Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 148 de 02/08/2006

4. Administración de justicia

Otros. AUDIENCIAS PROVINCIALES

EDICTO de 13 de marzo de 2006, de la Audiencia Provincial de Málaga, Sección Quinta, dimanante del rollo de apelación núm. 605/2005. (PD. 3246/2006).

Atención: La información contenida en estas páginas no tiene validez legal. Ver más

NIG: 2906737C20050001842.

Núm. Procedimiento: Rollo Apelación Civil 605/2005.

Asunto: 500605/2005.

Autos de: Menor Cuantía 352/1999.

Juzgado de origen: Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número Tres de Estepona.

Negociado: 7C.

Apelante: Judith Giles Holmes.

Procurador: Vellibre Vargas, Vicente.

Abogado:

Apelado: Luis Fernández Cuevas y Landerdale, S.A.

Procurador:

Abogado:

E D I C T O

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MALAGA 5

Recurso: Rollo Apelación Civil 605/2005.

Parte Apelada

Sobre

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte apelada, don Luis Fernández Cuevas y Landerdale, S.A. por diligencia de ordenación de 13 de marzo de 2006 el Tribunal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Tribunal y en el BOJA para llevar a efecto la diligencia de notificación de sentencia de fecha 13 de febrero de 2006, cuyo encabezamiento y falto son del tenor literal siguiente:

Sentencia: Visto, por la Sección Quinta de esta Audiencia, integrada por los Magistrados indicados al margen, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en juicio de Menor Cuantía seguido en el Juzgado de referencia. Interpone el recurso Judith Giles Holmes que en la instancia fuera parte demandante y comparece en esta alzada representado por el Procurador don Vicente Vellibre Vargas. Es parte recurrida don Luis Fernández Cuevas y Landerdale, S.A., que en la instancia ha litigado como parte demandada.

Fallamos: Que estimando el recurso de apelación interpuesto por la representación procesal de doña Judith Giles Holmes, contra la sentencia de fecha 25 de octubre de 2000, dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Estepona, en los autos Juicio de menor cuantía núm./99 del que este rollo dimana, debemos revocarla y la revocamos, y en su lugar,

1. Debemos estimar la demanda de acción declarativa de dominio ejercitada por la representación procesal de doña Judith Giles Holmes y consecuentemente se declara el dominio de la finca Urbana número 34. Apartamento del edificio denominado La Resinera, término de Estepona, partido de Arroyo de las Cañas. Que aparece inscrita en el Registro de la Propiedad núm. 2 de Estepona, a nombre de Landeradele, S.A, y don Luis Fernández Cuevas, al tomo 318, Libro 191, Folio.

2. Condenar a los demandados a reconocerlo así y a estar y pasar por dicha declaración, y a otorgar escritura pública de venta de las antedicha finca transcurridos 15 días de la firmeza de la presente resolución, con apercibimiento de que caso de no hacerlo voluntariamente compareciendo ante Notario el día acordado por las partes, será efectuado por el Juzgado.

3. Debiendo imponer a la entidad demandada las costas procesales originadas en primera instancia.

4. No se hace especial pronunciamiento sobre costas en esta alzada.

En Málaga a trece de marzo de dos mil seis.- El Secretario Judicial.

La extiendo yo, el Secretario Judicial, para hacer constar que el presente edicto ha quedado fijado en el día de hoy en el tablón de anuncios y su remisión al Boletín Oficial de la Junta de Andalucía para su publicación y sirva de notificación a don Luis Fernández Cuevas y Landerdabe, S.A., actualmente en ignorado paradero. Doy fe.

Descargar PDF