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Visto el expediente de inscripción de modificación estatutaria de la entidad "Federación de Cooperativas Andaluzas de Consumidores Usuarios (Fedeccon)".
ANTECEDENTES DE HECHO
1.º Que en escrito de fecha 10 de noviembre de 2005, registrado de entrada en este Centro directivo el día 11 de noviembre de 2005, doña María Jesús Picón Barroso, en calidad de persona facultada de la expresada entidad, solicitó la inscripción de modificación estatutaria.
2.º Que en cumplimiento de lo establecido en el artículo 42.4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, se comunicó al interesado la iniciación del procedimiento, con indicación de los plazos del mismo, así como de los efectos del silencio.
3.º Que con la expresada solicitud se acompañaba la siguiente documentación:
- Certificación del correspondiente Acuerdo Social (2 copias).
4.º Que la mencionada documentación ha sido examinada en el Servicio de Régimen Jurídico de Cooperativas y Sociedades Laborales de esta Dirección General, habiéndose formulado la correspondiente propuesta de Resolución que figura en el expediente.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para conocer y resolver la presente solicitud corresponde a esta Dirección General de Economía Social y Emprendedores, en virtud de lo dispuesto en Decreto del Presidente 11/2004, de 24 de abril, por el que se otorgan las competencias de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico a la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, junto con lo establecido en el Decreto 201/2004, de 11 de mayo, de estructura orgánica de dicha Consejería, por el que se asignan a la Dirección General de Economía Social y Emprendedores las competencias relativas al orden cooperativo y otras empresas de economía social.
Segundo. Que examinado el contenido de dicho expediente éste contiene todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Ley 2/1999, de 31 de marzo, de Sociedades Cooperativas Andaluzas, y por la Ley 3/2002, de 16 de diciembre, que vino a modificar parcialmente la norma anterior, estando el mismo conforme a las expresadas Leyes, y al Decreto 267/2001, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas en materia registral y autorizaciones administrativas, modificado parcialmente por el Decreto 318/2003, de 18 de noviembre.
Tercero. Que en la tramitación del presente expediente de modificación estatutaria se han observado todos los preceptos de obligado cumplimiento.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general aplicación, esta Dirección General de Economía Social y Emprendedores
R E S U E L V E
Primero. Ordenar la publicidad del depósito de la escritura pública de modificación estatutaria, por el que resultan afectados los artículos: 4 del texto estatutario, de la entidad Federación de Cooperativas Andaluzas de Consumidores Usuarios (Fedeccon), y su inscripción en el Libro de Federaciones y Asociaciones Cooperativas, de esta Unidad Central del Registro de Cooperativas Andaluzas.
Segundo. Practicar la correspondiente anotación registral y devolver a la entidad un ejemplar de la documentación,
diligenciada con la nota de la mencionada inscripción
registral.Tercero. Notificar la presente resolución a los interesados en la forma y plazos previstos en el artículo 58 y
59 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con
advertencia expresa de que contra la Resolución podrá
interponerse recurso de alzada ante el Excmo. Sr. Consejero, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
114 y siguientes de la misma Ley.
Sevilla, 9 de enero de 2006.- La Directora General, Ana Barbeito Carrasco.
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