. Requisitos de los/as aspirantes.

Para tomar parte en el proceso selectivo, los/as aspirantes habrán de reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:

a) Ser español/a o nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad.

c) No padecer enfermedad ni defecto físico alguno que impide el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario del servicio en cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado pare el desempeño de funciones públicas.

e) Estar en posesión del titulo de Certificado de Escolaridad, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.

III. Solicitudes y documentos a presentar.

Los/as aspirantes deberán presentar instancias dirigidas al Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Lahiguera, manifestando que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos y, en la que, deberán presentar DNI, título académico, derechos de examen y otros meritos alegados, y se presentarán en el Registro General de Entrada de Documentos de la Corporación o en cualquiera de las formas establecidas en el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOE, que previamente se habrá publicado en el Boletín Oficial de la Provincia y en el BOJA.

IV. Derechos de examen.

Los derechos de examen se fijan en la cantidad de 25,00 euros, que se ingresarán en la cuenta corriente a nombre del Exmo. Ayuntamiento de Lahiguera en Unicaja.

V. Admisión de candidatos/as.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Alcalde dictará Resolución en el plazo máximo de un mes declarando aprobada la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, concediéndose un plazo de diez días a efectos de reclamación, y se determinará el lugar, hora y fecha de constitución del Tribunal. De no presentarse reclamaciones se elevará a definitiva, en este caso se hará publica mediante anuncio en el tablón de edictos del Ayuntamiento.

VI. Tribunal Calificador.

El Tribunal estará compuesto por:

Presidente/a: El/la de la Corporación o miembro de la misma en quien delegue y suplente.

Vocales:

- Un representante de la Junta de Andalucía, designado por la Delegación Provincial de la Consejería de Gobernación y suplente.

- Un representante por cada grupo político designado por el Alcalde a propuesta de cada uno de los grupos, que posean nivel de titulación o especialización igual o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas y suplente (IU, PSOE, PP).

Podrán asistir representantes sindicales, con voz y sin voto (éstos no tendrán derecho al cobro de asistencia).

Secretario/a: El de la Corporación o funcionario en quien delegue con voz y con voto.

Deberán designarse suplentes para cada uno de los miembros del Tribunal.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia al menos de la mitad más uno de los miembros titulares o suplentes indistintamente, teniendo competencia y plena autoridad para resolver cuantas dudas o reclamaciones puedan originarse respecto de la interpretación o aplicación de las bases.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir y los/as aspirantes podrán recusar a aquellos cuando concurran algunas de las circunstancias previstas en la legislación vigente.

El Tribunal podrá recabar la colaboración de asesores especialistas para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base exclusivamente a las cuales colaborarán con el órgano de selección.

VII. Comienzo y desarrollo de la selección.

La actuación de los/as opositores/as en los ejercicios de realización no conjunta se iniciará alfabéticamente, por el primero de la letra "u" .

El lugar, día y hora de comienzo del primer ejercicio de la oposición se determinará en la Resolución de la Alcaldía por la que se aprueba la lista provisional de los/as aspirantes

admitidos/as y/o excluidos que se hará pública en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, las siguientes pruebas se anunciarán en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en el lugar de celebración de las mismas, entre un ejercicio y otro trascurrirá un plazo mínimo de 72 horas y máximo de cuarenta y cinco días.

Los/as aspirantes deberán concurrir a la celebración de la oposición provistos de su DNI, quedando automáticamente excluidos/as de las mismas quienes no lo hicieran, salvo casos de fuerza mayor acreditados conforme a Derecho.

En cualquier momento del proceso selectivo si los miembros del Tribunal tuvieran conocimiento de que alguno/a de los/as aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos por la convocatoria, previa audiencia y constatación, deberán proponerse en su exclusión al/a Presidente del Tribunal.

VIIl. Sistema de selección y calificación.

El sistema de selección constará de dos fases:

- Concurso.

- Oposición.

1. Fase de concurso.

La fase de concurso será previa a la oposición y no tendrá carácter eliminatorio. La puntuación no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase oposición.

El Tribunal se reunirá antes de la celebración de la primera prueba de oposición y procederá a valorar los méritos alegados por los/as aspirantes. El resultado se publicará en el tablón de anuncios de la Corporación.

El Tribunal determinará las puntuaciones que correspondan, sólo en base a los méritos alegados y aprobados.

Las puntuaciones en la fase de concurso serán las siguientes:

A) Méritos profesionales.

- Por cada año completo de servicios prestados en la Administración Pública en puestos de igual categoría a la ofertada, acreditado mediante correspondiente certificación expedida por el Organismo competente: 0,02 puntos.

Máximo 0,5 puntos.

B) Cursos, seminarios, congresos y jornadas. - Por la participación como asistente en cursos, seminarios, congresos y jornadas, siempre que se encuentren relacionados con la plaza a que opta e impartidos por centros autorizados:

Hasta 15 horas de duración: 0,10 puntos.

De 15 a 40 horas de duración: 0,20 puntos.

De 41 a 100 horas de duración: 0,25 puntos.

De 101 en adelante: 0,35 puntos.

Aquellos cursos en los que no se acrediten debidamente las horas no serán tenidos en cuenta.

Como máximo, se podrá obtener 1 punto.

C) Carnet de conducir.

- BPT: 1 punto.

- A2: 0,50 puntos.

2. Fase de oposición.

Consistirá en la realización de varias pruebas:

Primera prueba.

A. Pruebas de aptitud física:

A.1. Prueba de velocidad: Carrera de 50 metros lisos.

Se realizarán en una pista de atletismo o cualquier zona totalmente llana de terreno compacto.

El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, pudiendo realizar la salida de pie o agachado, si utilizar tacos de salida.

Las marcas máximas exigidas par la superación de la prueba son:

Grupos de edad

De 18 a 24De 25 a 29De 30 a 34

Hombres12"13"13"50

Mujeres13"14"14"50

La calificación de estas pruebas será de apto o no apto.

A.2. Prueba de resistencia general: Carrera de 300 metros lisos.

Se realizarán en una pista de atletismo o cualquier zona totalmente llana de terreno compacto.

El aspirante se colocará en la pista en el lugar señalado, la salida se realizara de pie.

Las marcas máximas exigidas par la superación de la prueba son:

Grupos de edad

De 18 a 24De 25 a 29De 30 a 34

Hombres44"4" Mujeres55"5"

Segunda prueba.

B. Entrevista personal: Se valorará los rasgos de la personalidad mas significativos y relevantes par el desempeño de la funciones encomendadas, así como el grado de adaptación personal y social de los aspirantes.

Esta prueba se valorarán con un máximo de 4 puntos, y será necesario obtener un mínimo de 1 para entenderse como apto.

Tercera prueba.

C. Ejercicio teórico: Consistirá en la realización de un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas propuestos por el Tribunal sobre las materias que figuran en la convocatoria, y la resolución de un caso práctico. Se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario, para aprobar, obtener como mínimo 5 puntos en las contestaciones y otro 5 en la resolución práctica. La calificación final será la suma de ambos divida por 2. Para su realización se dispondrá de 2 horas.

En caso de empate se resolverá a favor de quien hubiere obtenido mayor puntuación, según el siguiente orden:

1.º De quien hubiere obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición.

2.º De quien hubiere obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición.

3.º De quien hubiere obtenido mayor puntuación en la fase de concurso.

Será necesario superar cada prueba para pasar a la siguiente, bien con la puntuación mínima establecida o como apto, según proceda.

lX. Propuesta de selección.

Terminada la calificación de los/as aspirantes, el Tribunal publicará en el tablón de edictos la relación de aprobados/as por orden de puntuación, no pudiendo rebasar éstos el número de plazas convocadas, y elevada dicha relación junto con la propuesta de nombramiento a la Presidencia de la Corporación.

X. Presentación de documentos.

El/la aspirante propuesto/a presentará en la Secretaría de la Corporación, dentro del plazo de veinte días naturales a partir de la publicación de la lista de aprobados/as, los docu

mentos acreditativos de las condiciones que para tomar parte en el procedimiento se exigieron como requisitos.

Xl. Nombramiento.Concluido el proceso selectivo y aportados todos los documentos, el Alcalde efectuará el correspondiente nombramiento, que será notificado al interesado/a, quien deberá tomar posesión en el plazo máximo de treinta días naturales a contar del siguiente al día que le sea notificado.

XIl. Incidencias.

El Tribunal resolverá las cuestiones atinentes al proceso selectivo no previstas expresamente en estas bases, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y sus modificaciones por la Ley 4/1999.

XIIl. Impugnación.

La convocatoria, las bases y cuantos actos administrativos se deriven de éstas y las actuaciones del Tribunal podrán ser impugnados por los/as intensados/as en los casos y en la forma establecidos por la vigente Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

XlV. Normas de aplicación.

En lo no previsto en las presentes bases, se estará a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril; Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril; la Ley 30/1984, de 2 de agosto; Real Decreto 896/1991, de 7 de junio; Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y demás normas de pertinente aplicación.

TEMARIO PARA LA PLAZA DE AUXILIAR DE POLICIA LOCAL

Materias Comunes

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Estructura. Principios generales. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles. Su garantía y suspensión.

Tema 2. La Corona. Las Cortes Generales, el Gobierno y la Administración, el Poder Judicial.

Tema 3. La Organización Territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas.

Tema 4. El Municipio. Concepto y elementos. El término municipal. La población y el empadronamiento. La organización municipal.

Tema 5. La provincia: Organización y competencias.

Materias Específicas

Tema 6. El personal al servicio de las Corporaciones Locales.

Tema 7. Potestades de la Administración Local. Competencias. Potestad normativa: Reglamento, ordenanza y bandos.

Tema 8. La actividad de la Policía Local. Normativa y competencias.

Tema 9. Ley de Seguridad Vial.

Tema 10. El Ayuntamiento y los ciudadanos.

Lahiguera, 13 de junio de 2006.- El Alcalde-Presidente, Florencio José Morales Lara.

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