Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 170 de 01/09/2006

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Otros. DIPUTACIONES

ANUNCIO de 26 de julio de 2006, de la Diputación Provincial de Jaén, de bases para la selección de una plaza de Licenciado en Historia.

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Por Resolución Presidencial núm., de fecha 25 de julio de 2006, se han aprobado las siguientes

BASES PARA LA PROVISION DE UNA PLAZA DE FUNCIONARIO/A DE CARRERA, PERTENECIENTE AL GRUPO A, ESCALAADMINISTRACION ESPECIAL, SUBESCALA TECNICA, CLASE SUPERIOR, CATEGORIA LICENCIADO/A EN HISTORIA, CORRESPONDIENTE A LA OFERTA DE EMPLEO PUBLICO DE 2000, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICION LIBRE

Primera. Objeto de la convocatoria.

Es objeto de esta convocatoria la provisión mediante concurso-oposición libre de una plaza de funcionario/a de carrera, perteneciente al Grupo A, Escala de Administración Especial, Subescala Técnica, Clase Superior, Categoría Licenciado/a en Historia, vacante en la plantilla de Funcionarios de la Diputación Provincial de Jaén, correspondiente a la Oferta de Empleo Público del año 2000.

Segunda. Requisitos que han de reunir los/as aspirantes.

a) Ser español/a o nacional de los demás Estados miembros de la Unión Europea.

b) Tener cumplida la edad de 18 años.

c) Estar en posesión del título de Licenciado/a en Historia o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.

d) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que le impida el desempeño de las funciones correspondientes.

e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

Tercera. Instancias y documentos a presentar.

Las instancias para tomar parte en la convocatoria se dirigirán al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación Provincial y se efectuarán en el modelo anexo incluido en las presentes bases, debiendo manifestar que cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la convocatoria.

Si concurriesen aspirantes con alguna discapacidad deberán indicarlo en la solicitud precisando las adaptaciones de tiempo y medios para la realización de las pruebas, (art..2 del R.D./2004, de 3 de diciembre, que regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad).

Se deberán adjuntar fotocopias, debidamente compulsadas, de los documentos que acrediten que efectivamente se cumplen los requisitos, a excepción de los reseñados en los apartados d) y e) que deberán acreditarse posteriormente.

Los documentos que se han de presentar para acreditar que se cumplen los requisitos señalados en los apartados a), b) y c) serán los siguientes:

1. Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.

2. Fotocopia compulsada del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.

Los requisitos anteriores deberán poseerse a la fecha de expiración del plazo de presentación de instancias y mantenerse hasta la fecha de toma de posesión.

En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal Calificador tuviera conocimiento de que algún candidato no reúne algún requisito de los exigidos en la convocatoria deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante.

A las instancias deberán acompañarse las certificaciones y documentos justificativos de los méritos alegados por los interesados/as conforme se determina en la base séptima. No serán tenidos en cuenta aquellos méritos no justificados ni presentados dentro del plazo de presentación de instancias.

Cuarta. Plazo y forma de presentación de documentos.

Las instancias y documentos se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial de Jaén o por los medios previstos en el artículo de la Ley/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente en que aparezca el extracto del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, prorrogándose hasta el primer día hábil siguiente si el plazo terminase en un día inhábil. En el supuesto de presentación de instancias en Administración distinta, deberá comunicarse por telegrama al Area de Organización y Recursos Humanos de la Diputación Provincial de Jaén en el plazo de 5 días naturales desde que terminó el plazo de presentación de instancias.

Quinta. Derechos de examen y exenciones.

Los/as aspirantes deberán ingresar la cuantía de 18,03 euros en la cuenta núm. 2092 abierta a nombre de la Diputación Provincial de Jaén en la Caja Provincial de Ahorros de Jaén.

Estarán exentos del pago de tasa de examen los discapacitados con discapacidad igual o superior al 33%, la cual habrá de acreditarse expresamente mediante certificación de la Administración competente, sin la cual, se desestimará la alegación efectuada debiendo abonar los derechos de examen.

Los derechos de examen serán devueltos, previa solicitud de los interesados/as, exclusivamente en los supuestos previstos en la Ordenanza Fiscal reguladora de las Tasas.

En el documento de ingreso se consignará el nombre del interesado/a y la denominación de la plaza a la que se opta.

El justificante de haber efectuado el ingreso deberá acompañarse a la instancia.

Sexta. Lista de admitidos/as y excluidos/as.

Terminado el plazo de presentación de instancias, el Ilmo. Sr. Presidente dictará Resolución declarando aprobada la lista de admitidos/as y excluidos/as, en su caso. En dicha Resolución, que se publicará en Boletín Oficial de la Provincia, se indicará el plazo de subsanación, que en los términos del artículo de la Ley/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se concederá a los aspirantes excluidos.

La fecha de publicación de la indicada Resolución será determinante para el cómputo de los plazos a los efectos de las posibles impugnaciones o recursos sobre la misma.

Asimismo el Ilmo. Sr. Presidente procederá al nombramiento del Tribunal que se hará público junto con la referida lista en el Boletín Oficial de la Provincia, a los efectos de recusación previstos en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Séptima. Procedimiento de selección de los/as aspirantes.

La selección constará de dos fases: Una de concurso y otra de oposición. La fase de concurso será previa a la de oposición. Los puntos obtenidos en la fase de concurso se sumarán a la puntuación obtenida en la fase de oposición a los efectos de establecer los aspirantes seleccionados. Estos puntos no podrán ser aplicados para superar la fase de oposición.

1. Fase de concurso.

A) Méritos profesionales.

Servicios prestados:

- Por cada mes completo de servicios prestados en Administración Local en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta: 0,20 puntos.

- Por cada mes completo de servicios prestados en otras Administraciones Públicas, en plaza o puesto de igual o similar contenido al que se opta: 0,050 puntos.

Puntuación máxima por este apartado: 10 puntos.

A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados simultáneamente con otros igualmente alegados y se reducirán proporcionalmente los prestados a tiempo parcial.

B) Cursos y seminarios, congresos y jornadas.

Siempre que se encuentren relacionados con las funciones a desarrollar y hayan sido organizados, bien por una Administración Pública o Universidad, bien por una Institución Pública o Privada en colaboración con la Administración Pública y Organizaciones Sindicales con representación en la Corporación Provincial.

-Por la participación como asistente:

Hasta 14 horas o 2 días:0,30 puntos

De 15 a 40 horas o de duración de 3 a 7 días:0,40 puntos

De 41 a 70 horas o de duración de 8 a 12 días:0,60 puntos

De 71 a 100 horas o de duración de 13 a 20 días:0,80 puntos

De 101 a 199 horas o de duración de 21 a 40 días:1,00 punto

De más de 200 horas o más de 40 días:2,00 puntos

-Por la participación como Director, Coordinador o Ponente:

Hasta 14 horas o 2 días:0,50 puntos

De 15 a 40 horas o de duración de 3 a 7 días:0,60 puntos

De 41 a 70 horas o de duración de 8 a 12 días:0,80 puntos

De 71 a 100 horas o de duración de 13 a 20 días:1,00 punto

De 101 a 199 horas o de duración de 21 a 40 días:2,00 puntos

De más de 200 horas o más de 40 días:3,00 puntos

Los cursos, seminarios, congresos o jornadas y dirección, coordinación o ponencia en los que no se exprese duración alguna serán valorados con la puntuación mínima a que se refieren las anteriores escalas.

Puntuación total por este apartado: 5 puntos.

Justificacion de los meritos alegados.

A) Experiencia profesional.

Certificación expedida por la Administración correspondiente, en la que se acrediten los servicios prestados.

B) Cursos, seminarios, congresos y jornadas.

Para la acreditación de estos méritos habrá de aportarse certificación o diploma expedido por la entidad organizadora; cuando la organización hubiese estado a cargo de entidad privada en colaboración con las Administraciones Públicas deberá constar expresamente tal condición.

2. Fase de oposicion.

Consistirá en la realización de una prueba que constará de dos ejercicios, uno práctico y otro teórico.

A) Ejercicio práctico: Consistirá en la realización de un supuesto práctico a elegir por el aspirante, entre dos propuestos por el Tribunal y relacionados con las Materias Específicas del Programa y las funciones encomendadas a la plaza a la que se opta. El tiempo máximo de realización será de una hora.

Este ejercicio será valorado hasta un máximo de 20 puntos, siendo eliminados los que no alcancen un mínimo de 10 puntos.

B) Ejercicio teórico: Consistirá en la realización de una batería de preguntas tipo test sobre Materias Comunes del Programa; el tiempo de duración será determinado por el Tribunal. Será valorado hasta un máximo de 10 puntos y el ejercicio no tendrá carácter eliminatorio.

Para superar la fase de oposición será preciso que los aspirantes obtengan una puntuación mínima de 15 puntos, sumadas las puntuaciones de ambos ejercicios, quedando eliminados del proceso selectivo quienes no obtengan dicha puntuación.

El Tribunal pondrá en conocimiento de los aspirantes el sistema de corrección, antes de la realización de las pruebas. Cuando el Tribunal acuerde que la lectura de los ejercicios se efetúe por los propios aspirantes, dicha lectura será pública y la no comparecencia del aspirante se entenderá como retirada, determinando la eliminación del mismo.

Octava. Desarrollo de los ejercicios.

En la Resolución en la que se apruebe la lista de aspirantes admitidos/as y excluidos/as se determinarán el lugar, día y hora de constitución del Tribunal para la baremación de los méritos alegados por los aspirantes.

Los anuncios de las siguientes fases del proceso selectivo se harán públicos en el tablón de edictos de la Corporación y en el lugar en que se hubieren celebrado las anteriores fases. Entre las distintas fases del proceso selectivo deberá transcurrir un mínimo de 72 horas. La duración máxima entre los ejercicios de la fase de oposición no podrá superar los 45 días.

En cualquier momento el Tribunal podrá requerir a los aspirantes para que acrediten su personalidad.

Hasta la fecha de terminación de la fase de oposición los opositores podrán pedir al Tribunal que revise la fase de concurso.

Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en llamamiento único, siendo excluidos quienes no comparezcan.

Novena. Tribunal Calificador.

Presidente: El de la Diputación Provincial o Diputado/a en quien delegue.

Vocales:

- Un/a funcionario/a de carrera designado/a por el Ilmo. Sr. Presidente.

- Un/a funcionario/a público/a de carrera designado/a por la Junta de Andalucía.

- Un/a funcionario/a público/a de carrera designado/a por el Ilmo. Sr. Presidente a propuesta de la Junta de Personal.

Secretario: Funcionario de carrera del Area de Organización y Recursos Humanos de la Diputación Provincial designado por el Ilmo. Sr. Presidente, con voz y voto.

La designación de los miembros del Tribunal incluirá la de sus respectivos suplentes.

El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de al menos la mitad más uno de los miembros, titulares o suplentes, indistintamente.

Los Vocales deberán estar en posesión de un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en las plazas convocadas.

El Tribunal podrá disponer la incorporación a las sesiones de asesores especialistas, para todas o algunas de las pruebas. Dichos asesores colaborarán con el órgano de selección exclusivamente en el ejercicio de sus especialidades técnicas, actuando por tanto con voz pero sin voto.

Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Décima. Relación de aprobados/as, presentación de documentación y nombramiento de funcionario.

La lista de los méritos de cada opositor, así como las puntuaciones en cada ejercicio, se publicarán en los locales donde se hayan celebrado los mismos, así como en los tablones de edictos de la Corporación.

Terminada la valoración de los méritos y calificación de los ejercicios, el Tribunal publicará el nombre de los/as aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación en función de la suma de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y oposición, que se elevará al Ilmo. Sr. Presidente para que proceda al nombramiento de funcionarios/as de carre

ra. En ningún caso podrá el Tribunal declarar aprobados mayor número de aspirantes que el de plazas convocadas.

En caso de empate se resolverá a favor de quien hubiere obtenido mayor puntuación, según el siguiente orden:

1.º De quien hubiere obtenido mayor puntuación en el primer ejercicio de la fase de oposición.

2.º De quien hubiere obtenido mayor puntuación en el segundo ejercicio de la fase de oposición.

3.º De quien hubiere obtenido mayor puntuación en la fase de concurso.

Los/as aspirantes propuestos/as presentarán en el Area de Organización y Recursos Humanos de la Diputación Provincial, en el plazo de 20 días naturales, a contar desde el siguiente a que se haga pública la propuesta, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.

Si dentro del plazo indicado, salvo supuesto de fuerza mayor, el/la aspirante propuesto/a no presentase la documentación, no podrá ser nombrado/a funcionario/a de carrera y perderá todos los derechos, sin perjuicio de las responsabilidades en que hubieren podido incurrir.

Los/as aspirantes seleccionados/as deberán someterse, previamente a la obtención de la condición de funcionario, a un reconocimiento médico por los servicios que se le designen por la Diputación Provincial a fin de comprobar que los/as mismos/as no padecen enfermedad o defecto físico alguno que les impida el desempeño de las funciones correspondientes a la plaza para la que han sido propuestos/as.

Quien tuviera la condición de funcionario/a público/a estará exento/a de justificar las condiciones y requisitos ya acreditados para obtener su anterior nombramiento o designación, salvo el de reconocimiento médico previo, debiendo presentar únicamente certificado del Ministerio, Organismo o Corporación de quien dependa, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

Decimoprimera. Incidencias.

El Tribunal podrá resolver las dudas que se presenten y tomar los acuerdos necesarios para el buen desarrollo de proceso selectivo.

En lo no previsto en las bases de la convocatoria, se estará a lo establecido en la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local; Real Decreto Legislativo/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen local; Real Decreto 896/91, de 7 de junio; y supletoriamente, en lo no previsto anteriormente, el Real Decreto/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, y demás disposiciones legales que le sean de aplicación.

Base final. Recursos.

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de estas, podrán ser impugnados por los interesados, en los casos y formas establecidos en la Ley/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

ANEXO

MATERIAS COMUNES

Tema 1. La Constitución Española de 1978. Principios generales. Características y estructura.

Tema 2. Derechos y Deberes fundamentales de los españoles.

Tema 3. Organización Territorial del Estado. Los Estatutos de Autonomía: Su significado. Especial referencia al Estatuto de Autonomía de Andalucía.

Tema 4. Sometimiento de la Administración a la Ley y al Derecho. Fuentes del Derecho Administrativo. La Ley. Clases de Leyes.

Tema 5. Los derechos del ciudadano ante la Administración Pública. Consideración especial al interesado. Colaboración y Participación de los ciudadanos en la Administración.

Tema 6. El acto administrativo: Concepto y clases. Elementos del acto administrativo. Eficacia y validez.

Tema 7. Dimensión temporal del procedimiento administrativo. Recepción y registro de documentos. Comunicaciones y notificaciones.

Tema 8. Las fases del procedimiento administrativo general. El silencio administrativo. Especial referencia al procedimiento administrativo local.

Tema 9. La responsabilidad de la Administración. Evolución y régimen actual.

Tema 10. Régimen Local Español: Evolución histórica. Principios constitucionales y regulación jurídica.

Tema 11. Organización y competencias provinciales.

Tema 12. Ordenanzas y Reglamentos de las Entidades Locales: Clases, procedimiento de elaboración y aprobación.

Tema 13. El Servicio Público Local: Concepto. Los modos de gestión de los servicios públicos locales.

Tema 14. Funcionamiento de los órganos colegiados locales: Convocatorias, orden del día y requisitos de constitución. Votaciones. Actas y certificados de acuerdos.

Tema 15. Personal al servicio de las Entidades Locales. La función pública: Organización, selección y situaciones administrativas. El personal laboral.

Tema 16. Derechos y deberes del personal al servicio de los Entes Locales. Responsabilidad. Régimen disciplinario. El sistema de Seguridad Social del personal al servicio de las Entidades Locales.

Tema 17. Los contratos administrativos de las Entidades Locales.

Tema 18. El Presupuesto de las Entidades Locales: Elaboración, aprobación y ejecución presupuestaria. Su control y fiscalización.

MATERIAS ESPECIFICAS

Tema 1. El turismo cultural en la sociedad del tercer milenio.

Tema 2. Patrimonio histórico-artístico y bienes culturales. Historia de la formación de los conceptos.

Tema 3. La legislación vigente sobre Patrimonio Histórico en Andalucía.

Tema 4. El Catálogo General del Patrimonio Histórico en Andalucía: Los Bienes de Interés Cultural. Las inscripciones con carácter genérico y específico. Las zonas de servidumbre arqueológica. El inventario general de bienes muebles.

Tema 5. Clasificación de los Bienes Culturales. Marco legal.

Tema 6. Medidas de fomento y régimen sancionador del Patrimonio Histórico en Andalucía.

Tema 7. Documentos internacionales en materia de Patrimonio Cultural y turismo.

Tema 8. La diversidad cultural y la globalización. Documentos de la Unesco.

Tema 9. Nuevas tecnologías y Patrimonio Cultural.

Tema 10. Perfil y motivación de la demanda turística de carácter cultural.

Tema 11. La capacidad de acogida y la gestión de visitantes en los sitios patrimoniales.

Tema 12. Los Bienes Culturales como recurso para el desarrollo local.

Tema 13. Desarrollo Sostenible: Turismo y patrimonio.

Tema 14. El desarrollo de programas ocupacionales y nuevos yacimientos de empleo en torno al patrimonio. Especial referencia al programa Escuelas Taller, Casas de Oficios y Talleres de Empleo.

Tema 15. La musealización y valoración del Patrimonio Cultural. Problemas y perspectivas.

Tema 16. Evolución y objetivos del concepto de interpretación del Patrimonio.

Tema 17. Diseño y evaluación de proyectos de turismo cultural.

Tema 18. Planificación de rutas turístico-culturales.

Tema 19. Museología y museografía. Definición y evolución.

Tema 20. Evolución y características del museo tradicional a la nueva museología.

Tema 21. Dispositivos y sistemas para la presentación del patrimonio in situ.

Tema 22. La exposición. Medios y dispositivos para la organización.

Tema 23. La conservación del Patrimonio Cultural y el turismo.

Tema 24. Principales itinerarios turísticos de Patrimonio Arquitectónico en España.

Tema 25. Itinerarios temáticos y otras propuestas de turismo arqueológico en Europa y España.

Tema 26. Productos turísticos en torno a los castillos en Europa y España.

Tema 27. El patrimonio industrial y el turismo.

Tema 28. El patrimonio etnográfico y el turismo.

Tema 29. Historia de la formación del concepto de Conjunto Histórico.

Tema 30. Ciudades históricas y turismo. Interpretación y gestión.

Tema 31. La funcionalidad turística del Patrimonio Cultural urbano.

Tema 32. Capacidad de acogida y problemas de gestión en ciudades históricas.

Tema 33. Definición y evolución del Ecomuseo.

Tema 34. Productos turísticos en torno al patrimonio intangible.

Tema 35. Modelos de interpretación y puesta en valor de batallas históricas.

Tema 36. Productos en torno a pintores, escultores y músicos.

Tema 37. Fiestas y recreaciones históricas.

Tema 38. Principales productos turístico-culturales en España.

Tema 39. Aproximación al márketing turístico.

Tema 40. Gestión y financiación de proyectos de patrimonio y turismo cultural.

Tema 41. El sector turístico en la provincia de Jaén.

Tema 42. Productos de naturaleza en la provincia de Jaén.

Tema 43. Productos turístico-culturales de la provincia de Jaén.

Tema 44. Materiales de promoción turística de la Diputación Provincial de Jaén.

Tema 45. Patrimonio arqueológico y turismo en Jaén.

Tema 46. Arquitectura defensiva de la Edad Media en la provincia de Jaén.

Tema 47. La ruta del Renacimiento en la provincia de Jaén.

Tema 48. Ciudades Patrimonio de la Humanidad. La declaración de Ubeda y Baeza.

Tema 49. Las pinturas rupestres declaradas Patrimonio de la Humanidad en la provincia de Jaén.

Tema 50. Las rutas del Legado Andalusí en la provincia de Jaén.

Tema 51. La oferta complementaria de la provincia de Jaén.

Tema 52. La arquitectura mudéjar en la provincia de Jaén. Aportaciones y pervivencias.

Tema 53. Escultura y pintura del renacimiento en la provincia de Jaén.

Tema 54. Escultura barroca en madera policromada en la provincia de Jaén.

Tema 55. Pintura del siglo XVII en la provincia de Jaén.

Tema 56. El retablo barroco y rococó en Jaén.

Tema 57. Arquitectura civil del siglo XVIII en Jaén.

Tema 58. Las Nuevas Poblaciones Carolinas de la provincia de Jaén.

Tema 59. La arquitectura del XIX en la provincia de Jaén.

Tema 60. Vida y Obra del pintor Rafael Zabaleta.

Tema 61. El arquitecto Andrés de Vandelvira y su obra en la provincia de Jaén.

Tema 62. Arquitectura doméstica tradicional en Jaén.

Tema 63. El Olivo como recurso cultural y turístico en la provincia de Jaén.

Tema 64. Los museos de la provincia de Jaén.

Tema 65. Turismo y patrimonio en el programa Activa Jaén.

Tema 66. La Vía Verde del Aceite y la Ruta Arqueológica de los Torreones.

Tema 67. El Plan de Desarrollo Turístico de la Ruta de los Castillos y de las Batallas.

Tema 68. El Plan de Desarrollo Turístico del Viaje al Tiempo de los Iberos.

Tema 69. Programa de fomento y líneas de actuación del Plan Estratégico de la Provincia de Jaén en materia de Turismo.

Tema 70. Programa de fomento y líneas de actuación del Plan Estratégico de la Provincia de Jaén en materia de Patrimonio Histórico.

Tema 71. Estrategias y técnicas de dinamización sociocultural en torno al patrimonio cultural.

Tema 72. Instrumentos para la promoción y comunicación de un producto turístico.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Jaén, 26 de julio de 2006.- El Diputado-Delegado de Organización y Recursos Humanos, Miguel Toral González.

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