Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 156 de 11/08/2006

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

NOTIFICACION de 19 de julio de 2006, de la Delegación Provincial de Huelva, de resolución dictada en los expedientes de protección de menores núm. 352-1999-21-019 y 352-1999-21-020.

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De conformidad con el art. 59.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común, y el art. del Decreto 282/02, de 12 de noviembre, de acogimiento familiar y adopción, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación, al desconocerse su paradero, se publica este anuncio, por el que se notifica Resolución de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de fecha 19 de julio de 2006, adoptada en los expedientes de protección de menores núm. 352-1999-21-019 y 352-1999-21-020, relativo a las menores C.G.F. y S.G.F., a la madre de las mismas doña Dolores Fabregas Rodríguez, por el que se Acuerda:

1. Mantener lo acordado en la resolución de fecha 4 de octubre 1999 en lo relativo a la situación legal de desamparo de las menores C.G.F. y S.G.F., así como la asunción de su tutela ex lege por esta Entidad Pública.

2. Elevar a definitiva la resolución provisional de fecha 12 de julio de 2006, por la que se acuerda el acogimiento familiar en su modalidad permanente, con la familia seleccionada a tal fin.

3. Proceder a recabar los preceptivos consentimientos de la familia acogedora y biológica, diez y quince días respectivamente a contar desde la recepción de la presente, para que una vez sean otorgados se proceda a su formalización, mediante la suscripción de las condiciones reguladoras de dicho acogimiento, cesando en ese momento el acogimiento residencial.

4. Transcurrido dicho plazo sin que la familia biológica haya otorgado sus consentimientos, se procederá a su constitución provisional, instando al órgano jurisdiccional pertinente para su constitución judicial.

Contra esta Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Huelva, por los trámites que establecen los arts. 779 y ss. de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el art. 780 de la citada Ley procesal.

Huelva, 19 de julio de 2006.- El Presidente de la Comisión Provincial de Medidas de Protección, José Martín Gómez.

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