Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 164 de 24/08/2006

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Consejería para la Igualdad y Bienestar Social

NOTIFICACION de 10 de agosto de 2006, de la Delegación Provincial de Sevilla, de la Resolución de fecha 10 de agosto de 2006, dictada por la Comisión Provincial de Medidas de Protección recaída en el expediente sobre protección de menores núm.-200541-910, en virtud de la cual se acuerda iniciar de oficio el procedimiento de acogimiento familiar preadoptivo.

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Nombre y apellidos: Doña Vanesa Pérez León.

Contenido del acto: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.4 y 61 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y habida cuenta que encontrándose doña Vanesa Pérez León en ignorado paradero, y no habiendo podido, por tanto, haberle sido practicada notificación por otros medios, se publica extracto del acto dictado.

Para su conocimiento íntegro, los interesados podrán comparecer en la Delegación Provincial para la Igualdad y Bienestar Social en Sevilla, sita en C/ Luis Montoto, núm., 1.ª planta.

La Comisión Provincial de Medidas de Protección de la Consejería para la Igualdad y Bienestar social en Sevilla, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 40 del Decreto 282/2002, de 12 de noviembre, de Acogimiento Familiar y Adopción (BOJA núm., de 19 de noviembre) en relación con el artículo 43 del Decreto 42/2002, de 12 de febrero, del régimen de desamparo, tutela y guarda administrativa

(BOJA núm., de 16 de febrero de 2002) ha acordado la iniciación de oficio del procedimiento de Acogimiento

Familiar Preadoptivo en el expediente de protección núm.-2005-41-0910, con respecto de la menor SPL, nombrando instructor del procedimiento a la Jefa de Servicio de Protección de Menores de esta Delegación.

Lo que se notifica a los efectos legales oportunos, haciendo saber que contra dicha Resolución podrá formularse oposición ante el Juzgado de Primera Instancia de esta capital por los trámites del art. 779 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, sin que sea necesario formular reclamación administrativa previa.

Sevilla, 10 de agosto de 2006.- La Delegada, (Decreto 21/1985, de 5.2), la Secretaria General, Leocricia Jiménez López.

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