Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 171 de 04/09/2006

1. Disposiciones generales

Consejería de la Presidencia

ORDEN de 17 de julio de 2006, por la que se realiza la convocatoria de becas de formación, investigación y apoyo, relativas a la cooperación internacional para el desarrollo para el año 2006.

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La Ley 14/2003, de 22 de diciembre, de cooperación internacional para el desarrollo, articula como un instrumento de esta política el fomento de la investigación y la formulación sobre la realidad de los países en vías de desarrollo y sobre la cooperación internacional para el desarrollo.

La Consejería de la Presidencia, a través de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional, tiene encomendada la promoción de la formación en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo, en base al Decreto 347/2004, de 25 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la citada Consejería. En base a lo anterior, se procedió a establecer mediante Orden de 15 de septiembre de 2005, las bases para la concesión de becas de formación, investigación y apoyo relativas a la cooperación internacional al desarrollo.

En el art. 8 de la citada Orden se establece que las convocatorias de las becas se efectuarán anualmente mediante Orden de la Consejería de la Presidencia. En cumplimiento del citado precepto se publica la presente Orden que recoge la normativa que regirá la convocatoria de becas para el año 2006.

El apartado tercero del artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, ha establecido como principios inspiradores de la actividad de fomento de la administración los de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación. Asimismo, ha establecido la necesidad de regular los criterios en base a los que se concederán ayudas públicas.

En su virtud, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 107 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

D I S P O N G O

Artículo único. Convocatoria de becas para el año 2006.

1. De conformidad con el artículo 8.1 de la Orden de 15 de septiembre de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de becas de formación, investigación y apoyo relativas a la cooperación internacional para el desarrollo, se realiza la convocatoria para el año 2006, de las becas de formación, investigación y apoyo en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo de la Junta de Andalucía.

2. Las solicitudes se ajustarán al modelo impreso que figura como Anexo I y II de la citada Orden (BOJA núm. 190, de 28 de septiembre de 2005). Las personas interesadas podrán acceder a la normativa y los formularios de solicitud de estas becas a través del portal de la Junta de Andalucía, en la página web de la Consejería de la Presidencia (Acción Exterior/Agencia Andaluza de Cooperación Internacional/Becas de Formación).

3. Las becas de formación, investigación y apoyo relativas a la cooperación internacional para el desarrollo, se convocan con arreglo a las siguientes condiciones:

a) Area/Materia solicitada: Cooperación internacional para el desarrollo.

b) Número de becas que se convocan: Dos.

c) Plazo de presentación de solicitudes: Treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden.

d) Duración: Doce meses.

e) Centro de adscripción: Agencia Andaluza de Cooperación Internacional (Sevilla).

f) Cuantía bruta de la dotación de cada beca: 11.252 euros.

g) Desglose de las asignaciones: 12 mensualidades a razón de 870 euros; gastos extraordinarios: 812 euros.

h) Finalidad y materia de las becas: Formación mediante la realización de trabajos de apoyo e investigación en materias relacionadas con las competencias de la Consejería de la Presidencia sobre cooperación internacional para el desarrollo.

i) Titulación: Licenciatura (preferentemente en: Derecho, Ciencias Económicas y Empresariales, Ciencias Políticas, Arquitectura, Geografía y Ciencias de la Información) e Ingenierías Superiores. La titulación debe haberse obtenido en los cinco años anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria.

j) Formación específica: Materias relacionadas con la cooperación para el desarrollo.

k) Idiomas: Inglés y francés.

l) La Comisión de Selección estará formada por:

- Presidencia: La persona titular de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional o persona en quien delegue.

- Vocales: Persona titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería o persona en quien delegue, personas titulares de la Coordinación de la Agencia, Servicio de Cooperación Euromediterránea y Servicio de Cooperación Iberoamericana, o personas en quienes deleguen.

- Secretaría: Funcionaria/o de la Agencia Andaluza de Cooperación Internacional designado por su titular.

Disposición final. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Sevilla, 17 de julio de 2006

GASPAR ZARRIAS AREVALO

Consejero de la Presidencia

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