Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 159 de 17/08/2006

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

NOTIFICACION de 19 de julio de 2006, de la Delegación Provincial de Huelva, de resolución adoptada en los expedientes de protección de menores núms. 352-1999-21-019 y 352-1999-21-020.

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De conformidad con el art. 59.4. de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común, y el art. del Decreto 42/02, de 12 de febrero, del Régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa, y habida cuenta de que no ha sido posible la notificación, al desconocerse su paradero, se publica este anuncio, por el que se notifica Acuerdo de la Comisión Provincial de Medidas de Protección de procedimiento de acogimiento familiar permanente adoptada en los expedientes de protección de menores núms. 352-1999-21-019 y 352-1999-21-020, relativo a las menores C.G.F. y S.G.F., al padre de las mismas Tomás Gómez Rubio, por el que se acuerda:

1. Mantener lo acordado en la Resolución de fecha 4 de octubre de 1999 en lo relativo a la situación legal de desamparo de las menores C.G.F. y S.G.F., así como la asunción de su tutela por ministerio legal.

2. Elevar a definitiva la resolución provisional de fecha 12 de julio de 2006, tras la audiencia practicada a las menores, por la que se acuerda el acogimiento familiar en su modalidad permanente, con la familia seleccionada a tal fin, cuyos datos de identificación figuran en anexo a fin de salvaguardar sus identidades.

3. Proceder a recabar los preceptivos consentimientos de la familia acogedora y biológica en el plazo legal estipulado para ello, diez y quince días respectivamente a contar desde la recepción de la presente, para que una vez sean otorgados se proceda a su formalización, mediante la suscripción de las condiciones reguladoras de dicho acogimiento, cesando en ese momento el acogimiento residencial.

4. Transcurrido dicho plazo sin que la familia biológica hayan otorgado sus consentimientos, se procederá a su constitución provisional, instando al órgano jurisdiccional pertinente propuesta para su constitución judicial.

Contra esta resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de Huelva, por los trámites que establecen los arts. 779 y ss de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación previa en vía administrativa, de conformidad con lo establecido en el art. 780 de la citada Ley Procesal.

Huelva, 19 de julio de 2006.- El Presidente de la Comisión Provincial, P.A. (Decreto 21/85, de 5.2), la Secretaria General, Carmen Lloret Miserachs.

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