Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 149 de 03/08/2006

5. Anuncios5.2 Otros anuncios

Otros. AYUNTAMIENTOS

ANUNCIO de 4 de julio de 2006, del Ayuntamiento de Jaén, Patronato Municipal de Cultura, Turismo y Fiesta de bases para la provisión de una plaza de Subdirector Banda de Música.

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Habiendo sido aprobada por Resolución de fecha 4 de Julio de 2006, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, según redacción dada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, las Bases que han de regir el proceso para cubrir en propiedad la plaza de Subdirector Banda de Música, por medio del presente se efectúa la convocatoria, de acuerdo con las siguientes

B A S E S

I. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad de una plaza de Subdirector Banda Música, Escala Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Cometidos Especiales, vacante en la plantilla de funcionarios por el procedimiento de promoción interna mediante concurso-oposición, dotada con las retribuciones básicas correspondientes al grupo B y con las retribuciones complementarias establecidas en el presupuesto del Patronato. La plaza convocada corresponde a la Oferta de Empleo Público del año 2005.

II. Requisitos de los aspirantes.

a) Acreditar, al menos, dos años de servicios efectivos como funcionario de carrera perteneciente al grupo de titulación inmediato inferior al que se aspira, en este Patronato o en el Ayuntamiento de Jaén, el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.

b) Estar en posesión del Título de Grado Medio de Música.

c) Carecer en el expediente personal de anotaciones por faltas graves o muy graves en virtud de resolución firme. No se tendrá en cuenta las anotaciones ya canceladas.

III. Presentación de solicitudes.

Los aspirantes deberán presentar instancia, en la que soliciten tomar parte en el proceso selectivo y manifestando que reúnen las condiciones exigidas en la Base II.

Las instancias se presentarán en el Registro General del Patronato, de lunes a viernes, de 9 a 13 horas, durante el plazo de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, después de su íntegra publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén y en el de la Junta de Andalucía.

También podrán presentarse en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

En función de lo prevenido en el art. 7 del Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, las personas con minusvalía serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás aspirantes.

Los aspirantes que, en aplicación de esta Ley precisen adaptaciones de tiempo o medios para la realización de las pruebas selectivas, deberán indicarlo en la solicitud y especificar el tipo de adaptación que solicitan así como certificado médico acreditativo para dicha adaptación.

Los aspirantes deberán ingresar la cuantía de 30,00 euros en la cuenta número 2103 0363 76 0030002248 abierta a nombre del Patronato de Jaén en la entidad Unicaja, sucursal c/ Los Alamos.

Los derechos de examen no serán satisfechos cuando se trate de empleados públicos de este Ayuntamiento o Patronato.

A la instancia se acompañará el resguardo de haber satisfecho los derechos de examen.

Los aspirantes que soliciten tomar parte en el proceso selectivo por el turno de promoción interna adjuntarán a la instancia los documentos, originales o fotocopias compulsadas, que sean objeto de baremación en el concurso.

IV. Admisión de aspirantes.

Terminado el plazo de presentación de instancias, la Presidenta del Patronato dictará resolución, a propuesta del Sr. Director-Gerente del Patronato, declarando aprobada la relación provisional de admitidos y excluidos, que se hará pública en el BOP, exponiéndose, además, en el tablón de anuncios del Patronato, concediéndose un plazo de diez días hábiles para subsanación.

En dicha resolución se efectuará el nombramiento de los miembros del Tribunal, a los efectos de abstención y recusación previstos en la Ley 30/1992 y se determinará el lugar, hora y fecha de constitución del Tribunal para la baremación de los méritos alegados por los aspirantes que se presenten por promoción interna, así como lugar, fecha y hora del comienzo de los ejercicios.

Si transcurrido dicho plazo no se hubiere formulado reclamación alguna, la lista provisional devendrá automáticamente en definitiva, sin necesidad de nueva publicación.

En otro caso, resueltas las reclamaciones, la autoridad convocante elevará a definitiva la lista de admitidos y excluidos mediante resolución que se publicará en el tablón de anuncios de Patronato.

Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.

V. Tribunal.

Presidente: El del Patronato Municipal de Cultura, Turismo y Fiestas.

Vocales:

- Un funcionario público designado por la Junta de Andalucía.

- Un funcionario público designado por la Junta de Personal.

- Un funcionario Técnico designado por el Ilmo. Sr. Alcalde experto en la materia objeto de la convocatoria.

- Un funcionario designado por el Ilmo. Sr. Alcalde.

Secretario: El del Patronato o funcionario en quien delegue.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mitad más uno de los miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

Los Vocales deberán poseer titulación o especialización iguales o superiores a las exigidas para el acceso a las plazas convocadas.

El Tribunal que intervendrá en el proceso selectivo objeto de esta convocatoria, se clasifica dentro de la categoría segunda, a los efectos de lo establecido en el RD 462/2002, de 24 de mayo sobre indemnizaciones por razón del servicio.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas.

Para lo no previsto en estas bases, el Tribunal queda autorizado para resolver cuantas dudas e incidencias se presenten, adoptando las medidas necesarias para el normal desarrollo del procedimiento de selección.

VI. Procedimiento de selección y desarrollo del proceso selectivo.

Una vez comenzadas las pruebas selectivas no será obligatoria la publicación de los siguientes anuncios de celebración de los restantes ejercicios en el Boletín Oficial de la Provincia, siendo suficiente la publicación en el tablón de anuncios de este Patronato.

Desde la conclusión de un ejercicio hasta el comienzo del siguiente no podrán transcurrir menos de 72 horas ni más de 45 días naturales.

Los opositores serán convocados para los ejercicios en llamamiento único, salvo casos de fuerza mayor, debidamente justificados y apreciados libremente por el Tribunal.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

El procedimiento selectivo constará de dos fases: Una de concurso y otra de oposición.

Fase de concurso.

La fase de concurso será previa a la de oposición. Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer los aspirantes seleccionados.

Los puntos obtenidos en el concurso no podrán ser aplicados para superar la fase de oposición.

El Tribunal valorará los méritos alegados y justificados documentalmente por los aspirantes con arreglo al baremo establecido en el Anexo II de la convocatoria.

Los aspirantes deberán acompañar a su instancia certificación expedida por el Organismo correspondiente que justifique los servicios prestados en cualquier Administración Pública.

Asimismo deberán presentar justificante, o copia cumpulsada, de los cursos que hubiesen realizado en organismos oficiales.

Fase de oposición.

Consistirá en la realización de una prueba que constará de dos ejercicios, uno práctico y otro teórico.

A) Ejercicio práctico.

Constará de dos partes y se desarrollará con Banda de Música.

Primera Parte. Consistirá en concertar e interpretar, en un tiempo determinado por el Tribunal, una obra musical que elegirá el opositor de entre las tres obras que seleccione el Tribunal, correspondientes al repertorio de la Banda de Música.

El aspirante dispondrá de 15 minutos para su preparación con la Banda, previo al desarrollo del ejercicio.

Segunda Parte. Consistirá en concertar e interpretar una obra del repertorio de banda de libre elección por el opositor, que comunicará al Tribunal al comienzo del ejercicio.

El ejercicio será valorado hasta un máximo de 20 puntos, siendo eliminados los que no alcancen un mínimo de 10 puntos.

B) Ejercicio teórico.

Consistirá en la realización de una batería de 50 preguntas tipo test, con dos respuestas alternativas, sobre las materias especificadas en el Anexo I, siendo el tiempo de duración de una hora. Será valorado hasta un máximo de 10 puntos.

El Tribunal queda facultado para determinar el nivel mínimo exigido para la superación de cada una de las pruebas.

El Tribunal no podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas selectivas un número superior de aspirantes al de plazas convocadas.

El Tribunal, una vez determinados los aprobados, publicará, en el Tablón de anuncios del Patronato, relación de los mismos, que no podrá superar el número de plazas convocadas, empezando a contar desde ese día los plazos para las posibles impugnaciones y recursos a tenor de lo establecido en la legislación vigente y elevará dicha relación al Ilmo. Sr. Alcalde para que formule la correspondiente propuesta de nombramiento.

VII. Presentación de documentos y nombramiento.

El aspirante aprobado aportará dentro del plazo de veinte días naturales, contados desde la fecha en que se hagan públicas las relaciones de aprobados, la documentación que acredite cada uno de los requisitos especificados en la Base II de esta convocatoria.

Quienes dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, no podrán ser nombrados, quedando anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en la instancia.

Una vez presentada la documentación por el aspirante, si ésta se halla conforme a lo dispuesto en estas bases, serán nombrado funcionario de carrera, debiendo tomar posesión en el plazo de treinta días contados a partir del día siguiente a aquél en que le sea notificado el nombramiento.

VIII. Base final.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la misma y de las actuaciones del Tribunal, podrán ser impugnados por los interesados en los casos, plazo y en la forma establecida en la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Para todo lo no previsto en las presentes bases será de aplicación el RD Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, así como el RD 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado.

ANEXO I

Temario Materias Comunes

Tema 1. La Constitución española de 1978: Características y estructura. La Reforma Constitucional.

Tema 2. La Constitución española de 1978: Principios constitucionales y valores superiores en la Constitución.

Tema 3. Derechos fundamentales y libertades públicas. Su garantía y suspensión.

Tema 4. Los derechos económicos y sociales en la Constitución Española Principios informadores del modelo económico. Los deberes constitucionales.

Tema 5. La Jefatura del Estado: La Corona. Significado y atribuciones constitucionales. Sucesión y Regencia. El refrendo.

Tema 6. Las Cortes Generales: Composición y funciones del Congreso de los Diputados y el Senado. El funcionamiento de las Cámaras: Procedimiento de elaboración, debate y aprobación de las leyes.

Tema 7. El Gobierno. Composición, funciones y potestades en el sistema constitucional español.

Tema 8. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. Designación y remoción del Gobierno y su Presidente.

Tema 9. Organos constitucionales de control de la Administración. El Defensor del Pueblo y el Tribunal de Cuentas: Composición, organización y funciones.

Tema 10. El Poder Judicial: La regulación constitucional de la Justicia. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio Fiscal.

Tema 11. La Justicia Constitucional. El Tribunal Constitucional. Composición, organización y atribuciones. Recurso de inconstitucionalidad y cuestión de inconstitucionalidad. El recurso de amparo.

Tema 12. La Administración Pública: Principios Constitucionales que la informan. La Administración General del Estado. Organos superiores de la misma.

Temario Materias Específicas

Tema 1. La banda de música. La banda sinfónica. Aspectos diferenciales.

Tema 2. La orquesta, conjunto instrumental. Aspectos generales.

Tema 3. La banda, conjunto instrumental. Aspectos generales.

Tema 4. Clases de instrumentos: Cuerda. Viento. Percusión.

Tema 5. El violín. Aspectos generales del instrumento.

Tema 6. La viola. Aspectos generales del instrumento.

Tema 7. El violencello. Aspectos generales del instrumento.

Tema 8. El contrabajo. Aspectos generales del instrumento.

Tema 9. Transpositores y otros instrumentos en la orquesta.

Tema 10. Instrumentos de viento madera. Características de los mismos.

Tema 11. Instrumentos de viento metal. Características de los mismos.

Tema 12. Instrumentos de percusión. Clases. Generalidades.

Tema 13. Los timbales. Aspectos generales de éstos.

Tema 14. El xilofón. Aspectos generales del instrumento.

Tema 15. La lira, timbres, campanas, bombo, caja, platillos y otra percusión. Aspectos generales de estos instrumentos.

Tema 16. Instrumentos transpositores en la banda.

Tema 17. Afinación y colocación de la banda.

Tema 18. La flauta. Aspectos generales del instrumento.

Tema 19. Familia de las flautas. Instrumentos que la componen.

Tema 20. Instrumentos de caña o lengüeta doble. Generalidades.

Tema 21. El oboe. Aspectos generales del instrumento.

Tema 22. El corno inglés. Aspectos generales del instrumento.

Tema 23. El fagot. Aspectos generales del instrumento.

Tema 24. El fliscorno. Aspectos generales del instrumento.

Tema 25. El clarinete. Aspectos generales del instrumento.

Tema 26. Familia de los clarinetes. Instrumentos que lo componen.

Tema 27. El saxofón. Aspectos generales del instrumento.

Tema 28. Familia de los saxofones. Instrumentos que la componen.

Tema 29. La trompa. Aspectos generales del instrumento.

Tema 30. La trompeta. Aspectos generales del instrumento.

Tema 31. Familia de las trompetas. Instrumentos que la componen.

Tema 32. El trombón. Aspectos generales del instrumento.

Tema 33. Familia de los trombones. Instrumentos que la componen.

Tema 34. El bombardino. Aspectos generales del instrumento.

Tema 35. La tuba. Aspectos generales del instrumento.

Tema 36. Aspectos y criterios en la programación de conciertos.

Tema 37. Función artística y cultural de la banda de música en la Ciudad.

Tema 38. La Banda Municipal de Jaén. Historia y evolución.

Tema 39. Emilio Cebrián. Director y compositor vinculado a Jaén.

Tema 40. José Sapena. Director y compositor vincula-

do a Jaén.

Tema 41. Importancia de la zarzuela en la programación de la banda.

Tema 42. La zarzuela. Compositores más significativos.

Tema 43. La transcripción como medio de adaptación instrumental. Aspectos básicos.

Tema 44. El sonido. Cualidades principales.

Tema 45. La voz humana. Clasificación y extensión de las voces.

Tema 46. El Barroco. Compositores más significativos

Tema 47. El Clasicismo. Compositores más significativos.

Tema 48. El Romanticismo. Compositores más significativos.

ANEXO II

BAREMO DE MERITOS

A) Méritos profesionales:

1.a) Por cada año o fracción superior a 6 meses como funcionario en Cuerpos o Escalas del Grupo D, prestados tanto en el Ayuntamiento de Jaén como en este Patronato: 0,15 puntos.

1.b) Por cada año o fracción superior a 6 meses como funcionario en Cuerpos o Escalas del Grupo C, prestados tanto en el Ayuntamiento de Jaén como en este Patronato: 0,25 puntos.

1.c) Por cada año o fracción superior a 6 meses por servicios prestados, tanto en el Ayuntamiento de Jaén como en este Patronato, en puesto o plaza de igual nivel de titulación a la convocada: 0,50 puntos.

B) Méritos por cursos de formación y perfeccionamiento.

Siempre que se encuentren relacionados con las funciones a desarrollar y hayan sido organizados bien por una Administración Pública, bien por una institución Pública o Privada en colaboración con la Administración Pública.

Hasta 14 horas o 2 días: 0,15 puntos.

De 15 a 40 horas o de duración de 3 a 7 días: 0,20 puntos.

De 41 a 70 horas o de duración de 8 a 12 días: 0,30 puntos.

De 71 a 100 horas o de duración 13 a 20 días: 0,40 puntos.

De 101 a 199 horas o de duración de 21 a 40 días: 0,50 puntos.

De más de 200 horas o más de 40 días: 1,00 punto.

Los cursos en los que no se expresa duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refiere la escala anterior.

Puntuación total por este apartado: 4 puntos.

C) Méritos específicos: Ambito funcional.

Por estar desempeñando a la fecha de publicación de esta convocatoria un puesto:

- En la Escala de Administración General: 1,00 punto.

- En la Escala de Administración Especial: 2,00 puntos.

En el supuesto de que se produjera un empate el Tribunal calificador podrá resolver el mismo atendiendo preferentemente a los siguientes criterios:

- El orden de prelación en la correspondiente oposición que le dio acceso a la Administración Pública.

- El reconocimiento de servicios previos al amparo de la Ley 70/78, prestados en esta Corporación y en el Patronato Municipal de Cultura, Turismo y Fiestas.

- El reconocimiento de servicios previos al amparo de la Ley 70/78 prestados en cualquiera de las Administraciones Pública.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Jaén, 4 de julio de 2006.- La Presidenta, Cristina Nestares García-Trevijano.

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